Sección 5.ª Gerente
Artículo 105. Gerente
El Gerente, bajo la dependencia del Rector, es el responsable de la gestión de los servicios administrativos y económicos de la Universidad.
Artículo 106. Nombramiento y cese
1. El Gerente será designado y nombrado por el Rector, de acuerdo con el Consejo Social, atendiendo a criterios de competencia profesional y experiencia. Se dedicará a tiempo completo a las funciones propias de su cargo y no podrá desempeñar funciones docentes. 2. Cesará en el cargo a petición propia o por decisión del Rector, previa consulta al Consejo Social.
Artículo 107. Competencias
Corresponden al Gerente las siguientes competencias: b) Elaborar y actualizar el inventario de los bienes y derechos que integran el patrimonio de la Universidad, así como mantener su sistema contable. c) Elaborar el anteproyecto del presupuesto y, en su caso, la programación plurianual, así como las normas de procedimiento y ejecución presupuestaria. d) Elaborar la propuesta de liquidación del presupuesto y del resto de los documentos que constituyan las cuentas anuales de la Universidad y proponer las normas para la elaboración y liquidación de los documentos equivalentes en las entidades vinculadas o dependientes de ella. e) Cualquier otra competencia que le sea delegada por el Rector o conferida en estos estatutos y en las normas dictadas para su desarrollo.