TÍTULO II · Funciones básicas
Artículo 7. Funciones esenciales
1. De conformidad con los objetivos y principios generales que definen su proyecto institucional, la UNED reconoce como funciones esenciales de su actividad la enseñanza, el estudio, la investigación y la transferencia del conocimiento, en orden al pleno desarrollo científico, cultural, artístico y técnico de la sociedad. 2. Para el adecuado cumplimiento de estas funciones, la UNED adoptará en cada momento las medidas que mejor puedan contribuir a la actualización del conocimiento, mediante la investigación y su aplicación a una enseñanza de calidad.