Sección quinta. Promoción cultural
Artículo 174
Para promover al máximo la participación de los internos a través de formas de aprendizaje grupales, una vez fijados los objetivos mínimos por niveles, se organizarán cursillos monográficos en función de las aficiones y preferencias de los internos, que participarán en la programación y selección de contenidos, así como en la evaluación final de los mismos.
Artículo 175
Igualmente se organizarán aquellas actividades que se consideren necesarias para ofrecer la posibilidad de una promoción cultural y un mayor bienestar de los internos, procurándose que en su iniciación, organización y desarrollo intervengan activamente los mismos, dentro de las normas reglamentarias. Para que sea factible esta promoción cultural, y lograr su máxima eficacia, se facilitarán por la Administración los medios necesarios para lo estudios o actividades culturales a los internos que carezcan de medios económicos, posean capacidad y muestren interés por aquéllos.