CAPÍTULO VIII · Acción administrativa en materia de medio ambiente
Artículo 118. Declaración de interés general de obras hidráulicas con destino a abastecimiento
2 Abastecimiento comarcal a la Comunidad de Villa y Tierra de Pedraza. Toma en el río Ceguilla (Segovia). 3. Abastecimiento comarcal Araviana-Rituerto (Soria). 4. Abastecimiento comarcal desde el río Cea. Villalón de Campos y otros (Valladolid). 5. Abastecimiento a las poblaciones del Valle de Esgueva. 2.ª Fase (Valladolid). 6. Abastecimiento en alta a Benavente y a otros municipios del Valle del Tera (Zamora). 7. Ampliación del abastecimiento a la comarca de las Cinco Villas (Avila). 2. Sistema Najerilla. Subsistemas Najerilla y Cárdenas-Tuerto. 2. Adecuación de las acequias reales de Sa Pobla. Tres. Las obras incluidas en los números 2 y 4 de la letra A) del apartado Uno llevarán asimismo implícita la declaración de urgencia a los efectos de la ocupación de los bienes afectados a que se refiere el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Artículo 119. Declaración de urgente ocupación de determinadas obras hidráulicas
A los efectos previstos en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, se declara urgente la ocupación de bienes afectados por la expropiación a que dé lugar la realización de las obras que a continuación se relacionan, que han sido declaradas de interés general del Estado por la Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional: Mejora de la Depuración y Vertido de A Coruña. Mejora del Abastecimiento de Agua a Oviedo. Estación de Tratamiento de Aguas potables del Sistema Aramo-Quirós. Mejora del Abastecimiento de Agua a Oviedo. Conducción tramo ETAP de Cabornio-Depósito de El Cristo. Red Automática de Información Hidrológica (SAIH) de la Cuenca Norte. Sistema Automático de Información Hidrológica (SAIH) de la cuenca del río Duero. Abastecimiento de las fuentes de la Granja (Segovia). Mejora del Abastecimiento a Hervás y Torrejón El Rubio. Abastecimiento a Aldeanueva de la Vera. Abastecimiento a Garrovillas desde el Embalse de Alcántara. Saneamiento y depuración de varios pueblos de la provincia de Avila. Proyecto de Presa de Alcollarín. Términos municipales de Alcollarín y otros (Cáceres). Proyecto de la Presa del Burdalo y medidas correctoras del impato ambiental (Cáceres). Proyecto de la Presa de Villalba de los Barros. Términos municipales de Villalba de los Barros y otros (Badajoz). Segunda Conducción Barrio Jarana Ramal Norte (Cádiz). Presa de Arenoso (Córdoba). Canal de Castril (Granada). Proyecto de saneamiento integral de la Costa del Sol Occidental Tramo Istán. Colector Principal (Sector Estepona). Términos municipales de Istán y Marbella (Málaga). Anteproyecto EDAR Colectores Interceptores, Estación de Bombeo y Emisario Submarino de Torrox y Colector Interceptor Algarrobo Plan de Saneamiento Integral Costa Sector Torrox. Algarrobo Sol Axarquia (Málaga). Anteproyecto para concurso de proyecto y obra de Ampliación y Remodelación de la Estación Depuradora de Aguas Residuales de Fuengirola. Términos municipales de Mijas y Fuengirola (Málaga). Proyecto de obras de conexión cauce general. Riegos Vega Zurgena con Red riegos Vega Overa. Término municipal Zurgena (Almería). Proyecto de encauzamiento del río Andarax desde la Boquera de la Higuera hasta el Mar. Término municipal de Almería (Almería). Proyecto de depósito regulador de 25.000 m Obras de medición y control de caudales en el río Segura. Proyecto de elevación de aguas del río Ebro a la cuenca del Matarraña. Embalse de Mularroya. Recrecimiento de Santolea. Canal Segarra-Garrigues.
Artículo 120. Modificación de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas
Se modifican los siguientes preceptos de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas. Dos. Se introduce un nuevo apartado, el 4, en el artículo 74 de la Ley 22/1988, de 28 de julio, con la siguiente redacción: Cinco. Se modifica el artículo 111 de la Ley 22/1988, de 28 de julio, con la siguiente redacción:
Artículo 121. Modificación de la Ley 15/2002, de 1 de julio, por la que se declara el Parque Nacional marítimo-terrestre de las Islas Atlánticas de Galicia
El apartado 2 «Archipiélago de las Islas Ons y Onza» del anexo de la Ley 15/2002, de 1 de julio, por la que se declara el Parque Nacional marítimo-terrestre de las Islas Atlánticas de Galicia queda redactado en los siguientes términos:
Artículo 122. Modificación de la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres
La Ley 4/1989, de 27 de marzo, queda modificada en los términos señalados a continuación: