Sección 7.ª Impuesto General Indirecto Canario

Artículo 9. Modificación de la Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos del Régimen Económico-fiscal de Canarias

Con efectos desde 1 de enero de 1998 se introducen las siguientes modificaciones en la Ley 20/1991, de 7 de junio, de Modificación de los Aspectos Fiscales del Régimen Económico-fiscal de Canarias. Segundo. El apartado 4.º del número 2 del artículo 17 quedará redactado como sigue:

Artículo 10. Sobre la producción e importación en las islas Canarias

Se introducen dos nuevas letras k) y l) en el número 1 del artículo 76 de la Ley 20/1991, con el siguiente tenor literal: