Sección 4.ª Régimen Económico Fiscal de Canarias
Artículo 8. Modificación de las Leyes 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias y 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias
Primero. Con efectos desde el 1 de enero del año 2001, se introducen las siguientes modificaciones en la Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias: Once. Se modifica el apartado 2.º del número 1 del artículo 19, que quedará redactado de la siguiente manera: Veintiséis. Se crea un nuevo anexo, el I bis, que tendrá la siguiente redacción: Uno. Se da nueva redacción al artículo 24, que quedará redactado en los siguientes términos: