CAPÍTULO II · Personal laboral

Artículo 56. Provisión de vacantes y promoción profesional del personal laboral de la Administración General del Estado

En el marco de la planificación global de los recursos humanos, corresponde al Ministerio de Administraciones Públicas autorizar las bases de los procesos de provisión de vacantes y de promoción interna del personal laboral de la Administración general del Estado y de sus Organismos Autónomos, de la Administración de Justicia y de la Administración de la Seguridad Social, así como convocar y resolver los concursos de traslados de personal laboral y los procesos de promoción interna cuando incluyan vacantes pertenecientes a diferentes Departamentos u Organismos.