CAPÍTULO III · De la Seguridad Social
Artículo 11. De la Seguridad Social
Uno. La asistencia sanitaria de la Seguridad Social, que se presta a través del Instituto Nacional de la Salud, se financia en 1994 con dos aportaciones finalistas del Estado, una para operaciones corrientes por un importe de 1.965.626.571 miles de pesetas; y otra para operaciones de capital por un importe de 32.641.370 miles de pesetas, con una aportación procedente de cotizaciones sociales por un importe de 62.461 pesetas por cotizante y año, lo que representa un total estimado de 771.699.894 miles de pesetas, así como por cualquier otro ingreso afectado a aquella entidad por un importe estimado de 75.512.535 miles de pesetas. Asimismo, y con destino a la cancelación de obligaciones del INSALUD no satisfechas a 31 de diciembre de 1991, el Estado concede un préstamo a la Seguridad Social por importe de 140.282 millones de pesetas. El importe citado se destinará a la cancelación de obligaciones del INSALUD no transferido, y a transferir a las Comunidades Autónomas con competencias de gestión de INSALUD asumidas, su participación en el préstamo citado, calculada conforme a los coeficientes correspondientes al ejercicio 1992. La cancelación del préstamo a que se refiere el párrafo anterior se ajustará a la forma de financiación del incremento del gasto en el Instituto Nacional de la Salud en 1991, previsto en el artículo 11 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuetos Generales del Estado para 1991. Las obligaciones que se reconozcan en el presupuesto del INSALUD como consecuencia de la cancelación de obligaciones a que se refiere el párrafo segundo de este número, no serán tenidas en cuenta a efectos de cálculo de las liquidaciones correspondientes al ejercicio 1994 que, en su caso, proceda realizar a las Comunidades Autónomas con competencias de gestión del INSALUD asumidas. Dos. El Estado aporta al sistema de la Seguridad Social 214.000.000 miles de pesetas para atender a la financiación de los complementos para mínimos de las pensiones de dicho sistema. Tres. Cuatro. Al objeto de proporcionar cobertura adecuada a las obligaciones de la Seguridad Social y posibilitar el equilibrio presupuestario de la misma para 1994, el Estado le concede un préstamo por importe de 345.000 millones de pesetas. El citado préstamo no devengará intereses, y su cancelación se producirá en un plazo máximo de diez años a partir de 1995.