Sección 4.ª Estructura administrativa
Artículo 14. Estructura administrativa
1. Del director de la agencia dependerán directamente las siguientes unidades: a) La secretaría general. b) La subdirección de la imprenta nacional. c) El departamento de gestión editorial, documentación e información. d) El departamento de tecnologías de la información. e) El departamento de recursos humanos y relaciones laborales. f) El departamento de programación, seguimiento y evaluación de la gestión.
Artículo 15. La secretaría general
Corresponde a la secretaría general: a) La tramitación de los expedientes de adquisición de bienes y servicios y la habilitación de material. b) La gestión de todo tipo de suscripciones y de la inserción de anuncios en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial del Registro Mercantil». c) La gestión de los ingresos y gastos, la realización de los cobros y pagos y la gestión de la tesorería. d) La gestión financiera. e) La gestión de la contabilidad. f) La preparación del anteproyecto anual de presupuesto y de los programas de acción anuales y plurianuales, así como el seguimiento y control de los mismos y, en general, todos los asuntos económicos de la Agencia. g) La formación y mantenimiento actualizado de los inventarios de los bienes muebles e inmuebles, tanto propios como adscritos. h) La custodia, administración, conservación y mantenimiento de los bienes inmuebles, adscritos o en propiedad, de la agencia y la tramitación de los expedientes de adquisición, arrendamiento, adscripción y su desadscripción. i) La seguridad, régimen interior, asuntos generales y la coordinación e inspección de las unidades, instalaciones y servicios de la agencia. j) El servicio médico de empresa y la implantación de medidas de prevención, higiene y seguridad en el trabajo. k) Cualquier otra que le encomienden el consejo rector o el director.
Artículo 16. La subdirección de la imprenta nacional
Corresponde a la subdirección de la imprenta nacional: a) La publicación y distribución de los diarios oficiales «Boletín Oficial del Estado» y del «Boletín Oficial del Registro Mercantil». b) La publicación, en cualquier soporte, de los trabajos editoriales que realice la agencia, bien por propia iniciativa o en colaboración con ministerios, organismos y otras entidades públicas. c) La realización, en cualquier soporte, de otros trabajos de imprenta. d) El mantenimiento del parque de maquinaria e instalaciones de la imprenta nacional. e) La planificación de las inversiones de la imprenta nacional. f) El asesoramiento y la asistencia técnica al resto de las unidades en materia de artes gráficas. g) Cualquier otra que le encomienden el consejo rector o el director.
Artículo 17. El departamento de gestión editorial, documentación e información
Corresponde al departamento de programación editorial, documentación e información: a) La elaboración y seguimiento del programa editorial anual de publicaciones. b) La elaboración de los textos legales, separatas, códigos, compilaciones y otras publicaciones editadas por la agencia. c) La preparación y gestión de convenios de coedición con otros órganos administrativos y entidades públicas o privadas. d) La elaboración y mantenimiento de bases de datos documentales y de los servicios de información general y legislativa de la agencia. e) La supervisión de los contenidos de internet y otros soportes electrónicos. f) La gestión de la biblioteca y del archivo. g) La elaboración y seguimiento del plan anual de publicidad y comunicación de la agencia. h) La realización de actividades de promoción, venta y distribución de todo tipo de publicaciones en cualquier soporte, tanto de producción editorial propia como de otros organismos con los que la agencia haya suscrito convenios de coedición o de distribución. i) Cualquier otra que le encomienden el consejo rector o el director.
Artículo 18. El departamento de tecnologías de la información
Corresponde al departamento de tecnologías de información: a) La preparación, elaboración y ejecución de los planes de sistemas de información y comunicaciones de la agencia. b) La informatización de los procesos de gestión. c) El asesoramiento y la asistencia técnica al resto de las unidades en materia de tecnologías de la información y de las comunicaciones. d) La publicación en sede electrónica del Diario Oficial «Boletín Oficial del Estado» con el valor que legalmente se le otorgue. e) La realización de las actividades necesarias para preservar y garantizar la integridad de la información contenida en los sistemas de información de la agencia. f) Cualquier otra que le encomienden el consejo rector o el director.
Artículo 19. El departamento de recursos humanos y relaciones laborales
Corresponde al departamento de recursos humanos y relaciones laborales: a) El estudio y preparación de la documentación necesaria de las necesidades a incluir en la Oferta de Empleo Público. b) La tramitación y gestión de todos los asuntos relativos al personal funcionario y laboral de la agencia y, en particular, la habilitación de personal. c) La supervisión, racionalización y reordenación de la asignación de los efectivos humanos a los servicios y unidades de la agencia. d) Las relaciones con los representantes de los trabajadores y la gestión y tramitación de las ayudas al personal, acción social y demás actividades sociales. e) El estudio y preparación de la relación de puestos de trabajo. f) La elaboración y propuesta de los criterios que hayan de servir para la selección de personal y la provisión de puestos de trabajo, así como la propuesta de nombramiento de los miembros de los tribunales que hayan de juzgar las pruebas de selección de personal para su ingreso en la agencia, y la de los miembros que hayan de formar parte de las comisiones calificadoras en los concursos. g) La elaboración y propuesta del plan de formación anual del personal. h) Cualquier otra que le encomienden el consejo rector o el director.
Artículo 20. El departamento de programación, seguimiento y evaluación de la gestión
Corresponde al departamento de programación, seguimiento y evaluación de la gestión: a) La realización, con carácter general, de las tareas de apoyo al director de la agencia para la adecuada ejecución de las competencias que éste tiene asignadas. b) Elaboración y seguimiento del cuadro de mandos: objetivos, indicadores y resultados. c) Diseño, impulso y seguimiento de los programas de calidad de la agencia. d) Preparación y seguimiento del contrato de gestión. e) Cualquier otra que le encomienden el consejo rector o el director.