Sección 3.ª Comisión de control
Artículo 12. La comisión de control. Composición y funcionamiento
1. El consejo rector, a propuesta de su presidente, designará a tres de sus miembros, que no tengan responsabilidades de gestión en la agencia y con conocimientos y experiencia en gestión, presupuestación, control interno o control de la actividad económico-financiera, para formar la comisión de control. El interventor delegado en la agencia y el asesor jurídico de la misma, podrán asistir a las reuniones con voz y sin voto. 2. En la reunión constitutiva de la comisión de control, ésta designará como presidente a uno de sus miembros. También designará un secretario, que podrá pertenecer o no a la comisión, actuando en este último caso, con voz y sin voto. 3. La comisión de control se reunirá al menos una vez cada cuatro meses.
Artículo 13. Funciones de la comisión de control
Corresponde a la comisión de control: a) Informar al consejo rector sobre la ejecución del contrato de gestión. b) Informar al consejo rector sobre la ejecución del presupuesto y sobre las modificaciones presupuestarias que, en su caso, sean aprobadas por el director. c) Conocer e informar al consejo rector sobre los informes de control de la gestión económico financiera emitidos por los órganos a que se refiere el artículo 35 de este estatuto y proponer las estrategias encaminadas a corregir las debilidades puestas de manifiesto en ellos. d) Determinar, a instancia del consejo rector y con la periodicidad que este establezca, la información económico-financiera que ha de remitirse al mismo, sin perjuicio de aquella otra que deba someterse a su consideración o aprobación de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente. e) Conocer la información económico-presupuestaria que la agencia estatal, por su pertenencia al sector público estatal, debe elaborar y remitir a los órganos competentes para cumplir las obligaciones recogidas en la normativa vigente, velando por el cumplimiento de dichas obligaciones. f) Informar al consejo rector sobre cuantas cuestiones le sean solicitadas por éste.