Gobierno Vasco

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar ayudas para mejorar la competitividad de la flota pesquera y las condiciones laborales a bordo de los buques pesqueros en la Comunidad Autónoma del País Vasco (CAPV). Las ayudas están destinadas a inversiones que mejoren la higiene, la salud, la seguridad y las condiciones de trabajo de los pescadores. **Quién puede usar este servicio:** Pescadores o propietarios de buques pesqueros, incluyendo comunidades de bienes, que cumplan con los requisitos establecidos. **Antes de empezar:** * Asegúrese de cumplir con todos los requisitos especificados en la normativa. * Tenga a mano la documentación necesaria en formato digital. * Si realiza la solicitud online, necesitará un medio de identificación electrónica. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** La documentación específica dependerá del tipo de ayuda solicitada. Consulte la normativa aplicable para más detalles. **Requisitos previos:** * Las inversiones deben realizarse en la CAPV o en buques con puerto base en la CAPV. * Las personas físicas deben tener vecindad administrativa en la CAPV durante el año anterior a la solicitud. * Las personas jurídicas deben tener su sede social en la CAPV. * Las inversiones no deben haber comenzado antes de la solicitud. * Estar al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social. * Las inversiones no deben tener efectos negativos significativos sobre el medio ambiente. * Comunicar si se han solicitado o recibido otras ayudas para el mismo gasto. * No estar incurso en procedimientos de reintegro o sancionadores. * No estar sancionado penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones. * No haber solicitado la declaración de concurso, no haber sido declarado insolvente, etc. * No haber dado lugar a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración. * Cumplir con la Ley Reguladora del Código de Conducta y de los Conflictos de Intereses de los Cargos Públicos. * No tener la residencia fiscal en un paraíso fiscal. * En el caso de asociaciones, no estar incursas en causas de prohibición previstas en la Ley Orgánica reguladora del Derecho de Asociación. **Costes y plazos:** Este trámite no tiene coste. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. **Preparación:** Reúna la documentación necesaria y asegúrese de cumplir con los requisitos. 2. **Solicitud:** Presente la solicitud de forma electrónica o presencial. * **Electrónica:** Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón "Solicitud" y siga los pasos indicados. * **Presencial:** Imprima y rellene el formulario de solicitud y preséntelo en los lugares indicados. 3. **Tramitación:** La administración revisará su solicitud y podrá solicitar documentación adicional si es necesario. 4. **Resolución:** Se le notificará la resolución en el plazo máximo de seis meses. **Información sobre cada etapa:** * **Solicitud electrónica:** Puede guardar el formulario en varias sesiones. La Administración conservará los datos durante un mes. * **Solicitud presencial:** Tiene dos opciones: rellenar el formulario online y adjuntarlo firmado, o imprimir el formulario vacío y rellenarlo a mano. **Tiempos de espera:** El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de seis meses desde la presentación completa de la solicitud. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** Una vez resuelta la solicitud, se le notificará la resolución. Si es favorable, recibirá la ayuda correspondiente. **Plazos de resolución:** El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de seis meses desde la presentación completa de la solicitud. Si transcurre este plazo sin resolución expresa, se entenderá que la solicitud ha sido estimada. **Siguientes pasos:** Si está de acuerdo con la resolución, no es necesario realizar ninguna acción adicional. Si no está de acuerdo, puede interponer un recurso de alzada o un recurso extraordinario de revisión. ## Ayuda **Contacto:** Dirección de Pesca y Acuicultura Iñaki Zubiete Teléfono: 944 03 14 62 Email: i-zubiete@euskadi.eus **Recursos adicionales:** * Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía * Manual de uso de la aplicación Registro Telemático de Terceros (PDF, 944 KB) * Acceso a la aplicación del Registro Telemático de Terceros **Preguntas frecuentes:** * **¿Cómo puedo presentar la solicitud?** Puede presentar la solicitud de forma electrónica a través de la sede electrónica del Gobierno Vasco o de forma presencial en las oficinas habilitadas. * **¿Cuánto tiempo tarda en resolverse la solicitud?** El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de seis meses desde la presentación completa de la solicitud. Si transcurre este plazo sin resolución expresa, se entenderá que la solicitud ha sido estimada. * **¿Qué puedo hacer si mi solicitud es denegada?** Si su solicitud es denegada, puede interponer un recurso de alzada ante el órgano superior jerárquico o un recurso extraordinario de revisión ante el Tribunal Económico Administrativo de Euskadi. * **¿Puedo desistir de la solicitud si ya la he presentado?** Sí, puede desistir de su solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución. Para ello, debe presentar un formulario de desistimiento en los lugares indicados. * **¿Cómo puedo ampliar información o subsanar errores en mi solicitud?** Si necesita ampliar información o subsanar errores en su solicitud, puede aportar documentación adicional a través de Mi Carpeta en la sede electrónica del Gobierno Vasco o de forma presencial en las oficinas habilitadas. * **¿Quién financia estas ayudas?** Las ayudas están financiadas por el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA). * **¿Dónde puedo obtener más información o resolver mis dudas?** Para cualquier duda o consulta, puede contactar con la Dirección de Pesca y Acuicultura a través del teléfono 944 03 14 62 o el correo electrónico i-zubiete@euskadi.eus. * **¿Cómo puedo modificar mis datos de contacto?** Si necesita modificar sus datos de contacto o notificación, puede hacerlo a través de Mi Carpeta en la sede electrónica del Gobierno Vasco o presentando el formulario correspondiente en las oficinas habilitadas. ## Otros trámites * **Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros"** Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, usted deberá constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco. ## Normativa * ORDEN de 8 de octubre de 2024, de la Consejera de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca, por la que se aprueban, para el año 2024, las bases de la convocatoria de ayudas al sector pesquero y acuícola de la Comunidad Autónoma del País Vasco. * Reglamento (UE) 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de julio de 2021 por el que se establece el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2017/1004

  • ## Resumen Este trámite tiene como objetivo impulsar la competitividad de la flota pesquera y mejorar las condiciones de seguridad y socio-laborales a bordo de los buques pesqueros. Se ofrecen ayudas a las inversiones a bordo destinadas a mejorar la higiene, la salud, la seguridad y las condiciones de trabajo de los pescadores. **Quién puede usar este servicio:** * Pescadores o propietarios de buques pesqueros, incluidas las comunidades de bienes. ## Lo que necesitas **Requisitos:** * Las inversiones y gastos subvencionables deben realizarse en la Comunidad Autónoma del País Vasco (CAPV) o en buques pesqueros con puerto base en la CAPV. * Si eres persona física, debes tener vecindad administrativa en la CAPV en el año anterior a la solicitud. * Si eres persona jurídica, tu sede social debe estar en la CAPV. * Las inversiones y gastos no deben haber comenzado antes de presentar la solicitud. * Debes estar al corriente de tus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social. * Las inversiones no deben tener efectos negativos significativos sobre el medio ambiente. * Debes comunicar si has solicitado o recibido otras subvenciones para el mismo gasto. * Debes comunicar si estás incurso en algún procedimiento de reintegro o sancionador relacionado con ayudas similares. * No debes estar sancionado penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones. * No debes haber solicitado la declaración de concurso, ni haber sido declarado insolvente. * No debes tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado como paraíso fiscal. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. **Solicitud:** Presenta la solicitud de forma electrónica o presencial. * **Electrónica:** A través de la sede electrónica del Gobierno Vasco (Solicitud). * **Presencial:** En las oficinas de la Dirección de Pesca y Acuicultura en Vitoria-Gasteiz, Bilbao y Donostia-San Sebastián. 2. **Documentación:** Aporta la documentación requerida junto con la solicitud. 3. **Resolución:** Espera la resolución de la solicitud. El plazo máximo es de seis meses. **Información adicional:** * Es necesario disponer de un medio de identificación electrónica para la tramitación electrónica. * Prepara los documentos necesarios en formato digital (PDF o formatos admitidos). ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** Una vez resuelta la solicitud, se te notificará la resolución. Si es favorable, recibirás la ayuda correspondiente. **Plazos de resolución:** La resolución se dictará y notificará en un plazo máximo de seis meses desde la presentación completa de la solicitud. Si transcurre este plazo sin resolución expresa, se entenderá que la solicitud ha sido estimada. **Recursos:** Contra la resolución, podrás interponer: * **Recurso de alzada:** Ante el órgano superior jerárquico en el plazo de un mes si la resolución es expresa o tres meses si es presunta. Más información: Título V. Capítulo II. Recursos administrativos, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas * **Recurso extraordinario de revisión:** Ante el Tribunal Económico Administrativo de Euskadi en los casos y plazos establecidos. ## Ayuda **Contacto:** * Dirección de Pesca y Acuicultura * Pilar Herrero * Teléfono: 944 03 14 62 * E-mail: p-herrero@euskadi.eus * Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía **Recursos adicionales:** * Reglamento (UE) 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de julio de 2021 * Formulario para la interposición de recurso de alzada * Manual de uso de la aplicación Registro Telemático de Terceros (PDF, 944 KB) * Acceso a la aplicación del Registro Telemático de Terceros * Modelo normalizado de "Alta de tercero" * Modelo normalizado de "Alta de tercero" internacional * Formulario para la aportación de documentación * Modificación de los datos de notificación y comunicación * Subsanación de la documentación * Formulario para la ampliación del plazo de subsanación * Formulario para solicitar el desistimiento * Renuncia del procedimiento * Ampliación de información * Requerimiento

  • ## Resumen Este procedimiento tiene como objetivo impulsar la competitividad de la flota pesquera y mejorar las condiciones de seguridad y socio-laborales a bordo de los buques pesqueros. Se ofrecen ayudas para inversiones que mejoren la higiene, la salud, la seguridad y las condiciones de trabajo de los pescadores. Quién puede usar este servicio: Pescadores o propietarios de buques pesqueros, incluyendo comunidades de bienes, que cumplan con los requisitos establecidos. Antes de empezar: Es importante revisar los requisitos y la documentación necesaria antes de iniciar la solicitud. ## Lo que necesitas Documentos requeridos: * Formulario de solicitud. * Documentación específica que justifique la inversión a realizar (facturas proforma, proyectos, etc.). * Otra documentación que se especifique en la convocatoria. Requisitos previos: * Realizar inversiones en el ámbito territorial de la CAPV o en buques con puerto base en la CAPV. * Cumplir con los requisitos de vecindad administrativa o sede social en la CAPV. * Estar al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social. * No haber comenzado las inversiones antes de la presentación de la solicitud. Costes y plazos: * Este trámite no tiene coste. * El plazo máximo de resolución es de 6 meses desde la presentación de la solicitud. ## Cómo hacerlo Paso a paso del proceso: 1. Preparar la documentación necesaria. 2. Presentar la solicitud de forma electrónica o presencial. 3. Realizar el seguimiento del expediente a través de Mi carpeta. Información sobre cada etapa: * La solicitud electrónica se realiza a través de la sede electrónica de Euskadi. * La solicitud presencial se puede realizar en las oficinas de Zuzenean o en otros registros permitidos. Tiempos de espera: * El plazo máximo para resolver es de 6 meses. ## Después de hacerlo Qué sucede después: * Se notificará la resolución de la solicitud. * En caso de ser favorable, se procederá al pago de la ayuda. Plazos de resolución: * El plazo máximo de resolución es de 6 meses. Siguientes pasos: * En caso de disconformidad con la resolución, se puede interponer un recurso de alzada. ## Ayuda Contacto: Dirección de Pesca y Acuicultura Pilar Herrero Teléfono: 944 03 14 62 E-mail: p-herrero@euskadi.eus Recursos adicionales: * Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía * Medios de identificación electrónica admitidos Preguntas frecuentes: * ¿Quiénes pueden solicitar estas ayudas? Pescadores o propietarios de buques pesqueros, incluyendo comunidades de bienes. * ¿Cuál es el objetivo de estas ayudas? Mejorar la seguridad y condiciones laborales en los buques pesqueros. * ¿Qué tipo de inversiones son subvencionables? Aquellas que superen los requisitos mínimos de la normativa y mejoren la seguridad, salud, higiene y condiciones de trabajo. * ¿Cómo se presenta la solicitud? De forma electrónica o presencial. * ¿Cuánto tiempo tarda en resolverse la solicitud? Máximo 6 meses.

  • ## Resumen Este trámite ofrece ayudas para fomentar el capital humano y el trabajo en red en el sector de la acuicultura. Las ayudas están dirigidas a personal del sector acuícola para formación, difusión de conocimiento, mejora de condiciones laborales y promoción del trabajo en red. ## Normativa * ORDEN de 8 de octubre de 2024, de la Consejera de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca, por la que se aprueban, para el año 2024, las bases de la convocatoria de ayudas al sector pesquero y acuícola de la Comunidad Autónoma del País Vasco. * Reglamento (UE) 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de julio de 2021 por el que se establece el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2017/1004 ## Quién puede solicitarlo Personal trabajador asalariado, autónomos, así como cónyuges o parejas de hecho de estos, que estén vinculados al sector acuícola. ## Objeto de las ayudas * Participación en programas de formación profesional, aprendizaje permanente y adquisición de nuevas competencias. * Participación en actividades de transferencia y difusión de conocimiento científico-técnico. * Diseño, programación y organización de cursos de formación y capacitación. * Mejora de las condiciones de trabajo y seguridad laboral. * Fomento e impulso de iniciativas que promuevan el trabajo en red. ## Cómo hacerlo ### Solicitud y documentación La solicitud puede realizarse de forma electrónica o presencial: * **Tramitación electrónica:** Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón de solicitud. No es necesario completar el formulario en una única sesión. La Administración conservará los datos durante un mes. Necesitará un medio de identificación electrónica y los documentos en formato digital (PDF o formatos admitidos). 1. Rellene el formulario de solicitud. 2. Adjunte los documentos. 3. Firme la solicitud. 4. Envíe la solicitud y los documentos. Posteriormente, podrá realizar el seguimiento de su expediente a través de Mi carpeta. Solicitud * **Tramitación presencial:** Acceda al formulario de solicitud a través del botón correspondiente. Puede rellenar el formulario online y adjuntar la documentación digitalizada, o imprimir el formulario vacío y rellenarlo a mano. En ambos casos, deberá presentar el formulario firmado en los lugares de presentación indicados. Solicitud ### Lugares de presentación * **Dirección de Pesca y Acuicultura - Vitoria-Gasteiz:** Donostia-San Sebastián, 1 - 3ª planta (Lakua I) * **Servicio de Estructuras Pesqueras - Bilbao:** General Concha, 23 * **Servicio de Ordenación Pesquera - Donostia-San Sebastián:** Easo, 10 * Zuzenean: Servicio de atención presencial a la ciudadanía * Oficinas de Asistencia en Materia de Registro * Cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015. ## Después de hacerlo ### Plazo de resolución La resolución se dictará y notificará en un plazo máximo de seis meses desde la presentación completa de la solicitud. Si transcurrido este plazo no hay resolución expresa, se entenderá que la solicitud ha sido estimada. ### Tipo de concesión No concursal. ### Efectos del silencio administrativo Estimatorios. ### Recursos * **Recurso de alzada:** Puede interponerse electrónicamente a través de Mi carpeta o presencialmente. El plazo es de 1 mes si el acto es expreso y 3 meses si es presunto. La Administración tiene 3 meses para resolver. Si no se notifica la resolución en ese plazo, el recurso se entenderá estimado si el acto recurrido es presunto y desestimado si es expreso. Recurso de Alzada (pdf , 1.59 MB) * **Recurso extraordinario de revisión ante el Tribunal Económico Administrativo de Euskadi:** Puede interponerse electrónicamente a través de Mi carpeta o presencialmente. Los plazos varían según la causa. Si no se notifica la resolución en el plazo establecido, se entiende desestimado el recurso. ## Otros trámites * **Alta o modificación de datos en el "Registro de Terceros":** Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas, debe constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico. Puede realizarse electrónicamente a través de la aplicación del Registro Telemático de Terceros o presencialmente. Manual de uso de la aplicación Registro Telemático de Terceros (PDF, 944 KB) * **Aportación de documentación:** Puede aportar documentación electrónicamente a través de Mi carpeta o presencialmente. Formulario para la aportación de documentación (pdf , 1.27 MB) * **Modificación de los datos de notificación y comunicación:** Puede modificar sus datos de contacto electrónicamente en el apartado "Mi perfil" de Mi carpeta o presencialmente. Modificación de los datos de notificación y comunicación (pdf , 1.75 MB) * **Subsanación de la documentación:** Si la solicitud no cumple los requisitos, se le requerirá que la subsane en un plazo de 10 días. Puede realizarse electrónicamente a través de Mi carpeta o presencialmente. Subsanación de la documentación (pdf , 1.27 MB) * **Ampliación de plazo:** Puede solicitar una ampliación del plazo para subsanar o aportar documentación, siempre que no se trate de un procedimiento de concurrencia competitiva. Puede realizarse electrónicamente a través de Mi carpeta o presencialmente. Formulario para la ampliación del plazo de subsanación (pdf , 1.38 MB) * **Desistimiento:** Puede desistir de su solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución. Puede realizarse electrónicamente a través de Mi carpeta o presencialmente. Formulario para solicitar el desistimiento (pdf , 1.27 MB) * **Renuncia:** Puede renunciar al procedimiento una vez dictada la resolución. Puede realizarse electrónicamente a través de Mi carpeta o presencialmente. Renuncia del procedimiento (pdf , 1.27 MB) * **Ampliar información:** Si la Administración le requiere ampliar información, puede hacerlo electrónicamente a través de Mi carpeta o presencialmente. Ampliación de información (pdf , 1.27 MB) * **Requerimiento:** Si la Administración le requiere documentación adicional, puede aportarla electrónicamente a través de Mi carpeta o presencialmente. Requerimiento (pdf , 1.27 MB)

  • ## Resumen Este trámite ofrece ayudas y subvenciones para fomentar el capital humano y el trabajo en red en el sector de la acuicultura. Se apoya la participación en formación, la difusión de conocimiento y la mejora de las condiciones laborales. ### Quién puede usar este servicio Trabajadores asalariados, autónomos y sus cónyuges o parejas de hecho, siempre que estén vinculados al sector de la acuicultura. ### Antes de empezar Es importante tener claros los requisitos y la documentación necesaria para solicitar la ayuda. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * Formulario de solicitud. * Documentación adicional que pueda ser requerida según la actividad a realizar. ### Requisitos previos * Estar vinculado al sector de la acuicultura. * Cumplir con los requisitos específicos de cada tipo de ayuda. ### Costes y plazos * Este trámite es gratuito. * El plazo máximo de resolución es de seis meses. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. **Preparación:** Reúne la documentación necesaria y asegúrate de cumplir los requisitos. 2. **Solicitud:** Presenta la solicitud de forma electrónica o presencial. 3. **Seguimiento:** Realiza el seguimiento de tu expediente a través de Mi carpeta. ### Información sobre cada etapa * **Solicitud electrónica:** Accede a la aplicación de tramitación electrónica con un medio de identificación electrónica. * **Solicitud presencial:** Rellena el formulario y entrégalo en las oficinas indicadas. ### Tiempos de espera El plazo máximo de resolución es de seis meses. ## Después de hacerlo ### Qué sucede después Una vez resuelta la solicitud, se te notificará la resolución. ### Plazos de resolución El plazo máximo de resolución es de seis meses. Si no hay respuesta en este tiempo, se entenderá que la solicitud ha sido aceptada. ### Siguiente pasos Si la resolución es favorable, se procederá al pago de la ayuda. Si es desfavorable, puedes interponer un recurso de alzada. ## Ayuda ### Contacto Dirección de Pesca y Acuicultura Pilar Herrero Teléfono: 944 03 14 62 E-mail: p-herrero@euskadi.eus ### Recursos adicionales * Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía * Manual de uso de la aplicación Registro Telemático de Terceros (PDF, 944 KB) ### Preguntas frecuentes * **¿Quiénes pueden beneficiarse de estas ayudas?** Las ayudas están dirigidas a personas vinculadas al sector de la acuicultura, incluyendo empleados, autónomos y sus parejas, que participen en actividades de formación, transferencia de conocimiento o mejora de las condiciones laborales. * **¿Cuál es el propósito de estas ayudas?** El objetivo es fomentar el capital humano y el trabajo en red en el sector de la acuicultura, apoyando la formación, la difusión de conocimiento y la mejora de las condiciones laborales. * **¿Cuánto tiempo se tarda en resolver la solicitud?** La resolución se emitirá en un plazo máximo de seis meses desde la presentación completa de la solicitud. Si no hay respuesta en este tiempo, se entenderá que la solicitud ha sido aceptada. * **¿Cómo puedo presentar la solicitud?** Puede presentar la solicitud de forma electrónica a través de la sede electrónica de Euskadi o de forma presencial en las oficinas designadas. * **¿Qué puedo hacer si mi solicitud es rechazada?** Si su solicitud es rechazada, puede interponer un recurso de alzada ante el mismo órgano que dictó el acto o su superior jerárquico en el plazo de un mes si el acto es expreso, o de tres meses si es presunto. * **¿Cómo puedo modificar mis datos de notificación?** Si necesita modificar sus datos de contacto, puede hacerlo electrónicamente a través de Mi Carpeta en la sede electrónica de Euskadi o presencialmente presentando el formulario correspondiente en las oficinas designadas. * **¿Qué ocurre si me piden subsanar la documentación?** Si la Administración le requiere subsanar algún aspecto de su solicitud, deberá hacerlo en un plazo de 10 días. De no hacerlo, se considerará que ha desistido de su solicitud. * **¿Puedo retirar mi solicitud si ya no estoy interesado?** Puede desistir de su solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución. Para ello, deberá presentar el formulario de desistimiento en los lugares indicados.

  • ## Resumen Este procedimiento permite solicitar ayudas destinadas a mitigar los efectos del cambio climático y mejorar la eficiencia energética de los buques pesqueros. Las ayudas se dirigen a la sustitución o modernización de motores, contribuyendo así a la sostenibilidad del sector. **Quién puede usar este servicio:** Propietarios de buques pesqueros que cumplan con los requisitos de eslora y potencia establecidos en la normativa. **Antes de empezar:** * Asegúrese de cumplir con los requisitos de eslora y potencia del motor. * Tenga a mano la documentación necesaria en formato digital. * Si no está dado de alta, regístrese en el Registro de Terceros del Gobierno Vasco. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** La documentación específica se detalla en el formulario de solicitud. Generalmente, se requiere: * Documentación identificativa del solicitante. * Documentación del buque (registro, características técnicas). * Presupuesto o factura proforma del nuevo motor o modernización. * Otra documentación que justifique el cumplimiento de los requisitos. **Requisitos previos:** * Cumplir con los requisitos de eslora y potencia del motor. * Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. * No estar incurso en ninguna de las causas de prohibición para obtener subvenciones. **Costes y plazos:** * Este trámite no tiene coste. * El plazo para presentar las solicitudes se indica en la convocatoria. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. **Preparación:** Reúna la documentación necesaria y asegúrese de cumplir los requisitos. 2. **Solicitud:** Presente la solicitud de forma electrónica o presencial. 3. **Tramitación:** La administración revisará la solicitud y la documentación. 4. **Resolución:** Se dictará una resolución en el plazo máximo de seis meses. 5. **Notificación:** Se le notificará la resolución. **Información sobre cada etapa:** * **Solicitud electrónica:** Requiere identificación electrónica y la presentación de la documentación en formato digital a través de la sede electrónica del Gobierno Vasco. * **Solicitud presencial:** Implica la presentación del formulario y la documentación en las oficinas habilitadas. **Tiempos de espera:** El plazo máximo para la resolución es de seis meses. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** Una vez notificada la resolución, si es favorable, se procederá al pago de la ayuda. **Plazos de resolución:** El plazo máximo de resolución es de seis meses. Si transcurre ese tiempo sin resolución expresa, se entenderá que la solicitud ha sido estimada. **Siguientes pasos:** * Si la resolución es favorable, siga las instrucciones para la justificación de la ayuda. * Si la resolución es desfavorable, puede interponer un recurso de alzada. ## Ayuda **Contacto:** Dirección de Pesca y Acuicultura Iñaki Zubiete Teléfono: 944 03 14 62 Email: i-zubiete@euskadi.eus **Recursos adicionales:** * Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía * Ayudas y subvenciones **Preguntas frecuentes:** Consulte la sección de preguntas frecuentes para resolver dudas comunes sobre el procedimiento. ## Otros trámites * **Aportación de documentación:** Permite añadir documentos a un expediente ya iniciado. * **Modificación de datos de notificación:** Permite cambiar los datos de contacto para recibir notificaciones. * **Subsanación de documentación:** Permite corregir errores o completar la documentación requerida. * **Ampliación de plazo:** Permite solicitar una prórroga para la presentación de documentación. * **Desistimiento:** Permite renunciar a la solicitud. * **Renuncia:** Permite renunciar a la ayuda concedida.

  • ## Resumen Este procedimiento permite solicitar ayudas para mitigar los efectos del cambio climático y mejorar la eficiencia energética de los buques pesqueros. Las ayudas se destinan a la sustitución o modernización de motores principales o auxiliares. ### Quién puede usar este servicio Armadores de buques pesqueros que cumplan con los requisitos de eslora y potencia del motor establecidos en la normativa. ### Antes de empezar Es importante revisar la normativa reguladora y asegurarse de cumplir con todos los requisitos antes de iniciar la solicitud. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * Formulario de solicitud. * Documentación adicional que se requiera según la normativa. ### Requisitos previos * Cumplir con los requisitos de eslora y potencia del motor. * Disponer de un medio de identificación electrónica (si se realiza la tramitación electrónica). ### Costes y plazos * Este trámite es gratuito. * El plazo máximo de resolución es de seis meses. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. **Preparación:** Reúna la documentación necesaria y asegúrese de cumplir con los requisitos. 2. **Solicitud:** Presente la solicitud de forma electrónica o presencial. 3. **Tramitación:** La administración revisará la solicitud y la documentación. 4. **Resolución:** Se dictará y notificará la resolución en el plazo máximo de seis meses. ### Información sobre cada etapa * **Solicitud electrónica:** Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón "Solicitud". * **Solicitud presencial:** Imprima y rellene el formulario de solicitud y preséntelo en las oficinas habilitadas. ### Tiempos de espera * El plazo máximo de resolución es de seis meses. Si no recibe respuesta en este plazo, la solicitud se considerará estimada. ## Después de hacerlo ### Qué sucede después Una vez resuelta la solicitud, se le notificará la resolución. Si la resolución es favorable, se procederá al pago de la ayuda. ### Plazos de resolución El plazo máximo de resolución es de seis meses. ### Siguiente pasos Si no está de acuerdo con la resolución, puede interponer un recurso de alzada en los plazos establecidos. ## Ayuda ### Contacto * Dirección de Pesca y Acuicultura * Pilar Herrero * Teléfono: 944 03 14 62 * E-mail: p-herrero@euskadi.eus * Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía ### Recursos adicionales * Reglamento (UE) 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de julio de 2021 * Zuzenean: Servicio de atención presencial a la ciudadanía * Decreto 91/2023, de 20 de junio, de atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos * Artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas ### Preguntas frecuentes * **¿Cómo accedo a la aplicación de tramitación electrónica?** Puede acceder a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón "Solicitud" disponible en la sección de tramitación electrónica. * **¿Debo completar el formulario en una sola sesión?** No es necesario completar, firmar y enviar el formulario en una única sesión. Puede guardarlo y continuar el proceso en sesiones sucesivas. * **¿Cuánto tiempo se guardan mis datos en el sistema?** La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. Es importante presentar la solicitud dentro de los plazos establecidos en la normativa. * **¿Qué necesito para realizar la solicitud electrónicamente?** Necesitará un medio de identificación electrónica y los documentos necesarios en formato digital (PDF o formatos admitidos). * **¿Dónde puedo presentar la solicitud presencialmente?** Los lugares de presentación son la Dirección de Pesca y Acuicultura en Vitoria-Gasteiz, el Servicio de Estructuras Pesqueras en Bilbao y el Servicio de Ordenación Pesquera en Donostia-San Sebastián. También puede acudir a las oficinas de Zuzenean y a las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro. * **¿Qué opciones tengo para presentar la solicitud presencialmente?** Tiene dos opciones: rellenar el formulario online, adjuntar la documentación digitalmente, imprimirlo y firmarlo a mano para entregarlo; o imprimir el formulario vacío, rellenarlo y firmarlo a mano para entregarlo. * **¿Cuánto tiempo tarda en resolverse la solicitud?** El plazo máximo para que se dicte y notifique la resolución es de seis meses desde la presentación completa de la solicitud. Si transcurre este plazo sin resolución expresa, se entenderá estimada la solicitud. * **¿Qué puedo hacer si no estoy de acuerdo con la resolución?** Puede interponer un recurso de alzada ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido o su superior jerárquico. Tiene 1 mes si el acto es expreso y 3 meses si es presunto. * **¿Qué debo hacer para recibir el pago de la ayuda?** Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas, debe estar dado de alta en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco.

  • ## Resumen Esta convocatoria tiene como objetivo subvencionar la impartición del primer ciclo de Educación Infantil por centros educativos de titularidad privada en la CAPV durante el curso escolar 2024-2025. Se excluyen las aulas de tercer curso en centros concertados. **Quién puede usar este servicio:** Escuelas de primer ciclo de Educación Infantil de titularidad privada de la CAPV que cumplan con los requisitos establecidos. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Anexo II: Otras ayudas solicitadas y/o percibidas * Anexo III: Presupuesto * Anexo IV: Relación de personal educativo (incluir fotocopia de títulos y contratos del personal nuevo) * Fotocopia del libro de familia de los niños y niñas nacidos en 2024. * Poder notarial (si no está dado de alta en el Registro de Representantes del Gobierno Vasco). * Certificado de inscripción del Plan de Igualdad (si es obligatorio según la normativa estatal). * Certificado de antecedentes penales. * Certificado emitido por el Registro Público Concursal. * Poder de representación (con o sin RdR, según el caso). **Requisitos previos:** * Contar con autorización para impartir el primer ciclo de Educación Infantil durante el curso 2024-2025. * Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. * Cumplir con los demás requisitos especificados en la normativa. **Costes y plazos:** * Este trámite no tiene coste. * El plazo de resolución es de 6 meses. * El plazo para presentar la justificación es del 1 al 15 de junio de 2025. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Rellenar los formularios solicitados. 2. Preparar la documentación requerida en formato digital. 3. Acceder a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón Solicitud. 4. Asegurarse de disponer de un medio de identificación electrónica admitido. **Información sobre cada etapa:** * La solicitud se realiza de forma electrónica. * Es posible guardar el formulario y continuar en sesiones sucesivas. * La tramitación y el seguimiento del expediente se realizan a través de Mi carpeta. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** * La Viceconsejería de Educación dictará la resolución de concesión o denegación. * La resolución se notificará individualmente y de forma electrónica a los interesados. * Las resoluciones de concesión se publicarán en el Boletín Oficial del País Vasco. **Plazos de resolución:** * El plazo máximo para resolver es de seis meses. **Siguientes pasos:** * En caso de concesión, justificar la ayuda entre el 1 y el 15 de junio de 2025. * En caso de denegación, cabe la posibilidad de interponer un recurso de alzada. ## Ayuda **Contacto:** * Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía **Recursos adicionales:** * ORDEN de 1 de octubre de 2024, de la Consejera de Educación, por la que se convocan ayudas a las Escuelas de primer ciclo de Educación Infantil de titularidad privada durante el curso 2024-2025. ## Justificación Entre el 1 y el 15 de junio de 2025 las personas o entidades subvencionadas deberán remitir, mediante formulario normalizado (Anexo V), a la Dirección de Centros y Planificación del Departamento de Educación, la justificación de gastos e ingresos de la Escuela Infantil durante el curso 2024-2025. El modelo de formulario estará disponible en la siguiente dirección electrónica de euskadi.eus: https://www.euskadi.eus/servicios/0097014. * Tramitación electrónica

    1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
    2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
    3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
      Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
    Mi carpeta ### Documentación * Justificación ### Requisitos * Justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos en el acto de concesión de la subvención. * Comunicar en su caso la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente (tanto público como privado). * Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias. * Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social. ### Más información Para justificar la ayuda concedida, rellene el formulario y entréguelo junto con la documentación necesaria en Mi carpeta entre el 1 y el 15 de junio. Para realizar este trámite es necesario identificarse mediante un certificado electrónico.

  • ## Resumen Este trámite permite a las asociaciones ganaderas de razas puras de la Comunidad Autónoma del País Vasco (CAPV) solicitar ayudas económicas para la conservación, selección, mejora y fomento de estas razas. Las ayudas están destinadas a asociaciones inscritas en el Registro de Asociaciones de Fomento de Razas Animales. ### Quién puede usar este servicio Asociaciones ganaderas de razas puras que operen en el ámbito de la CAPV e inscritas en el Registro de Asociaciones de Fomento de Razas Animales. ### Antes de empezar Es importante que las asociaciones estén reconocidas para llevar el libro genealógico y cumplan con las disposiciones de conservación, mejora y fomento de las razas autóctonas vascas. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * Acuerdo Societario: Enlace al documento * Memoria descriptiva con información para valorar la solicitud. * Copia auténtica del acta de constitución y de los estatutos. * Iniciativas o acciones desarrolladas y previstas: Plantilla descargable * Relación de personas en el órgano de dirección: Plantilla descargable * Relación de explotaciones asociadas y su aportación: Plantilla descargable * Relación de otras subvenciones obtenidas: Plantilla descargable * Copia auténtica de la tarjeta de identificación fiscal. * Certificado de la federación o confederación de ámbito estatal (si aplica). * Justificación de los gastos subvencionados (una vez resuelta la ayuda): Plantilla descargable * Justificación del personal en plantilla (una vez resuelta la ayuda): Plantilla descargable * Informe detallado de gastos e ingresos de la asociación en el año de la convocatoria (una vez resuelta la ayuda). ### Requisitos previos * Desarrollar las actividades en la Comunidad Autónoma del País Vasco. * No estar sancionada administrativa ni penalmente. * No ser una empresa en crisis. * No estar sujeta a una orden de recuperación de ayudas pendiente. * No incurrir en las circunstancias previstas en los artículos 13.2 y 13.3 de la Ley General de Subvenciones. * Estar al corriente de las obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social. * Estar al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones. * Tener la consideración de PYME. ### Costes y plazos El trámite es gratuito. El plazo máximo para resolver y notificar es de seis meses desde la publicación de la convocatoria en el BOPV. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través de la sede electrónica de Euskadi. 2. Rellene el formulario de solicitud. 3. Adjunte los documentos requeridos. 4. Firme la solicitud. 5. Envíe la solicitud y los documentos. ### Información sobre cada etapa * No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión; puede guardarlo y continuar en sesiones sucesivas. * La Administración conservará los datos cumplimentados durante un mes. ## Después de hacerlo ### Qué sucede después Una vez enviada la solicitud, verá una pantalla de confirmación (acuse de recibo). Posteriormente, podrá realizar el seguimiento de su expediente a través de Mi carpeta. ### Plazos de resolución El plazo máximo para resolver el procedimiento es de seis meses desde la publicación de la convocatoria en el BOPV. Si no se notifica resolución en este plazo, la solicitud se entenderá desestimada. ### Siguientes pasos Si la solicitud es aprobada, se le notificará la resolución. En caso contrario, también se le notificará la resolución denegatoria, contra la que podrá interponer los recursos correspondientes. ## Ayuda ### Contacto Gorka Ruiz de Eguino Etxeberria Teléfono: 945 01 63 16 Email: gorka-ruiz@euskadi.eus Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía ### Recursos adicionales * Manual de uso de la aplicación Registro Telemático de Terceros (PDF, 944 KB) * Medios de identificación electrónica admitidos ### Preguntas frecuentes Consulte la sección de preguntas frecuentes para resolver dudas comunes sobre el procedimiento. ## Otros trámites * **Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros"**: Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, usted deberá constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco. Acceda a la aplicación aquí: Acceso a la aplicación del Registro Telemático de Terceros * **Aportación de documentación, Subsanación de la documentación, Ampliación de plazo, Desistimiento, Renuncia, Ampliar información, Requerimiento**: Todos estos trámites pueden realizarse a través de Mi Carpeta ## Resolución y recursos Contra la resolución, se pueden interponer los siguientes recursos: * Recurso de alzada * Recurso extraordinario de revisión ante el Tribunal Económico Administrativo de Euskadi * Recurso potestativo de reposición

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar ayudas para fomentar la competitividad de las organizaciones profesionales de la OCM y de las empresas pesqueras y acuícolas en el ámbito de comercialización de los productos de la pesca y de la acuicultura. **Quién puede usar este servicio:** Pescadores o propietarios de buques pesqueros, incluidas las comunidades de bienes. ## Lo que necesitas * **Documentos requeridos:** * Formulario de solicitud. * Documentación adicional que se requiera según la línea de ayuda. * **Requisitos previos:** * Las inversiones y gastos subvencionables deben realizarse en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco o en buques pesqueros con puerto base en la Comunidad Autónoma del País Vasco. * En el supuesto de personas físicas, éstas deberán tener vecindad administrativa en la Comunidad Autónoma del País Vasco en el año anterior, y de forma ininterrumpida, al momento de la solicitud de la ayuda, salvo lo establecido en cada línea de ayuda. * En el supuesto de personas jurídicas, su sede social deberá radicar en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco. * Las inversiones y gastos subvencionables no podrán estar comenzados en el momento de presentar la solicitud de ayuda. * Estar al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social. * Las inversiones no deben conllevar efectos negativos significativos sobre el medio ambiente. * Comunicar, si ha solicitado o no y si ha obtenido o no, subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos económicos para el mismo gasto subvencionable, procedentes de cualesquiera administración pública o entes, tanto públicos como privados. * Comunicar, en la solicitud, si se encuentra incurso o no, en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que se haya podido iniciar en el marco de las ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos. * Hallarse al corriente de pago de obligaciones por cantidades determinadas en un procedimiento de reintegro o sancionador en el marco de ayudas o subvenciones concedidas por la Administración de la CAE y entes de ella dependientes. * No encontrarse sancionada penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni se halle incursa en prohibición legal alguna que la inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo. * No haber solicitado la declaración de concurso, no haber sido declarado insolvente en cualquier procedimiento, no hallarse declarado en concurso, salvo que en éste haya adquirido la eficacia un convenio, no estar sujeto a intervención judicial o no haber sido inhabilitado conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso. * No haber dado lugar a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración. * No estar incursa la persona física, los administradores de las sociedades mercantiles o aquellos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas, en alguno de los supuestos de la Ley 1/2014, de 26 de junio, Reguladora del Código de Conducta y de los Conflictos de Intereses de los Cargos Públicos o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en ellas. * No tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal. * En el supuesto de las asociaciones, que éstas no se hallen incursas en las causas de prohibición previstas en los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. * **Costes y plazos:** * El trámite es gratuito. * Consultar la convocatoria anual para los plazos de presentación. ## Cómo hacerlo 1. **Tramitación electrónica:** * Acceda a la aplicación de tramitación electrónica mediante el siguiente botón: [Solicitud](https://www.euskadi.eus/y22-izapide/es/x43kToolkitWar/form/fdp?procedureId=1230254&tipoPresentacion=1&language=es) * No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas. * La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa. 2. **Tramitación presencial:** * Acceder a través del siguiente botón al formulario de solicitud: [Solicitud](https://www.euskadi.eus/y22-izapide/es/x43kToolkitWar/form/fdp?procedureId=1230254&tipoPresentacion=19&language=es) * Lugares de presentación: * Dirección de Pesca y Acuicultura - Vitoria-Gasteiz * Servicio de Estructuras Pesqueras - Bilbao * Servicio de Ordenación Pesquera - Donostia-San Sebastián * Zuzenean: Servicio de atención presencial a la ciudadanía * Oficinas de Asistencia en Materia de Registro * Otros lugares de presentación: En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. ## Después de hacerlo * **Plazo de resolución:** * La resolución se dictará y notificará en el plazo máximo de seis meses desde la presentación completa de cada una de las solicitudes que se presenten, transcurrido el cual sin resolución expresa, las personas interesadas podrán entender estimadas sus solicitudes. * **Efectos del silencio:** * Estimatorios * **Recursos:** * Recurso de alzada: [Mi carpeta](https://www.euskadi.eus/micarpeta) o [Recurso de Alzada ](https://www.euskadi.eus/contenidos/ayuda_subvencion/fempa_invers_comercializa_2024/procedures/proc_202419123133155/es_def/adjuntos/6.-Alzada_es.GUARDABLE.pdf) * Recurso extraordinario de revisión ante el Tribunal Económico Administrativo de Euskadi: [Mi carpeta](https://www.euskadi.eus/micarpeta) ## Ayuda * **Información de contacto:** * Dirección de Pesca y Acuicultura * Iñaki Zubiete * Teléfono: 944 03 14 62 * Email: i-zubiete@euskadi.eus * Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía * **Otros trámites:** * Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros": [Acceso a la aplicación del Registro Telemático de Terceros](http://www.euskadi.eus/r51-rtta0903/es/rttaTercerosWar/inicio) * Aportación de documentación: [Mi carpeta](https://www.euskadi.eus/micarpeta) o [Formulario para la aportación de documentación ](https://www.euskadi.eus/contenidos/ayuda_subvencion/fempa_invers_comercializa_2024/procedures/proc_202419123155269/es_def/adjuntos/2.-Aportacion_es.GUARDABLE.pdf) * Modificación de los datos de notificación y comunicación: [Mi carpeta](https://www.euskadi.eus/micarpeta) o [Modificación de los datos de notificación y comunicación ](https://www.euskadi.eus/contenidos/ayuda_subvencion/fempa_invers_comercializa_2024/procedures/proc_202419123125279/es_def/adjuntos/4.-Datos_notifi_es.GUARDABLE.pdf) * Subsanación de la documentación: [Mi carpeta](https://www.euskadi.eus/micarpeta) o [Subsanación de la documentación ](https://www.euskadi.eus/contenidos/ayuda_subvencion/fempa_invers_comercializa_2024/procedures/proc_202419123187812/es_def/adjuntos/3.-Subsanacion_es.GUARDABLE.pdf) * Ampliación de plazo: [Mi carpeta](http://www.euskadi.eus/micarpeta) o [Formulario para la ampliación del plazo de subsanación ](https://www.euskadi.eus/contenidos/ayuda_subvencion/fempa_invers_comercializa_2024/procedures/proc_202419123152829/es_def/adjuntos/13.-%20Ampliacion%20de%20plazo_es.GUARDABLE.pdf) * Desistimiento: [Mi carpeta](https://www.euskadi.eus/micarpeta) o [Formulario para solicitar el desistimiento ](https://www.euskadi.eus/contenidos/ayuda_subvencion/fempa_invers_comercializa_2024/procedures/proc_20241912317313/es_def/adjuntos/1-.Desistimiento_es.GUARDABLE.pdf) * Renuncia: [Mi carpeta](http://www.euskadi.eus/micarpeta) o [Renuncia del procedimiento ](https://www.euskadi.eus/contenidos/ayuda_subvencion/fempa_invers_comercializa_2024/procedures/proc_202419123165981/es_def/adjuntos/5.-Renuncia_es.GUARDABLE.pdf) * Ampliar información: [Mi carpeta](https://www.euskadi.eus/micarpeta) o [Ampliación de información ](https://www.euskadi.eus/contenidos/ayuda_subvencion/fempa_invers_comercializa_2024/procedures/proc_202419123126531/es_def/adjuntos/12%20.-Ampliacion_Info_es.GUARDABLE.pdf) * Requerimiento: [Mi carpeta](https://www.euskadi.eus/micarpeta) o [Requerimiento ](https://www.euskadi.eus/contenidos/ayuda_subvencion/fempa_invers_comercializa_2024/procedures/proc_202419123197378/es_def/adjuntos/11%20.-Requerimiento_es.GUARDABLE.pdf)

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