Ayudas a la promoción del capital humano y del trabajo en red 2024 - Gobierno Vasco

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Fomentar el capital humano y el trabajo en red en el sector de la acuicultura a través de ayudas para formación, transferencia de conocimiento, mejora de condiciones laborales y promoción del trabajo en red.

¿Quién puede solicitarlo?

Personal trabajador asalariado, autónomos, así como cónyuges o parejas de hecho de estos, que estén vinculados al sector acuícola.

Requisitos principales

  • Personal trabajador asalariado, autónomos, cónyuges o parejas de hecho vinculados al sector acuícola.
  • Participación en programas de formación profesional, aprendizaje permanente y adquisición de nuevas competencias.
  • Participación en actuaciones de transferencia y difusión de conocimiento científico-técnico.
  • Diseño, programación y organización de cursos de formación y capacitación.
  • Actuaciones para mejorar las condiciones de trabajo y seguridad laboral.
  • Iniciativas que promuevan o faciliten el trabajo en red y el intercambio de experiencias.

Plazos

No especificado, pero la presentación de la solicitud debe efectuarse dentro de los plazos establecidos en la normativa.

Duración del trámite

6 meses máximo para la resolución desde la presentación completa de la solicitud.

Información adicional

La Administración conservará los datos cumplimentados durante un mes. Es necesario disponer de un medio de identificación electrónica para la tramitación electrónica.

Resumen

Este trámite ofrece ayudas para fomentar el capital humano y el trabajo en red en el sector de la acuicultura. Las ayudas están dirigidas a personal del sector acuícola para formación, difusión de conocimiento, mejora de condiciones laborales y promoción del trabajo en red.

Normativa

Quién puede solicitarlo

Personal trabajador asalariado, autónomos, así como cónyuges o parejas de hecho de estos, que estén vinculados al sector acuícola.

Objeto de las ayudas

  • Participación en programas de formación profesional, aprendizaje permanente y adquisición de nuevas competencias.
  • Participación en actividades de transferencia y difusión de conocimiento científico-técnico.
  • Diseño, programación y organización de cursos de formación y capacitación.
  • Mejora de las condiciones de trabajo y seguridad laboral.
  • Fomento e impulso de iniciativas que promuevan el trabajo en red.

Cómo hacerlo

Solicitud y documentación

La solicitud puede realizarse de forma electrónica o presencial:

  • Tramitación electrónica: Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón de solicitud. No es necesario completar el formulario en una única sesión. La Administración conservará los datos durante un mes. Necesitará un medio de identificación electrónica y los documentos en formato digital (PDF o formatos admitidos).

    1. Rellene el formulario de solicitud.
    2. Adjunte los documentos.
    3. Firme la solicitud.
    4. Envíe la solicitud y los documentos.

    Posteriormente, podrá realizar el seguimiento de su expediente a través de Mi carpeta.

    Solicitud

  • Tramitación presencial: Acceda al formulario de solicitud a través del botón correspondiente. Puede rellenar el formulario online y adjuntar la documentación digitalizada, o imprimir el formulario vacío y rellenarlo a mano. En ambos casos, deberá presentar el formulario firmado en los lugares de presentación indicados.

    Solicitud

Lugares de presentación

Después de hacerlo

Plazo de resolución

La resolución se dictará y notificará en un plazo máximo de seis meses desde la presentación completa de la solicitud. Si transcurrido este plazo no hay resolución expresa, se entenderá que la solicitud ha sido estimada.

Tipo de concesión

No concursal.

Efectos del silencio administrativo

Estimatorios.

Recursos

  • Recurso de alzada: Puede interponerse electrónicamente a través de Mi carpeta o presencialmente. El plazo es de 1 mes si el acto es expreso y 3 meses si es presunto. La Administración tiene 3 meses para resolver. Si no se notifica la resolución en ese plazo, el recurso se entenderá estimado si el acto recurrido es presunto y desestimado si es expreso.

    Recurso de Alzada (pdf , 1.59 MB)

  • Recurso extraordinario de revisión ante el Tribunal Económico Administrativo de Euskadi: Puede interponerse electrónicamente a través de Mi carpeta o presencialmente. Los plazos varían según la causa. Si no se notifica la resolución en el plazo establecido, se entiende desestimado el recurso.

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