Ayudas a la mejora de las condiciones laborales y de seguridad a bordo con aumento de capacidad 2025 - Gobierno Vasco
Información Rápida
Objetivo
Impulsar la competitividad de la flota pesquera y mejorar las condiciones de seguridad y laborales a bordo, mediante ayudas a las inversiones que mejoren la higiene, salud y seguridad de los pescadores.
¿Quién puede solicitarlo?
Pescadores o propietarios de buques pesqueros, incluidas las comunidades de bienes.
Requisitos principales
- Las inversiones deben realizarse en la CAPV o en buques con puerto base en la CAPV.
- Las personas físicas deben tener vecindad administrativa en la CAPV durante el año anterior a la solicitud.
- Las personas jurídicas deben tener su sede social en la CAPV.
- Las inversiones no deben haber comenzado antes de la solicitud.
- Estar al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
- Las inversiones no deben tener efectos negativos significativos sobre el medio ambiente.
Plazos
Consultar la convocatoria específica para conocer los plazos de solicitud.
Duración del trámite
La resolución se emitirá en un plazo máximo de seis meses desde la presentación completa de la solicitud. Si no hay respuesta en este tiempo, se entenderá que la solicitud ha sido estimada.
Información adicional
Es necesario estar dado de alta en el Registro de Terceros del Gobierno Vasco para poder recibir el pago de las ayudas.
Resumen
Este trámite tiene como objetivo impulsar la competitividad de la flota pesquera y mejorar las condiciones de seguridad y socio-laborales a bordo de los buques pesqueros. Se ofrecen ayudas a las inversiones a bordo destinadas a mejorar la higiene, la salud, la seguridad y las condiciones de trabajo de los pescadores.
Quién puede usar este servicio:
- Pescadores o propietarios de buques pesqueros, incluidas las comunidades de bienes.
Lo que necesitas
Requisitos:
- Las inversiones y gastos subvencionables deben realizarse en la Comunidad Autónoma del País Vasco (CAPV) o en buques pesqueros con puerto base en la CAPV.
- Si eres persona física, debes tener vecindad administrativa en la CAPV en el año anterior a la solicitud.
- Si eres persona jurídica, tu sede social debe estar en la CAPV.
- Las inversiones y gastos no deben haber comenzado antes de presentar la solicitud.
- Debes estar al corriente de tus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
- Las inversiones no deben tener efectos negativos significativos sobre el medio ambiente.
- Debes comunicar si has solicitado o recibido otras subvenciones para el mismo gasto.
- Debes comunicar si estás incurso en algún procedimiento de reintegro o sancionador relacionado con ayudas similares.
- No debes estar sancionado penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.
- No debes haber solicitado la declaración de concurso, ni haber sido declarado insolvente.
- No debes tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado como paraíso fiscal.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Solicitud: Presenta la solicitud de forma electrónica o presencial.
- Electrónica: A través de la sede electrónica del Gobierno Vasco (Solicitud).
- Presencial: En las oficinas de la Dirección de Pesca y Acuicultura en Vitoria-Gasteiz, Bilbao y Donostia-San Sebastián.
- Documentación: Aporta la documentación requerida junto con la solicitud.
- Resolución: Espera la resolución de la solicitud. El plazo máximo es de seis meses.
Información adicional:
- Es necesario disponer de un medio de identificación electrónica para la tramitación electrónica.
- Prepara los documentos necesarios en formato digital (PDF o formatos admitidos).
Después de hacerlo
Qué sucede después:
Una vez resuelta la solicitud, se te notificará la resolución. Si es favorable, recibirás la ayuda correspondiente.
Plazos de resolución:
La resolución se dictará y notificará en un plazo máximo de seis meses desde la presentación completa de la solicitud. Si transcurre este plazo sin resolución expresa, se entenderá que la solicitud ha sido estimada.
Recursos:
Contra la resolución, podrás interponer:
- Recurso de alzada: Ante el órgano superior jerárquico en el plazo de un mes si la resolución es expresa o tres meses si es presunta. Más información: Título V. Capítulo II. Recursos administrativos, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Recurso extraordinario de revisión: Ante el Tribunal Económico Administrativo de Euskadi en los casos y plazos establecidos.
Ayuda
Contacto:
- Dirección de Pesca y Acuicultura
- Pilar Herrero
- Teléfono: 944 03 14 62
- E-mail: p-herrero@euskadi.eus
- Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía
Recursos adicionales:
- Reglamento (UE) 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de julio de 2021
- Formulario para la interposición de recurso de alzada
- Manual de uso de la aplicación Registro Telemático de Terceros (PDF, 944 KB)
- Acceso a la aplicación del Registro Telemático de Terceros
- Modelo normalizado de "Alta de tercero"
- Modelo normalizado de "Alta de tercero" internacional
- Formulario para la aportación de documentación
- Modificación de los datos de notificación y comunicación
- Subsanación de la documentación
- Formulario para la ampliación del plazo de subsanación
- Formulario para solicitar el desistimiento
- Renuncia del procedimiento
- Ampliación de información
- Requerimiento