Ayudas a las Escuelas de primer ciclo de Educación Infantil de titularidad privada durante el curso 2024-2025 - Gobierno Vasco
Información Rápida
Objetivo
Esta ayuda económica busca apoyar a las escuelas infantiles privadas de la CAPV para que impartan el primer ciclo de Educación Infantil durante el curso 2024-2025.
¿Quién puede solicitarlo?
Escuelas de primer ciclo de Educación Infantil de titularidad privada de la CAPV
Requisitos principales
- Contar con autorización para impartir el primer ciclo de Educación Infantil el curso 2024-2025.
- Comunicar a la Viceconsejería de Educación la obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad.
- No haber sido condenado/a mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas o por delitos de prevaricación, cohecho, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, fraudes y exacciones ilegales o delitos urbanísticos.
- No haber solicitado la declaración de concurso voluntario, haber sido declarado/a insolvente en cualquier procedimiento, hallarse declarado/a en concurso, salvo que en este haya adquirido la eficacia un convenio, estar sujeto a intervención judicial o haber sido inhabilitado/a conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
- No haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarado/a culpable, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.
- No cumplir la condición de que sus representantes legales estén incursos en alguno de los supuestos del régimen de incompatibilidades previsto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, y en la Ley 1/2014, de 26 de junio, Reguladora del Código de Conducta y de los Conflictos de Intereses de los Cargos Públicos, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma o en la normativa autonómica que regule estas materias.
- No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
- No tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.
- No hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos que reglamentariamente se determinen.
- No haber sido sancionado/a mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones conforme a esta u otras leyes que así lo establezcan.
- Tener un plan de igualdad vigente, debiendo tenerlo según la normativa del Estado, en el caso de empresas.
- No haber sido sancionado/a por infracción grave o muy grave prevista en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, o en la Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración Ambiental de Euskadi, mediante resolución firme en vía administrativa, hasta no haber ejecutado las medidas correctoras pertinentes y haber satisfecho la sanción.
- Haber cumplido la cuota establecida legalmente de reserva de puestos de trabajo en favor de personas con discapacidad, o haber acreditado la puesta en marcha de medidas alternativas para su cumplimiento.
Plazos
El plazo para presentar la justificación es del 1 al 15 de junio de 2025.
Duración del trámite
La resolución se emitirá en un plazo de 6 meses.
Información adicional
La cuantía que se reciba por esta convocatoria será compatible con cualquier otra que pudiera obtenerse a través de órganos dependientes de administraciones públicas o entidades privadas sin competencias en materia educativa, siempre que la suma de todas ellas no supere el 100 % del gasto objeto de esta aportación.
Resumen
Esta convocatoria tiene como objetivo subvencionar la impartición del primer ciclo de Educación Infantil por centros educativos de titularidad privada en la CAPV durante el curso escolar 2024-2025. Se excluyen las aulas de tercer curso en centros concertados.
Quién puede usar este servicio:
Escuelas de primer ciclo de Educación Infantil de titularidad privada de la CAPV que cumplan con los requisitos establecidos.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Anexo II: Otras ayudas solicitadas y/o percibidas
- Anexo III: Presupuesto
- Anexo IV: Relación de personal educativo (incluir fotocopia de títulos y contratos del personal nuevo)
- Fotocopia del libro de familia de los niños y niñas nacidos en 2024.
- Poder notarial (si no está dado de alta en el Registro de Representantes del Gobierno Vasco).
- Certificado de inscripción del Plan de Igualdad (si es obligatorio según la normativa estatal).
- Certificado de antecedentes penales.
- Certificado emitido por el Registro Público Concursal.
- Poder de representación (con o sin RdR, según el caso).
Requisitos previos:
- Contar con autorización para impartir el primer ciclo de Educación Infantil durante el curso 2024-2025.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Cumplir con los demás requisitos especificados en la normativa.
Costes y plazos:
- Este trámite no tiene coste.
- El plazo de resolución es de 6 meses.
- El plazo para presentar la justificación es del 1 al 15 de junio de 2025.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Rellenar los formularios solicitados.
- Preparar la documentación requerida en formato digital.
- Acceder a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón Solicitud.
- Asegurarse de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Información sobre cada etapa:
- La solicitud se realiza de forma electrónica.
- Es posible guardar el formulario y continuar en sesiones sucesivas.
- La tramitación y el seguimiento del expediente se realizan a través de Mi carpeta.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- La Viceconsejería de Educación dictará la resolución de concesión o denegación.
- La resolución se notificará individualmente y de forma electrónica a los interesados.
- Las resoluciones de concesión se publicarán en el Boletín Oficial del País Vasco.
Plazos de resolución:
- El plazo máximo para resolver es de seis meses.
Siguientes pasos:
- En caso de concesión, justificar la ayuda entre el 1 y el 15 de junio de 2025.
- En caso de denegación, cabe la posibilidad de interponer un recurso de alzada.
Ayuda
Contacto:
Recursos adicionales:
Justificación
Entre el 1 y el 15 de junio de 2025 las personas o entidades subvencionadas deberán remitir, mediante formulario normalizado (Anexo V), a la Dirección de Centros y Planificación del Departamento de Educación, la justificación de gastos e ingresos de la Escuela Infantil durante el curso 2024-2025. El modelo de formulario estará disponible en la siguiente dirección electrónica de euskadi.eus: https://www.euskadi.eus/servicios/0097014.
- Tramitación electrónica
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Documentación
Requisitos
- Justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos en el acto de concesión de la subvención.
- Comunicar en su caso la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente (tanto público como privado).
- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
Más información
Para justificar la ayuda concedida, rellene el formulario y entréguelo junto con la documentación necesaria en Mi carpeta entre el 1 y el 15 de junio.
Para realizar este trámite es necesario identificarse mediante un certificado electrónico.