Sección 2.ª Cruces del Mérito Militar, del Mérito Naval y del Mérito Aeronáutico, con distintivo azul
Artículo 38. Objeto de estas recompensas
Artículo 39. Acciones, hechos o servicios recompensables
b) Los que acrediten un inteligente y eficaz desempeño de los cometidos específicos que corresponden a las fuerzas en tales operaciones, de modo que constituyan un mérito extraordinario apreciado por el mando.