CAPÍTULO V · Disposiciones sustantivas

Artículo 58. Mercado de Valores

Uno. Los artículos 35, 38, 58, 76, 77, 100 y 102 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, quedan redactados en los términos siguientes:

Artículo 59. Reducción del Coeficiente de Caja

Uno. El artículo 5.º de la Ley 26/1983, de 26 de diciembre, de Coeficientes de Caja de los intermediarios financieros, quedará redactado como sigue:

Artículo 60. Retirada de billetes del Banco de España

Los párrafos segundo y tercero del artículo 19 del Decreto-ley 18/1962, de 7 de junio, de nacionalización del Banco de España, quedarán redactados como sigue: