CAPITULO IV · Régimen económico y administrativo
Artículo 40. Capacidad jurídica patrimonial
Cada Colegio oficial tiene plena capacidad jurídica en el ámbito económico patrimonial.
Artículo 41. Ingresos
1. Serán recursos económicos de los Colegios: b) Las tasas y derechos por expedición de documentos, legalización de firmas, laudos, dictámenes etc. c) Los derechos por expedición de impresos, actas y concesión de autorizaciones profesionales. d) Los beneficios que les reporten sus ediciones. e) Los donativos que reciban. f) Los ingresos del capital, pensiones y beneficios de toda especie que puedan producir los bienes que constituyan su patrimonio. g) Los demás ingresos que lícitamente puedan obtenerse.
Artículo 42. Censores
En cada Colegio habrá anualmente dos censores, que tendrán a su disposición, desde quince días antes de la Junta general de aprobación de cuentas, las del ejercicio liquidado, los justificantes de ingresos y gastos, órdenes de pago correspondientes y en su caso, los acuerdos determinantes de los mismos. Ante ellos se presentarán por los colegiados hasta siete días anteriores a la fecha de la Junta general, las reclamaciones por presuntas irregularidades en las citadas cuentas. Los Censores informarán por escrito a la Junta general sobre la estimación o desestimación de las reclamaciones. Los Censores se designarán de modo automático, tomando la base de una lista de todos los colegiados ordenados por rigurosa antigüedad en la colegiación. Esta lista, hecha pública previamente por el Colegio respectivo, se dividirá en dos mitades, y de cada una de ellas el primer colegiado será Censor propietario y el segundo suplente. El haber actuado como Censor hace correr turno en las listas. El cargo de Censor es incompatible con el de miembro de la Junta de Gobierno.
Artículo 43. Personal administrativo y subalterno
Los Colegios oficiales, los provinciales y las Delegaciones contarán con el personal de oficina y subalterno necesario, cuyas remuneraciones figurarán en el capítulo de gastos de los correspondientes presupuestos.