## Resumen Este procedimiento permite a la Consejería de Salud adoptar medidas administrativas para garantizar la seguridad general de los productos alimenticios, específicamente la inmovilización de productos ante un riesgo grave y extraordinario para la salud. ## Quién puede usar este servicio Este procedimiento se aplica a ciudadanos y empresas que puedan estar afectados por la inmovilización de productos alimenticios. ## Lo que necesitas ### Requisitos * Acta de Inspección que sospeche riesgos inminentes y extraordinarios para la salud pública. ### Documentación * Se pueden presentar alegaciones. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. **Inspección:** Se realiza una inspección en la que se detectan riesgos inminentes y extraordinarios para la salud pública. 2. **Inicio del procedimiento:** Se inicia el procedimiento de oficio. 3. **Presentación de alegaciones:** Se permite la presentación de alegaciones. 4. **Resolución:** El Director General de Salud Pública emite una resolución. ### Vías de presentación * Presencial ## Después de hacerlo ### Recursos * **Tipo:** Recurso de Alzada. * **Órgano:** Consejero/a de Sanidad. * **Plazo:** 1 mes. ## Ayuda ### Contacto El servicio de Información General Telefónica 012 está disponible las 24 horas del día. La atención telefónica personal está disponible de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos. * 012 * Teléfono de atención administrativa * Oficinas de asistencia en materia de registro
## Resumen Este procedimiento permite la adquisición de montes de utilidad particular o derechos sobre los mismos por parte de la Comunidad Autónoma de Cantabria, así como la adquisición por parte de entidades locales de montes catalogados pertenecientes a la Comunidad Autónoma, mediante permuta. ## Quién puede usar este servicio * Ciudadanos * Empresas * Administraciones Públicas ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * Título de propiedad de la finca a permutar. * Certificación del acuerdo de la entidad propietaria del monte catalogado (si aplica). * Plano topográfico a escala suficiente elaborado por técnico competente. ### Plazos * El trámite puede presentarse durante todo el año. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. **Preparación de la documentación:** Reúne todos los documentos necesarios. 2. **Presentación de la solicitud:** Puedes presentar la solicitud de forma telemática a través del Registro Electrónico General o de forma presencial en el Registro de la Dirección General de Medio Natural. ### Vías de presentación * **Telemática:** A través del Registro Electrónico General. * **Presencial:** En el Registro de la Dirección General de Medio Natural, c/ Alberto Einstein nº2, Edificio Apia. 39011 Santander, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002. ## Después de hacerlo ### Plazos de resolución * El plazo máximo de resolución es de 3 meses. ### Efectos del silencio administrativo * Si la administración no resuelve en el plazo de 3 meses, se considera silencio administrativo negativo. ### Recursos * Contra la resolución, se puede interponer un recurso de alzada ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes si la resolución es expresa, o de tres meses si no lo es. ## Ayuda ### Contacto * Teléfono de información general: 012 * Teléfono de atención administrativa * Oficinas de asistencia en materia de registro ### Normativa aplicable * Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes. * Decreto 485/1962 de 22 de febrero por el que se aprueba el Reglamento de Montes. * Decreto de 30 de mayo de 1941 por el que se aprueba el Reglamento del Patrimonio Forestal del Estado. * Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.
## Resumen Este procedimiento permite a la Administración General de la Comunidad Autónoma de Cantabria y a sus organismos públicos adquirir, a cambio de una compensación económica, los bienes inmuebles y derechos que necesiten para llevar a cabo sus funciones. ## Cómo hacerlo El trámite se puede realizar de forma telemática o presencial. ### Presentación telemática Se realiza a través del Registro Electrónico General. Es importante tener en cuenta que, según el art. 14.2 de la Ley 39/2015, ciertos sujetos están obligados a realizar la gestión electrónicamente. ### Presentación presencial No se especifica el proceso para la presentación presencial en el texto proporcionado. ### Documentación necesaria Es necesario presentar una solicitud detallada. No se incluyen impresos específicos. ## Plazos y presentación El plazo de presentación no está definido. La fecha de inicio del plazo de presentación fue el 08/04/2021. ## Tramitación y resolución El órgano instructor es el Servicio de Administración General de Patrimonio. El plazo de resolución depende de la normativa aplicable. La resolución pone fin a la vía administrativa. ## Recursos No se especifica información sobre los recursos disponibles. ## Normativa * 5/2018, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la C.A. de Cantabria * 72/1987, por el que se aprueba el Reglamento del Patrimonio de la Diputación Regional de Cantabria ## Ayuda Para obtener ayuda, puede contactar con el servicio de Información General Telefónica 012, disponible las 24 horas del día. La atención telefónica personal está disponible de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos. También puede consultar las Oficinas de asistencia en materia de registro.
## Resumen Este trámite se refiere a la valoración de las consecuencias de un incumplimiento en materia de condicionalidad reforzada, a través del control a los beneficiarios de las ayudas de la Política Agrícola Común (PAC). **Quién puede usar este servicio:** * Beneficiarios de las ayudas de la PAC. ## Lo que necesitas **Requisitos:** * Cumplimiento de los requisitos legales de gestión y buenas condiciones agrarias y medioambientales según el Real Decreto 1049/2022 y el Decreto 92/2018. **Documentos requeridos:** * Actas de inspección e informes de los Organismos Especializados de Control (cumplimentados por el órgano de control). ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Presentación de la solicitud única, donde el ganadero se compromete a colaborar en los controles y a cumplir con la condicionalidad reforzada. 2. El órgano de control cumplimenta las actas de inspección e informes. **Vías de presentación:** * Telemática: A través del Registro Electrónico General. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** * La Dirección General de Desarrollo Rural es el órgano instructor y resolutorio. **Recursos:** * Se puede interponer un recurso de alzada ante el Consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación en el plazo de 1 mes. ## Ayuda **Contacto:** * Servicio de Información General Telefónica: 012 * Teléfono de atención administrativa * Oficinas de asistencia en materia de registro ## Normativa Aplicable *
Real Decreto 1049/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen las normas para la aplicación de la condicionalidad reforzada y de la condicionalidad social que deben cumplir las personas beneficiarias de las ayudas en el marco de la Política Agrícola Común que reciban pagos directos, determinados pagos anuales de desarrollo rural y del Programa de Opciones Específicas por la Lejanía y la Insularidad (POSEI).
*Orden MED/37/2017, de 4 de septiembre, por la que se establecen las buenas condiciones agrarias y medioambientales y otras obligaciones exigibles por condicionalidad en relación con las ayudas financiadas por los fondos europeos FEADER y FEAGA para la Comunidad Autónoma de Cantabria.
*Ley 30/2022, de 23 de diciembre, por la que se regulan el sistema de gestión de la Política Agrícola Común y otras materias conexas.
*Decreto 92/2018, de 8 de noviembre, por el que se regula la aplicación de la condicionalidad a las ayudas financiadas por el FEAGA y el FEADER en la CCAA de Cantabria.
*Circular FEGA 14/2023 de condicionalidad reforzada.
*Reglamento Delegado (UE) 2022/1172 de la Comisión de 4 de mayo de 2022, por el que se completa el Reglamento (UE) 2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al sistema integrado de gestión y control de la política agrícola común y la aplicación y el cálculo de las sanciones administrativas en el marco de la condicionalidad.
## Resumen Este trámite permite elaborar o aprobar instrumentos de planeamiento territorial para la implantación de instalaciones y usos productivos, terciarios, de desarrollo rural, turísticos, deportivos, culturales, actuaciones de mejora ambiental, viviendas de protección pública, grandes equipamientos y servicios de especial importancia. Estos proyectos deben asentarse en más de un municipio o, si están en uno solo, deben tener un impacto económico o características singulares que trasciendan dicho ámbito. [Descargar información en pdf](/es/gobierno-de-cantabria/aprobacion-de-proyectos-singulares-de-interes-regional/pdf/1775c704bc88a7c0f24fd687c000ae8badd69973d51c088a8c9b148fb7d47b6f) ## Datos generales * **Consejería:** Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente * **Órgano directivo:** Dire. General de Urbanismo y Ordenacion del Territorio (DIR3: A06027829) * **Clasificación:** Otros * **Materia(s):** Medio ambiente, Vivienda y Urbanismo * **Tipo de destinatario:** Ciudadano, Empresa, Administración * **Sujeto a tasas o precios públicos:** No ## Requisitos Antes de aprobar un Proyecto Singular, debe declararse formalmente su interés regional. El Gobierno, a propuesta del Consejero competente en ordenación territorial y tras escuchar a los Ayuntamientos implicados, decide si existe dicho interés regional. * **Excepción:** Actuaciones integrales estratégicas según la Ley de Cantabria 2/2004, del Plan de Ordenación del Litoral. ## Plazos y presentación * **Plazo de presentación:** - * **Fecha inicio plazo presentación:** - * **Fecha fin plazo presentación:** - * **Vías de presentación:** Telemática y presencial * **Telemática:** En el [Registro Electrónico General](https://rec.cantabria.es/rec/bienvenida.htm) * La gestión electrónica es obligatoria para personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, representantes de obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración y empleados públicos (art. 14.2 de la Ley 39/2015). * **Lugar(es) para presentación presencial:** Por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas. ## Documentación La documentación requerida se especifica en el artículo 27 de la Ley de Cantabria 2/2001, de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo en Cantabria, dependiendo de si el proyecto es de iniciativa pública o privada. * **Impresos:** No se incluyen impresos ## Tramitación y resolución * **Órgano instructor:** Comisión Regional de Ordenación del territorio y Urbanismo * **Norma atributiva:** Art. 29 de la Ley 2/2001, de 25 de junio, de ordenación territorial y régimen urbanístico del suelo de Cantabria * **Órgano que resuelve:** Consejo de Gobierno * **Norma atributiva:** Artículo 29.4 de la Ley de Cantabria 2/2001, de 25 de junio, de ordenación territorial y régimen urbanístico del suelo de Cantabria * **Plazo de resolución:** 6 Meses * **Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración:** * Inicio de oficio: Negativo * **Pone fin a la vía administrativa:** Sí ## Recursos * **Tipo:** Recurso potestativo de reposición. Recurso contencioso-administrativo. * **Órgano:** * Recurso potestativo de reposición: Consejo de Gobierno. * Recurso contencioso - administrativo: Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria. * **Plazo:** * Recurso potestativo de reposición: 1 mes. * Recurso contencioso - administrativo: 2 meses ## Normativa * **Normativa aplicada:** Ley 2/2001, de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria. ## Ayuda * **¿Necesita ayuda?** * El servicio de Información General Telefónica 012 está disponible 24 horas al día: * Atención telefónica personal: de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos. * Atención mecanizada: en el resto de horario y festivos. Las llamadas se graban y se devuelve la llamada para resolver la petición. * [012](tel:012) * [Teléfono de atención administrativa](https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania/telefono-012) * [Oficinas de asistencia en materia de registro](https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania/registros)
## Resumen Este trámite permite a las entidades locales de Cantabria solicitar la autorización para sus escudos, banderas e himnos. La solicitud se realiza de forma telemática. ## Cómo hacerlo El trámite se realiza telemáticamente a través del Registro Electrónico General de la Administración de Cantabria: * Nueva presentación electrónica * ¿Cómo realizar una presentación electrónica? * Aportar documentación adicional Es importante tener en cuenta que la presentación electrónica es obligatoria para ciertos sujetos, como personas jurídicas y quienes ejerzan una actividad profesional que requiera colegiación obligatoria. ## Plazos y presentación El plazo de presentación está abierto desde el 22/02/2024. ## Tramitación y resolución El órgano instructor es el Servicio de Cooperación con Entidades Locales. La resolución corresponde al Consejo de Gobierno (Decreto). El plazo máximo de resolución es de 3 meses. La resolución no pone fin a la vía administrativa. ## Normativa La normativa aplicable es: * Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria. * Real Decreto 2568/1686, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF). ## Ayuda Para cualquier duda o consulta, puede contactar con el servicio de Información General Telefónica 012: * Atención telefónica personal: de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos. * Atención mecanizada (buzón de voz): resto del horario y festivos. Se devolverá la llamada para resolver la petición de información. * 012 * Teléfono de atención administrativa * Oficinas de asistencia en materia de registro
## Resumen Este trámite permite solicitar autorización para exhumar un cadáver o restos cadavéricos y trasladarlos para su reinhumación o cremación. ## Lo que necesitas * **Documentos requeridos:** * Partida de defunción literal del cadáver (emitida por el Registro Civil) o, si han pasado 10 años desde el fallecimiento, certificación de inhumación (emitida por el gestor del cementerio). * Informe de la autoridad competente con los datos del cadáver, fecha de fallecimiento, cementerio y destino final. * **Requisitos previos:** * Haber transcurrido 1 año desde la inhumación. * **Costes:** * Este trámite está sujeto a tasas o precios públicos. ## Cómo hacerlo * **Paso a paso del proceso:** 1. Reúna la documentación necesaria. 2. Presente la solicitud telemáticamente a través del Registro Electrónico General o presencialmente en el Registro de la Secretaría General de la Consejería de Sanidad. ## Después de hacerlo * **Plazos de resolución:** * El plazo máximo de resolución es de 10 días naturales. * **Siguientes pasos:** * Una vez obtenida la autorización, podrá proceder a la exhumación y traslado de los restos. ## Ayuda * **Contacto:** * Para cualquier duda o consulta, puede contactar con el servicio de Información General Telefónica 012 (012). * **Recursos adicionales:** * Teléfono de atención administrativa * Oficinas de asistencia en materia de registro * **Presentación electrónica:** * Nueva presentación electrónica * ¿Cómo realizar una presentación electrónica? * Aportar documentación adicional
## Resumen Este trámite permite obtener la autorización administrativa necesaria para construir, modificar, explotar, transmitir y cerrar instalaciones eléctricas de alta tensión cuya competencia corresponda al Gobierno de Cantabria. **Quién puede usar este servicio:** Empresas que necesiten realizar alguna de las acciones mencionadas sobre instalaciones de alta tensión. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Proyecto eléctrico (firmado electrónicamente por el técnico competente). * Certificado de instalación eléctrica de AT (firmado electrónicamente por el instalador habilitado). * Anexo a certificado de instalación eléctrica de AT (firmado electrónicamente por el técnico competente). * Certificado de fin de obra (firmado electrónicamente por el técnico competente). * Anexo a certificado de fin de obra (firmado electrónicamente por el técnico competente). * Informe técnico de las verificaciones previas (firmado electrónicamente por el técnico competente). * Copia de las declaraciones de conformidad de los componentes. * Informe de inspección de OCA (firmado electrónicamente por el técnico de la OCA). * Contrato de mantenimiento. * Tasas. * Documentos que sirvan de base a la pretensión que se ejercite. **Requisitos previos:** * Acreditación de la capacidad legal, técnica y económica del solicitante. * Concesión por parte de la administración competente de la autorización administrativa de las instalaciones de transporte y distribución. **Costes y plazos:** * Este trámite está sujeto al pago de tasas. * El plazo de presentación es durante todo el año. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Preparar la documentación requerida. 2. Presentar la solicitud y la documentación: * **Telemáticamente:** A través del Registro Electrónico General. * **Presencialmente:** En la Oficina de Asistencia en Materia de Registro de la Consejería de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio (Parque Científico y Tecnológico de Cantabria, C/Albert Einstein, 2, Santander) o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 134 de la Ley de Cantabria 5/2018. **Información importante:** * La presentación telemática es obligatoria para ciertos sujetos, como personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, etc. (art. 14.2 de la Ley 39/2015). ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** La Dirección General de Industria, Energía y Minas revisará la documentación y resolverá la solicitud. **Plazos de resolución:** El plazo máximo de resolución es de 3 meses. **Efectos del silencio administrativo:** Si transcurrido el plazo máximo de resolución no se ha notificado ninguna resolución expresa, la solicitud se entenderá denegada. **Siguientes pasos:** En caso de disconformidad con la resolución, se puede interponer un recurso de alzada ante el Consejero/a de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio en el plazo de un mes. ## Ayuda **Contacto:** * Servicio de Información General Telefónica: 012 (disponible 24 horas al día). * Teléfono de atención administrativa * Oficinas de asistencia en materia de registro **Recursos adicionales:** * Descargar información en pdf * Aportar documentación adicional * Modelos de documentos: * Modelo CFO-AT * Mod ANEXO CFO-AT * Mod ANEXO CIE-AT * Mod CIE-AT
## Resumen Este trámite permite comunicar a la autoridad laboral la fecha en que se iniciarán los trabajos de un Plan de Trabajo de amianto, tal como se aprobó en la resolución correspondiente. **Quién puede usar este servicio:** Empresas que vayan a realizar trabajos con riesgo de exposición al amianto y que cuenten con un Plan de Trabajo aprobado. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Resolución aprobatoria del Plan de Trabajo. * Ficha de comunicación de inicio de obra (disponible para descargar). **Requisitos previos:** * Disponer de la resolución aprobatoria del Plan de Trabajo. * Asegurarse de que los datos comunicados coinciden con los de la resolución. **Plazos:** * Comunicar al menos 3 días naturales antes del inicio de los trabajos, o según lo indicado en la resolución aprobatoria. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Descargar y completar la ficha de comunicación de inicio de obra. 2. Acceder al Registro Electrónico General de Cantabria: Registro Electrónico General. 3. Presentar la ficha de comunicación y la documentación anexa, si procede. **Información sobre cada etapa:** * La comunicación debe realizarse telemáticamente. * Es importante verificar que los datos coincidan con la resolución aprobatoria. ## Ayuda **Contacto:** * Teléfono de Información General 012 (disponible 24 horas). * Atención personal de 9:00 a 21:00 de lunes a viernes no festivos. **Recursos adicionales:** * Teléfono de atención administrativa * Oficinas de asistencia en materia de registro * Tutorial sobre presentación electrónica: ¿Cómo realizar una presentación electrónica?
## Resumen Este trámite permite a los Organismos de Control comunicar los certificados de inspección periódica de ascensores a la Consejería de Industria, Empleo, Innovación y Comercio de Cantabria. ### Quién puede usar este servicio Organismos de Control autorizados para realizar inspecciones periódicas de ascensores en la Comunidad Autónoma de Cantabria. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * Certificado de inspección periódica de ascensor (según modelo anexo 2), en caso de primera inspección. * Certificado de comprobación de corrección de defectos de inspección periódica de ascensor (según modelo anexo 3), en caso de segundas inspecciones. #### Impresos * ANEXO 3.pdf * ANEXO 2.pdf ### Requisitos previos * Los modelos de certificado de inspección periódica de ascensor y de comprobación de corrección de defectos de inspección periódica de ascensor son los establecidos en los anexos II y III, respectivamente, del la Orden INN/14/2015, de 17 de abril. * La cumplimentación de los citados anexos deberá ser realizada por los Organismos de Control a través de la aplicación informática OCAWEB (https://aplicacionesweb.cantabria.es/ocaweb/) del Gobierno de Cantabria. * Finalmente, dichos organismos deberán presentar copia de los citados certificados por registro, para así poder completar el proceso de inscripción en el registro industrial. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. **Cumplimentación de los certificados:** El Organismo de Control debe cumplimentar los certificados de inspección periódica utilizando la aplicación OCAWEB. 2. **Presentación de los certificados:** Los certificados deben presentarse por registro, ya sea de forma telemática o presencial. ### Vías de presentación * **Telemática:** A través del Registro Electrónico General. * **Presencial:** En la Oficina de Asistencia en Materia de Registro de la Consejería de Innovación, Industria, Transporte y Comercio o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 134 de la Ley de Cantabria 5/2018. ### Plazos El organismo de control comunicará el contenido del certificado de inspección al órgano competente de la Comunidad Autónoma en el plazo de 15 días naturales desde la fecha de realización de la citada inspección. ## Después de hacerlo ### Qué sucede después Una vez presentados los certificados, se completa el proceso de inscripción en el registro industrial. ## Ayuda ### Contacto El servicio de Información General Telefónica 012 está disponible para resolver dudas. * Atención telefónica personal: de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos. * Atención mecanizada: en el resto de horario y festivos. Teléfonos: * 012 * Teléfono de atención administrativa * Oficinas de asistencia en materia de registro ### Normativa aplicable * Real Decreto 88/2013, de 8 de febrero, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria AEM 1 * Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria * Orden INN/14/2015, de 17 de abril, por la que se establece el protocolo específico de inspección periódica de los ascensores así como los rótulos identificativos de la inspección periódica en la Comunidad Autónoma de Cantabria.