## Resumen Este procedimiento permite a concesionarios, puntos de venta y empresas de renting adherirse al Plan MOVES III para colaborar en el programa de incentivos a la movilidad eléctrica. **Quién puede usar este servicio:** * Concesionarios * Puntos de venta * Empresas de renting **Información importante:** El plazo para nuevas solicitudes está cerrado. ## Lo que necesitas * Cumplir con los requisitos establecidos en la convocatoria del Programa MOVES III. * La documentación especificada en la convocatoria. ## Cómo hacerlo 1. **Presentación telemática:** La solicitud y la documentación requerida deben presentarse telemáticamente a través del Registro Electrónico General. ## Después de hacerlo * El órgano instructor es el Servicio de Fomento de la Dirección General de Industria, Energía y Minas. * El órgano que resuelve es el Consejero/a de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio. * El plazo de resolución es de 6 meses. * El silencio administrativo es negativo. * La resolución pone fin a la vía administrativa. ## Ayuda * **Teléfono de Información General:** 012 ([https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania/telefono-012](https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania/telefono-012)) * **Oficinas de asistencia en materia de registro:** [https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania/registros](https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania/registros) ## Información Adicional * **Aportar documentación adicional:** Si necesita aportar documentación adicional, puede hacerlo a través de este enlace: Aportar documentación adicional * **Normativa:** * REAL DECRETO | Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos a la movilidad eléctrica (PROGRAMA MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo
## Resumen Este procedimiento regula la contratación en el sector público para asegurar la transparencia, la igualdad de acceso a las licitaciones y la eficiencia en el uso de los fondos destinados a obras, bienes y servicios. ## Lo que necesitas ### Requisitos Los requisitos específicos se detallan en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares de cada licitación. ### Plazos El plazo de presentación de ofertas se especifica en el anuncio de licitación. ## Cómo hacerlo ### Presentación de la documentación La presentación se realiza de forma telemática a través del Registro Electrónico General o su aplicación específica. La obligatoriedad de la gestión electrónica se aplica a personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados y representantes de obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración, según la Ley 39/2015. ## Después de hacerlo ### Tramitación y resolución El Servicio de Contratación y Compras es el órgano instructor. El Consejero del órgano de contratación competente es quien resuelve. ### Recursos Se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución, o directamente un recurso contencioso administrativo en el plazo de 1 mes. ## Ayuda ### Contacto * Teléfono de Información General: [012](tel:012) * [Teléfono de atención administrativa](https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania/telefono-012) * [Oficinas de asistencia en materia de registro](https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania/registros) ### Normativa * Ley 5/2018, de 22 de noviembre, del Régimen Jurídico del Gobierno de la Administración y Sector Público Institucional de la CCAA de Cantabria. * Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. ### Documentos adicionales [Descargar información en pdf](https://sede.cantabria.es/es/gobierno-de-cantabria/adjudicacion-de-contratos/pdf/346bd0cc6d345bd1647f6f298c9c20b736f2cabd962101e4d58e5e597f3a118e) [Aportar documentación adicional](https://rec.cantabria.es/rec/bienvenida.htm)
## Resumen Este procedimiento permite la adjudicación de destinos a funcionarios interinos de los cuerpos docentes y a funcionarios en prácticas en la Comunidad Autónoma de Cantabria. El objetivo es cubrir puestos vacantes y sustituciones temporales de personal docente, así como asignar destino a los aspirantes seleccionados en los procesos selectivos. [Descargar información en pdf](/es/gobierno-de-cantabria/adjudicacion-de-destinos-a-los-funcionarios-interinos-de-los-cuerpos-docentes-y-a-funcionarios-en-practicas/pdf/02dff40a8ef25d846b8a4b857c5440aff7248f564b8598d05c67b9b2fdaea8e2) ## Lo que necesitas ### Requisitos * No se han definido requisitos específicos para este trámite. ### Plazos y presentación * **Plazo de presentación:** Se establecen en las convocatorias correspondientes. * **Vías de presentación:** Telemática. * A través del [Registro Electrónico General](https://rec.cantabria.es/rec/subsanacion.htm?c=3429&r=09060001). ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. Consultar la convocatoria correspondiente para conocer los plazos y requisitos específicos. 2. Preparar la documentación necesaria (si la hubiera). 3. Presentar la solicitud telemáticamente a través del Registro Electrónico General o su aplicación específica. ## Tramitación y resolución * **Órgano instructor:** Director General de Personal Docente. * **Órgano que resuelve:** Dirección General de Personal Docente y Ordenación Académica. * **Plazo de resolución:** Según normativa aplicable. * **Efectos del silencio administrativo:** Negativo. * **Fin de la vía administrativa:** No. ## Recursos * **Tipo:** Recurso de alzada. * **Órgano:** Consejero de Educación, Formación Profesional y Turismo. ## Normativa * [Resolución de la Dirección General de Personal Docente y Ordenación Académica de 31 de julio de 2017](https://sede.cantabria.es/sede/), por la que se establece el procedimiento para realizar los llamamientos para cubrir vacantes sobrevenidas y sustituciones de personal docente, durante el curso escolar, mediante nombramientos de funcionarios interinos. * [Orden ECD 84/2017, de 15 de junio](https://sede.cantabria.es/sede/), que regula la provisión de empleo docente interino en los centros docentes de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma de Cantabria. * [Decreto 55/2009, de 2 de julio](https://sede.cantabria.es/sede/), por el que se regula la utilización de medios electrónicos en el ámbito del personal docente. ## Ayuda * **Teléfono de atención administrativa:** [012](tel:012) * [Teléfono de atención administrativa](https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania/telefono-012) * [Oficinas de asistencia en materia de registro](https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania/registros)
## Resumen Este procedimiento permite solicitar la adjudicación de viviendas protegidas propiedad de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Las viviendas se adjudican en régimen de arrendamiento, arrendamiento con opción a compra o propiedad. En situaciones excepcionales de emergencia social, se pueden adjudicar mediante cesión de uso, precario o cualquier otra forma admitida por la ley, ya sea de forma gratuita u onerosa. ### Quién puede usar este servicio Ciudadanos, empresas y administraciones que cumplan con los requisitos establecidos en la normativa vigente. ### Antes de empezar Es importante revisar los requisitos y la documentación necesaria antes de iniciar la solicitud. ## Lo que necesitas ### Requisitos * No poseer otra vivienda en propiedad. * Destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente. * Estar inscrito en el Registro de Demandantes de Vivienda Protegida de la Comunidad Autónoma de Cantabria. * Cumplir las condiciones establecidas en el régimen jurídico de aplicación a la vivienda protegida que se pretende adquirir. ### Costes y plazos * Este trámite no está sujeto a tasas o precios públicos. * El plazo máximo de resolución es de 3 meses. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. **Preparación de la documentación:** Reúna todos los documentos necesarios para acreditar el cumplimiento de los requisitos. 2. **Presentación de la solicitud:** Puede presentar la solicitud de forma telemática a través del [Registro Electrónico General](https://rec.cantabria.es/rec/bienvenida.htm?forwardGc=848) o de forma presencial en el Registro de la Dirección General competente en materia de vivienda. ### Información sobre cada etapa * La presentación telemática es obligatoria para ciertos sujetos, como personas jurídicas, profesionales colegiados, etc. * La presentación presencial se puede realizar en el Registro de la Dirección General competente en materia de vivienda, ubicado en c/ Alta nº 5, 39008, Santander, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley 6/2002. ## Después de hacerlo ### Qué sucede después Una vez presentada la solicitud, se analizará la documentación y se verificará el cumplimiento de los requisitos. ### Plazos de resolución El plazo máximo para resolver el procedimiento es de 3 meses. ### Siguiente pasos Si la resolución es favorable, se procederá a la adjudicación de la vivienda. Si la resolución no es favorable, se podrá interponer un recurso de alzada ante el Consejo de Gobierno. ## Ayuda ### Contacto * Teléfono de Información General: [012](tel:012) * [Teléfono de atención administrativa](https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania/telefono-012) * [Oficinas de asistencia en materia de registro](https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania/registros) ### Recursos adicionales * [Nueva presentación electrónica](https://rec.cantabria.es/rec/bienvenida.htm?forwardGc=848) * [¿Cómo realizar una presentación electrónica?](https://youtu.be/wJaRjF8FR5E) * [Aportar documentación adicional](https://rec.cantabria.es/rec/subsanacion.htm?c=848&r=04090002)
## Resumen Este trámite permite solicitar la admisión en centros educativos públicos y concertados de Cantabria para cursar estudios de Educación Infantil, Primaria, Secundaria Obligatoria y Bachillerato. ## Quién puede usar este servicio * Alumnos que se escolarizan por primera vez. * Alumnos que cambian de centro. * Alumnos que eligen un centro diferente al que tenían reserva de plaza. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * Solicitud de admisión (disponible para descargar: [Solicitud admisión](/es/gobierno-de-cantabria/admision-de-alumnos-en-los-centros-publicos-y-centros-privados-concertados-que-imparten-educacion-infantil-educacion-primaria-educacion-secundaria-obligatoria-y-bachillerato/61/fa5ea273e90b9cc376c729ed06faebab4ee5861fd219a19a358ffdef8d4eee8d/solicitud%20ordinaria%20inf%20pri%20eso%20bach%20EDU-O-044.pdf)). * Documento que acredite la edad del alumno. * Documentación para la baremación (si aplica). * Documentación adicional para alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo (artículo 14.2 de la Orden ECD/8/2013). ### Plazos El plazo de presentación de solicitudes se establece anualmente por la Dirección General de Innovación y Centros Educativos. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. **Presentación de la solicitud:** De forma presencial en el centro educativo elegido en primer lugar o, en caso de adscripción, en el centro de primaria de origen. ## Después de hacerlo ### Plazos de resolución Según la normativa aplicable. ### Recursos Se puede interponer un recurso de alzada ante la Dirección General de Innovación y Centros Educativos en el plazo de un mes si la resolución es expresa, o de tres meses si no lo es. ## Ayuda ### Contacto * Teléfono de Información General: [012](tel:012) * [Teléfono de atención administrativa](https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania/telefono-012) * [Oficinas de asistencia en materia de registro](https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania/registros)
## Resumen Este trámite permite solicitar una plaza para cursar estudios de Formación Profesional (FP) básica, de grado medio o de grado superior en centros educativos sostenidos con fondos públicos. **Quién puede usar este servicio:** * Estudiantes que deseen cursar ciclos formativos de FP en la modalidad presencial. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Solicitud de admisión. * Documentación específica según el tipo de FP: * **FP Básica:** Consejo orientador y documento de aceptación de los padres. * **FP de Grado Medio o Superior:** Credencial requerida para acceder al ciclo formativo, con la documentación acreditativa de la nota media del expediente académico o de la calificación final de la prueba de acceso. * En caso de reserva de plaza, documentación acreditativa de la condición de discapacidad o de deportista de alto nivel o alto rendimiento. **Plazos:** * FP de Grado Medio o Superior: del 22 al 30 de junio. * FP Básica: del 6 al 8 de septiembre. ## Cómo hacerlo **Paso a paso:** 1. Prepara la documentación necesaria. 2. Presenta la solicitud y la documentación en la secretaría del centro educativo que hayas elegido como primera opción. ## Después de hacerlo **Plazos de resolución:** * Según la normativa aplicable. **Recursos:** * Si no estás de acuerdo con la resolución, puedes presentar un recurso de alzada ante el Director General de Innovación y Centros Educativos en el plazo de un mes si la resolución es expresa, o de tres meses si no lo es. ## Ayuda * **Teléfono de Información General:** `012` * [Teléfono de atención administrativa](https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania/telefono-012) * [Oficinas de asistencia en materia de registro](https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania/registros) * [Política de Cookies](https://sede.cantabria.es/sede/politica-de-cookies) * [Aportar documentación adicional](https://rec.cantabria.es/rec/subsanacion.htm?c=380&r=0907)
## Resumen Este trámite permite solicitar la admisión para cursar ciclos formativos de grado medio y superior de Formación Profesional del sistema educativo en régimen a distancia en centros públicos de Cantabria. ### Quién puede usar este servicio Cualquier persona interesada en cursar estudios de Formación Profesional a distancia en centros públicos de Cantabria. ### Antes de empezar Es importante consultar las instrucciones específicas de cada convocatoria para conocer los requisitos y plazos concretos. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos La documentación que se especifique en las instrucciones de la convocatoria correspondiente. ### Requisitos previos Cumplir con los requisitos académicos y de acceso establecidos en la normativa vigente para cada ciclo formativo. ### Costes y plazos Este trámite no está sujeto a tasas. El plazo de presentación de solicitudes se indica en las instrucciones de cada convocatoria. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. Consultar las instrucciones de la convocatoria. 2. Preparar la documentación requerida. 3. Presentar la solicitud de forma telemática a través de la plataforma Yedra. ### Información sobre cada etapa La presentación se realiza a través del Registro Electrónico General o la aplicación específica de Yedra. ### Tiempos de espera El plazo de resolución se establece según la normativa aplicable. ## Después de hacerlo ### Qué sucede después Una vez presentada la solicitud, se tramitará y se comunicará la resolución al interesado. ### Plazos de resolución El plazo de resolución se establece según la normativa aplicable. ### Siguiente pasos En caso de ser admitido, se deberá formalizar la matrícula en los plazos establecidos. ## Ayuda ### Contacto * Servicio de Información General Telefónica: 012 * Teléfono de atención administrativa * Oficinas de asistencia en materia de registro ### Recursos adicionales * Nueva presentación electrónica * ¿Cómo realizar una presentación electrónica? * Aportar documentación adicional ### Preguntas frecuentes (Ver sección FAQ)
## Resumen Este procedimiento permite solicitar la admisión en los Centros de Atención a la Primera Infancia dependientes del Instituto Cántabro de Servicios Sociales (ICASS) mediante una convocatoria pública. **Quién puede usar este servicio:** Padres, madres o tutores legales de niños y niñas que requieran acceso a estos centros. **Antes de empezar:** Verifica que cumples con los requisitos y tienes toda la documentación necesaria. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Solicitud (Anexo III): Anexo III. Solicitud * Fotocopia del Libro de Familia completo (o partida de nacimiento si no está inscrito en el Libro de Familia). * Certificado de convivencia de todos los miembros de la unidad familiar. * Para extranjeros: pasaporte o Tarjeta de Identidad del país de procedencia (si son de la UE), Tarjeta de familiar de ciudadano/a de la Unión Europea y pasaporte o Tarjeta de Identidad (si son familiares de ciudadanos de la UE), o Tarjeta de Identidad de extranjero (en otros casos). * Justificante del pago de alquiler o adquisición de vivienda, si aplica. * Otros documentos que acrediten situaciones que sumen puntos en el baremo. **Requisitos previos:** * Que los progenitores o tutores estén trabajando o inscritos como demandantes de empleo (con excepciones). * Aportar el NIF de la persona que se hará cargo del pago y su consentimiento. **Costes y plazos:** * Este trámite está sujeto a tasas o precios públicos. * El plazo de presentación es de quince días hábiles a partir del 30 de mayo de 2024 (BOC del 29 mayo 2024), finalizando el 19 de junio de 2024. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Reúne la documentación necesaria. 2. Completa la solicitud (Anexo III). 3. Presenta la solicitud y la documentación: * Telemáticamente: a través del Registro Electrónico General. * Presencialmente: en el Registro General del ICASS, Subdirección Infancia, Adolescencia y Familia, Registro General del Gobierno de Cantabria, o en el Centro de Atención a la Primera Infancia para el cual se solicite plaza. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** El Servicio de Atención a la Infancia, Adolescencia y Familia revisará tu solicitud. La resolución será emitida por el Director/a del Instituto Cántabro de Servicios Sociales. **Plazos de resolución:** El plazo máximo para resolver es de 1 mes. **Siguientes pasos:** Si no estás de acuerdo con la resolución, puedes presentar un recurso de alzada ante la Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en el plazo de un mes si la resolución es expresa, o de tres meses si no lo es. ## Ayuda **Contacto:** * Servicio de Información General Telefónica: 012 (disponible 24 horas). * Teléfono de atención administrativa * Oficinas de asistencia en materia de registro **Recursos adicionales:** * Descargar información en pdf **Normativa:** *
Ley de Cantabria 3/2009, de 27 de noviembre, de creación del Instituto Cántabro de Servicios Sociales.
*Resolución por la que se convocan plazas y se establecen los criterios para su adjudicación en los Centros de Atención a la Primera Infancia dependientes del Instituto Cántabro de Servicios Sociales para el período 2024-2025 (BOC NUM. 103, 29 mayo 2024).
## Resumen Este trámite permite la admisión y matriculación de alumnos en conservatorios que imparten enseñanzas elementales y profesionales de música en Cantabria. ## Lo que necesitas * **Requisitos:** Los establecidos en la convocatoria. * **Plazos:** Los establecidos en la convocatoria. ## Cómo hacerlo 1. **Presentación:** Telemáticamente a través del Registro Electrónico General. ## Después de hacerlo * **Plazo de resolución:** Según normativa aplicable. * **Recursos:** Recurso de alzada ante la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente en el plazo de un mes. ## Ayuda * **Contacto:** * Teléfono de Información General: 012 * Teléfono de atención administrativa * Oficinas de asistencia en materia de registro * **Normativa:** *
Orden EDU/31/2009, de 27 de marzo, por la que se regula el procedimiento de admisión y matriculación del alumnado en conservatorios que imparten enseñanzas elementales y profesionales de música en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
## Resumen Este trámite permite solicitar la admisión y matriculación en las enseñanzas de idiomas de régimen especial en la Comunidad Autónoma de Cantabria. ## Lo que necesitas * **Requisitos:** Los que se establezcan en la convocatoria. * **Plazos:** Los que se indiquen en la convocatoria. ## Cómo hacerlo 1. **Presentación:** La presentación se realiza telemáticamente a través del Registro Electrónico General. ## Tramitación y resolución * **Órgano instructor:** Escuelas Oficiales de Idiomas. * **Órgano que resuelve:** Directores de las Escuelas Oficiales de Idiomas o el Comité de Escolarización. * **Plazo de resolución:** Según normativa aplicable. * **Efectos del silencio administrativo:** Negativo (si la solicitud se inicia por el interesado). * **Fin de la vía administrativa:** No pone fin a la vía administrativa. ## Recursos * **Tipo:** Recurso de alzada. * **Órgano:** Director General de Formación Profesional y Educación Permanente. * **Plazo:** 1 mes. ## Normativa * [Decreto 55/2018, de 29 de junio](https://sede.cantabria.es/sede/), por el que se establece la ordenación y se desarrolla el currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en la Comunidad Autónoma de Cantabria. * [Orden ECD/80/2018, de 2 de julio](https://sede.cantabria.es/sede/), que regula el proceso de admisión y matriculación del alumnado en las enseñanzas de idiomas de régimen especial en la Comunidad Autónoma de Cantabria. * [Resolución de 4 de julio de 2022](https://sede.cantabria.es/sede/) por la que se convoca el proceso de admisión y matriculación del alumnado en modalidad oficial en las enseñanzas de idiomas de régimen especial de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el curso 2022-2023. ## Ayuda * Teléfono de atención general: [012](tel:012) * [Teléfono de atención administrativa](https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania/telefono-012) * [Oficinas de asistencia en materia de registro](https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania/registros)