Ayuntamiento de Zaragoza

  • ## Resumen Este trámite consiste en la comunicación que realiza el Ayuntamiento de Zaragoza a los abonados del servicio de agua cuando se detectan consumos inusualmente altos. El objetivo es alertar al usuario, analizar las posibles causas y ofrecer información sobre las medidas a tomar. ## Cómo se realiza el aviso El aviso se realiza en dos momentos: * **Durante la toma de lectura:** Si el contador está dentro de la vivienda, el lector informa directamente al abonado. Si el contador está en batería, se contacta telefónicamente en los siete días siguientes. * **Después de la facturación:** Se controlan los recibos con importes desproporcionados y se avisa al abonado sobre posibles problemas en la instalación o en la lectura. ## Qué hacer si recibes un aviso Se recomienda seguir los pasos indicados en el [procedimiento estándar de reclamación por problemas en los consumos facturados](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/tramite/294) para determinar la causa del consumo elevado. Dependiendo del motivo, se deberá actuar para resolverlo y, si procede, iniciar una reclamación por [Consumos atípicos](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/tramite/292). ## Normativa relacionada * [Ordenanza Fiscal nº 24.25: Tasa por la prestación de servicios vinculados al abastecimiento de agua](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/normativa/3564) * [Ordenanza Municipal para la Ecoeficiencia y la Calidad de la Gestión Integral del Agua](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/normativa/1542) * [Ordenanza Reguladora de la prestación patrimonial de Carácter Público no tributaria por la prestación de servicios vinculados al Saneamiento y Depuración de Agua](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/normativa/4043) * [Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.](https://www.boe.es/eli/es/rd/2000/12/01/1955) * [Reglamento Municipal de Prestación del Servicio de Saneamiento y Depuración de Aguas de la Ciudad de Zaragoza](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/normativa/4703) * [Texto actualizado de las tarifas por la prestación de servicios vinculados al Saneamiento y Depuración de Aguas de la ciudad de Zaragoza, 2024](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/normativa/4783)

  • ## Descripción Este trámite está dirigido a las personas titulares de inmuebles cuyas instalaciones de fontanería,por su antigüedad,deficiente estado de conservación o cualquier otra circunstancia no han prermitido la colocación de contadores de agua. En esta modalidad de abastecimiento,la baja puede producirse por: * a) El taponamiento de la toma de agua. * b) La preparación de la instalación para colocar contador municipal. En ambos casos requiere modificar la instalación previamente por parte del titular. ### Impresos relacionados * [Instancia General](https://www.zaragoza.es/contenidos/tramites/impresos/general.pdf) ### Normativas * [Ordenanza Fiscal nº 24.25:Tasa por la prestación de servicios vinculados al abastecimiento de agua](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/normativa/3564) * [Ordenanza Municipal para la Ecoeficiencia y la Calidad de la Gestión Integral del Agua](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/normativa/1542) * [Ordenanza Reguladora de la prestación patrimonial de Carácter Público no tributaria por la prestación de servicios vinculados al Saneamiento y Depuración de Agua](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/normativa/4043) * [Reglamento Municipal de Prestación del Servicio de Saneamiento y Depuración de Aguas de la Ciudad de Zaragoza](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/normativa/4703) * [Texto actualizado de las tarifas por la prestación de servicios vinculados al Saneamiento y Depuración de Aguas de la ciudad de Zaragoza,2024](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/normativa/4783) ### Plazo de Resolución Aproximadamente 2 meses. ### Formas de tramitación Presencial #### Lugar de Presentación **Oficina de Registro Plaza del Pilar** * Direccion:Pza. del Pilar,18 50071 * Horario * Lunes a viernes de 8:30 a 13:30 h. (excepto festivos) * Lunes y Jueves y el primer y último viernes de cada mes de 16 a 19 h. **Oficina de Registro Seminario** * Direccion:Vía Hispanidad,20 50071 * Horario * Lunes a viernes de 8:30 a 13,30h. #### Proceso Se debe presentar una [Instancia General](http://www.zaragoza.es/contenidos/tramites/impresos/general.pdf) solicitando la baja,adjuntando alguno de los siguientes documentos: * a) La factura del fontanero que haya taponado la instalación para impedir los consumos,o informe técnico justificativo en ese sentido. * b) Certificado de instalación,si ha sido preparada para instalar contador municipal.

  • ## Descripción Este trámite está dirigido a las personas que no se abastecen de agua municipal sino de agua procedente de su propio pozo o similar pero cuyas aguas residuales sí se vierten al alcantarillado municipal y que por la circunstancia que sea van a dejar de necesitar definitivamente este servicio. No confundir este trámite con un cambio de titularidad. **Cita previa:** Si es necesario acceder al interior de la finca para precintar o,en su caso,desmontar el contador,el usuario debe facilitar la entrada. Para ello deberá concretar una fecha y hora en el momento de realizar el trámite. El plazo de espera máximo es de 2 horas **Es obligación del titular adaptar la instalación para adecuarla a la normativa vigente y poder ejecutar las tareas de mantenimiento de contadores.** ## Requisitos * **a)** Si los vertidos están controlados a través de contador convencional de propiedad municipal,basta con solicitar la baja en el servicio. En este caso,el contador de agua se desmonta en los dos días siguientes a la solicitud de baja,salvo que se acuerde otro plazo con el abonado para evitar problemas en su actividad habitual. * **b)** Si los vertidos están controlados por caudalímetro de vertido o están fijados por estimación,la baja deberá solicitarse por escrito,aportando la documentación necesaria que justifique la imposibilidad de realizar consumos de la fuente de abastecimiento no municipal. * **c)** Si tiene los recibos domiciliados,no anule la cuenta de domiciliación hasta que se le haya cargado el último recibo,que incluye la lectura de baja,y que se cargará en su cuenta aproximadamente tres meses después de haberse confirmado la baja. De no hacerlo así,corre el riesgo de que el último recibo no se pague y le sea reclamado en vía de apremio con recargo e intereses de demora. ## Normativas * [Ordenanza Fiscal nº 24.25:Tasa por la prestación de servicios vinculados al abastecimiento de agua](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/normativa/3564) * [Ordenanza Municipal para la Ecoeficiencia y la Calidad de la Gestión Integral del Agua](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/normativa/1542) * [Ordenanza Reguladora de la prestación patrimonial de Carácter Público no tributaria por la prestación de servicios vinculados al Saneamiento y Depuración de Agua](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/normativa/4043) * [Reglamento Municipal de Prestación del Servicio de Saneamiento y Depuración de Aguas de la Ciudad de Zaragoza](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/normativa/4703) * [Texto actualizado de las tarifas por la prestación de servicios vinculados al Saneamiento y Depuración de Aguas de la ciudad de Zaragoza,2024](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/normativa/4783) ## Formas de tramitación ### Presencial Se exigirá la presentación de los documentos acreditativos de los datos solicitados. **Datos obligatorios** * Dirección completa de la finca a dar de baja. * Nombre y apellidos o razón social del titular. * N.I.F. o C.I.F. del titular. * Dirección para notificaciones (nuevo domicilio fiscal). * Nombre y apellidos o razón social del solicitante. **Otros datos necesarios:** * Nº de póliza (puede aportarse una factura o un recibo bancario). Puede ser imprescindible en locales,para localizar con exactitud la dirección. * Dirección de correo electrónico. * En caso de baja de pólizas con caudalímetro de vertido o por estimación,el Instituto Municipal de Salud Pública supervisa las instalaciones. * Si el desmontaje del contador convencional requiere la paralización del proceso productivo,puede coordinarse con los servicios municipales en el momento que menor afección tenga para la dinámica habitual del abonado. ### Por teléfono **976 200 800** - Lunes a viernes:de 08 a 16,30 h. Los datos se dan por teléfono bajo la responsabilidad del solicitante. #### Datos obligatorios * Dirección completa de la finca a dar de baja. * Nombre y apellidos o razón social del titular. * N.I.F. o C.I.F. del titular. * Dirección para notificaciones (nuevo domicilio fiscal) * Nombre y apellidos o razón social del solicitante. #### Otros datos necesarios: * Nº de póliza (puede obtenerse de una factura o un recibo bancario). Puede ser imprescindible en locales,para localizar con exactitud la dirección. * Dirección de correo electrónico. **Restricciones**:Este servicio no puede utilizarse en el caso de pólizas con caudalímetros de vertido o en estimación. La tramitación ha de ser presencial. Si el desmontaje del contador convencional requiere la paralización del proceso productivo,puede coordinarse con los servicios municipales en el momento que menor afección tenga para la dinámica habitual del abonado.

  • ## Descripción Procedimiento para solicitar el alta en los servicios de abastecimiento y saneamiento de agua potable de nuevo usuario en un punto de suministro (vivienda,local,nave,etc.) cuando se dispone de agua a nombre de un usuario anterior y no se ha modificado el calibre de la instalación. **a) Si se facilita la lectura del contador,** el cambio es inmediato y la tasa a abonar por la gestión menor (consultar el apartado "pago"). **b) Si no se facilita la lectura del contador,** el cambio de titular no será efectivo hasta que el servicio técnico acceda al contador de agua. * Cuando el contado está en batería,el acceso se produce en los dos días siguientes a la solicitud de cambio de titular. * Si el contador está dentro del local o vivienda,el usuario debe facilitar la entrada al lugar de colocación. Si el **contador** instalado tiene **10 o más años**,se procederá a su sustitución. Es obligación del nuevo titular adaptar la instalación para adecuarla a la normativa vigente y poder ejecutar las tareas de mantenimiento de contadores. **Cita previa:** Si el contador está ubicado dentro del local o vivienda,el usuario debe facilitar la entrada para proceder a la toma de lectura o,en su caso,sustituir el contador. Para ello deberá concretar una fecha y hora en el momento de realizar el trámite. El plazo de espera máximo es de 2 horas. ## Normativas * [Ordenanza Fiscal nº 24.25:Tasa por la prestación de servicios vinculados al abastecimiento de agua](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/normativa/3564) * [Ordenanza Municipal para la Ecoeficiencia y la Calidad de la Gestión Integral del Agua](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/normativa/1542) * [Ordenanza Reguladora de la prestación patrimonial de Carácter Público no tributaria por la prestación de servicios vinculados al Saneamiento y Depuración de Agua](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/normativa/4043) * [Reglamento Municipal de Prestación del Servicio de Saneamiento y Depuración de Aguas de la Ciudad de Zaragoza](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/normativa/4703) * [Texto actualizado de las tarifas por la prestación de servicios vinculados al Saneamiento y Depuración de Aguas de la ciudad de Zaragoza,2024](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/normativa/4783) ## Pago El cambio de titular lleva consigo la exigencia de la tasa de "contratación". Se hará efectiva mediante cargo en la primera facturación que se efectúe. Si la lectura de cambio es facilitada por el solicitante,se aplica la tarifa reducida. Consulte las Tarifas vigentes en la Ordenanza Fiscal 24.25. y la Ordenanza por la que se fijan las Tarifas de saneamiento (Consulte apartado de Normativa) ## Formas de tramitación ### Por internet [Iniciar trámite **sin certificado**](https://www.aguasdezaragoza.es) ### Presencial Se exigirá la presentación de los documentos acreditativos de los datos solicitados. **Datos Obligatorios** * Nombre y apellidos o razón social del titular. * N.I.F. o C.I.F. del titular. * Dirección completa de la finca a dar de alta. * Si el titular es *propietario*:Escritura propiedad o justificante del Notario si se encuentra en tramitación. Se exige la presentación del título de ocupación,que una vez comprobado se devuelve. * Si el titular es *inquilino*:contrato de alquiler o autorización escrita del propietario. Se exige la presentación del título de ocupación,que una vez comprobado se devuelve. ### Por teléfono **976 200 800** - Lunes a viernes:de 08 a 16,30 h. Los datos se dan por teléfono bajo la responsabilidad del solicitante. **DATOS OBLIGATORIOS** * Nombre y apellidos o razón social del titular. * N.I.F. o C.I.F. del titular. * Dirección completa de la finca a dar de alta. * Fecha del título de ocupación (escritura propiedad o contrato de alquiler). * En caso de ser inquilino,nombre y apellidos del propietario ## Preguntas Frecuentes * [Quiero solicitar la Baja en el Servicio](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/tramite/3#pregunta-15) * [Ha fallecido un familiar y tenía una o varias pólizas de agua a su nombre de las que debo hacerme cargo](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/tramite/3#pregunta-4) * [Mi empresa ha cambiado de denominación y de C.I.F.,aunque sigue desarrollando la misma actividad](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/tramite/3#pregunta-8) * [Mi empresa ha cambiado de denominación pero sigue teniendo el mismo C.I.F.](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/tramite/3#pregunta-4701) * [He vendido una vivienda o local,y el comprador me ha pedido que no solicite la baja.](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/tramite/3#pregunta-3424)

  • ## Descripción El Ayuntamiento de Zaragoza pretende devolver las cantidades que procedan en la misma cuenta bancaria en la que se cargaron los recibos de saneamiento de las pólizas afectadas correspondientes a los años 2022 y 2023. Caso de haberse utilizado más de una cuenta en esos años,la devolución se hará en la más reciente. Si la persona o entidad titular de la póliza desea que la devolución se realice en una cuenta distinta a la que se le ha comunicado,debe ponerlo en conocimiento del Ayuntamiento de Zaragoza **antes del 31 de marzo de 2025**. Para ello,**se recomienda cumplimentar,preferentemente,el formulario del apartado "Formas de tramitación"**. Alternativamente,pueden hacerlo de forma presencial o a través de los teléfonos dispuestos al efecto,en los horarios indicados. La cuenta que se facilite se utilizará,exclusivamente,para realizar la devolución indicada,sin que afecte a la domiciliación habitual de los recibos de su póliza. Si desea **cambiar de forma permanente la domiciliación** de alguna de sus pólizas,deberá seguir las instrucciones que encontrará en el trámite Domiciliación Bancaria de Recibos periódicos:Alta y Modificación ## Requisitos 1. Ser la persona o entidad titular de la póliza ubicada en Casetas,Garrapinillos o Villarrapa. 2. Haber recibido comunicación del Ayuntamiento de Zaragoza,junto con la factura de "agua y basuras",en la que se le informa de la cuenta bancaria en la que pretende devolverle la cantidad a que tenga derecho. 3. Aportar toda la información indicada en el apartado "Datos a facilitar". El teléfono de contacto y la dirección de correo electrónico,son imprescindibles para confirmar la recepción de su solicitud y poder resolver las incidencias que pudieran producirse. 4. Obligatoriamente,la cuenta para la devolución deberá tener entre sus cotitulares al titular de la póliza afectada. No se pueden hacer devoluciones en cuentas a nombre de persona física o jurídica distinta a la titular de la póliza. **DATOS A FACILITAR:** * Nº DE PÓLIZA (Puede consultarse en la comunicación remitida por el Ayuntamiento de Zaragoza) * NIF/CIF DE LA PERSONA O ENTIDAD TITULAR DE LA PÓLIZA * NOMBRE Y APELLIDOS,O RAZÓN SOCIAL,DE LA PERSONA O ENTIDAD TITULAR DE LA PÓLIZA * CÓDIGO IBAN DE LA NUEVA CUENTA PARA DEVOLUCIÓN (24 dígitos) * TELÉFONO DE CONTACTO * CORREO ELECTRÓNICO DE CONTACTO ## Normativas * Instrucción para la regularización de pólizas en aplicación de la Disposición Adicional Segunda de la Ordenanza Reguladora de las Tarifas por la prestación de servicios vinculados al Saneamiento y Depuración de Agua en cuyos recibos del Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales (IMAR) se haya aplicado el coeficiente 1. * Ordenanza Reguladora de la prestación patrimonial de Carácter Público no tributaria por la prestación de servicios vinculados al Saneamiento y Depuración de Agua * Reglamento Municipal de Prestación del Servicio de Saneamiento y Depuración de Aguas de la Ciudad de Zaragoza * Texto actualizado de las tarifas por la prestación de servicios vinculados al Saneamiento y Depuración de Aguas de la ciudad de Zaragoza,2024 ## Plazo de Presentación El plazo para cambiar la cuenta para la devolución indicada **finaliza el 31 de marzo de 2025.** ## Formas de tramitación * Por internet * Iniciar trámite **sin certificado** * Presencial * **De lunes a viernes de 8:30h a 13:00h.** * Oficina de Gestión Tributaria:**Vía Hispanidad,20 Planta Baja** (C.P. 50009). * Teléfono * **Por teléfono (De 8:30h a 14:00h):** * Oficina de Gestión Tributaria:**976 724 578** y **976 724567** * Ecociudad Zaragoza,S.A.U.:**976 539 800 (Opción 1)**

  • DESCRIPCIÓN

    Consiste en la devolución de la fianza depositada al solicitar el alta en el servicio, a los socios que constituían la entidad titular de una póliza.Se solicita por escrito.

    • Es de aplicación para pólizas dadas de alta con anterioridad a marzo de 1994.
    • Si la fecha de alta de su póliza es posterior a 1994, pinche aquí.

    Dirigido a Personas Jurídicas

    Requisitos

    a) En Todos los casos

    • Haber solicitado la baja y haber precintado el contador para impedir los consumos.
    • Tener pagados todos los recibos.
    • La devolución de la fianza no podrá solicitarse en los siguientes casos:
      • a) Cuando corresponda a una póliza sujeta a un traslado de póliza.
      • b) Cuando corresponda a una póliza subrogada.

    b) Pólizas Domiciliadas:

    • Tener pagados todos los recibos, hasta el precinto del contador.

    c) Pólizas No Domiciliadas:

    • Se exige tener pagados todos los recibos, incluido el de liquidación.

    Normativas

    Plazo Presentación

    • a) Pólizas Domiciliadas: A partir del mismo día en que se precinte el contador.
    • b) Pólizas No Domiciliadas: A partir de la fecha de pago del último recibo (el que incluye la lectura de baja).

    Plazo Resolución

    • a) Si han aportado el justificante de pago de la fianza y el certificado bancario del código IBAN de abono, la devolución se realizará por transferencia bancaria, en el plazo de 1 mes desde la recepción de la solicitud en el órgano gestor.

    FORMAS DE TRAMITACIÓN

    Presencial

    DOCUMENTACIÓN:
    • a) Solicitud expresa mediante escrito o instancia modelo general. En cualquier caso, es imprescindible hacer constar dirección de notificación y teléfono de contacto.
    • b) El justificante de pago de la fianza, consistente en el contrato que en su día se suscribió mecanizado con el justificante de pago (es decir, con el sello de Tesorería o Depositaria).
    • c) En su defecto, un recibo de la póliza de la que se solicita la devolución de fianza.
    • d) Original y copia de la Escritura Pública o del documento privado en el que conste la participación de cada socio en el capital social, así como la disolución de la Sociedad.
    • e) Certificado bancario del código IBAN de las cuentas de cada uno de los socios en las que se desee que el Ayuntamiento ingrese la cantidad de los derechos de conexión de acometida correspondiente a cada uno de ellos. Cada socio deberá figurar como titular de la cuenta, con independencia de que también figuren otros titulares. En caso contrario, el abono en cuenta no se efectuará.
    LUGAR DE PRESENTACIÓN:

    Oficina de Registro Plaza del Pilar
    Pza. del Pilar , 18, Planta B - Zaragoza 50003

    • Tfno: 976 721234 - 010
    • Horario:
      • De lunes a viernes: de 8,30 a 13,00 h.
      • Días inhábiles para 2019: cerrado los sábados, domingos y los declarados festivos. En concreto: 1, 7 y 29 enero, 5 marzo, 18, 19 y 23 abril, 1 mayo, 15 agosto, 12 octubre, 1noviembre, 6, 9 y 25 diciembre.

    Oficina de Registro Seminario
    Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071

    • Tfno: 976 721234 - 010
    • Horario:
      • De lunes a viernes: de 8,30 a 14,30 h. y de 16,10 a 18,50
      • Días inhábiles para 2019: cerrado los sábados, domingos y los declarados festivos. En concreto: 1, 7 y 29 enero, 5 marzo, 18, 19 y 23 abril, 1 mayo, 15 agosto, 12 octubre, 1 noviembre, 6, 9 y 25 diciembre.

    Por Correo

    DOCUMENTACIÓN:
    • a) Solicitud expresa mediante escrito o instancia modelo general. En cualquier caso, es imprescindible hacer constar dirección de notificación y teléfono de contacto.
    • b) El justificante de pago de la fianza, consistente en el contrato que en su día se suscribió mecanizado con el justificante de pago (es decir, con el sello de Tesorería o Depositaria).
    • c) En su defecto, un recibo de la póliza de la que se solicita la devolución de fianza.
    • d) Original y copia de la Escritura Pública o del documento privado en el que conste la participación de cada socio en el capital social, así como la disolución de la Sociedad.
    • e) Certificado bancario del código IBAN de las cuentas de cada uno de los socios en las que se desee que el Ayuntamiento ingrese la cantidad de los derechos de conexión de acometida correspondiente a cada uno de ellos. Cada socio deberá figurar como titular de la cuenta, con independencia de que también figuren otros titulares. En caso contrario, el abono en cuenta no se efectuará.

    Impresos relacionados

    Órgano Gestor

    Unidad de Tasas y Precios Públicos
    Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071

    • Tfno: 976 72 4567,4558,3449
    • Fax: 976 721766
    • E-mail: aguas@zaragoza.es
    • Horario: De lunes a viernes de 8,30 a 13h.

  • DESCRIPCIÓN

    Consiste en la devolución de la fianza que la entidad titular de la póliza depositó al solicitar el alta en el servicio, al apoderado de la nueva entidad resultante de la fusión, o en su caso, a la entidad absorbente.

    • Es de aplicación a pólizas dadas de alta con anterioridad a marzo de 1994.
    • Si la fecha de alta de su póliza es posterior a 1994, pinche aquí.

    Dirigido a Personas Físicas, Personas Jurídicas, Comunidad de Propietarios, Empresas, Asociaciones, Centros Educativos, Clubes Deportivos, Entidades Sociales

    Requisitos

    a) En Todos los casos

    • Haber solicitado la baja y haber precintado el contador para impedir los consumos.
    • Tener pagados todos los recibos.
    • La evolución de la fianza no podrá solicitarse en los siguientes casos:
      • a) Cuando corresponda a una póliza vinculante en un traslado de póliza.
      • b) Cuando corresponda a una póliza subrogada.

    b) Pólizas Domiciliadas:

    • Tener pagados todos los recibos, hasta el precinto del contador.

    c) Pólizas No Domiciliadas:

    • Se exige tener pagados todos los recibos, incluido el de liquidación.

    Normativas

    Plazo Presentación

    • a) Pólizas Domiciliadas: A partir del mismo día en que se precinte el contador.
    • b) Pólizas No Domiciliadas: A partir de la fecha de pago del último recibo (el que incluye la lectura de baja).

    Plazo Resolución

    • a) Si se persona el apoderado de la entidad beneficiaria y ha aportado el justificante de pago de la fianza, la devolución es inmediata.
    • b) Si se facilita el certificado bancario del código IBAN de una cuenta de abono a nombre de la entidad beneficiaria, la devolución se realizará por transferencia bancaria en el plazo máximo de 1 mes.

    FORMAS DE TRAMITACIÓN

    Presencial

    DOCUMENTACIÓN:

    a) Para recuperar el importe de la fianza en el momento de la solicitud, deberá personarse el apoderado de la nueva entidad resultante de la fusión o de la absorción con la entidad titular de la póliza en el lugar indicado, con la siguiente documentación:

    • Justificante del pago de la fianza, consistente en el contrato que en su día se suscribió mecanizado con el justificante de pago (es decir, con el sello de Tesorería o Depositaria).
    • DNI original del apoderado de la entidad beneficiaria.
    • Original del poder notarial para efectuar cobros en nombre de la entidad, y fotocopia bastanteada por el Secretario General del Ayuntamiento.
    • Original y copia de la Escritura Pública o del documento privado en el que conste la fusión o absorción de la Sociedad.
    • Si desea la devolución mediante ingreso en cuenta, deberá aportar el certificado bancario del código IBAN de una cuenta bancaria en la que figure, obligatoriamente, la entidad resultante de la fusión o absorción. En ese caso, la devolución se realizará por transferencia bancaria en el plazo máximo de 1 mes.

    b) Si no se dispone del justificante del pago, deberá consultar en el órgano gestor si es posible la recuperación inmediata de la fianza. De ser así, la documentación a aportar es la siguiente:

    • Solicitud de devolución por escrito cumplimentando modelo específico de instancia.
    • Un recibo de la póliza de la que se solicita la devolución de fianza.
    • El resto de los documentos relacionados en el punto anterior.

    c) Si no se dispone del justificante del pago, otra opción es utilizar el Procedimiento Devolución evitando tener que desplazarse hasta el Ayuntamiento.

    LUGAR DE PRESENTACIÓN:

    Oficina de Registro Plaza del Pilar
    Pza. del Pilar , 18, Planta B - Zaragoza 50003

    • Tfno: 976 721234 - 010
    • Horario:
      • De lunes a viernes: de 8,30 a 13,00 h.
      • Días inhábiles para 2019: cerrado los sábados, domingos y los declarados festivos. En concreto: 1, 7 y 29 enero, 5 marzo, 18, 19 y 23 abril, 1 mayo, 15 agosto, 12 octubre, 1noviembre, 6, 9 y 25 diciembre.

    Oficina de Registro Seminario
    Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071

    • Tfno: 976 721234 - 010
    • Horario:
      • De lunes a viernes: de 8,30 a 14,30 h. y de 16,10 a 18,50
      • Días inhábiles para 2019: cerrado los sábados, domingos y los declarados festivos. En concreto: 1, 7 y 29 enero, 5 marzo, 18, 19 y 23 abril, 1 mayo, 15 agosto, 12 octubre, 1 noviembre, 6, 9 y 25 diciembre.

    Impresos relacionados

    Órgano Gestor

    Unidad de Tasas y Precios Públicos
    Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071

    • Tfno: 976 72 4567,4558,3449
    • Fax: 976 721766
    • E-mail: aguas@zaragoza.es
    • Horario: De lunes a viernes de 8,30 a 13h.

  • ## Descripción Reducción de un 10% en la tasa a pagar en usos domésticos,si el consumo se ha reducido comparando los dos últimos años. Se aplica de oficio,no requiere solicitud. Proyecto incluido en el II Catálogo Aragonés de Buenas Prácticas Ambientales del Gobierno de Aragón. Incentivo al ahorro de agua en usos domésticos y asimilados,reduciendo en un 10% la tarifa aplicable a los consumos de los recibos de un año,si comparando las lecturas de los dos años anteriores se ha producido una disminución mínima del consumo de un 10%. ## Requisitos * El consumo comparado de los dos años anteriores,entendiendo cada año como el tiempo que media entre cuatro lecturas consecutivas,haya experimentado una disminución mínima del 10%. * No se haya solicitado la baja con anterioridad al 31 de diciembre del segundo año a comparar. * El alta de la póliza sea anterior al 1 de enero del primer año a comparar. * Se disponga de todas las lecturas,bien por toma directa o facilitada por el usuario a través de los medios puestos a su disposición. A los efectos de considerar que se dispone de todas las lecturas,se desecharán aquellas en las que se haya producido alguna incidencia que afecte al consumo o su medición:escape,bajo consumo justificado,contador antiguo,error en lectura anterior,error en lectura enviada por el abonado,contador parado,etc. * El consumo anual en cualquiera de los años a comparar no podrá ser inferior a 37 m³/año. * El titular de la póliza sea Comunidad de Propietarios de viviendas o persona física,no fallecida,empadronada en Zaragoza y,en ambos casos,con domicilio fiscal en Zaragoza y correctamente identificado en la Base de Datos Fiscal. * El titular ha de tener domiciliados todos los tributos municipales de cobro periódico de los que sea titular,así como estar al corriente de pago de cualquier exacción municipal (art. 18.1h de la Ordenanza Fiscal General Tributaria). * La póliza ha de tener domiciliados los recibos. ## Normativas * [Ordenanza Fiscal nº 24.25:Tasa por la prestación de servicios vinculados al abastecimiento de agua](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/normativa/3564) * [Ordenanza Municipal para la Ecoeficiencia y la Calidad de la Gestión Integral del Agua](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/normativa/1542) * [Ordenanza Reguladora de la prestación patrimonial de Carácter Público no tributaria por la prestación de servicios vinculados al Saneamiento y Depuración de Agua](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/normativa/4043) * [Reglamento Municipal de Prestación del Servicio de Saneamiento y Depuración de Aguas de la Ciudad de Zaragoza](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/normativa/4703) * [Texto actualizado de las tarifas por la prestación de servicios vinculados al Saneamiento y Depuración de Aguas de la ciudad de Zaragoza,2024](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/normativa/4783)

  • ## Descripción Si se modifica o repara la instalación interior de abastecimiento de una vivienda o local,que afecte al contador de propiedad municipal,debe darse cuenta al Ayuntamiento de Zaragoza,para que se efectúe la inspección preceptiva. ## Más información * Cuando se quiere modificar o reparar una instalación interior de abastecimiento que afecte al contador de propiedad municipal,es necesaria la **rotura de los precintos** que impiden su manipulación,para lo que es necesaria la correspondiente autorización de desprecinto. * Además,si se quiere modificar el calibre del contador,debe solicitarse la **autorización** expresa del Ayuntamiento a través de expediente. * Una vez terminada la intervención,debe darse cuenta al Ayuntamiento de Zaragoza,para que se efectúe la **inspección** preceptiva. ## Normativas * [Ordenanza Fiscal nº 24.25:Tasa por la prestación de servicios vinculados al abastecimiento de agua](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/normativa/3564) * [Ordenanza Municipal para la Ecoeficiencia y la Calidad de la Gestión Integral del Agua](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/normativa/1542) * [Ordenanza Reguladora de la prestación patrimonial de Carácter Público no tributaria por la prestación de servicios vinculados al Saneamiento y Depuración de Agua](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/normativa/4043) * [Reglamento Municipal de Prestación del Servicio de Saneamiento y Depuración de Aguas de la Ciudad de Zaragoza](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/normativa/4703) * [Texto actualizado de las tarifas por la prestación de servicios vinculados al Saneamiento y Depuración de Aguas de la ciudad de Zaragoza,2024](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/normativa/4783) ## Formas de tramitación Presencial ### Lugar de Presentación Servicio Provincial de Industria,Comercio y Desarrollo de la DGA. Edificio Pignatelli,Puerta 14 - Tel:976 714 770. Horario:de lunes a viernes. Información:de 8:30 a 15:00 h. Registro:de 9 a 14 horas ### Documentación * **1.** [Solicitud de desprecinto de contadores](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/tramite/51) * **2. Comunicación de modificación de instalación de suministros**:Sólo en el caso de modificar el calibre del contador. Debe presentarse en el Servicio Provincial de Industria,Comercio y Turismo de la Diputación General de Aragón. ### Proceso **a)** Si no se modifica el calibre del contador,seguir el procedimiento de desprecinto de contadores. **b)** Tras notificar la finalización de la obra,el inspector municipal contactará con el titular de la póliza para concretar fecha de inspección de la instalación. **c)** La inspección contemplará los ítems siguientes: * Altura a la que se ha instalado el contador. * Accesibilidad para lectura. * Capacidad de manipulación para mantenimiento y sustitución. * La existencia de válvulas antirretorno en el punto de alimentación y en el resto de instalaciones que lo requieran (calibres iguales o superiores a 30 mm.). * La adecuación a las ordenanzas municipales aplicables de cualquier otro elemento del sistema de abastecimiento que sea objeto de modificación,reparación o sustitución. **d)** Las incidencias detectadas,de las que quedará constancia en el acta,deberán ser subsanadas por el titular de la póliza en el improrrogable plazo de diez días a partir del siguiente a la formalización del acta de inspección. **e)** El titular de la póliza,será responsable de las acciones y omisiones que contravengan las normas aplicables,así como de la desobediencia a los mandatos de establecer las medidas correctoras señaladas por la Inspección Municipal. Estos supuestos constituyen infracción administrativa con la calificación de infracción leve,a los efectos de lo previsto en el artículo 197.2 de la Ley de la Administración Local de Aragón,por lo que serán objeto del preceptivo expediente sancionador.

  • ## Descripción Cuando se produce consumos atípicos como consecuencia de una avería,fugas,o problemas en la instalación particular del usuario del servicio (mal funcionamiento de sanitarios o electrodomésticos,rotura de conducciones de agua,obturación de válvulas,etc.),es posible que se emitan recibos con importes desproporcionados para lo que es la media habitual del usuario afectado,dado que se pagan más metros cúbicos a un precio mayor en aplicación de la tarifa progresiva vigente. Con este procedimiento se pretende realizar una refacturación de los periodos de facturación afectados por consumos atípicos,previa solicitud del titular de la póliza. En ningún caso la presentación de la solicitud de refacturación por consumos atípicos supone la paralización del procedimiento recaudatorio,caso de que existan recibos impagados. ## Requisitos Para que sea de aplicación la refacturación por consumos atípicos,la póliza afectada deberá cumplir los **siguientes requisitos:** * a) Que los consumos no sean imputables a un totalizador por diferencias. * b) Que el exceso de consumo se deba a una causa objetiva y fortuita,ajena al propio consumo de la finca abastecida. * c) Que se hayan puesto los medios necesarios,con la debida celeridad,para solucionar la causa del exceso de consumo. * d) Que los consumos posteriores a la solicitud de refacturación de la póliza afectada se correspondan con los considerados habituales. **Restricciones**:No será aplicable la refacturación por avería en los casos siguientes: * Cuando la deficiencia sea debida a negligencia del titular de la póliza. * Cuando no se haya corregido la deficiencia. * Cuando se produzcan reincidencias sucesivas. * Cuando los consumos posteriores a la subsanación de la deficiencia sigan siendo superiores a la media habitual. **Algunas sugerencias:** * En actividades industriales y comerciales es muy importante tener un servicio de mantenimiento de los circuitos sanitarios e hidráulicos. * En su vivienda,controle y revise periódicamente los grifos y sanitarios. * Controle el consumo medio diario de su vivienda a través de la factura del agua que el Ayuntamiento de Zaragoza le remite periódicamente,e investigue cualquier incremento de consumo que pueda parecerle desproporcionado. ## Impresos relacionados * [Instancia General](https://www.zaragoza.es/contenidos/tramites/impresos/general.pdf) * [Solicitud de Refacturación por Consumos Atípicos](https://www.zaragoza.es/contenidos/tramites/impresos/Agua-Refacturacion-2018.pdf) ## Normativas * [Ordenanza Fiscal nº 24.25:Tasa por la prestación de servicios vinculados al abastecimiento de agua](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/normativa/3564) * [Ordenanza Municipal para la Ecoeficiencia y la Calidad de la Gestión Integral del Agua](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/normativa/1542) ## Pago **a)** La regularización se retrotraerá,como máximo,al año inmediatamente anterior a la facturación en que se solicite. **b)** El consumo habitual,obtenido del histórico disponible de la póliza,se facturará de acuerdo con las tarifas vigentes en el periodo a regularizar. **c)** El exceso de consumo se facturará al menor de los precios siguientes: * El precio medio por metro cúbico resultante de la aplicación de las tarifas vigentes en el periodo a regularizar al consumo habitual de la póliza. * El precio de coste de abastecimiento del metro cúbico facturado,obtenido como cociente entre los costes de abastecimiento previstos en el estudio económico de aprobación de la ordenanza fiscal vigente en el periodo a regularizar y los metros cúbicos facturados en el año inmediatamente anterior. ## Silencio Administrativo NEGATIVO ## Recursos que proceden * Recurso de Reposición * Recurso Contencioso-Administrativo ## Formas de tramitación ### Por internet [Iniciar trámite **con certificado o Cl@ve**](https://www.zaragoza.es/regTelematico/RT2_1NuevaEntInteresado.faces?codProc=32101) #### Documentación * [Instancia General](http://www.zaragoza.es/contenidos/tramites/impresos/general.pdf) * Acreditación representación,en su caso Fotocopia del CIF * Documentación que sea necesaria,en función de las circunstancias concretas que concurran en el caso: * Factura del fontanero,factura de materiales,o informe del servicio de mantenimiento que justifique la reparación. * Si la deficiencia la ha reparado por sus propios medios,declaración responsable del titular de la póliza en ese sentido. ### Presencial #### Lugar de Presentación **Oficina de Registro Plaza del Pilar** **Oficina de Registro Seminario** #### Documentación * [Instancia General](http://www.zaragoza.es/contenidos/tramites/impresos/general.pdf) * Acreditación representación,en su caso Fotocopia del CIF * Documentación que sea necesaria,en función de las circunstancias concretas que concurran en el caso: * Factura del fontanero,factura de materiales,o informe del servicio de mantenimiento que justifique la reparación. * Si la deficiencia la ha reparado por sus propios medios,declaración responsable del titular de la póliza en ese sentido.

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