Agua. Devolución de Fianza cuando el Titular de la póliza es una Entidad Disuelta

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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DESCRIPCIÓN

Consiste en la devolución de la fianza depositada al solicitar el alta en el servicio, a los socios que constituían la entidad titular de una póliza.Se solicita por escrito.

  • Es de aplicación para pólizas dadas de alta con anterioridad a marzo de 1994.
  • Si la fecha de alta de su póliza es posterior a 1994, pinche aquí.

Dirigido a Personas Jurídicas

Requisitos

a) En Todos los casos

  • Haber solicitado la baja y haber precintado el contador para impedir los consumos.
  • Tener pagados todos los recibos.
  • La devolución de la fianza no podrá solicitarse en los siguientes casos:
    • a) Cuando corresponda a una póliza sujeta a un traslado de póliza.
    • b) Cuando corresponda a una póliza subrogada.

b) Pólizas Domiciliadas:

  • Tener pagados todos los recibos, hasta el precinto del contador.

c) Pólizas No Domiciliadas:

  • Se exige tener pagados todos los recibos, incluido el de liquidación.

Normativas

Plazo Presentación

  • a) Pólizas Domiciliadas: A partir del mismo día en que se precinte el contador.
  • b) Pólizas No Domiciliadas: A partir de la fecha de pago del último recibo (el que incluye la lectura de baja).

Plazo Resolución

  • a) Si han aportado el justificante de pago de la fianza y el certificado bancario del código IBAN de abono, la devolución se realizará por transferencia bancaria, en el plazo de 1 mes desde la recepción de la solicitud en el órgano gestor.

FORMAS DE TRAMITACIÓN

Presencial

DOCUMENTACIÓN:
  • a) Solicitud expresa mediante escrito o instancia modelo general. En cualquier caso, es imprescindible hacer constar dirección de notificación y teléfono de contacto.
  • b) El justificante de pago de la fianza, consistente en el contrato que en su día se suscribió mecanizado con el justificante de pago (es decir, con el sello de Tesorería o Depositaria).
  • c) En su defecto, un recibo de la póliza de la que se solicita la devolución de fianza.
  • d) Original y copia de la Escritura Pública o del documento privado en el que conste la participación de cada socio en el capital social, así como la disolución de la Sociedad.
  • e) Certificado bancario del código IBAN de las cuentas de cada uno de los socios en las que se desee que el Ayuntamiento ingrese la cantidad de los derechos de conexión de acometida correspondiente a cada uno de ellos. Cada socio deberá figurar como titular de la cuenta, con independencia de que también figuren otros titulares. En caso contrario, el abono en cuenta no se efectuará.
LUGAR DE PRESENTACIÓN:

Oficina de Registro Plaza del Pilar
Pza. del Pilar , 18, Planta B - Zaragoza 50003

  • Tfno: 976 721234 - 010
  • Horario:
    • De lunes a viernes: de 8,30 a 13,00 h.
    • Días inhábiles para 2019: cerrado los sábados, domingos y los declarados festivos. En concreto: 1, 7 y 29 enero, 5 marzo, 18, 19 y 23 abril, 1 mayo, 15 agosto, 12 octubre, 1noviembre, 6, 9 y 25 diciembre.

Oficina de Registro Seminario
Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071

  • Tfno: 976 721234 - 010
  • Horario:
    • De lunes a viernes: de 8,30 a 14,30 h. y de 16,10 a 18,50
    • Días inhábiles para 2019: cerrado los sábados, domingos y los declarados festivos. En concreto: 1, 7 y 29 enero, 5 marzo, 18, 19 y 23 abril, 1 mayo, 15 agosto, 12 octubre, 1 noviembre, 6, 9 y 25 diciembre.

Por Correo

DOCUMENTACIÓN:
  • a) Solicitud expresa mediante escrito o instancia modelo general. En cualquier caso, es imprescindible hacer constar dirección de notificación y teléfono de contacto.
  • b) El justificante de pago de la fianza, consistente en el contrato que en su día se suscribió mecanizado con el justificante de pago (es decir, con el sello de Tesorería o Depositaria).
  • c) En su defecto, un recibo de la póliza de la que se solicita la devolución de fianza.
  • d) Original y copia de la Escritura Pública o del documento privado en el que conste la participación de cada socio en el capital social, así como la disolución de la Sociedad.
  • e) Certificado bancario del código IBAN de las cuentas de cada uno de los socios en las que se desee que el Ayuntamiento ingrese la cantidad de los derechos de conexión de acometida correspondiente a cada uno de ellos. Cada socio deberá figurar como titular de la cuenta, con independencia de que también figuren otros titulares. En caso contrario, el abono en cuenta no se efectuará.

Impresos relacionados

Órgano Gestor

Unidad de Tasas y Precios Públicos
Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071

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  • Fax: 976 721766
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