Agua. Incentivo al Ahorro en Usos Domésticos

Actualizado el 17 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Obtener una reducción del 10% en la tasa de agua para usos domésticos si se reduce el consumo en comparación con los dos años anteriores.

¿Quién puede solicitarlo?

Comunidades de Propietarios o personas físicas empadronadas y con domicilio fiscal en Zaragoza.

Requisitos principales

  • Disminución mínima del 10% en el consumo comparado de los dos años anteriores.
  • No haber solicitado la baja antes del 31 de diciembre del segundo año a comparar.
  • Alta de la póliza anterior al 1 de enero del primer año a comparar.
  • Disponer de todas las lecturas.
  • Consumo anual no inferior a 37 m³/año.

Duración del trámite

No especificado

Descripción

Reducción de un 10% en la tasa a pagar en usos domésticos,si el consumo se ha reducido comparando los dos últimos años. Se aplica de oficio,no requiere solicitud. Proyecto incluido en el II Catálogo Aragonés de Buenas Prácticas Ambientales del Gobierno de Aragón.

Incentivo al ahorro de agua en usos domésticos y asimilados,reduciendo en un 10% la tarifa aplicable a los consumos de los recibos de un año,si comparando las lecturas de los dos años anteriores se ha producido una disminución mínima del consumo de un 10%.

Requisitos

  • El consumo comparado de los dos años anteriores,entendiendo cada año como el tiempo que media entre cuatro lecturas consecutivas,haya experimentado una disminución mínima del 10%.

  • No se haya solicitado la baja con anterioridad al 31 de diciembre del segundo año a comparar.

  • El alta de la póliza sea anterior al 1 de enero del primer año a comparar.

  • Se disponga de todas las lecturas,bien por toma directa o facilitada por el usuario a través de los medios puestos a su disposición. A los efectos de considerar que se dispone de todas las lecturas,se desecharán aquellas en las que se haya producido alguna incidencia que afecte al consumo o su medición:escape,bajo consumo justificado,contador antiguo,error en lectura anterior,error en lectura enviada por el abonado,contador parado,etc.

  • El consumo anual en cualquiera de los años a comparar no podrá ser inferior a 37 m³/año.

  • El titular de la póliza sea Comunidad de Propietarios de viviendas o persona física,no fallecida,empadronada en Zaragoza y,en ambos casos,con domicilio fiscal en Zaragoza y correctamente identificado en la Base de Datos Fiscal.

  • El titular ha de tener domiciliados todos los tributos municipales de cobro periódico de los que sea titular,así como estar al corriente de pago de cualquier exacción municipal (art. 18.1h de la Ordenanza Fiscal General Tributaria).

  • La póliza ha de tener domiciliados los recibos.

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Preguntas frecuentes


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