Capítulo VII · Situaciones administrativas y retribuciones

Artículo 27. Situaciones administrativas

El personal de tropa y marinería profesionales podrá encontrarse en las situaciones administrativas de servicio activo, disponible, suspenso de empleo, suspenso de funciones y excedencia voluntaria, en los términos regulados en el Reglamento General de adquisición y pérdida de la condición de militar y de situaciones administrativas del personal militar profesional, aprobado por Real Decreto 1385/1990, de 8 de noviembre, y en el apartado 3 del artículo 40 de este Reglamento.

Artículo 28. Retribuciones

Las retribuciones del personal de tropa y marinería profesionales son las reguladas en el Reglamento General de Retribuciones del Personal de las Fuerzas Armadas.