Gobierno de Canarias

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar la reversión de bienes o derechos que fueron expropiados, cuando ya no son necesarios para la causa que motivó la expropiación. **Quién puede usar este servicio:** * Los dueños originales de los bienes expropiados. * Los herederos de los dueños originales. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Solicitud. * Si eres heredero del dueño original, documentación que lo acredite. * Documento que acredite tu representación (escritura pública, poder notarial). **Costes:** * Este trámite no tiene tasas. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Prepara la documentación necesaria. 2. Presenta la solicitud de forma electrónica o presencial. **Medios de presentación:** * **Electrónico:** A través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias. * **Presencial:** En las oficinas de registro del Gobierno de Canarias o en cualquier otro registro oficial. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** La administración revisará tu solicitud y documentación. Si todo está correcto, resolverá sobre la reversión de los bienes o derechos expropiados. **Plazos de resolución:** * El plazo máximo para resolver es de 3 meses. * Si no recibes respuesta en este plazo, se considera que la solicitud ha sido denegada. **Recursos:** * Puedes presentar un recurso de alzada contra la resolución. ## Ayuda * Contacto * Ayuda

  • ## Resumen Este trámite permite revisar anualmente las pensiones no contributivas por invalidez para asegurar que los beneficiarios sigan cumpliendo los requisitos. **Quién puede usar este servicio:** Ciudadanos que ya reciben una pensión no contributiva por invalidez. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Solicitud * Declaración de Representante Legal o Guardador de Hecho (si aplica) Los documentos deben estar en los formatos de documentos aceptados. **Costes y plazos:** * Este trámite es gratuito. * El plazo de presentación es del 1 de enero al 31 de marzo de cada año. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Reúna la documentación necesaria. 2. Presente la solicitud y la documentación: * **Electrónicamente:** A través de la sede electrónica. * **Presencialmente:** En las oficinas de registro del Gobierno de Canarias u otros registros oficiales. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** La Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración revisará la documentación. **Plazos de resolución:** La resolución se emitirá antes del 31 de octubre. **Efectos del silencio administrativo:** Si no recibe respuesta antes del 31 de octubre, se considerará que la solicitud ha sido denegada. **Siguientes pasos:** Si no está de acuerdo con la resolución, puede presentar una reclamación administrativa previa a la vía judicial laboral. ## Ayuda **Contacto:** Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración **Recursos adicionales:** * Página informativa del IMSERSO **Normativa:** * Artículo 16.2 del Real Decreto 357/1991 * Artículo 372 del Real Decreto Legislativo 8/2015

  • Objeto

    Revisar anualmente el derecho a las pensiones no contributivas por invalidez o jubilación a fin de comprobar si los beneficiarios siguen reuniendo los requisitos para el reconocimiento de las pensiones.
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 1: Información
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    No se exigen
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:

    Fecha Inicio: 1/1/2016 0:0

    Fecha Fin: 31/3/2016 23:59

  • Condición: Primer trimestre de cada año (antes del 1 de abril).
  • Por internet

    Presencial

      • Certificado de convivencia
      • Cualesquiera otros documentos que se estimen pertinentes a criterio del Servicio de Gestión de Pensiones y Ayudas de Integración en base al estudio de la Declaración Individual del Pensionista.

    Quién tramita

    Quién resuelve

    Observaciones

    • Submateria: Discapacidad en caso de las pensiones no contributivas por invalidez. Submateria: Mayores en caso de las pensiones no contributivas por jubilación.

    Normativa

  • Objeto

    • Revisar anualmente el derecho a las pensiones no contributivas por invalidez o jubilación a fin de comprobar si los beneficiarios siguen reuniendo los requisitos para el reconocimiento de las pensiones.
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 1: Información
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    No se exigen
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Periodo cada año

    Fecha Inicio: 1/1/

    Fecha Fin: 31/3/

  • Condición:
    • Primer trimestre de cada año (antes del 1 de abril).
  • Por internet

    Presencial

      • Certificado de convivencia
      • Cualesquiera otros documentos que se estimen pertinentes a criterio del Servicio de Gestión de Pensiones y Ayudas de Integración en base al estudio de la Declaración Individual del Pensionista.

    Quién tramita

    Quién resuelve

    Observaciones

    • Submateria: Discapacidad en caso de las pensiones no contributivas por invalidez. Submateria: Mayores en caso de las pensiones no contributivas por jubilación.

    Normativa

  • ## Resumen Este trámite permite revisar anualmente el derecho a las pensiones no contributivas por jubilación, verificando si los beneficiarios cumplen los requisitos para seguir recibiendo la prestación. **Quién puede usar este servicio:** Ciudadanos que sean beneficiarios de una pensión no contributiva de jubilación. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Solicitud. * Declaración de Representante Legal o Guardador de Hecho (en su caso). **Requisitos previos:** * Ser beneficiario de una pensión no contributiva de jubilación. **Costes y plazos:** * Este trámite es gratuito. * El plazo de presentación es del 1 de enero al 31 de marzo de cada año. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Reúna la documentación necesaria. 2. Presente la solicitud y la documentación: * **Electrónicamente:** A través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias. * **Presencialmente:** En las oficinas de registro del Gobierno de Canarias o en otros registros admitidos por la Ley 39/2015. **Información sobre cada etapa:** * La solicitud y la declaración (si aplica) están disponibles para su descarga en la sección de documentación. * La presentación electrónica requiere firma electrónica y cumplir con los formatos de documentos aceptados. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** Se revisará la documentación y se verificará si cumple con los requisitos. **Plazos de resolución:** La resolución se produce en un plazo de 31 de octubre. **Siguientes pasos:** En caso de no estar de acuerdo con la resolución, se puede presentar una reclamación administrativa previa a la vía judicial laboral. ## Ayuda **Contacto:** * Órgano que tramita y resuelve: Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración **Recursos adicionales:** * Página informativa del IMSERSO

  • ## Resumen Este trámite permite revisar anualmente las prestaciones sociales y económicas para personas con discapacidad, verificando que los beneficiarios sigan cumpliendo los requisitos. **Quién puede usar este servicio:** * Ciudadanos que ya reciben prestaciones sociales y económicas por discapacidad. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Solicitud * Acreditar la vivencia de la persona beneficiaria mediante Fe de Vida, o diligencia de comparecencia o personación de la persona interesada. * En su caso, Certificado del Centro donde está ingresada la persona beneficiaria. **Costes y plazos:** * Este trámite es gratuito. * El plazo de presentación es del 1 de enero al 31 de marzo de cada año. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Reúne la documentación necesaria. 2. Presenta la documentación de forma electrónica o presencial. **Medios de presentación:** * Electrónico * Presencial: Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** * Se revisará la documentación presentada. * Se verificará el cumplimiento de los requisitos. **Plazos de resolución:** * El plazo de resolución es de 3 meses. * Si no se recibe respuesta en este plazo, se considera que la solicitud ha sido estimada. ## Ayuda **Quién tramita:** * Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración **Normativa:** * Real Decreto Legislativo 8/2015 * Real Decreto 1935/1985 * Real Decreto 383/1984 * Orden de 13 de marzo de 1984 * Real Decreto Legislativo 1/2013 * Real Decreto 1971/1999

  • Objeto

    Revisar el derecho a las pensiones no contributivas por variación en las condiciones que motivaron su reconocimiento.
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 3: Descarga y envío electrónico de formularios
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    No se exigen
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:

    Fecha Inicio: 1/1/2016 0:0

    Fecha Fin: 31/12/2016 23:59

  • Observaciones: Los perceptores de las pensiones están obligados a comunicar, en el plazo máximo de 30 días desde la fecha en que se produzca, cualquier variación de su situación de convivencia, estado civil, residencia, recursos económicos propios o ajenos computables por razón de convivencia, y
  • Por internet

      • Solicitud
      • Documentación acreditativa de las posibles variaciones producidas.

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

      • Solicitud
      • Documentación acreditativa de las posibles variaciones producidas.

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Dirección General de Políticas Sociales e Inmigración
      Plazo de resolución:
      3 meses
      Efectos del silencio administrativo:
      DesestimatorioArtículo 129.3 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
      Recursos:
      Reclamación administrativa previa a la vía judicial laboral

    Observaciones

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Resolución de 19 de febrero de 2014, por la que se dictan instrucciones relativas al rocedimiento de reconocimiento del derecho a la pensión no contributiva por causa de invalidez y sus revisiones, y la necesaria coordinación con el reconocimiento del grado de discapacidad de las personas interesadas y los trámites administrativos que deben sustanciarse para esta finalidad en las oficinas de registro de este Centro Directivo.

      Normativa estatal

      Real Decreto 357/1991, de 15 de marzo, por el que se desarrolla en materia de pensiones no contributivas la Ley 26/1990, por la que se establecen en la Seguridad Social prestaciones no contributivas. (BOE Nº69, de 21.3.1991).

      Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social. (BOE Nº 261, de 31.10.2015).

  • ## Resumen Este trámite permite la revisión de oficio del Fondo Nacional de Asistencia Social (FAS). Quién puede usar este servicio: * Ciudadanos ## Cómo hacerlo Pasos para la tramitación: 1. **Inicio del trámite:** Se inicia de oficio. 2. **Medios de presentación:** * Electrónico * Presencial: En las oficinas de registro del Gobierno de Canarias o en los registros indicados en la Ley 39/2015, de 1 de octubre. 3. **Plazo de presentación:** Todo el año. ## Después de hacerlo * **Plazo de resolución:** 30 días. * **Efectos del silencio administrativo:** No tiene efectos. * **Recursos:** Recurso de alzada. ## Ayuda * **Quién tramita:** Servicio de Gestión de Pensiones y Ayudas de Integración. * **Quién resuelve:** Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración. ### Normativa * **Normativa estatal:** Real Decreto 2620/1981, de 24 de julio, por el que se regula la concesión de ayudas del Fondo Nacional de Asistencia Social a ancianos y a enfermos o inválidos incapacitados para el trabajo. ### Códigos identificativos * **Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):** 6658 * **Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):** 2349426

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Revisar el reconocimiento del grado de dependencia por mejoría o empeoramiento de la situación de dependencia así como por error de diagnóstico o en la aplicación del correspondiente baremo.
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    No se exigen
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

    Presencial

    Quién tramita

    Quién resuelve

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Orden de 2 de abril de 2008, por la que se establece con carácter transitorio la intensidad de protección de los servicios y se hacen públicos los criterios para la determinación de la prestación económica a los beneficiarios que tengan reconocida la condición de persona en situación de dependencia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias para el ejercicio 2008. (BOC nº 68, de 4.4.2008)

      Orden de 29 de diciembre de 2008, por la que se establece la prórroga de la Orden de 2 de abril de 2008, que regula con carácter transitorio la intensidad de protección de los servicios y se hacen públicos los criterios para la determinación de la prestación económica a los beneficiarios que tengan reconocida la condición de persona en situación de dependencia en el ámbito de la Comunidad, Autónoma de Canarias. (BOC nº 010, de 16.1.2009)

      Resolución de 24 de febrero de 2010, de la Dirección General de Bienestar Social, por la que se delegan competencias en materia de dependencia.

      Orden de 7 de abril de 2008, por la que se establecen los modelos normalizados de propuesta del Programa Individual de Atención, de informe social y del trámite de consulta que se han de utilizar en los procedimientos para el reconocimiento de la situación de dependencia. (BOC nº 76, de 15.4.2008)

      Decreto 163/2008, de 15 de julio, que modifica el Decreto 54/2008, de 25 de marzo por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, establecido en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. (BOC nº 143, de 17.7.2008)

      Decreto 54/2008, de 25 de marzo, por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, establecido en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. (BOC nº 061, de 26.3.2008)

      Normativa estatal

      Resolución de 23 de mayo de 2007, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el acuerdo del Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, por el que se establecen los acuerdos en materia de valoración de la situación de dependencia. (BOE nº 136, de 7.6.2007)

      Real Decreto-Ley 9/2008, de 28 de noviembre, por el que se crean un Fondo Estatal de Inversión Local y un Fondo Especial del Estado para la Dinamizacion de la Economía y el Empleo y se aprueban créditos extraordinarios para atender a su financiación. (BOE nº 290, de 2.12.2008)

      Resolución de 23 de mayo de 2007, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros, por el que se aprueba el marco de cooperación interadministrativa y criterios de reparto de créditos de la Administración General del Estado para la financiación del nivel acordado, previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. (BOE nº 132, de 2.6.2007)

      Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. (BOE nº 299, de 15.12.2006)

      Orden TAS/1459/2007, de 25 de mayo, por la que se establece el Sistema de Información del Sistema para la Autonomía Personal y Atención a la Dependencia y se crea el correspondiente fichero de datos de carácter personal. (BOE nº 127, de 28.5.2007)

      Resolución de 8 de agosto de 2008, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros, en su reunión del día 1 de agosto de 2008, por el que se aprueba el marco de cooperación interadministrativa y criterios de reparto de créditos de la Administración General del Estado para la financiación durante 2008 del nivel acordado, previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. (BOE nº 198, de 16.8.2008)

      Orden TAS/2632/2007, de 7 de septiembre, por la que se modifica la Orden TAS/2865/2003, de 13 de octubre, por la que se regula el convenio especial en el sistema de la Seguridad Social. (BOE nº 221, de 14.9.2007)

      Real Decreto 99/2009, de 6 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 614/2007, de 11 de mayo, sobre nivel mínimo de protección del sistema para la autonomía y atención a la dependencia garantizado por la Administración General del Estado. (BOE nº 43, de 19.2.2009)

      Real Decreto 614/2007, de 11 de mayo, sobre nivel mínimo de protección del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia garantizado por la Administración General del Estado. (BOE nº 114, de 12.5.2007)

      Resolución de 20 de diciembre de 2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Generalitat de Cataluña para la evaluación del sistema de valoración de la Dependencia previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, y para la financiación de los equipos de valoración de la Dependencia en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cataluña. (BOE nº 22, de 25.1.2008)

      Real Decreto 615/2007, de 11 de mayo, por el que se regula la Seguridad Social de los cuidadores de las personas en situación de dependencia. (BOE nº 114, de 12.5.2007)

      Real Decreto 6/2008, de 11 de enero, sobre determinación del nivel mínimo de protección garantizado a los beneficiarios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en el ejercicio 2008. (BOE nº 11, de 12.1.2008)

      Real Decreto 119782007, de 14 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 504/2007, de 20 de abril, en materia de reconocimiento de descanso por maternidad en los supuestos de discapacidad del hijo y de reconocimiento de la necesidad de asistencia de tercera persona en las prestaciones no contributivas. (BOE Nº 237, de 3.10.2007)

      Corrección de errores del Real Decreto 74/2009, de 30 de enero, por el que se determina el nivel mínimo de protección garantizado a los beneficiarios del sistema para la autonomía y atención a la dependencia para el ejercicio 2009. (BOE nº 72, de 25.3.2009)

      Resolución de 16 de julio de 2007, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, sobre el procedimiento a seguir para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. (BOE nº 175, de 23.7.2007)

      Real Decreto 1198/2007, de 14 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 504/2007, de 20 de abril, en materia de reconocimiento de descanso por maternidad en los supuestos de discapacidad del hijo y de reconocimiento de la necesidad de asistencia de tercera persona en las prestaciones no contributivas. (BOE nº 237, de 3.10.2007)

      Real Decreto 7/2008, de 11 de enero, sobre las prestaciones económicas de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia para el ejercicio 2008. (BOE nº 11, de 12.1.2008)

      Real Decreto 727/2007, de 8 de junio, sobre criterios para determinar las intensidades de protección de los servicios y la cuantía de las prestaciones económicas de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. (BOE nº 138, de 9.6.2007)

      Ley 41/2007, de 7 de diciembre, por la que se modifica la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de Regulación del Mercado Hipotecario y otras normas del sistema hipotecario y financiero, de regulación de las hipotecas inversas y el seguro de dependencia y por la que se establece determinada norma tributaria. (BOE nº 294, de 8.12.2007)

      Real Decreto 179/2008, de 8 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 6/2008, de 11 de enero, sobre determinación del nivel mínimo de protección garantizado a los beneficiarios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en el ejercicio 2008. (BOE Nº 35, de 9.2.2008)

      Real Decreto 504/2007, de 20 de abril, por el que se aprueba el baremo de valoración de la situación de dependencia establecido por la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia. (BOE nº 96, de 21.4.2007)

      Orden EHA/3566/2008, de 9 de diciembre, por la que se hace público el Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de diciembre de 2008 por el que se aprueba el destino del fondo especial del Estado para el estímulo de la economía y el empleo, dotado por el Real Decreto-ley 9/2008, de 28 de noviembre, y su distribución por departamentos ministeriales. (BOE nº 297, de 10.12.2008)

      Orden ESD/1984/2008, de 4 de julio, por la que se crea la Comisión Especial para la mejora de la calidad del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. (BOE nº 165, de 9.7.2008).

      Resolución de 2 de diciembre de 2008, de la Secretaría de Estado de Política Social, Familias y Atención a la Dependencia y a la Discapacidad, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, sobre criterios comunes de acreditación para garantizar la calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. (BOE nº 303, de 17.12.2008)

      Resolución de 18 de enero de 2008, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de colaboración, el Instituto de Mayores y Servicios Sociales y la Comunidad Autónoma de Andalucía, para la construcción de una residencia modelo en la atención de personas mayores en situación de dependencia y unidad de estancias diurnas en Almería. (BOE nº 31, de 5.2.2008)

      Resolución de 2 de diciembre de 2008, de la Secretaría de Estado de Política Social, Familias y Atención a la Dependencia y a la Discapacidad, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, sobre determinación de la capacidad económica del beneficiario y sobre los criterios de participación de éste en las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. (BOE Nº 303, de 17.12.2008)

      Resolución de 26 de abril de 2006, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de abril de 2006, por el que se formalizan los criterios de distribución, así como la distribución resultante para el año 2006 de los compromisos financieros aprobados en la Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales, en su reunión de 30 de marzo de 2006. (BOE Nº 122, de 23.5.2006)

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        2141
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        221208

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Revisar el reconocimiento del grado de dependencia por mejoría o empeoramiento de la situación de dependencia así como por error de diagnóstico o en la aplicación del correspondiente baremo.
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    No se exigen
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

    Presencial

    Quién tramita

    Quién resuelve

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Orden de 2 de abril de 2008, por la que se establece con carácter transitorio la intensidad de protección de los servicios y se hacen públicos los criterios para la determinación de la prestación económica a los beneficiarios que tengan reconocida la condición de persona en situación de dependencia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias para el ejercicio 2008. (BOC nº 68, de 4.4.2008)

      Orden de 29 de diciembre de 2008, por la que se establece la prórroga de la Orden de 2 de abril de 2008, que regula con carácter transitorio la intensidad de protección de los servicios y se hacen públicos los criterios para la determinación de la prestación económica a los beneficiarios que tengan reconocida la condición de persona en situación de dependencia en el ámbito de la Comunidad, Autónoma de Canarias. (BOC nº 010, de 16.1.2009)

      Resolución de 24 de febrero de 2010, de la Dirección General de Bienestar Social, por la que se delegan competencias en materia de dependencia.

      Orden de 7 de abril de 2008, por la que se establecen los modelos normalizados de propuesta del Programa Individual de Atención, de informe social y del trámite de consulta que se han de utilizar en los procedimientos para el reconocimiento de la situación de dependencia. (BOC nº 76, de 15.4.2008)

      Decreto 163/2008, de 15 de julio, que modifica el Decreto 54/2008, de 25 de marzo por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, establecido en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. (BOC nº 143, de 17.7.2008)

      Decreto 54/2008, de 25 de marzo, por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, establecido en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. (BOC nº 061, de 26.3.2008)

      Normativa estatal

      Resolución de 23 de mayo de 2007, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el acuerdo del Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, por el que se establecen los acuerdos en materia de valoración de la situación de dependencia. (BOE nº 136, de 7.6.2007)

      Real Decreto-Ley 9/2008, de 28 de noviembre, por el que se crean un Fondo Estatal de Inversión Local y un Fondo Especial del Estado para la Dinamizacion de la Economía y el Empleo y se aprueban créditos extraordinarios para atender a su financiación. (BOE nº 290, de 2.12.2008)

      Resolución de 23 de mayo de 2007, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros, por el que se aprueba el marco de cooperación interadministrativa y criterios de reparto de créditos de la Administración General del Estado para la financiación del nivel acordado, previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. (BOE nº 132, de 2.6.2007)

      Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. (BOE nº 299, de 15.12.2006)

      Orden TAS/1459/2007, de 25 de mayo, por la que se establece el Sistema de Información del Sistema para la Autonomía Personal y Atención a la Dependencia y se crea el correspondiente fichero de datos de carácter personal. (BOE nº 127, de 28.5.2007)

      Resolución de 8 de agosto de 2008, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros, en su reunión del día 1 de agosto de 2008, por el que se aprueba el marco de cooperación interadministrativa y criterios de reparto de créditos de la Administración General del Estado para la financiación durante 2008 del nivel acordado, previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. (BOE nº 198, de 16.8.2008)

      Orden TAS/2632/2007, de 7 de septiembre, por la que se modifica la Orden TAS/2865/2003, de 13 de octubre, por la que se regula el convenio especial en el sistema de la Seguridad Social. (BOE nº 221, de 14.9.2007)

      Real Decreto 99/2009, de 6 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 614/2007, de 11 de mayo, sobre nivel mínimo de protección del sistema para la autonomía y atención a la dependencia garantizado por la Administración General del Estado. (BOE nº 43, de 19.2.2009)

      Real Decreto 614/2007, de 11 de mayo, sobre nivel mínimo de protección del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia garantizado por la Administración General del Estado. (BOE nº 114, de 12.5.2007)

      Resolución de 20 de diciembre de 2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Generalitat de Cataluña para la evaluación del sistema de valoración de la Dependencia previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, y para la financiación de los equipos de valoración de la Dependencia en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cataluña. (BOE nº 22, de 25.1.2008)

      Real Decreto 615/2007, de 11 de mayo, por el que se regula la Seguridad Social de los cuidadores de las personas en situación de dependencia. (BOE nº 114, de 12.5.2007)

      Real Decreto 6/2008, de 11 de enero, sobre determinación del nivel mínimo de protección garantizado a los beneficiarios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en el ejercicio 2008. (BOE nº 11, de 12.1.2008)

      Real Decreto 119782007, de 14 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 504/2007, de 20 de abril, en materia de reconocimiento de descanso por maternidad en los supuestos de discapacidad del hijo y de reconocimiento de la necesidad de asistencia de tercera persona en las prestaciones no contributivas. (BOE Nº 237, de 3.10.2007)

      Corrección de errores del Real Decreto 74/2009, de 30 de enero, por el que se determina el nivel mínimo de protección garantizado a los beneficiarios del sistema para la autonomía y atención a la dependencia para el ejercicio 2009. (BOE nº 72, de 25.3.2009)

      Resolución de 16 de julio de 2007, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, sobre el procedimiento a seguir para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. (BOE nº 175, de 23.7.2007)

      Real Decreto 1198/2007, de 14 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 504/2007, de 20 de abril, en materia de reconocimiento de descanso por maternidad en los supuestos de discapacidad del hijo y de reconocimiento de la necesidad de asistencia de tercera persona en las prestaciones no contributivas. (BOE nº 237, de 3.10.2007)

      Real Decreto 7/2008, de 11 de enero, sobre las prestaciones económicas de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia para el ejercicio 2008. (BOE nº 11, de 12.1.2008)

      Real Decreto 727/2007, de 8 de junio, sobre criterios para determinar las intensidades de protección de los servicios y la cuantía de las prestaciones económicas de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. (BOE nº 138, de 9.6.2007)

      Ley 41/2007, de 7 de diciembre, por la que se modifica la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de Regulación del Mercado Hipotecario y otras normas del sistema hipotecario y financiero, de regulación de las hipotecas inversas y el seguro de dependencia y por la que se establece determinada norma tributaria. (BOE nº 294, de 8.12.2007)

      Real Decreto 179/2008, de 8 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 6/2008, de 11 de enero, sobre determinación del nivel mínimo de protección garantizado a los beneficiarios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en el ejercicio 2008. (BOE Nº 35, de 9.2.2008)

      Real Decreto 504/2007, de 20 de abril, por el que se aprueba el baremo de valoración de la situación de dependencia establecido por la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia. (BOE nº 96, de 21.4.2007)

      Orden EHA/3566/2008, de 9 de diciembre, por la que se hace público el Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de diciembre de 2008 por el que se aprueba el destino del fondo especial del Estado para el estímulo de la economía y el empleo, dotado por el Real Decreto-ley 9/2008, de 28 de noviembre, y su distribución por departamentos ministeriales. (BOE nº 297, de 10.12.2008)

      Orden ESD/1984/2008, de 4 de julio, por la que se crea la Comisión Especial para la mejora de la calidad del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. (BOE nº 165, de 9.7.2008).

      Resolución de 2 de diciembre de 2008, de la Secretaría de Estado de Política Social, Familias y Atención a la Dependencia y a la Discapacidad, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, sobre criterios comunes de acreditación para garantizar la calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. (BOE nº 303, de 17.12.2008)

      Resolución de 18 de enero de 2008, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de colaboración, el Instituto de Mayores y Servicios Sociales y la Comunidad Autónoma de Andalucía, para la construcción de una residencia modelo en la atención de personas mayores en situación de dependencia y unidad de estancias diurnas en Almería. (BOE nº 31, de 5.2.2008)

      Resolución de 2 de diciembre de 2008, de la Secretaría de Estado de Política Social, Familias y Atención a la Dependencia y a la Discapacidad, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, sobre determinación de la capacidad económica del beneficiario y sobre los criterios de participación de éste en las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. (BOE Nº 303, de 17.12.2008)

      Resolución de 26 de abril de 2006, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de abril de 2006, por el que se formalizan los criterios de distribución, así como la distribución resultante para el año 2006 de los compromisos financieros aprobados en la Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales, en su reunión de 30 de marzo de 2006. (BOE Nº 122, de 23.5.2006)

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        2141
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        221208

Page 69 of 82
Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.