Revisión de oficio del FAS (Fondo Nacional de Asistencia Social).
Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Objetivo
Revisión de oficio del Fondo Nacional de Asistencia Social (FAS).
¿Quién puede solicitarlo?
Ciudadanos
Requisitos principales
- No se exigen
Plazos
Todo el año
Duración del trámite
30 días
Información adicional
El silencio administrativo en este trámite iniciado de oficio no tiene efectos estimatorios ni desestimatorios.
Resumen
Este trámite permite la revisión de oficio del Fondo Nacional de Asistencia Social (FAS).
Quién puede usar este servicio:
- Ciudadanos
Cómo hacerlo
Pasos para la tramitación:
- Inicio del trámite: Se inicia de oficio.
- Medios de presentación:
- Electrónico
- Presencial: En las oficinas de registro del Gobierno de Canarias o en los registros indicados en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
- Plazo de presentación: Todo el año.
Después de hacerlo
- Plazo de resolución: 30 días.
- Efectos del silencio administrativo: No tiene efectos.
- Recursos: Recurso de alzada.
Ayuda
- Quién tramita: Servicio de Gestión de Pensiones y Ayudas de Integración.
- Quién resuelve: Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración.
Normativa
- Normativa estatal: Real Decreto 2620/1981, de 24 de julio, por el que se regula la concesión de ayudas del Fondo Nacional de Asistencia Social a ancianos y a enfermos o inválidos incapacitados para el trabajo.
Códigos identificativos
- Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC): 6658
- Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA): 2349426