Fecha Inicio: 10/10/2012 0:0
Fecha Fin: 9/11/2012 23:59
La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.
Resolución de 30 de diciembre de 2009, del Director, por la que se aprueban las bases reguladoras con vigencia indefinida, que han de regir en la concesión de préstamos reembolsables para la creación y consolidación de empresas de base tecnológica y realización de proyectos de desarrollo tecnológico e innovación. (BOC nº 15, de 25.01.2010)
Resolución de 30 de diciembre de 2009, del Director, por la que se efectúa la convocatoria de la anualidad 2009 para la concesión de préstamos reembolsables para la creación y consolidación de empresas de base tecnológica y realización de proyectos de desarrollo tecnológico e innovación. (BOC nº 16, de 26.01.2010)
Resolución de 16 de marzo de 2010, del Director, por la que modifica la Resolución de 30 de diciembre de 2009, del Director, que efectúa la convocatoria de la anualidad 2009 para la concesión de préstamos reembolsables para la creación y consolidación de empresas de base tecnológica y realización de proyectos de desarrollo tecnológico e innovación. (BOC nº 61, de 26.03.2010)
Resolución de 20 de agosto de 2012, del Director, por la que se realiza la convocatoria de la anualidad 2012 para la concesión de préstamos reembolsables para la creación y consolidación de empresas de base tecnológica y realización de proyectos de desarrollo tecnológico e innovación. (BOC nº 16, de 8.10.2012)
Resolución de 19 de abril de 2010, del Director, por la que se rectifica la Resolución de 16 de marzo de 2010, del Director, que modifica la Resolución de 30 de diciembre de 2009, del Director, por la que se efectúa la convocatoria de la anualidad 2009 para la concesión de préstamos reembolsables para la creación y consolidación de empresas de base tecnológica y realización de proyectos de desarrollo tecnológico e innovación. (BOC nº 89, de 07.05.2010)
Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):
2625Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):
220884
La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.
Ley 12/2003, 4 abril, del Servicio Canario de Empleo
Ley 3/2011, 18 febrero, de modificación de la Ley 12/2003, 4 abril (BOC 80, 28.4.2003; BOE 134, 5.6.2003), del Servicio Canario de Empleo y de Regulación del Sistema de Empleo de la Comunidad Autónoma de Canarias
Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):
4034Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):
220493
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Decreto 85/2015, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Renovación y Modernización turística de Canarias
Ley 2/2013, de 29 de mayo, de renovación y modernización turística de Canarias.
Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):
4175Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):
220552## Resumen Este trámite permite a las entidades (ONGs, asociaciones, fundaciones y empresas) obtener la acreditación necesaria para operar centros que atienden a personas en situación de dependencia en la Comunidad Autónoma de Canarias. ## Quién puede usar este servicio ONGs, Asociaciones, Fundaciones y Empresas que gestionan o desean gestionar centros para personas en situación de dependencia. ## Cómo hacerlo El trámite se realiza de forma electrónica. ### Pasos para la tramitación electrónica: 1. Reúna la documentación necesaria (ver sección 'Lo que necesitas'). 2. Acceda a la sede electrónica del Gobierno de Canarias. 3. Complete el formulario de solicitud. 4. Adjunte la documentación requerida en los formatos aceptados. 5. Envíe la solicitud. ## Lo que necesitas ### Documentación requerida: * DOCUMENTACIÓN REQUERIDA * Anexo II Plantilla Personal * Anexo I Ficha de Tipología de personas usuarias ### Formatos de documentos aceptados: Consulte los formatos de documentos aceptados en la sede electrónica. ### Requisitos previos: No se exigen requisitos previos específicos. ### Costes: Este trámite es gratuito, no se exigen tasas. ## Después de hacerlo ### Plazo de resolución: El plazo máximo de resolución es de 3 meses. ### Efectos del silencio administrativo: Si transcurren 3 meses sin recibir una resolución, la solicitud se considera estimada. ### Recursos: En caso de no estar de acuerdo con la resolución, puede interponer un recurso de alzada. ## Ayuda ### Quién tramita: Servicio de inspección y registro de centros. ### Quién resuelve: Viceconsejería de Bienestar Social ### Normativa: Decreto 67/2012, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento regulador de los centros y servicios que actúen en el ámbito de la promoción de la autonomía personal y la atención a personas en situación de dependencia en Canarias. ### Enlaces de interés: * Web de la Consejería * ¿Necesita ayuda?
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Decreto 67/2012, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento regulador de los Centros y Servicios que actúen en el ámbito de la promoción de la autonomía personal y la atención a personas en situación de dependencia en Canarias.
Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, modificada por el Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección de déficit público.
Directiva 2006/123/CE del Parlamenteo Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior.
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Decreto 17/2010, de 25 de febrero, por el que se crea la Comisión Canaria de Formación Continuada de las profesiones sanitarias y se regula el procedimiento de acreditación de la formación continuada de las profesiones sanitarias de la Comunidad Autónoma de Canarias. (BOC nº51, de 15.03.2010)
ORDEN de 16 de julio de 2012, por la que se corrigen errores de la Orden de 7 de mayo de 2012, que desarrolla determinados aspectos relativos al procedimiento de acreditación de actividades de formación continuada de las profesiones de la Comunidad Autónoma de Canarias. (BOC nº 150, de 01.08.2012)
ORDEN de 7 de mayo de 2012, por la que se desarrollan determinados aspectos relativos al procedimiento de acreditación de actividades de formación continuada de las profesiones de la Comunidad Autónoma de Canarias.(BOC nº105, de 29.05.2012)
REAL DECRETO 1142/2007, de 31 de agosto, por el que se determina la composición y funciones de la Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias y se regula el sistema de acreditación de la formación continuada
Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias
Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud
Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud
LEY 30/1999, de 5 de octubre, de Selección y provisión de plazas de personal estatutario de los Servicios de Salud
DIRECTIVA 2001/19/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO
Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):
2903Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):
220556## Resumen Este trámite permite a las entidades de voluntariado en Canarias obtener el reconocimiento oficial por parte del Gobierno. Esto facilita su labor y les permite acceder a ciertos beneficios. **Quién puede usar este servicio:** Asociaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que desarrollen actividades de voluntariado. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Solicitud. * Certificación acreditativa firmada por el secretario o representante. * Certificación de inscripción en el Registro de Asociaciones de Canarias o equivalente. * Certificación de inscripción en el Registro de Entidades Colaboradoras (si aplica). * Relación nominal y DNI del personal retribuido. * Memoria expositiva. * Relación nominal de los miembros del órgano de gobierno y copia del acuerdo de designación. * Estatutos Sociales y documentación sobre derechos y deberes de la entidad y voluntarios. **Costes y plazos:** * Este trámite es gratuito. * Se puede presentar la solicitud durante todo el año. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Reúne la documentación necesaria. 2. Presenta la solicitud y la documentación de forma electrónica a través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias. **Información sobre cada etapa:** * La solicitud se presenta online. * Asegúrate de tener todos los documentos en los formatos de documentos aceptados. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** La Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración revisará tu solicitud. **Plazos de resolución:** El plazo máximo de resolución es de 3 meses. **Siguientes pasos:** Si no recibes respuesta en 3 meses, se considera que la solicitud ha sido aprobada. ## Ayuda **Contacto:** * Órgano que tramita y resuelve: Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración **Recursos adicionales:** * Ley 4/1998, de 15 de mayo, de Voluntariado de Canarias.(BOC Nº063, de 25.5.1998). * Decreto 13/2002 de 13 de febrero por el que se desarrolla la Ley 4/1998, de 15 de mayo, de Voluntariado de Canarias.(BOC Nº026, de 25.2.2002).
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Ley 4/1998, de 15 de mayo, de Voluntariado de Canarias.(BOC Nº063, de 25.5.1998).
Decreto 13/2002 de 13 de febrero por el que se desarrolla la Ley 4/1998, de 15 de mayo, de Voluntariado de Canarias.(BOC Nº026, de 25.2.2002).
Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):
2165Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):
221270## Resumen Este trámite permite a los profesionales de enfermería que han trabajado en el Servicio Canario de la Salud obtener la acreditación necesaria para la indicación, uso y autorización de la dispensación de medicamentos y productos sanitarios en cuidados generales. Quién puede usar este servicio: * Profesionales de enfermería que hayan prestado servicios en el Servicio Canario de la Salud. ## Lo que necesitas Documentos requeridos: * La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados. Requisitos previos: * Haber prestado servicios durante al menos un año en el Servicio Canario de la Salud, con o sin interrupción. * Ejercer la actividad profesional en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias. * El procedimiento se limita al ámbito de los cuidados generales. Costes y plazos: * Este trámite no requiere el pago de tasas. * El trámite estuvo disponible del 30 de abril de 2019 al 29 de junio de 2019 y está disponible desde el 29 de junio de 2019 hasta el 29 de junio de 2030. ## Cómo hacerlo Paso a paso del proceso: 1. Acceder al trámite electrónico. 2. Presentar la documentación requerida en los formatos aceptados. Información sobre cada etapa: * El trámite se realiza de forma electrónica. ## Después de hacerlo Qué sucede después: * El silencio administrativo en este procedimiento es estimatorio, lo que significa que si no hay respuesta en un plazo determinado, se considera que la solicitud ha sido aprobada. ## Ayuda Contacto: * Para obtener ayuda, puede acceder al servicio de contacto de la sede electrónica del Gobierno de Canarias: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/contacto Recursos adicionales: * Normativa estatal: Real Decreto 954/2015 de 23 de octubre
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Orden de 29 de octubre de 2007, por la que se declara la existencia de las plagas producidas por los agentes nocivos Rhynchophorus Ferrugineus (Olivier) y Diocalandra Frumenti (Fabricius) y se establecen las medidas fitosanitarias para su erradicación y control. (BOC nº 222, de 06/11/2007)
Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):
3536Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):
220755