Reversión de bienes o derechos expropiados en materia de carreteras

Actualizado el 6 de marzo de 2025
Ver en la web de la administración

Información Rápida

Objetivo

Permite a los antiguos dueños o sus herederos recuperar bienes o derechos expropiados si no se usaron para lo que se dijo, si sobra parte de ellos, o si ya no se necesitan.

¿Quién puede solicitarlo?

Ciudadanos, empresas y administraciones públicas que sean los dueños originales de los bienes expropiados o sus herederos.

Requisitos principales

  • Si la Administración te informa de que sobra expropiación, de que el bien ya no se necesita, o de que no se hará la obra o servicio: 3 meses.
  • Si no te informan y sobra expropiación o el bien ya no se necesita: 20 años desde que tomaron posesión, siempre que no hayan pasado 10 años desde que terminó la obra.
  • Si no te informan y nunca empezaron la obra o el servicio: sin plazo, siempre que hayan pasado 5 años desde que tomaron posesión.
  • Si la obra o el servicio se detienen por culpa de la Administración o de quien se beneficia durante más de 2 años.

Plazos

Todo el año

Duración del trámite

3 meses

Resumen

Este trámite permite solicitar la reversión de bienes o derechos que fueron expropiados, cuando ya no son necesarios para la causa que motivó la expropiación.

Quién puede usar este servicio:

  • Los dueños originales de los bienes expropiados.
  • Los herederos de los dueños originales.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Solicitud.
  • Si eres heredero del dueño original, documentación que lo acredite.
  • Documento que acredite tu representación (escritura pública, poder notarial).

Costes:

  • Este trámite no tiene tasas.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Prepara la documentación necesaria.
  2. Presenta la solicitud de forma electrónica o presencial.

Medios de presentación:

  • Electrónico: A través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias.
  • Presencial: En las oficinas de registro del Gobierno de Canarias o en cualquier otro registro oficial.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

La administración revisará tu solicitud y documentación. Si todo está correcto, resolverá sobre la reversión de los bienes o derechos expropiados.

Plazos de resolución:

  • El plazo máximo para resolver es de 3 meses.
  • Si no recibes respuesta en este plazo, se considera que la solicitud ha sido denegada.

Recursos:

  • Puedes presentar un recurso de alzada contra la resolución.

Ayuda


Preguntas frecuentes


Oficinas de la administración

Agencia Canaria de Protección del Medio Natural

Parque Nacional de Timanfaya

Instituto Canario de la Vivienda en Arrecife

Secretaría General del Servicio Canario de la Salud

Dirección General de Seguridad y Emergencias

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife

Oficina de Empleo Descentralizada de Tegueste

Oficina de Empleo de Gran Tarajal

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.