Ayuntamiento de Elche

  • Descripción

    Esta sujeto a licencia urbanística el levantamiento de vallados y muros de fábrica, en los casos y bajo las condiciones exigidas por el Plan General.

    ¿Quién puede solicitarlo?

    Cualquier persona física o jurídica que pretenda efectuar las obras indicadas.

    Plazo de solicitud

    En cualquier momento, con anterioridad a la ejecución de las actuacines para las que se solicita, que únicamente pueden ser iniciadas cuando la licencia haya sido aprobada y notificada al interesado.

    Documentación requerida

    1. Presupuesto de la obra.
    2. Memoria que describa la actuación propuesta: descripción. materiales a emplear y dimensiones (altura y longitud).
    3. Plano o croquis acotado de las características del vallado.
    4. Plano donde se indique la parcela y el vallado a realizar, identificando de forma precisa su emplazamiento.
    5. Acepto de dirección técnica por parte de técnico competente, si el vallado conlleva la ejecución de obra ciega de fábrica de altura superior a 1,20 metros.
    6. Si el vallado se pretende realizar con frente a una calle no urbanizada, se deberá aportar documento de señalamiento de alineacines expedido por el Departamento de Topografía.
    7. Autorizaciones sectoriales que sean preceptivas y previas conforme a la normativa vigente (autorización en materia de Costas, Carreteras, Medio Ambiente, etc.).
    8. Justificante del abono de las tasas correspondientes y demás exacciones municipales, de conformidad con las Ordenanzas Fiscales vigentes.

    Pasos a seguir

    1. Presentación de la solicitud, acompañada de la documentación señalada en el apartado de documentos requeridos.
    2. En caso de que la solicitud no acompañe la documentación preceptiva, se requerirá al interesado para que subsane las deficiencias en el plazo de diez días hábiles.
    3. Emisión de los correspondientes informes técnicos.
    4. Aprobación por el órgano competente y notificación al interesado.

    Importe

    a) + b)

    a) Tasa por la prestación de servicios urbanísticos: 0,25% del presupuesto de la obra, sin que en ningún caso sea inferior a 77,42 €

    b) Impuesto de Instalaciones, construcciones y obras (ICIO): 2,70 % del presupuesto de ejecución material de la obra.

    Lugar de presentación

    Cualquier OMAC.

    Tiempo de resolución

    1 mes, a contar desde su entrada con la documentación completa, en el registro de entrada del Ayuntamiento.

    Órgano de resolución

    El Teniente de Alcalde de Urbanismo, Territorio y Vivienda

    Unidad tramitadora

    Licencias

    • Ley 5/2014, de 25 de julio, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje.
    • Ordenanza municipal reguladora de la tramitación de licencias y otros medios de intervención en la actividad urbanística del Ayuntamiento de Elche.

    Recursos posibles

    • Recurso de reposición. Plazo de interposición: un mes
    • Recurso contencioso-administrativo. Plazo de interposición: 2 meses

    Sanciones

    Es aplicable el régimen sancionador y de protección de la legalidad urbanística previsto en la Ley 5/2014, de 25 de julio, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje.

    Silencio administrativo

    Positivo

    Documentos adjuntos

    Observaciones ciudadano

    • Se recomienda formular consulta previa verbal, para recabar el asesoramiento de los técnicos municipales en cuanto a la elaboración de la documentación a presentar en cada caso.
    • Se deberán haber obtenido previamente y presentar ante el Ayuntamiento, junto a la solicitud de licencia, las autorizaciones sectoriales que sean preceptivas y previas conforme a la normativa vigente (autorización en materia de Costas, Carreteras, PORN…)

    Familias de procedimientos

    • Urbanismo

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  • Descripción

    Se precisa licencia urbanística para las siguientes actuaciones:

    1. Los desmontes, las explanaciones, los abancalamientos, y movimientos de tierra.
    2. La extracción de áridos y la explotación de canteras.
    3. La acumulación de vertidos y el depósito de materiales ajenos a las características propias del paisaje natural, salvo el acopio de materiales necesarios para la realización de obras ya autorizadas por otra licencia.
    4. La tala y abatimiento de árboles que constituyan masa arbórea, espacio boscoso, arboleda o parque, a excepción de las autorizadas en suelo no urbanizable por los órganos competentes en materia agraria o forestal.
    5. La ubicación de casas prefabricadas, caravanas fijas, invernaderos e instalaciones similares.

    ¿Quién puede solicitarlo?

    Cualquier persona física o jurídica que pretenda efectuar las actuaciones urbanísticas anteriores.

    Plazo de solicitud

    En cualquier momento, con anterioridad a la ejecución de las actuaciones para las que se solicita, que únicamente pueden ser iniciadas cuando la licencia haya sido aprobada y notificada al interesado.

    Documentos requeridos

    1. Proyecto técnico redactado por técnico competente
    2. Si procede, estudio de impacto ambiental.
    3. En su caso, Estudio de integración paisajística.
    4. Justificante del abono de las tasas correspondientes y demás exacciones municipales, de conformidad con las Ordenanzas Fiscales vigentes.
    5. Cualquier otro documento que sea preceptivo, en virtud de lo que establezca una norma sectorial, estatal o autonómica (para las actividades extractivas habrá que solicitar las autorizaciones que sean preceptivas, tanto en virtud de lo establecido en la legislación minera, como la autorización ambiental integrada o licencia ambiental, según los casos; la implantación de estos usos en suelo no urbanizable exige la declaración de interés comunitario).

    Pasos a seguir

    1. Presentación de la solicitud, acompañada de la documentación señalada en el apartado anterior.
    2. Emisión de los correspondientes informes técnicos.
    3. Aprobación por el órgano competente y notificación al interesado.

    Importe

    Ordenanzas Fiscales del Ayuntamiento de Elche.

    Lugar de presentación

    Cualquier OMAC.

    Tiempo de resolución

    2 meses, a contar desde su entrada con la documentación completa, en el registro de entrada del Ayuntamiento.

    Órgano de resolución

    El Teniente de Alcalde de Urbanismo o la Junta de Gobierno Local, según la actuación de que se trate.

    Unidad tramitadora

    Licencias

    • Ley 5/2014, de 25 de julio, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje (LOTUP).
    • Ordenanza municipal reguladora de la tramitación de licencias y otros medios de intervención en la actividad urbanística del Ayuntamiento de Elche.

    Recursos posibles

    • Recurso de reposición. Plazo de interposición: un mes
    • Recurso contencioso-administrativo. Plazo de interposición: 2 meses

    Sanciones

    • Es aplicable el régimen de protección de la legalidad urbanística previsto en la Ley 5/2014, del 25 de julio (LOTUP)
    • Real Decreto Legislativo 7/2015, del 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana.

    Silencio administrativo

    Desestimatorio

    Documentos adjuntos

    Familias de procedimientos

    • Urbanismo

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  • Descripción


    Solicitud por parte de un ciudadano de la intervención de los Servicios de actuación en la limpieza de las vías publicas, zonas pisables de los parques y jardines, playas, cunetas, colegios y dependencias municipales, papeleras y contenedores, caminos públicos, carreteras municipales, pipicanes, pintadas.

    ¿Quién puede solicitarlo?

    Cualquier ciudadano o ciudadana.

    Plazo de solicitud

    Todo el año.

    Documentación requerida

    En el caso de querer solicitarlo por escrito, instancia o escrito solicitando la intervención de los Servicios de Limpieza. Se puede recoger un modelo de instancia en la OMAC o en el Negociado de Limpieza.

    Pasos a seguir

    1. El interesado solicitará por teléfono (o por escrito) al Negociado de Limpieza la intervención de los servicios de limpieza viaria.
    2. Recibida solicitud se procede a inspección de las circunstancias y, en caso de ser cierta la deficiencia manifestada por el solicitante, se remite orden de actuación a la concesionaria del servicio para que sea llevada a efecto.
    3. Se comunicará al interesado por teléfono (o por escrito) la actuación de los servicios de limpieza.

    Importe

    Lo que corresponda a cada caso, dependiendo del servicio prestado y la duración del mismo. Ver tabla adjunta.

    Lugar de presentación

    Limpieza.

    Tiempo de resolución

    Según disponibilidades del Servicio.

    • Ordenanza Municipal de Limpieza.
    • Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por recogida de residuos sólidos urbanos, tratamiento y eliminación de los mismos, monda de pozos negros y limpieza de calles particulares.

    Silencio administrativo

    Desestimatorio.

    Documentos adjuntos

    Observaciones ciudadano

    • Por vía de ejecución subsidiaria: limpieza de viviendas y solares cerrados (por razones sanitarias), solares abiertos y terrenos, vertederos incontrolados, barrancos.
    • No se presta limpieza de zonas no pisables de parques y jardines, zonas privadas (salvo ejecuciones subsidiarias), carreteras no municipales, caminos privados, retirada de maleza en suelo no urbanizable.

    Familias de procedimientos

    • Medio Ambiente y Salud.
    • Ciudad y Vía Pública.
    • Frecuentes.

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  • Descripción


    Matrimonio Civil. Celebración de la Ceremonia en el Ayuntamiento de Elche.

    ¿Quién puede solicitarlo?

    Los interesados.

    Plazo de solicitud

    Durante todo el año.

    Documentación requerida

    1. DNI de los contrayentes.
    2. DNI de los testigos de la Ceremonia.
    3. Copia del pago de la tasa municipal.

    Pasos a seguir

    1. Solicitar "CITA PREVIA" para el Juzgado en la dirección www.registrocivil.gva.es, e informarse en dicha página web de la documentación necesaria para el trámite de Matrimonio Civil.
    2. Contactar con la OMAC (OMAC CENTRAL, planta 2) para acordar fecha y hora de la Ceremonia. Hay que tener en cuenta que la fecha de celebración del matrimonio civil tendrá que ser al menos DOS MESES después de la "CITA PREVIA" prevista en el Registro Civil, en el caso de que los contrayentes sean ESPAÑOLES o al menos SEIS MESES si alguno de los dos contrayentes es EXTRANJERO.
    3. En el Registro Civil (Ciudad de la Justicia, c/Morera, 2 - bajo) presentación de los documentos y tramitación por ambos solicitantes el día previsto para la "CITA PREVIA", que habrá que validar en la máquina quince minutos antes. Deben acudir acompañados de dos testigos mayores de edad, que no tendrán porqué ser los mismos que los de la boda, todos con original y fotocopia de su documento de identidad en vigor.
    4. Llamar a la OMAC, al teléfono 966658056, para dar el número de expediente gubernativo dado en el Juzgado.
    5. UN MES ANTES DE LA CEREMONIA, proceder al pago de la tasa a través del servicio de autoliquidación disponible en www.elche.es, o personarse en la OMAC para que se le practique la liquidación.
    6. Entrega de la documentación requerida (fotocopias de los D.N.I. de los contrayentes y de los testigos mayores de edad), y de la carta de pago en la OMAC.
    7. El día de la ceremonia tanto los contrayentes como testigos tendrán que aportar el D.N.I. (Se ruega puntualidad).

    Importe

    126,56€.

    Lugar de presentación

    Oficina Municipal de Atención Ciudadana (OMAC).

    Tiempo de resolución

    Seis meses.

    1. Código Civil.
    2. Ordenanza Reguladora de la Tasa por la Prestación de Servicios por la Realización de Actividades Provocadas por Petición de los Interesados con Motivo u Ocasión de Espectáculos, Ceremonias, Transportes, Vigilancia y Custodia y Situaciones Similares.

    Silencio administrativo

    Desestimatorio.

    Observaciones ciudadano

    1. El Ayuntamiento sólo lleva a cabo la celebración de la ceremonia. El trámite del expediente del matrimonio civil se realiza en el Registro Civil --> Cita previa Registro Civil.
    2. En el caso de solicitar poder visitar el lugar donde se celebran los matrimonios, se les acompaña al Salón de Plenos.
    3. Los matrimonios civiles celebrados en el Ayuntamiento los realiza el Alcalde o Concejal en quien delegue.
    4. Los matrimonios se celebran los sábados. Los sábados festivos no se celebran matrimonios.
    5. El horario será por la mañana o por la tarde, según el sábado que elijan.
    6. El lugar de celebración es el Salón de Plenos.
    7. El importe de la Tasa es por el uso de medios personales y materiales municipales en la realización de una ceremonia nupcial, durante los días no laborables o en horas fuera de la jornada normal de los funcionarios municipales.

    Familias de procedimientos

    • Personales y Familiares.

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  • Descripción


    El programa 'menjar a casa' va dirigido a mejorar la nutrición de las personas mayores, por entender que una nutrición adecuada contribuye de forma decisiva a la salud, bienestar y calidad de vida de todas las personas y, en especial, de las personas mayores. El objetivo es ofrecer a las personas mayores una dieta saludable en su propio domicilio y adaptada a sus necesidades.

    ¿Quién puede solicitarlo?

    Las personas mayores interesadas deberán reunir los siguientes requisitos:

    • Tener 65 años o más.
    • Tener 60 años en situación de dependencia y para personas con discapacidad en situación de dependencia, mayores de 18 años, que conviva con la persona mayor de 65 años beneficiaria del programa.
    • Tener autonomía para la preparación e ingesta de los alimentos servidos, o bien aportar compromiso de familiares o de la entidad local que se responsabilicen de dicha tarea.
    • Estar empadronado en alguno de los ayuntamientos que participan en el programa y cuyo ayuntamiento haya formalizado convenio de colaboración con la Conselleria de Bienestar Social.
    • Precisar el servicio, acreditado mediante informe social e informe médico favorables

    Plazo de solicitud

    Durante todo el año.

    Documentación requerida

    1. Fotocopia del DNI de la persona solicitante.
    2. Certificado de la pensión de jubilación o por cualquier otro concepto, del solicitante y del cónyuge, en su caso.
    3. Informe social del solicitante, según modelo oficial.
    4. Informe Médico para Prestaciones Sociales, que deberá solicitar en su Centro de Salud.
    5. Declaración responsable del solicitante, según modelo oficial.
    6. Certificado de minusvalía, en su caso.

    NOTA: Si el interesado no dispone de los documentos citados, otorgará las correspondientes autorizaciones para que en su nombre el Ayuntamiento obtenga certificaciones emitidas por organismos públicos tales como Administración de Hacienda, Tesorería General de la Seguridad Social, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Conselleria de Bienestar Social, etc., acreditativas de sus circunstancias económicas.

    Pasos a seguir

    • Las personas interesadas deberán dirigirse a los Centros Sociales donde se les informará del funcionamiento del programa
    • La gestión y tramitación de las solicitudes se realizará allí mismo.

    Silencio administrativo

    Desestimatorio

    Documentación adjunta

    Observaciones ciudadano

    SERVICIOS

    El servicio consiste en la entrega diaria en el domicilio del usuario de las comidas de lunes a viernes, excepto los días festivos de carácter nacional o autonómico. El menú se adaptará a las necesidades nutritivas de cada persona, según indicación del médico. El servicio tiene un coste para el usuario de 2'49 EUROS diarios.

    HORARIO DE ENTREGA

    • La entrega de la comida en el domicilio del usuario será desde las 9 de la mañana hasta las 2:30 de la tarde.
    • La empresa distribuidora comunicará previamente a cada usuario la hora aproximada de entrega.
    • La entrega podrá realizarse en un domicilio contiguo o próximo siempre que el usuario lo indique previamente. Teléfono de atención del programa Menjar a Casa : 900.123.103

    Familias de procedimientos

    • Ayudas y Subvenciones y Bonificaciones
    • Servicios Sociales
    • Personales y Familiares

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  • Descripción

    Tiene por objeto la concesión de una prórroga de los plazos señalados en las licencias de obras, por una sola vez, y por un nuevo plazo no superior al inicialmente acordado.

    ¿Quién puede solicitarlo?

    El titular de la licencia de obras.

    Plazo de solicitud

    En cualquier momento.

    Documentación requerida

    1. Instancia solicitando la prórroga de la licencia.
    2. Impreso acreditativo de haber abonado la tasa correspondiente.

    Pasos a seguir

    1. Presentación de la solicitud, acompañada de la documentación señalada en el apartado anterior.
    2. Pago de la tasa a través del servicio de autoliquidación disponible en www.elche.es, o personarse en la OMAC para que se le practique la liquidación.
    3. Emisión de una resolución o acuerdo, por el órgano competente, por la que se apruebe la renovación de la licencia.
    4. Notificación al interesado o recogida en Licencias, c/Uberna, 1. Telf: 966658014

    Importe

    200 euros (artículo 13º Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación de servicios urbanísticos)

    Lugar de presentación

    125

    Tiempo de resolución

    2 meses, a contar desde la presentación de la solicitud, con la documentación completa, en el registro de entrada del Ayuntamiento.

    Órgano de resolución

    La Junta de Gobierno Local o Concejal delegado.

    • Artículo 225 de la Ley 5/2014, del 25 de julio, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje de la Comunitat Valencià.
    • Artículo 53 Plan General de Elche.

    Recursos posibles

    • Recurso de reposición. Plazo de interposición: un mes
    • Recurso contencioso-administrativo. Plazo de interposición: 2 meses

    Silencio administrativo

    estimatorio

    Documentos adjuntos

    Observaciones ciudadano

    Si la obra se encontrase en el campo, se realizaría una visita de inspección por el vigilante de obras. Si el solicitante desea quedarse con una copia registrada de la solicitud, deberá aportar 2 instancias.

    Familias de procedimientos

    • Urbanismo

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  • Descripción

    Reclamacion por parte de un particular de un Objeto Perdido que haya sido entregado en la Policia Local del Municipio de Elche

    ¿Quién puede solicitarlo?

    Cualquier interesada que acredite la propiedad del objeto en cuestion.

    Plazo de solicitud

    Todo el año.

    Documentación requerida

    Documento Nacional de Identidad (DNI) del interesado.

    Pasos a seguir

    1. Presentacion en la Unidad Administrativa de la Policia local para denunciar el objeto perdido.
    2. En caso de ser encontrado, por carta se le comunicara al interesado que puede recoger el objeto perdido en la Unidad Administrativa de la Policia Local.

    Arts. 614 y siguientes del Codigo Civil.

    Silencio administrativo

    Desestimatorio

    Familias de procedimientos

    • Personales y Familiares

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  • Descripción


    Inspección o reconocimiento de edificios o establecimientos en general realizada por técnicos municipales, que emiten la correspondiente resolución para que el solicitante le dé el uso oportuno.

    ¿Quién puede solicitarlo?

    El propietario del edificio o establecimiento.

    Plazo de solicitud

    Todo el año.

    Documentación requerida

    1. Instancia solicitando la inspección.
    2. Escritura de propiedad del edificio o establecimiento.
    3. Informe firmado por técnico capacitado.

    Pasos a seguir

    1. Personarse en la OMAC con la documentación requerida para que se le practique la liquidación de las tasas.
    2. Pago del importe correspondiente en la OMAC mediante tarjeta de crédito o en cualquier caja o banco (excepto Banesto) si el pago se hace en efectivo.
    3. Entrega de la documentación requerida junto con la carta de pago en la OMAC para su registro.
    4. La resolución se entrega en mano al solicitante por notificador municipal.

    Importe

    96,58 euros por diligencia en concepto de tasa por la prestación de servicios urbanísticos.

    Lugar de presentación

    En cualquier OMAC.

    Tiempo de resolución

    Dos meses, salvo que se trate de edificio catalogado.

    - Ley Reguladora de la Actuación Urbanística.

    - Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Licencias Urbanísticas.

    Tipos de recurso posibles (texto)

    - Reposición.

    - Contencioso Administrativo.

    Silencio administrativo

    Desestimatorio.

    Documentos adjuntos

    Instancia General.

    Documentos adjuntos

    Observaciones ciudadano

    - Si el solicitante desea quedarse con una copia registrada de la solicitud, deberá aportar 2 instancias.

    - En Arquitectura, la realización del informe no lleva más de una semana. Se alargan los plazos de entrega por la apertura del expediente en Patrimonio.

    Familias de procedimientos

    • Urbanismo.

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  • Descripción

    Para que las personas jubiladas o pensionistas puedan acceder a la reducción de la cuota de la tasade la basura deberán ser los únicos ocupantes de la vivienda habitual con la única excepción delcónyuge a cargo incluido en su pensión.

    ¿Quién puede solicitarlo?

    La persona que tiene la condición de pensionista o jubilada a cuyo nombre está el recibo o el contrato de suministro o bien su representante legal. En casos de representación, deberá aportar una autorización, que deberá elaborar la propia persona titular, o bien recoger un modelo en la OMAC, junto con original y fotocopia del DNI de la persona titular y de la persona autorizada.

    Plazo de solicitud

    Durante todo el año

    Documentación requerida

    1. Impreso de solicitud de reducción de la cuota de basura para personas jubiladas y pensionistas. Modelo A004.
    2. Fotocopia del recibo del agua o del contrato de suministro, a nombre del solicitante y en su defecto, acreditación de haber tramitado el cambio de titularidad a su nombre en Aigües d'Elx.
    3. Autorización para consultar sus datos en el Instituto Nacional de la Seguridad Social en el caso de menores de 65 años o en su caso, de cónyuge a cargo del pensionista. Modelo A192

    Pasos a seguir

    Presentación del impreso y de la documentación requerida la OMAC, para su registro.

    Lugar de presentación

    Oficina Municipal de Atención Ciudadana (OMAC)

    Tiempo de resolución

    Plazo máximo de 6 meses (Art.104 LGT, art.136 RGGI)

    Órgano de resolución

    Tenencia de Alcaldía de Hacienda

    Unidad tramitadora

    Rentas

    • Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
    • Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa de Recogida de Residuos Sólidos Urbanos

    Recursos posibles

    • reposición
    • contencioso

    Silencio administrativo

    NEGATIVO. Transcurridos 6 meses la solicitud se entenderá desestimada, si no ha recaído resoluciónexpresa (Art.136 RGGI).

    Documentos adjuntos

    Observaciones ciudadano

    1. La tasa resultante es 24,32 euros anuales, con independencia de la categoría de la calle.
    2. La reducción sólo se puede solicitar para la vivienda habitual y es aplicable sobre la tasa de basura.
    3. Las personas jubiladas o pensionistas deben vivir solas, sin hijos u otros familiares.
    4. En caso de fallecimiento del cónyuge de la persona titular del contrato de basura es necesario realizar el cambio de titularidad para poder llevar a cabo el trámite de bonificación de pensionista o jubilada.

    Familias de procedimientos

    • Ayudas y Subvenciones y Bonificaciones
    • Ciudad y Vía Pública
    • Personales y Familiares
    • Frecuentes

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  • Descripción

    Registro de animales de compañía.

    ¿Quién puede solicitarlo?

    El propietario o poseedor del animal.

    Plazo de solicitud

    Al cumplir el animal los 3 meses de edad.

    Documentación requerida

    1. Cartilla sanitaria del perro o pasaporte.
    2. Justificante de identificación RIVIA (microchip o tatuaje).(veterinario)
    3. Justificante de haber ingresado la tasa correspondiente, mediante carta de pago que se facilitará en el departamento de Sanidad o en las OMAC,

    Pasos a seguir

    1. Pago de las tasas mediante la carta de pago que se facilita en el departamento de Sanidad o en las OMAC.
    2. Entrega de la documentación requerida en el Departamento de Sanidad sito en C/ Major de la Vila 9.

    Importe

    - Por la inscripción en el registro del Censo Canino 19,28€ o de 27,69€ en caso de animales potencialmente peligrosos.?

    Lugar de presentación

    Departamento de Sanidad

    Unidad tramitadora

    Sanidad

    Ordenanza Municipal de Animales de Compañía. - Ley 4/1994, de 8 de julio de la Generalitat Valenciana sobre Protección de Animales de Compañía

    Sanciones

    - Los propietarios o poseedores de animales que por cualquier circunstancia y de manera frecuente produzcan molestias al vecindario y no adopten las medidas oportunas para evitarlo, serán sancionados con multas entre 30,05 y 300,51 ?. - Las infracciones podrán ser sancionadas con multas, que según la gravedad puden variar de 30,05 ? a 18.030,36 ?

    Silencio administrativo

    Desestimatorio

    Documentos adjuntos

    Familias de procedimientos

    • Personales y Familiares
    • Medio Ambiente y Salud

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