Trámite de Programa ‘Menjar a casa’, dirigido a las personas mayores que quieren seguir viviendo en sus domicilios.

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Descripción


El programa 'menjar a casa' va dirigido a mejorar la nutrición de las personas mayores, por entender que una nutrición adecuada contribuye de forma decisiva a la salud, bienestar y calidad de vida de todas las personas y, en especial, de las personas mayores. El objetivo es ofrecer a las personas mayores una dieta saludable en su propio domicilio y adaptada a sus necesidades.

¿Quién puede solicitarlo?

Las personas mayores interesadas deberán reunir los siguientes requisitos:

  • Tener 65 años o más.
  • Tener 60 años en situación de dependencia y para personas con discapacidad en situación de dependencia, mayores de 18 años, que conviva con la persona mayor de 65 años beneficiaria del programa.
  • Tener autonomía para la preparación e ingesta de los alimentos servidos, o bien aportar compromiso de familiares o de la entidad local que se responsabilicen de dicha tarea.
  • Estar empadronado en alguno de los ayuntamientos que participan en el programa y cuyo ayuntamiento haya formalizado convenio de colaboración con la Conselleria de Bienestar Social.
  • Precisar el servicio, acreditado mediante informe social e informe médico favorables

Plazo de solicitud

Durante todo el año.

Documentación requerida

  1. Fotocopia del DNI de la persona solicitante.
  2. Certificado de la pensión de jubilación o por cualquier otro concepto, del solicitante y del cónyuge, en su caso.
  3. Informe social del solicitante, según modelo oficial.
  4. Informe Médico para Prestaciones Sociales, que deberá solicitar en su Centro de Salud.
  5. Declaración responsable del solicitante, según modelo oficial.
  6. Certificado de minusvalía, en su caso.

NOTA: Si el interesado no dispone de los documentos citados, otorgará las correspondientes autorizaciones para que en su nombre el Ayuntamiento obtenga certificaciones emitidas por organismos públicos tales como Administración de Hacienda, Tesorería General de la Seguridad Social, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Conselleria de Bienestar Social, etc., acreditativas de sus circunstancias económicas.

Pasos a seguir

  • Las personas interesadas deberán dirigirse a los Centros Sociales donde se les informará del funcionamiento del programa
  • La gestión y tramitación de las solicitudes se realizará allí mismo.

Silencio administrativo

Desestimatorio

Documentación adjunta

Observaciones ciudadano

SERVICIOS

El servicio consiste en la entrega diaria en el domicilio del usuario de las comidas de lunes a viernes, excepto los días festivos de carácter nacional o autonómico. El menú se adaptará a las necesidades nutritivas de cada persona, según indicación del médico. El servicio tiene un coste para el usuario de 2'49 EUROS diarios.

HORARIO DE ENTREGA

  • La entrega de la comida en el domicilio del usuario será desde las 9 de la mañana hasta las 2:30 de la tarde.
  • La empresa distribuidora comunicará previamente a cada usuario la hora aproximada de entrega.
  • La entrega podrá realizarse en un domicilio contiguo o próximo siempre que el usuario lo indique previamente. Teléfono de atención del programa Menjar a Casa : 900.123.103

Familias de procedimientos

  • Ayudas y Subvenciones y Bonificaciones
  • Servicios Sociales
  • Personales y Familiares

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