Trámite de Matrimonio Civil

Actualizado el 3 de agosto de 2020
Ver en la web de la administración

Descripción


Matrimonio Civil. Celebración de la Ceremonia en el Ayuntamiento de Elche.

¿Quién puede solicitarlo?

Los interesados.

Plazo de solicitud

Durante todo el año.

Documentación requerida

  1. DNI de los contrayentes.
  2. DNI de los testigos de la Ceremonia.
  3. Copia del pago de la tasa municipal.

Pasos a seguir

  1. Solicitar "CITA PREVIA" para el Juzgado en la dirección www.registrocivil.gva.es, e informarse en dicha página web de la documentación necesaria para el trámite de Matrimonio Civil.
  2. Contactar con la OMAC (OMAC CENTRAL, planta 2) para acordar fecha y hora de la Ceremonia. Hay que tener en cuenta que la fecha de celebración del matrimonio civil tendrá que ser al menos DOS MESES después de la "CITA PREVIA" prevista en el Registro Civil, en el caso de que los contrayentes sean ESPAÑOLES o al menos SEIS MESES si alguno de los dos contrayentes es EXTRANJERO.
  3. En el Registro Civil (Ciudad de la Justicia, c/Morera, 2 - bajo) presentación de los documentos y tramitación por ambos solicitantes el día previsto para la "CITA PREVIA", que habrá que validar en la máquina quince minutos antes. Deben acudir acompañados de dos testigos mayores de edad, que no tendrán porqué ser los mismos que los de la boda, todos con original y fotocopia de su documento de identidad en vigor.
  4. Llamar a la OMAC, al teléfono 966658056, para dar el número de expediente gubernativo dado en el Juzgado.
  5. UN MES ANTES DE LA CEREMONIA, proceder al pago de la tasa a través del servicio de autoliquidación disponible en www.elche.es, o personarse en la OMAC para que se le practique la liquidación.
  6. Entrega de la documentación requerida (fotocopias de los D.N.I. de los contrayentes y de los testigos mayores de edad), y de la carta de pago en la OMAC.
  7. El día de la ceremonia tanto los contrayentes como testigos tendrán que aportar el D.N.I. (Se ruega puntualidad).

Importe

126,56€.

Lugar de presentación

Oficina Municipal de Atención Ciudadana (OMAC).

Tiempo de resolución

Seis meses.

  1. Código Civil.
  2. Ordenanza Reguladora de la Tasa por la Prestación de Servicios por la Realización de Actividades Provocadas por Petición de los Interesados con Motivo u Ocasión de Espectáculos, Ceremonias, Transportes, Vigilancia y Custodia y Situaciones Similares.

Silencio administrativo

Desestimatorio.

Observaciones ciudadano

  1. El Ayuntamiento sólo lleva a cabo la celebración de la ceremonia. El trámite del expediente del matrimonio civil se realiza en el Registro Civil --> Cita previa Registro Civil.
  2. En el caso de solicitar poder visitar el lugar donde se celebran los matrimonios, se les acompaña al Salón de Plenos.
  3. Los matrimonios civiles celebrados en el Ayuntamiento los realiza el Alcalde o Concejal en quien delegue.
  4. Los matrimonios se celebran los sábados. Los sábados festivos no se celebran matrimonios.
  5. El horario será por la mañana o por la tarde, según el sábado que elijan.
  6. El lugar de celebración es el Salón de Plenos.
  7. El importe de la Tasa es por el uso de medios personales y materiales municipales en la realización de una ceremonia nupcial, durante los días no laborables o en horas fuera de la jornada normal de los funcionarios municipales.

Familias de procedimientos

  • Personales y Familiares.

Volver a Trámites


Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.