Trámite de Licencia para muros de fábrica y vallados
Descripción
Esta sujeto a licencia urbanística el levantamiento de vallados y muros de fábrica, en los casos y bajo las condiciones exigidas por el Plan General.
¿Quién puede solicitarlo?
Cualquier persona física o jurídica que pretenda efectuar las obras indicadas.
Plazo de solicitud
En cualquier momento, con anterioridad a la ejecución de las actuacines para las que se solicita, que únicamente pueden ser iniciadas cuando la licencia haya sido aprobada y notificada al interesado.
Documentación requerida
- Presupuesto de la obra.
- Memoria que describa la actuación propuesta: descripción. materiales a emplear y dimensiones (altura y longitud).
- Plano o croquis acotado de las características del vallado.
- Plano donde se indique la parcela y el vallado a realizar, identificando de forma precisa su emplazamiento.
- Acepto de dirección técnica por parte de técnico competente, si el vallado conlleva la ejecución de obra ciega de fábrica de altura superior a 1,20 metros.
- Si el vallado se pretende realizar con frente a una calle no urbanizada, se deberá aportar documento de señalamiento de alineacines expedido por el Departamento de Topografía.
- Autorizaciones sectoriales que sean preceptivas y previas conforme a la normativa vigente (autorización en materia de Costas, Carreteras, Medio Ambiente, etc.).
- Justificante del abono de las tasas correspondientes y demás exacciones municipales, de conformidad con las Ordenanzas Fiscales vigentes.
Pasos a seguir
- Presentación de la solicitud, acompañada de la documentación señalada en el apartado de documentos requeridos.
- En caso de que la solicitud no acompañe la documentación preceptiva, se requerirá al interesado para que subsane las deficiencias en el plazo de diez días hábiles.
- Emisión de los correspondientes informes técnicos.
- Aprobación por el órgano competente y notificación al interesado.
Importe
a) + b)
a) Tasa por la prestación de servicios urbanísticos: 0,25% del presupuesto de la obra, sin que en ningún caso sea inferior a 77,42
b) Impuesto de Instalaciones, construcciones y obras (ICIO): 2,70 % del presupuesto de ejecución material de la obra.
Lugar de presentación
Cualquier OMAC.
Tiempo de resolución
1 mes, a contar desde su entrada con la documentación completa, en el registro de entrada del Ayuntamiento.
Órgano de resolución
El Teniente de Alcalde de Urbanismo, Territorio y Vivienda
Unidad tramitadora
Licencias
Normativa legal
- Ley 5/2014, de 25 de julio, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje.
- Ordenanza municipal reguladora de la tramitación de licencias y otros medios de intervención en la actividad urbanística del Ayuntamiento de Elche.
Recursos posibles
- Recurso de reposición. Plazo de interposición: un mes
- Recurso contencioso-administrativo. Plazo de interposición: 2 meses
Sanciones
Es aplicable el régimen sancionador y de protección de la legalidad urbanística previsto en la Ley 5/2014, de 25 de julio, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje.
Silencio administrativo
Positivo
Documentos adjuntos
- Solicitud de licencia para vallados y otras actuaciones urbanísticas (LoAce) (A125)
- Sol·licitud de llicència per a tanques i altres actuacions urbanístiques (LoAce) (A125)
Observaciones ciudadano
- Se recomienda formular consulta previa verbal, para recabar el asesoramiento de los técnicos municipales en cuanto a la elaboración de la documentación a presentar en cada caso.
- Se deberán haber obtenido previamente y presentar ante el Ayuntamiento, junto a la solicitud de licencia, las autorizaciones sectoriales que sean preceptivas y previas conforme a la normativa vigente (autorización en materia de Costas, Carreteras, PORN )
Familias de procedimientos
- Urbanismo
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