Trámite de Reconocimiento de Edificios y Establecimientos Industriales a Instancia de Parte
Descripción
Inspección o reconocimiento de edificios o establecimientos en general realizada por técnicos municipales, que emiten la correspondiente resolución para que el solicitante le dé el uso oportuno.
¿Quién puede solicitarlo?
El propietario del edificio o establecimiento.
Plazo de solicitud
Todo el año.
Documentación requerida
- Instancia solicitando la inspección.
- Escritura de propiedad del edificio o establecimiento.
- Informe firmado por técnico capacitado.
Pasos a seguir
- Personarse en la OMAC con la documentación requerida para que se le practique la liquidación de las tasas.
- Pago del importe correspondiente en la OMAC mediante tarjeta de crédito o en cualquier caja o banco (excepto Banesto) si el pago se hace en efectivo.
- Entrega de la documentación requerida junto con la carta de pago en la OMAC para su registro.
- La resolución se entrega en mano al solicitante por notificador municipal.
Importe
96,58 euros por diligencia en concepto de tasa por la prestación de servicios urbanísticos.
Lugar de presentación
En cualquier OMAC.
Tiempo de resolución
Dos meses, salvo que se trate de edificio catalogado.
Normativa legal
- Ley Reguladora de la Actuación Urbanística.
- Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Licencias Urbanísticas.
Tipos de recurso posibles (texto)
- Reposición.
- Contencioso Administrativo.
Silencio administrativo
Desestimatorio.
Documentos adjuntos
Instancia General.
Documentos adjuntos
Observaciones ciudadano
- Si el solicitante desea quedarse con una copia registrada de la solicitud, deberá aportar 2 instancias.
- En Arquitectura, la realización del informe no lleva más de una semana. Se alargan los plazos de entrega por la apertura del expediente en Patrimonio.
Familias de procedimientos
- Urbanismo.