## Resumen Este documento informativo detalla los requisitos para solicitar la declaración de especial interés o utilidad municipal en Alicante, lo que permite obtener bonificaciones fiscales en el IBI, ICIO e IAE. Estas bonificaciones están dirigidas a actividades económicas que contribuyan a objetivos sociales, culturales, histórico-artísticos o de fomento del empleo en el municipio. **Quién puede usar este servicio:** * Sujetos pasivos de IBI, ICIO e IAE que desarrollen actividades económicas en Alicante. **Antes de empezar:** * Revisa los requisitos específicos para cada impuesto y tipo de actividad. * Prepara la documentación necesaria, incluyendo la memoria explicativa. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Memoria explicativa que justifique las circunstancias que hacen que la actividad sea de especial interés o utilidad municipal. * Para el ICIO, la solicitud debe acompañar la solicitud de licencia urbanística, declaración responsable o comunicación previa. **Requisitos previos:** * Estar al corriente en el pago de todos los tributos municipales. * Cumplir con los criterios de fomento del empleo, si aplica. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. **Preparación de la solicitud:** Reúne la documentación requerida y redacta la memoria explicativa. 2. **Presentación de la solicitud:** * **Electrónicamente:** A través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alicante (obligatorio para personas jurídicas y aquellos obligados a relacionarse electrónicamente con la administración). * [Acceso al trámite](https://bpm.alicante.es/OAC/TramitadorExt.jsp?idioma=es&texpcod=EH15&useClave=true) * **Presencialmente:** En las oficinas de atención al ciudadano (solo para personas físicas no obligadas a la tramitación electrónica). 3. **Tramitación:** El Ayuntamiento revisará la solicitud y la documentación. 4. **Resolución:** El Pleno de la Corporación decidirá si declara la actividad de especial interés o utilidad municipal y determinará el porcentaje de bonificación aplicable. **Información sobre cada etapa:** * La memoria explicativa debe detallar cómo la actividad contribuye a los objetivos de interés social, cultural, histórico-artístico o de fomento del empleo. * La presentación electrónica requiere certificado digital. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** * Si la declaración es aprobada, se aplicará la bonificación correspondiente en el impuesto respectivo. * El incumplimiento de los requisitos durante el período bonificado puede resultar en la devolución de la cuota bonificada. ## Ayuda **Contacto:** * Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alicante. * Catálogo de Servicios. * Hacienda. **Recursos adicionales:** * Ordenanzas fiscales del Ayuntamiento de Alicante (IBI, ICIO, IAE).
## Resumen El reconocimiento del grado de dependencia es un derecho para las personas que residen en la Comunidad Valenciana y que necesitan ayuda para realizar las actividades diarias debido a la falta de autonomía física, psíquica o intelectual. La ley establece tres grados de dependencia: moderada, severa y gran dependencia. Los equipos de atención primaria de los centros sociales orientan a los ciudadanos en la gestión de estas solicitudes. ## ¿Quién lo puede solicitar? Cualquier persona empadronada en Alicante que cumpla los requisitos de la Ley 39/2006 puede solicitar el reconocimiento de dependencia. Los menores de edad deben ser representados por sus padres o tutores. ## ¿Cuándo? Se puede solicitar durante todo el año. ## Requisitos Para acceder a este derecho, las personas deben: * Estar en situación de dependencia en alguno de los grados establecidos. * Residir en territorio español durante cinco años, con dos años inmediatamente anteriores a la solicitud. * Cumplir con los requisitos de la Ley Orgánica 4/2000 si no tienen la nacionalidad española. ## Marco Normativo [Normativa vigente autonómica y estatal (enlace externo a GVA)](https://inclusio.gva.es/es/web/dependencia/normativa-vigent) ## ¿Dónde se presenta? La solicitud se puede presentar en las Oficinas de Atención Ciudadana (OAC): * OAC CERVANTES - C/ Cervantes, 3 * OAC SÉNECA – C/ Portugal, 17 * OAC GASTÓN CASTELLÓ – C/ Pino Santo, 1 Es necesario solicitar [CITA PREVIA](https://citaprevia.alicante.es/CitaPrevia/#/inicio?2) para presentar la solicitud en cualquier registro municipal. ## Cómo hacerlo ### Presentación * [Instancia municipal Expediente Dependencia](https://www.alicante.es/sites/default/files/documentos/202408/instancia_expediente_dependencia.pdf) ### Documentación a presentar: Junto a la instancia municipal, se debe adjuntar la Solicitud de Dependencia escogida debidamente cumplimentada y firmada. Si el trámite se realiza por Sede Electrónica, se debe cumplimentar la instancia y firmar el formulario electrónicamente, adjuntando la solicitud de Dependencia y la documentación requerida. Todos los modelos de solicitud normalizados se encuentran disponibles en el siguiente [ENLACE](https://inclusio.gva.es/es/web/dependencia/modelos-normalizados). ### Documentación obligatoria para reconocimiento inicial de la Dependencia - Generalitat Valenciana: * Fotocopia del DNI/NIE de la persona solicitante. * Fotocopia del libro de familia, en caso de personas menores de edad o, en su defecto, certificado literal de nacimiento. * Informe de salud para reconocimiento de prestaciones sociales. * Modelo de domiciliación bancaria sellado por entidad o acompañado de certificado de titularidad de la cuenta. * Certificado/s de empadronamiento histórico/s que acredite/n la residencia en territorio español durante cinco años. * Fotocopia del Certificado de discapacidad completo en caso de tener grado reconocido. * Fotocopia de la resolución de gran invalidez, en el caso de que la persona solicitante disponga de reconocimiento de dicha prestación. * Sentencia Provisión de medidas de apoyo o Acta notarial de representación legal, en caso de disponer de las mismas. Este documento irá acompañado del Modelo de identificación de la persona representante o de apoyo en el procedimiento. ### Documentación específica según recurso solicitado (preferencias de servicios o prestaciones): #### Prestación económica para cuidados en el entorno familiar: * Compromiso de permanencia y formación de la persona cuidadora y Fotocopia del DNI/NIE de la persona cuidadora en el caso de ser un familiar del solicitante. * Vínculos de parentesco: Cónyuge o persona con relación análoga a la conyugal, hijo o hija, padre o madre, así como padres y madres de acogida y parientes por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado. Excepcionalmente, podrán ser cuidadoras con relación familiar las personas allegadas a una persona en situación de dependencia cuando así lo acredite el preceptivo informe social de entorno * Cuando con el/la CNP se establezca una relación laboral, deberá aportar: Copia del contrato de trabajo en vigor y/o documento que acredite la situación de alta en la Seguridad Social #### Servicio de teleasistencia avanzada: * Modelo de servicio de teleasistencia avanzada. #### Prestación económica Profesional Asistente Personal (PAP) o Profesional de Asistencia Terapéutica (PATI): * Proyecto de vida independiente. ### Documentación que debe aportar si no autoriza el acceso a datos: * Fotocopia del DNI (recomendable en todos los casos) * Certificado o volante de empadronamiento de la persona solicitante en un municipio de la Comunitat Valenciana. * Fotocopia de la resolución de gran invalidez, en el caso de que la persona solicitante disponga de reconocimiento de dicha pensión. ### Anexos: * [Modelo de representación](https://www.alicante.es/sites/default/files/documentos/202408/modelo-representacion.pdf) ## Formas de Presentación * **Por Internet** * Requiere certificado digital: Sí * [Acceso al trámite](https://bpm.alicante.es/OAC/TramitadorExt.jsp?idioma=es&texpcod=AS09&useClave=true) * **Presencial** * Lugar de presentación: * [Oficina de Atención Ciudadana (OAC) 'Gastón Castelló'](/es/equipamientos/oficina-atencion-ciudadana-oac-gaston-castello) * [Oficina de Atención Ciudadana (OAC) 'Séneca'](/es/equipamientos/oficina-atencion-ciudadana-oac-seneca) * [Oficina de Atención Ciudadana (OAC) 'Cervantes'](/es/equipamientos/oficina-atencion-ciudadana-oac-cervantes) ## Información complementaria * [Información autonómica sobre el Reconocimiento inicial de la Dependencia](https://inclusio.gva.es/es/web/dependencia/reconeixement-inicial-de-la-dependencia) * [Modelos normalizados para el reconocimiento de la dependencia y el acceso al sist. público de servicios y prestaciones](https://inclusio.gva.es/es/web/dependencia/modelos-normalizados) * [Tabla de compatibilidades entre diversas prestaciones y servicios en el área de atención a la dependencia](https://inclusio.gva.es/documents/610662/370791566/Compatibilidad+recursos_cas+19.07.2024.pdf/51b3ae54-ae95-a173-de7f-2bb78d86c10a?t=1721726947612)
## Descarga de recibos en período voluntario Este servicio permite descargar on-line recibos en período de cobro voluntario, en formato pdf, de los siguientes tributos municipales: * Tasa por entrada y salida de vehículos (vados). * Impuesto sobre bienes inmuebles (I.B.I.). * Tasa de recogida de basuras. * Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (I.V.T.M.). * Impuesto sobre actividades económicas (I.A.E.). ## Formas de Presentación ### Por Internet Requiere certificado digital: No [Acceso al trámite](https://tributos.alicante.es)
Para el duplicado de los recibos de los años 2014 y 2015 deberá dirigirse a Suma Gestión Tributaria.
Para el resto de años:
Puede obtener un duplicado de los recibos pagados por Ud. solicitándolo:
En todo caso, deberá pagar la Tasa por expedición de documentos administrativos (seleccionar el concepto "Certificación pago tributos" si rellena e imprime la liquidación on-line), cuyo justificante de pago deberá adjuntarse a la solicitud.
Para poder obtener el duplicado ha debido de transcurrir:
## Duplicado de recibos del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del año 2017 Este servicio permite descargar on-line recibos del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica,exclusivamente del año 2017. Es una opción meramente informativa y no justifica el pago de los recibos descargados. ## Formas de Presentación ### Por Internet Requiere certificado digital: No [Acceso al trámite](http://w2.alicante.es/hacienda/duplicados_ivtm.php)
## Resumen Este trámite permite obtener un justificante o certificado de recibos que ya han sido pagados al Ayuntamiento de Alicante. Es importante tener en cuenta los plazos mínimos que deben transcurrir desde la fecha de pago. ### Quién puede usar este servicio Cualquier persona física o jurídica que haya realizado un pago al Ayuntamiento de Alicante y necesite un comprobante. ### Antes de empezar * Asegúrate de que ha transcurrido el plazo mínimo desde la fecha de pago (un mes para pagos en banco, dos meses para domiciliaciones). * Para recibos de 2014 y 2015, debes dirigirte a Suma Gestión Tributaria. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * DNI/NIF del titular del recibo. * Si no eres el titular, un documento que acredite tu representación. * Para el certificado de pago, el justificante del pago de la tasa correspondiente. ### Costes y plazos * El justificante de pago es gratuito. * El certificado de pago está sujeto a la Tasa por expedición de documentos administrativos. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. **Justificante de Pago:** * **Presencial:** Solicita cita previa en las Oficinas de Atención Ciudadana (OAC). * **Online:** Accede a la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alicante y utiliza una "instancia genérica". * **Otros Registros:** Presenta la solicitud en cualquier otro Registro Público o envíala por correo postal. 2. **Certificado de Pago:** * **Oficinas de Tesorería:** Solicita cita previa y presenta tu DNI/NIF (o documento de representación). También puedes solicitar cita previa llamando a los números 010 / 900 15 38 62. * **Oficinas de Atención Ciudadana (OAC):** Presenta una instancia presencialmente (con cita previa) o telemáticamente (con certificado digital) a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alicante. ### Información sobre cada etapa * **Sede Electrónica:** Requiere certificado digital para realizar trámites online. * **Oficinas de Atención Ciudadana:** Es necesario solicitar cita previa. ## Después de hacerlo ### Qué sucede después Recibirás el justificante o certificado de pago según la forma de presentación que hayas elegido (correo postal, correo electrónico, etc.). ## Ayuda ### Contacto * Teléfonos: 010 / 900 15 38 62. * Oficina de Atención Ciudadana (OAC) 'Séneca' * Oficina de Atención Ciudadana (OAC) 'Cervantes' * Tesorería ### Recursos adicionales * Acceso al trámite (Sede Electrónica) * Tasa por expedición de documentos administrativos
## Resumen Este trámite te permite obtener un justificante de los recibos que has pagado al Ayuntamiento de Alicante. **Quién puede usar este servicio** * Personas físicas * Personas jurídicas **Importante:** * Debe haber transcurrido al menos un mes desde el pago en el banco. * Si pagaste por domiciliación, deben haber pasado dos meses. * Para recibos de 2014 y 2015, contacta con Suma Gestión Tributaria. ## Cómo hacerlo ### Personas físicas * **Presencialmente:** Con cita previa en las Oficinas de Atención Ciudadana (OAC). * Para la OAC 'Cervantes' (C/Cervantes, 3), llama al 010 ó 900 153 862. * Para las OAC 'Séneca' (C/Portugal, 17) y 'Gastón Castelló' (C/Pino Santo, 1), llama al 010 ó 900 153 862 o pide cita online en https://citaprevia.alicante.es: (elige 'Servicio de Atención Integral a la Ciudadanía (SAIC)' > 'Gestión' > 'Trámites Municipales'). * Para cualquier duda, llama al 010/ 900 153 862. * **Online:** A través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alicante, usando una "instancia genérica". * **Otros Registros:** En cualquier otro Registro Público o por correo postal (según el artículo 16 de la Ley 39/2015). ### Personas jurídicas * Deben hacerlo **exclusivamente online** a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alicante, usando una "instancia genérica" (artículo 14.2 de la Ley 39/2015). **Importante:** No hay que pagar ninguna tasa por este trámite. Si necesitas un **Certificado de Pago**, infórmate AQUÍ. ## Lo que necesitas * Documento de identificación de la persona que solicita el justificante. ## Formas de Presentación * **Por Internet:** * Requiere certificado digital. * Acceso al trámite * **Presencial:** * Oficina de Atención Ciudadana (OAC) 'Gastón Castelló' * Oficina de Atención Ciudadana (OAC) 'Séneca' * Oficina de Atención Ciudadana (OAC) 'Cervantes'
## Resumen Este trámite permite a los dueños de propiedades vecinas comprar porciones de terreno de propiedad municipal que, por su tamaño reducido o forma peculiar, no pueden ser utilizadas de manera independiente. La legislación considera estos terrenos como bienes patrimoniales. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * Escritura pública de propiedad y Nota simple del Registro de la propiedad actualizada. * Representación gráfica georreferenciada mediante archivos gml. * Informe de Validación Catastral Positivo. ## Cómo hacerlo ### Formas de Presentación * **Por Internet** * Requiere certificado digital: Sí * [Acceso al trámite](https://bpm.alicante.es/OAC/TramitadorExt.jsp?idioma=es&texpcod=PA02&useClave=true) * **Presencial** * Lugar de presentación: * [Oficina de Atención Ciudadana (OAC) 'Gastón Castelló'](/es/equipamientos/oficina-atencion-ciudadana-oac-gaston-castello) * [Oficina de Atención Ciudadana (OAC) 'Séneca'](/es/equipamientos/oficina-atencion-ciudadana-oac-seneca) * [Oficina de Atención Ciudadana (OAC) 'Cervantes'](/es/equipamientos/oficina-atencion-ciudadana-oac-cervantes) ### Información complementaria * Documentación: * [Instancia enajenación sobrante](https://www.alicante.es/sites/default/files/documentos/202211/enajenacion-conlindante-parcela-sobrante.pdf)
## Resumen Este trámite permite solicitar una plaza escolar para aquellos alumnos que no participaron en el proceso ordinario de admisión y no tienen un puesto escolar asignado para el curso 2024-2025 en Educación Infantil, Primaria, Secundaria Obligatoria y Educación Especial. **Importante:** No se admiten solicitudes de cambio de centro. Las solicitudes de Bachillerato deben dirigirse a la Consellería de Educación. Para realizar este trámite, es necesario solicitar cita previa en la Oficina Municipal de Escolarización. Enlace para la cita previa: [https://citaprevia.alicante.es/CitaPrevia/#/inicio?2](https://citaprevia.alicante.es/CitaPrevia/#/inicio?2) ## Lo que necesitas **Documentación a presentar:** * DNI, PASAPORTE, NIE o cualquier otro documento de identidad del país de procedencia del padre/ madre, tutor/a, o representante legal. * Filiación familiar: Libro de familia o documento equivalente, Registro civil del nacimiento, certificado de nacimiento o cualquier otro documento oficial dónde quede especificado: nombre y apellidos del alumno/a, fecha y lugar de nacimiento y la filiación. * Domicilio familiar, se acreditará mediante Informe de Empadronamiento de la unidad familiar, expedido por el Servicio de Estadística, ubicado en la calle Cervantes nº3, a través de cita previa en [https://citap.alicante.es](https://citap.alicante.es), o llamando al teléfono 010. * Tarjeta SIP o documento equivalente que acredite la asistencia sanitaria de la alumna/alumno. * Expediente académico: Documento que acredite el último centro educativo y curso donde estaba escolarizado (si procede del sistema educativo español). * Separación / divorcio: En los casos de separación, divorcio u otras situaciones debidamente acreditadas (copia de sentencia, convenio regulador o pronunciamiento judicial) se considerará como domicilio familiar o laboral, el del familiar que tenga la guarda y custodia del menor. En caso de custodia compartida, el domicilio donde esté empadronado el menor. **IMPORTANTE:** No se asignará plaza si no se aporta la documentación solicitada. Todos los documentos deben estar en vigor y ser originales, salvo que se indique lo contrario. En caso de documentación oficial extranjera, debe presentarse una traducción jurada al español por un traductor oficial. ## Cómo hacerlo 1. Solicitar cita previa en la Oficina Municipal de Escolarización a través del siguiente enlace: [https://citaprevia.alicante.es/CitaPrevia/#/inicio?2](https://citaprevia.alicante.es/CitaPrevia/#/inicio?2) 2. Acudir a la cita en la Concejalía de Educación ([/es/equipamientos/concejalia-educacion](/es/equipamientos/concejalia-educacion)) con la documentación requerida. ## Después de hacerlo A estas solicitudes se les asignará plaza escolar una vez finalizado el proceso ordinario de admisión por orden de entrada y atendiendo a las vacantes existentes. Si nunca ha estado escolarizado en el sistema educativo español se escolarizará por la edad.
## Resumen Este trámite permite presentar alegaciones o recursos contra multas de tráfico, o identificar al conductor responsable de una infracción. **Quién puede usar este servicio:** Cualquier persona que haya recibido una multa de tráfico. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Instancia cumplimentada (ver modelos anexos: Formulario de identificación de la persona conductora y Alegaciones / Recurso sanciones de tráfico) * En caso de identificar al conductor, si este no figura en la DGT, fotocopia del permiso de conducción. **Plazos:** * Alegaciones e Identificación del Conductor: 20 días naturales desde la notificación de la denuncia. * Recursos: 1 mes desde la notificación de la Resolución Sancionadora. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. **Preparar la documentación:** Reúne la instancia cumplimentada y, si es necesario, la copia del permiso de conducción. 2. **Presentar la documentación:** * **Telemáticamente:** A través de la Sede Electrónica (requiere certificado digital o DNI electrónico). * Acceso al trámite * **Presencialmente:** En las oficinas del S.A.I.C. (Servicio Atención Integral Ciudadana), ubicadas en la calle Cervantes nº 3 y en la calle Portugal nº 17 (solo para particulares no obligados a relacionarse electrónicamente y con cita previa en https://www.alicante.es/es/tramites/cita-previa-online). * En cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16 de la Ley 39/2015. ## Ayuda **Contacto:** * Oficinas del S.A.I.C. (Servicio Atención Integral Ciudadana) en la calle Cervantes nº 3 y en la calle Portugal nº 17. **Recursos adicionales:** * Normas de aplicación al Registro Electrónico a partir del 9 de diciembre de 2019 **Normativa:** * Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. * Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. * Ordenanza Municipal de Circulación de Peatones y Vehículos de la Ciudad de Alicante.