Ayuntamiento de Alicante

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar autorización para instalar veladores (mesas, sillas, etc.) en la vía pública junto a establecimientos de hostelería o restauración en Alicante. ### Quién puede usar este servicio Titulares de establecimientos de hostelería o restauración. ### Antes de empezar Es importante consultar los [Planes Ordenadores](https://www.alicante.es/es/contenidos/planes-ordenadores-ocupacion-publica-veladores) de la Ocupación de la Vía Pública. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * Copia del DNI, CIF o Tarjeta de identidad del solicitante. * Documentación que acredite la titularidad de la actividad. * Plano de situación a escala 1:500 ó 1:100. Puedes obtenerlo en [https://guiaurbana.alicante.es/](https://guiaurbana.alicante.es/) * Plano de ubicación de los veladores a escala 1:100, detallando: * Longitud de fachada del establecimiento. * Ancho de la calle, acera o lugar de la vía pública. * Número total de mesas, sillas y dimensiones. * Ubicación de accesos a viviendas o locales colindantes. * Mobiliario urbano existente. * Vías ciclistas, marquesinas de bus/taxi. * Pasos y vados peatonales. * Otros datos de interés. * Plano de distribución del local con licencia de apertura. * Copia de la licencia municipal de apertura o informe de Urbanismo. * Copia de la Declaración censal (Impreso 036/037). * Propuesta de mobiliario con fotos o catálogo y ficha técnica. * Proyecto de sombrillas o toldos (si aplica). * Certificado de Seguro de Responsabilidad Civil y de Incendios. * Información sobre estufas u otros elementos de calefacción (si aplica). * Número de referencia catastral del local. ### Costes y plazos El coste depende de las tasas municipales. El plazo de resolución no está especificado. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. Reúne la documentación necesaria. 2. Presenta la solicitud: * **Online:** A través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Alicante (requiere certificado digital): [Acceso al trámite](https://bpm.alicante.es/OAC/TramitadorExt.jsp?useClave=true&texpcod=OV06&idioma=es) * **Presencial:** En el [Registro General](https://www.alicante.es/es/equipamientos/registro-general) del Ayuntamiento de Alicante. ### Información sobre cada etapa La solicitud será revisada por el Departamento de Ocupación de Vía Pública. ## Después de hacerlo ### Qué sucede después Una vez revisada la solicitud, se emitirá una resolución. ### Plazos de resolución No especificado. ## Ayuda ### Contacto Departamento de Ocupación de Vía Pública: * Ubicación: C/ Cándida Jimeno Gargallo, 1 – 5ª planta. C. Postal: 03001 * Teléfono: 965149318 - 965149326 * Correo electrónico: [ocupacion.viapublica@alicante.es](mailto:ocupacion.viapublica@alicante.es) ### Recursos adicionales * [Formulario Solicitud Nueva Instalación Veladores](https://www.alicante.es/sites/default/files/documentos/201911/02-solicitud-veladores-nueva-instalacion_ver_19_3_1.pdf) * [MODELO CERTIFICADO SEGURO VELADORES](https://www.alicante.es/sites/default/files/documentos/202009/modelo-certificado-seguro-veladores.pdf) * [Documento Representación](https://www.alicante.es/sites/default/files/documentos/202502/modelo-representacion-1_4.pdf) * [Cálculo orientativo de la tasa](http://w2.alicante.es/ovp/veladores.php)

  • ## Resumen Este trámite permite renovar la autorización para la ocupación de la vía pública con terrazas (veladores) en Alicante. La solicitud debe presentarse con al menos un mes de antelación. ## Lo que necesitas * Certificado de seguro de responsabilidad civil general y de incendios, con el recibo de pago. * Acreditación de la representación, si aplica. * Certificado técnico si la terraza tiene instalaciones portátiles o desmontables. ## Cómo hacerlo 1. **Preparar la documentación:** Reúne todos los documentos necesarios. 2. **Presentar la solicitud:** Puedes hacerlo por internet con certificado digital o presencialmente en el Registro General. * **Por Internet:** * Requiere certificado digital. * [Acceso al trámite](https://bpm.alicante.es/OAC/TramitadorExt.jsp?useClave=true&texpcod=OV10&idioma=es) * **Presencial:** * [Registro General](/es/equipamientos/registro-general) ## Datos de contacto Departamento de Ocupación de Vía Pública * **Ubicación:** C/ Cándida Jimeno Gargallo, 1 – 5ª planta. C. Postal: 03001 * **Horario de atención al público:** martes y jueves de 09:00 a 13:00 horas. ## Modelos de solicitud * [Formulario Renovación Veladores](https://www.alicante.es/sites/default/files/documentos/201911/02-solicitud-veladores-renovacion_ver_19_3.pdf) * [Modelo certificado seguro veladores](https://www.alicante.es/sites/default/files/documentos/202009/modelo-certificado-seguro-veladores_0.pdf) * [Modelo de representación](https://www.alicante.es/sites/default/files/documentos/202501/modelo-representacion.pdf)

  • ## Resumen Esta convocatoria tiene como objetivo principal mejorar la competitividad de los establecimientos de comercio y hostelería en Alicante. Se busca lograr esto a través de proyectos desarrollados por las asociaciones que los representan, dinamizando las áreas comerciales y favoreciendo la vitalidad de la ciudad. ## Periodo Subvencionable El periodo para realizar las actividades subvencionables comprende desde el 1 de enero hasta el 26 de noviembre de 2023. ## Beneficiarios Las asociaciones que pueden optar a estas subvenciones deben agrupar mayoritariamente a establecimientos dedicados al comercio al por menor y a la hostelería, cumpliendo los siguientes requisitos: 1. Estar legalmente constituidas, sin ánimo de lucro y en activo. 2. Desarrollar su actividad principal y tener su domicilio social y fiscal en el municipio de Alicante. 3. Tener más de 25 establecimientos asociados a fecha de la solicitud, en activo en el municipio de Alicante, de los que al menos el 51% desarrollen actividad relacionada con el comercio o la hostelería. 4. La persona titular de la presidencia y al menos el 80% de los miembros de la junta directiva deben estar en activo en los sectores antes indicados. 5. Al menos el 80% de los asociados de las entidades beneficiarias deben ser pymes o autónomos. 6. Disponer de ingresos propios a través de las cuotas de los asociados que supongan al menos un 10% del presupuesto que se solicita. 7. Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, así como no tener deudas o sanciones de naturaleza tributaria municipal. 8. No hallarse incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. ## Cómo Tramitar El trámite se realiza en la Sede Electrónica del Ayuntamiento: * Acceso al trámite Es necesario disponer de certificado digital de representante de persona jurídica para realizar el trámite digital. ## Ayuda Para consultas o aclaraciones sobre la convocatoria, contactar con comercio@alicante.es. ## Información Adicional * Plazo de presentación: Del 13 de abril de 2023 hasta el 2 de mayo de 2023. * Bases de la convocatoria: BASES DE CONVOCATORIA SUBVENCIONES 2023 * Anexo: ANEXO 2023 CUENTA JUSTIFICATIVA * Publicación de la convocatoria en el BOP * Imagen corporativa de la Concejalía de Comercio y Hostelería

  • ## Resumen Este trámite permite a las asociaciones de comerciantes justificar las subvenciones que recibieron para promover y dinamizar el comercio y la hostelería durante 2023. Deben incluir todos los documentos requeridos en las bases reguladoras. **Quién puede usar este servicio:** Asociaciones de comerciantes que recibieron estas subvenciones. **Importante:** Lee la base octava de las bases reguladoras adjuntas para justificar correctamente. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Cuenta justificativa firmada. * Facturas de los gastos. * Memoria justificativa de la actuación firmada. * Evidencias de las actividades realizadas. * Justificantes de pagos a proveedores (opcional). **Plazos:** * La justificación se puede realizar **hasta el 3 de diciembre de 2023** para acciones realizadas entre el 1 de enero y el 26 de noviembre de 2023. ## Cómo hacerlo **Paso a paso:** 1. Reúne toda la documentación requerida. 2. Accede al trámite a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Alicante (requiere certificado digital). 3. Completa la cuenta justificativa con la relación ordenada y numerada de las facturas. 4. Adjunta todos los documentos solicitados. 5. Presenta la justificación. **Información importante:** * Los documentos justificativos de gasto deben detallar las acciones, el lugar y la fecha de ejecución, así como el coste por unidad o por hora de servicio. * Los documentos bancarios que acrediten el pago deben identificar el número de factura, el proveedor y la asociación que realiza el pago. * Es obligatorio mencionar el apoyo de la Concejalía de Comercio y Hostelería del Ayuntamiento de Alicante en la difusión de las acciones, según lo establecido en las bases reguladoras. ## Anexos * BASES REGULADORAS 2023 * MODELO CUENTA JUSTIFICATIVA

  • ## Resumen Esta convocatoria tiene como objetivo principal impulsar la competitividad de los establecimientos de comercio y hostelería en Alicante. Se busca apoyar proyectos desarrollados por sus asociaciones representativas que dinamicen las áreas comerciales y mejoren la vitalidad de la ciudad. ## Beneficiarios Las asociaciones que pueden optar a estas subvenciones deben agrupar mayoritariamente a establecimientos de comercio al por menor y hostelería, o ser asociaciones de vendedores en mercados y mercadillos municipales. Deben cumplir los siguientes requisitos: 1. Estar legalmente constituidas, sin ánimo de lucro y en activo. 2. Desarrollar su actividad principal y tener su domicilio social y fiscal en el municipio de Alicante. 3. Tener más de 25 establecimientos asociados, con al menos el 51% dedicados al comercio o la hostelería. 4. La persona titular de la presidencia y al menos el 80% de los miembros de la junta directiva deben estar en activo en los sectores mencionados. 5. Al menos el 80% de los asociados deben ser pymes o autónomos. 6. Disponer de ingresos propios a través de las cuotas de los asociados que representen al menos un 10% del presupuesto solicitado. 7. Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, y no tener deudas o sanciones tributarias municipales. 8. No estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones. ## Cómo Tramitar El trámite se realiza a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento: [Acceso al trámite](https://bpm.alicante.es/OAC/TramitadorExt.jsp?idioma=es&texpcod=CO01&useClave=true) Es necesario contar con un certificado digital de representante de persona jurídica para realizar el trámite online. ## Plazos El plazo de presentación de solicitudes es del 2 de Julio de 2024 hasta el 21 de Julio de 2024. El periodo subvencionable para la realización de las actuaciones es del 1 de enero al 24 de noviembre de 2024. ## Documentación La documentación a presentar se detalla en la base séptima de las bases de la convocatoria. * [CUENTA JUSTIFICATIVA](https://www.alicante.es/sites/default/files/documentos/202408/anexo-2024.odt) ## Ayuda Para consultas o aclaraciones sobre la convocatoria, contactar con [comercio@alicante.es](mailto:comercio@alicante.es). * [Bases reguladoras de la convocatoria](https://www.alicante.es/sites/default/files/documentos/202411/bases-convocatoria-def.pdf) * [Publicación de la convocatoria en BOP](https://www.dip-alicante.es/bop2/pdftotal/2024/07/01_124/2024_005237.pdf) * [Imagen corporativa de la Concejalía de Comercio y Hostelería](https://www.alicante.es/es/documentos/imagen-corporativa-concejalia-comercio-y-hosteleria-alicante)

  • ## Resumen Convocatoria de subvenciones para asociaciones y entidades turísticas que buscan fortalecer Alicante como destino turístico durante el año 2023. ### Quién puede usar este servicio Asociaciones y entidades de ámbito turístico. ### Antes de empezar Revisar las bases de la convocatoria y asegurarse de cumplir con los requisitos. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * Anexo I: Relación de facturas y justificantes (Anexo I) * Anexo II: Declaración responsable y autorización para consulta de deudas (Anexo II) * Anexo de representación (si aplica) (Anexo de representación) ### Plazos El plazo de presentación es del 16 de Noviembre de 2023 hasta el 29 de Noviembre de 2023. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. Preparar la documentación requerida. 2. Presentar la solicitud telemáticamente o por correo electrónico. #### Presentación telemática * Requiere certificado digital. * Acceder al trámite: Acceso al trámite #### Presentación por correo electrónico * Enviar la solicitud y la documentación a: patronato.turismo@alicante.es ## Ayuda ### Contacto * E-mail: patronato.turismo@alicante.es ### Recursos adicionales * Bases de la convocatoria: Bases de la convocatoria.pdf * Decreto de aprobación de la convocatoria: Decreto de aprobación de la convocatoria.pdf * Edicto: Edicto.pdf

  • ## Resumen Este trámite permite transferir la autorización de una terraza de veladores a un nuevo titular, siempre que este haya adquirido la licencia de apertura del establecimiento al que pertenece la terraza. También permite modificar el mobiliario o la distribución de la terraza, dentro de ciertos límites. ### Quién puede usar este servicio El nuevo titular de la licencia de apertura del establecimiento público al que está vinculada la terraza de veladores. ### Antes de empezar Es fundamental haber completado la cesión o transmisión de la licencia de apertura del establecimiento. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * Si actúas mediante un representante, el documento que acredite dicha representación. * Copia del NIF/NIE. * Copia de la licencia municipal de apertura del establecimiento. * Copia de la declaración censal. * Certificado del seguro de responsabilidad civil y de incendios, junto con el recibo de pago. * Documentación gráfica de la terraza (dimensiones, características, materiales, fotos). ### Requisitos previos * Haber realizado la cesión o transmisión de la licencia de apertura. * Contar con un seguro de responsabilidad civil vigente. ### Costes y plazos * Coste: No especificado. * Plazos: No especificado. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. Reúne la documentación necesaria. 2. Presenta la solicitud, ya sea online o presencial. ### Información sobre cada etapa * **Solicitud:** Rellena el formulario de solicitud (Formulario instancia solicitud cambio de titularidad). * **Documentación:** Prepara todos los documentos requeridos. * **Presentación:** Presenta la solicitud online o en el Registro General. ## Después de hacerlo ### Qué sucede después Una vez presentada la solicitud, el Ayuntamiento la revisará y, si todo está correcto, aprobará la transmisión de la autorización. ### Plazos de resolución No especificado. ### Siguiente pasos Una vez aprobada la transmisión, podrás operar la terraza de veladores bajo tu titularidad. ## Ayuda ### Contacto Departamento de Ocupación de Vía Pública: * **Ubicación:** C/ Cándida Jimeno Gargallo, 1 – 5ª planta. C. Postal: 03001 * **Horario:** Martes y jueves de 09:00 a 13:00 horas. ### Recursos adicionales * Modelo certificado seguro veladores * Modelo Representación ### Formas de presentación * **Por Internet:** Requiere certificado digital (Acceso al trámite). * **Presencial:** En el Registro General.

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar la instalación de sombrillas con anclaje empotrado en el pavimento de la vía pública. La aprobación está sujeta a un informe técnico que evalúe la viabilidad y seguridad de la instalación. ## Lo que necesitas ### Documentación a presentar: * Documentación en vigor que acredite la titularidad del interesado con respecto a la actividad a realizar o, en su caso, la acreditación mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia de la representación que ostenta. * Plano de la terraza con propuesta de la situación acotada de los anclajes. * Fotografías a color (general y de detalle) del pavimento donde se pretende la instalación. * Memoria Técnica que describa el anclaje propuesto justificando la idoneidad de su instalación en el pavimento de la terraza interesada. ## Cómo hacerlo ### Formas de Presentación * **Por Internet** * Requiere certificado digital: Sí * [Acceso al trámite](https://bpm.alicante.es/OAC/TramitadorExt.jsp?useClave=true&texpcod=OV03&idioma=es) * **Presencial** * Lugar de presentación: [Registro General](https://www.alicante.es/es/equipamientos/registro-general) ## Ayuda ### Datos de contacto Departamento de Ocupación de Vía Pública * **Ubicación**: C/ Cándida Jimeno Gargallo, 1 -5ª planta. C. Postal: 03001 * **Horario de atención público**: martes y jueves de 09:00 a 13:00 horas. ### Documentos de ayuda * [Formulario instancia sombrillas con anclajes](https://www.alicante.es/sites/default/files/documentos/201911/02-solicitud-veladoressombrillas_anclaje_ver_19_3.pdf) * [Documento Representación](https://www.alicante.es/sites/default/files/documentos/202502/modelo-representacion-1_3.pdf)

  • ## Resumen Se ha publicado la propuesta de resolución provisional de las ayudas a pymes, micropymes, autónomos y profesionales de Alicante para minimizar el impacto económico de la crisis generada por la invasión de Ucrania (Plan Ayudas Diputación-Ayuntamiento 2023). **Quién puede usar este servicio:** Pymes, micropymes, autónomos y profesionales de la ciudad de Alicante que hayan solicitado estas ayudas. **Importante:** Si no estás de acuerdo con la propuesta, tienes un plazo de 3 días hábiles (del 24 al 28 de noviembre de 2023) para presentar alegaciones. ## Lo que necesitas * **Documentación requerida:** La documentación necesaria para justificar tu disconformidad con la propuesta de resolución provisional. * **Plazo:** Del 24 al 28 de noviembre de 2023 (ambos incluidos). ## Cómo hacerlo 1. **Revisar la propuesta de resolución provisional:** Consulta los anexos publicados en www.alicante.es y www.impulsalicante.es para ver el estado de tu solicitud (aprobada con crédito, denegada, aprobada sin crédito). 2. **Presentar alegaciones (si estás en desacuerdo):** Si no estás de acuerdo con la propuesta, presenta tus alegaciones de forma electrónica a través del trámite online disponible en: Acceso al trámite. Necesitarás certificado digital. ## Anexos * Edicto publicación provisional ayudas crisis Ucrania * Anexo I solicitudes aprobadas * Anexo II Solicitudes denegadas * Anexo III Solicitudes aprobadas sin crédito

  • ## Resumen Este trámite regula la circulación de vehículos en el Centro Histórico de Alicante, permitiendo el acceso a residentes con autorización y, de forma puntual, a no residentes mediante comunicación previa. ## Comunicación de accesos puntuales La comunicación de acceso puntual a la zona restringida es para vehículos sin autorización. Debe realizarla el titular o conductor del vehículo. No se necesita certificado digital. ### Cómo hacerlo 1. **Por Internet:** * Completa el formulario web disponible en: [Comunicación de acceso puntual al Casco Histórico](https://w3.alicante.es/trafico/acceso-casco-antiguo/) * La solicitud se validará en un plazo de tres días laborables y recibirás respuesta por correo electrónico. 2. **Presencialmente:** * En la Unidad de Sanciones, C/. Arzobispo Loaces, 13 – Pta Baja, de 09:00 a 13:00 h. * Completa el siguiente documento: [Instancia de comunicación de acceso puntual al Centro Histórico](https://www.alicante.es/sites/default/files/documentos/202311/comunicacion-acceso-puntual.pdf) ### Plazo El plazo de presentación es de diez días naturales desde el día del acceso. ### Contacto Para consultas: [acceso.centrohistorico@alicante.es](mailto:acceso.centrohistorico@alicante.es) **Importante:** El correo electrónico no es para presentar comunicaciones de accesos puntuales. ## Solicitud de autorizaciones para residentes Si cumples los requisitos de acceso permanente, puedes solicitar una autorización presentando una instancia en el Registro General. * [Documentación requerida](https://www.alicante.es/sites/default/files/documentos/202311/requisitos-acceso-al-centro-historico.pdf) La presentación de la solicitud no autoriza el acceso hasta su validación. Las autorizaciones tienen una validez de dos años. ### Cómo hacerlo 1. **Por Internet:** * Con certificado digital (obligatorio para ciertos usuarios). * [Acceso al trámite](https://bpm.alicante.es/OAC/TramitadorExt.jsp?useClave=true&texpcod=REGE&idioma=es) 2. **Presencialmente:** * Presenta la [instancia](https://www.alicante.es/sites/default/files/documentos/202311/instancia-general-del-ayuntamiento-alicante.pdf) y [documentación](https://www.alicante.es/sites/default/files/documentos/202311/requisitos-acceso-al-centro-historico.pdf) en las oficinas del S.A.I.C. (Servicio Atención Integral a la Ciudadanía), en la calle Cervantes nº 3 y en la calle Portugal nº 17 (cita previa: [https://www.alicante.es/es/tramites/cita-previa-online](https://www.alicante.es/es/tramites/cita-previa-online)). * También puedes presentarla en los lugares del artículo 16 de la Ley 39/2015. **Importante:** Para trámites electrónicos necesitas DNIe/Certificado Electrónico o Acceso Pin 24 H o [Cl@ve](mailto:Cl@ve) permanente. ### Contacto Para consultas: [acceso.centrohistorico@alicante.es](mailto:acceso.centrohistorico@alicante.es) **Importante:** El correo electrónico no es para presentar solicitudes de autorizaciones.

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