Declaración de especial interés o utilidad municipal. Beneficios fiscales IBI, ICIO e IAE. Circular
Información Rápida
Objetivo
Obtener bonificaciones fiscales en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) y el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) para actividades económicas que sean declaradas de especial interés o utilidad municipal.
¿Quién puede solicitarlo?
Sujetos pasivos de IBI, ICIO e IAE que desarrollen actividades económicas en el municipio de Alicante que puedan ser consideradas de especial interés o utilidad municipal.
Requisitos principales
- La actividad económica debe ser declarada de especial interés o utilidad municipal por el Pleno de la Corporación.
- El solicitante debe ser el sujeto pasivo del impuesto correspondiente al inmueble donde se desarrolla la actividad.
- Estar al corriente en el pago de todos los tributos.
- Cumplir con los requisitos específicos de fomento del empleo, si aplica.
- Para ICIO, la solicitud debe presentarse con la solicitud de licencia urbanística, declaración responsable o comunicación previa, antes del inicio de la construcción, instalación u obra.
Plazos
La solicitud debe presentarse antes del 31 de diciembre del ejercicio anterior para el cual se solicita la bonificación (para IBI). Para ICIO, debe presentarse con la solicitud de licencia urbanística, declaración responsable o comunicación previa, antes del inicio de la construcción, instalación u obra.
Duración del trámite
Variable, dependiendo del Pleno de la Corporación.
Información adicional
Las bonificaciones están sujetas a la aprobación del Pleno de la Corporación y pueden variar en porcentaje y duración. Los requisitos deben mantenerse durante los ejercicios bonificados; el incumplimiento puede resultar en la devolución de la cuota bonificada. Las bonificaciones no son compatibles con otras.
Resumen
Este documento informativo detalla los requisitos para solicitar la declaración de especial interés o utilidad municipal en Alicante, lo que permite obtener bonificaciones fiscales en el IBI, ICIO e IAE. Estas bonificaciones están dirigidas a actividades económicas que contribuyan a objetivos sociales, culturales, histórico-artísticos o de fomento del empleo en el municipio.
Quién puede usar este servicio:
- Sujetos pasivos de IBI, ICIO e IAE que desarrollen actividades económicas en Alicante.
Antes de empezar:
- Revisa los requisitos específicos para cada impuesto y tipo de actividad.
- Prepara la documentación necesaria, incluyendo la memoria explicativa.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Memoria explicativa que justifique las circunstancias que hacen que la actividad sea de especial interés o utilidad municipal.
- Para el ICIO, la solicitud debe acompañar la solicitud de licencia urbanística, declaración responsable o comunicación previa.
Requisitos previos:
- Estar al corriente en el pago de todos los tributos municipales.
- Cumplir con los criterios de fomento del empleo, si aplica.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Preparación de la solicitud: Reúne la documentación requerida y redacta la memoria explicativa.
- Presentación de la solicitud:
- Electrónicamente: A través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alicante (obligatorio para personas jurídicas y aquellos obligados a relacionarse electrónicamente con la administración).
- Presencialmente: En las oficinas de atención al ciudadano (solo para personas físicas no obligadas a la tramitación electrónica).
- Tramitación: El Ayuntamiento revisará la solicitud y la documentación.
- Resolución: El Pleno de la Corporación decidirá si declara la actividad de especial interés o utilidad municipal y determinará el porcentaje de bonificación aplicable.
Información sobre cada etapa:
- La memoria explicativa debe detallar cómo la actividad contribuye a los objetivos de interés social, cultural, histórico-artístico o de fomento del empleo.
- La presentación electrónica requiere certificado digital.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- Si la declaración es aprobada, se aplicará la bonificación correspondiente en el impuesto respectivo.
- El incumplimiento de los requisitos durante el período bonificado puede resultar en la devolución de la cuota bonificada.
Ayuda
Contacto:
- Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alicante.
- Catálogo de Servicios.
- Hacienda.
Recursos adicionales:
- Ordenanzas fiscales del Ayuntamiento de Alicante (IBI, ICIO, IAE).