CAPÍTULO II · Medidas de apoyo al comercio internacional

Artículo 26. Exención de cuotas para la participación en actividades de promoción del comercio internacional y otros eventos internacionales a las empresas afectadas por la DANA

Se establece una exención de cuotas para la participación de las empresas con sede social o fiscal en el listado de municipios incluidos en el anexo del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, en las ferias u otras actividades de promoción de comercio internacional organizadas por ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E. que tengan lugar hasta el 31 de diciembre de 2025.

Artículo 27. Programa ICEX Internacionalización para empresas afectadas por la DANA

1. ICEX España Exportación e Inversiones, EPE, aprobará en el plazo máximo de seis meses una convocatoria de ayudas dirigida a las empresas con sede social o fiscal en el listado de municipios incluidos en el anexo del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, en el marco de la Orden ECM/794/2024, de 17 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en las diferentes líneas del «Programa ICEX Internacionalización» de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E. 2. A los beneficiarios de la convocatoria anterior no se les aplicarán los artículos 13.3 bis y 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.