DIVISIÓN 4. OTRAS INDUSTRIAS MANUFACTURERAS

Grupo 411. Fabricación y envasado de aceite de oliva

Por cada Kw: 1.667 pesetas. (10,018872 euros) Por cada Kw: 1.346 pesetas. (8,089623 euros) Por cada Kw: 1.346 pesetas. (8,089623 euros) Por cada Kw: 1.667 pesetas. (10,018872 euros) Por cada Kw: 63 pesetas. (0,378638 euro) Por cada Kw: 1.667 pesetas. (10,018872 euros) Por cada Kw: 1.667 pesetas. (10,018872 euros) Por cada Kw: 1.967 pesetas. (11,821908 euros) Se incluye en este epígrafe la obtención en mataderos de pieles y cueros en sangre o salados, crines, pelos y otros subproductos (plumas, picos, huesos, tripas, vejigas, tendones, sangre, etc.); así como las salas de despiece y de frío anejas a los mataderos. También comprende la obtención y refino de sebos y manteca. Por cada Kw: 1.967 pesetas. (11,821908 euros) Se incluye en este epígrafe la fabricación de plasma. Por cada Kw: 1.967 pesetas. (11,821908 euros) Por cada Kw: 3.447 pesetas. (20,716887 euros) Se incluye en este epígrafe la elaboración de nata fresca, leches fermentadas y caseína bruta. Por cada Kw: 3.447 pesetas. (20,716887 euros) Por cada obrero: 3.147 pesetas. (18,913851 euros) Por cada Kw: 3.447 pesetas. (20,716887 euros) Por cada Kw: 3.447 pesetas. (20,716887 euros) Por cada Kw: 1.077 pesetas. (6,472900 euros) Se incluye en este grupo la elaboración de pasas y frutas secas. A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarará las actividades concretas que ejerce según la clasificación contenida en los siguientes epígrafes: Epígrafe 415.2 Extractos, zumos y otros preparados vegetales. Epígrafe 415.3 Limpieza, clasificación y envase de frutas y otros productos vegetales. Por cada Kw: 373 pesetas. (2,241775 euros) Epígrafe 416.2 Productos residuales de la preparación y conservación de pescado y otros productos marinos. Por cada Kw: 1.688 pesetas. (10,145084 euros) Por cada Kw: 2.019 pesetas. (12,134434 euros) Por cada Kw: 1.284 pesetas. (7,716995 euros) Por cada Kw: 1.284 pesetas. (7,716995 euros) Por cada Kw: 1.284 pesetas. (7,716995 euros) Por cada Kw: 1.284 pesetas. (7,716995 euros) Por cada Kw: 1.284 pesetas. (7,716995 euros)

Grupo 420. Industria del azúcar

Por cada Kw: 704 pesetas. (4,231125 euros) A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarará las actividades concretas que ejerce según la clasificación contenida en los siguientes epígrafes: Epígrafe 420.2 Productos residuales de la industria del azúcar. Por cada Kw: 590 pesetas. (3,545971 euros) Por cada Kw: 1.439 pesetas. (8,648564 euros) Por cada Kw: 207 pesetas. (1,244095 euros) Por cada Kw: 207 pesetas. (1,244095 euros) Por cada Kw: 621 pesetas. (3,732285 euros) Por cada Kw: 777 pesetas. (4,669864 euros) Por cada Kw: 2.650 pesetas. (15,926821 euros) Por cada Kw: 1.594 pesetas. (9,580133 euros) Por cada Kw: 1.594 pesetas. (9,580133 euros) Por cada Kw: 1.594 pesetas. (9,580133 euros) Por cada Kw: 2.174 pesetas. (13,066003 euros) Por cada Kw: 2.174 pesetas. (13,066003 euros) Por cada Kw: 5.403 pesetas. (32,472684 euros) Por cada Kw: 2.288 pesetas. (13,751157 euros) Se incluye en este epígrafe la refrigeración y gasificación de vinos y el embotellado que se realiza conjuntamente con la obtención. Por cada Kw: 2.660 pesetas. (15,986922 euros) Por cada Kw: 2.660 pesetas. (15,986922 euros) Por cada Kw: 1.522 pesetas. (9,147404 euros) Por cada Kw: 1.884 pesetas. (11,323068 euros) Cuando el sujeto pasivo elabore individual y aisladamente la sidra con manzanas de su propia cosecha, la cuota será el 25 por ciento de la señalada en este grupo. A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarará las actividades concretas que ejerce según la clasificación contenida en los siguientes epígrafes: Epígrafe 426.2 Productos residuales de sidrerías. Por cada Kw: 1.574 pesetas. (9,459931 euros) Epígrafe 427.2 Subproductos y productos residuales de la fabricación de cerveza. Por cada Kw: 4.658 pesetas. (27,995144 euros) Por cada Kw: 3.954 pesetas. (23,764019 euros) Por cada Kw: 5.051 pesetas. (30,357121 euros) Por cada Kw: 290 pesetas. (1,742935 euros)

Grupo 431. Industria del algodón y sus mezclas

Por cada Kw: 497 pesetas. (2,987030 euros) Por cada Kw: 342 pesetas. (2,055461 euros) Por cada Kw: 922 pesetas. (5,541332 euros) Por cada Kw: 187 pesetas. (1,123893 euros) Por cada Kw: 539 pesetas. (3,239455 euros) Por cada Kw: 1.294 pesetas. (7,777097 euros) Por cada Kw: 1.035 pesetas. (6,220475 euros) Epígrafe 433.2 Preparación, hilado y tejido de las fibras artificiales y sintéticas. Por cada Kw: 539 pesetas. (3,239455 euros) Epígrafe 434.2 Subproductos y productos residuales de la preparación de las fibras duras. Epígrafe 434.3 Hilados y retorcidos de fibras duras y sus mezclas. Epígrafe 434.4 Tejidos de fibras duras y sus mezclas. Por cada Kw: 1.853 pesetas. (11,136754 euros) Por cada Kw: 1.853 pesetas. (11,136754 euros) Por cada Kw: 1.853 pesetas. (11,136754 euros) Por cada Kw: 1.853 pesetas. (11,136754 euros) Por cada Kw: 953 pesetas. (5,727645 euros) Epígrafe 436.2 Textiles teñidos. Epígrafe 436.3 Textiles estampados. Epígrafe 436.9 Textiles aprestados, mercerizados o acabados de otra forma. Por cada Kw: 1.315 pesetas. (7,903309 euros) Por cada Kw: 1.315 pesetas. (7,903309 euros) Por cada Kw: 653 pesetas. (3,924609 euros) Por cada Kw: 653 pesetas. (3,924609 euros) Por cada Kw: 290 pesetas. (1,742935 euros) Por cada Kw: 1.015 pesetas. (6,100273 euros)

Grupo 441. Curtición y acabado de cueros y pieles

Por cada Kw: 1.760 pesetas. (10,577813 euros) A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarará las actividades concretas que ejerce según la clasificación contenida en los siguientes epígrafes: Epígrafe 441.2 Cueros y pieles acabadas. Epígrafe 441.3 Cueros y pieles regeneradas, subproductos y productos residuales de la curtición. Por cada Kw: 5.662 pesetas. (34,029305 euros) Por cada Kw: 5.662 pesetas. (34,029305 euros) Por cada Kw: 4.534 pesetas. (27,249889 euros)

Grupo 451. Fabricación en serie de calzado (excepto el de caucho y madera)

Por cada Kw: 1.781 pesetas. (10,704026 euros) Epígrafe 451.2 Calzado de calle fabricado en serie. Epígrafe 451.3 Zapatillas de casa, calzados especiales, polainas y similares, fabricados en serie. Epígrafe 451.4 Recortes y desperdicios de cuero de todas procedencias. Por cada Kw: 2.091 pesetas. (12,567163 euros) Epígrafe 452.2 Calzado ortopédico. Por cada Kw: 1.967 pesetas. (11,821908 euros) La confección en serie de camisas, calzoncillos y similares, pijamas, camisones, combinaciones, bragas, fajas, sujetadores y otros artículos de lencería, incluidas las confecciones de punto a partir de tejidos, etc. La confección en serie de prendas de trabajo, uniformes, prendas de cuero y similares, prendas especiales para lluvia cosidas o de plástico soldado, prendas militares y deportivas, sacerdotales y religiosas, de teatro, etc. La confección en serie de cascos y bandas para sombreros, sombreros, gorras, tocados y similares. La fabricación en serie de paraguas, bastones y sombrillas; corbatas, chales, toquillas, velos, mantillas y pañuelos; cinturones, bolsos y guantes de tela; flores y plumas de moda; tirantes de sujetadores; abanicos, etc. La ejecución de trabajos de diseño de modelos y patrones, cosido a máquina, de vainicas, plisados y otras actividades anexas a la industria del vestido no especificadas en otros epígrafes. Asimismo, este grupo comprende la confección en serie de sacos de embalar, telas filtro y de bolsas centrífugas. A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarará las actividades concretas que ejerce según la clasificación contenida en los siguientes epígrafes: Epígrafe 454.2 Sombreros y accesorios para el vestido hechos a medida. Por cada Kw: 2.505 pesetas. (15,055353 euros) Por cada Kw: 1.967 pesetas. (11,821908 euros) Por cada Kw: 15.557 pesetas. (93,499453 euros) Por cada Kw: 11.665 pesetas. (70,108062 euros)

Grupo 461. Aserrado y preparación industrial de la madera (aserrado, cepillado, pulido, lavado, etc.)

Por cada Kw: 673 pesetas. (4,044811 euros) Epígrafe 461.2 Productos residuales del aserrado y preparación industrial de la madera. Por cada Kw: 891 pesetas. (5,355018 euros) Por cada Kw: 891 pesetas. (5,355018 euros) Por cada Kw: 684 pesetas. (4,110923 euros) Por cada Kw: 891 pesetas. (5,355018 euros) Por cada Kw: 756 pesetas. (4,543652 euros) Epígrafe 463.2 Parqué, entarimado y adoquines de madera. Epígrafe 463.3 Otras piezas de carpintería para la construcción. Epígrafe 463.4 Elementos estructurales y construcciones prefabricadas de madera. Por cada Kw: 756 pesetas. (4,543652 euros) Epígrafe 464.2 Tonelería. Epígrafe 464.3 Estuches, baúles, maletas y otros envases de madera. Por cada Kw: 756 pesetas. (4,543652 euros) Epígrafe 465.2 Herramientas, mangos, monturas y artícu­los similares de madera. Epígrafe 465.3 Artículos de madera para la fabricación y conservación del calzado. Epígrafe 465.4 Artículos de madera para la industria textil. Epígrafe 465.5 Calzado de madera. Epígrafe 465.6 Harina y lana de madera. Epígrafe 465.9 Otros objetos diversos de madera (excepto muebles) n.c.o.p. Por cada Kw: 1.274 pesetas. (7,656894 euros) Epígrafe 466.2 Productos residuales de la fabricación de artículos de corcho. Por cada Kw: 849 pesetas. (5,102593 euros) Epígrafe 467.2 Cepillos, brochas, escobas y artículos similares. Por cada Kw: 849 pesetas. (5,102593 euros) Por cada Kw: 849 pesetas. (5,102593 euros) Por cada Kw: 849 pesetas. (5,102593 euros) Por cada Kw: 849 pesetas. (5,102593 euros) Por cada Kw: 684 pesetas. (4,110923 euros)

Grupo 471. Fabricación de pasta papelera

Por cada Kw: 249 pesetas. (1,496520 euros) En caso de manipulación o transformación en proceso posterior deberá tributar por el epígrafe 473.2. A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarará las actividades concretas que ejerce según la clasificación contenida en los siguientes epígrafes: Epígrafe 471.1. Pasta papelera. Epígrafe 471.2. Subproductos y productos residuales de la fabricación de la pasta papelera. Por cada Kw: 249 pesetas. (1,496520 euros) A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarará las actividades concretas que ejerce según la clasificación contenida en los siguientes epígrafes: Epígrafe 472.1. Papel y cartón. Epígrafe 472.2. Productos residuales de la fabricación y transformación del papel y cartón. Por cada Kw: 1.853 pesetas. (11,136754 euros) Por cada Kw: 1.853 pesetas. (11,136754 euros) Por cada Kw: 1.853 pesetas. (11,136754 euros) Se incluye en este epígrafe la fabricación de manipulados de cartón y papel para máquinas electrónicas. Por cada Kw: 1.853 pesetas. (11,136754 euros) Por cada Kw: 1.853 pesetas. (11,136754 euros) Por cada Kw: 2.039 pesetas. (12,254637 euros) Epígrafe 474.2 Impresión de prensa diaria por cualquier procedimiento. Epígrafe 474.3 Reproducción de textos o imágenes por proce­dimientos tales como multicopistas, fotocopias por procedimientos fotográficos y electroestáticos, sistemas de reproducción de planos, etc. Por cada Kw: 1.750 pesetas. (10,517712 euros) Epígrafe 475.2 Composición de textos por cualquier procedimiento. Epígrafe 475.3 Reproducción de textos o imágenes destinados a la impresión. Epígrafe 475.4 Encuadernación. 2.ª Cuando la edición de libros sea realizada por el propio autor de la obra, la cuota de este epígrafe será un 75 por ciento de la señalada en el mismo.

Grupo 481. Transformación del caucho

Por cada Kw: 1.191 pesetas. (7,158054 euros) Por cada Kw: 1.191 pesetas. (7,158054 euros) Por cada Kw: 1.191 pesetas. (7,158054 euros) Por cada Kw: 891 pesetas. (5,355018 euros) Por cada Kw: 891 pesetas. (5,355018 euros)

Grupo 491. Joyería y bisutería

Por cada Kw: 4.554 pesetas. (27,370091 euros) Por cada Kw: 1.863 pesetas. (11,196856 euros) Por cada Kw: 321 pesetas. (1,929249 euros) A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarará las actividades concretas que ejerce según la clasificación contenida en los siguientes epígrafes: Epígrafe 492.2 Instrumentos de viento de teclado. Epígrafe 492.3 Instrumentos de cuerda. Epígrafe 492.4 Instrumentos de viento. Epígrafe 492.5 Instrumentos de percusión. Epígrafe 492.6 Instrumentos musicales electrónicos. Epígrafe 492.7 Otros instrumentos musicales. Epígrafe 492.8 Partes, piezas sueltas y accesorios de instrumentos musicales. Por cada Kw: 1.067 pesetas. (6,412799 euros) No se incluyen en este grupo los fotógrafos que revelan ellos mismos sus películas fotográficas, fotografía automática, aérea, industrial, publicitaria y de prensa. A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarará las actividades concretas que ejerce según la clasificación contenida en los siguientes epígrafes: Epígrafe 493.2 Placas, películas fotográficas negativas y diapositivas reveladas. Epígrafe 493.3 Copias fotográficas y ampliaciones. Por cada Kw: 1.594 pesetas. (9,580133 euros) Por cada Kw: 1.594 pesetas. (9,580133 euros) Por cada Kw: 1.822 pesetas. (10,950441 euros) Por cada Kw: 1.822 pesetas. (10,950441 euros)