## Resumen Este trámite permite solicitar el reconocimiento del derecho a una pensión no contributiva, ya sea por invalidez o jubilación. Estas pensiones están destinadas a personas que no han cotizado lo suficiente para acceder a una pensión contributiva y que carecen de recursos económicos suficientes. **Quién puede usar este servicio:** * Ciudadanos españoles. * Ciudadanos del Espacio Económico Europeo y Suiza. * Extranjeros residentes legalmente en España. **Antes de empezar:** * Asegúrate de cumplir con los requisitos específicos para la pensión de invalidez o jubilación no contributiva. * Reúne toda la documentación necesaria antes de iniciar la solicitud. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Fotocopia compulsada del DNI/NIE del solicitante y de todos los miembros de la unidad familiar. * Certificado de empadronamiento y convivencia. * Vida laboral actualizada de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años. * Justificantes de ingresos de todos los miembros de la unidad familiar. * Certificado del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) sobre posibles subsidios o prestaciones. * Certificado del INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) sobre posibles pensiones. * Declaración de la renta del último ejercicio o certificado negativo. * En caso de separación o divorcio, sentencia y convenio regulador. * Para solicitantes de PNC ingresados en Centros Penitenciarios, certificado del Centro indicando el grupo en el que está incluido y la categoría del interno. **Requisitos previos:** * **Invalidez no Contributiva:** 1. Tener entre 18 y 65 años. 2. Residir legalmente en España durante cinco años, dos de ellos inmediatamente anteriores a la solicitud. 3. Estar afectado por una discapacidad o enfermedad crónica en un grado igual o superior al 65%. 4. Carecer de rentas o ingresos suficientes. * **Jubilación no Contributiva:** 1. Haber cumplido los 65 años de edad. 2. Residir legalmente en España durante diez años entre la edad de 16 años y la edad de devengo de la pensión, de los cuales dos deberán ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la solicitud de la pensión. 3. Carecer de rentas o ingresos suficientes. **Costes y plazos:** * El trámite es gratuito. * El plazo de resolución es de 90 días hábiles. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Reúne la documentación necesaria. 2. Descarga y cumplimenta el formulario de solicitud correspondiente (invalidez o jubilación) desde la sección de "Solicitud y Anexos". 3. Presenta la solicitud y la documentación a través de la sede electrónica de la Junta de Extremadura. **Información sobre cada etapa:** * La solicitud debe presentarse preferentemente de forma telemática. * Es importante adjuntar todos los documentos requeridos para evitar retrasos en la tramitación. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** * Una vez presentada la solicitud, se revisará la documentación y se valorará el cumplimiento de los requisitos. * Se notificará la resolución del procedimiento. **Plazos de resolución:** * El plazo máximo para resolver es de 90 días hábiles. **Siguientes pasos:** * En caso de resolución favorable, se comenzará a percibir la pensión no contributiva. * Es importante comunicar cualquier variación en la situación personal o económica que pueda afectar al derecho a la pensión. ## Ayuda **Contacto:** * Servicio de Prestaciones Sociales y Ayudas * Dirección: C/ Antonio Rodríguez Moñino, 2A, 06800 Mérida **Recursos adicionales:** * Información sobre Pensiones no Contributivas del IMSERSO * Solicitud de Complemento de Alquiler para Pensionistas no Contributivos **Preguntas frecuentes:** * **¿Las pensiones no contributivas tienen carácter vitalicio?** No, están sujetas al cumplimiento de los requisitos que dieron lugar a su reconocimiento. * **¿Qué grado de discapacidad es necesario acreditar para acceder a una pensión no contributiva de invalidez?** Igual o superior al 65%. * **¿Qué período de residencia legal en territorio español debo acreditar para cada una de las modalidades de pensión no contributiva?** Cinco años en el caso de pensión no contributiva de invalidez y 10 años en caso de pensión no contributiva de jubilación. De los cuales dos años deberán ser inmediatamente anteriores a la solicitud de la pensión. * **¿Puedo compatibilizar el percibo de una pensión no contributiva de invalidez con una actividad laboral?** Sí, siempre que la suma de los ingresos derivados del trabajo y la pensión no contributiva de invalidez, no superen la suma de la pensión no contributiva de invalidez más el IPREM. El plazo máximo de compatibilidad es de 4 años. * **¿Dónde puedo dirigirme para solicitar, comunicar variaciones u obtener información sobre pensiones no contributivas?** Servicio de Prestaciones Sociales y Ayudas (DIR A11030105). C/ Antonio Rodríguez Moñino, 2A (2ª Planta) - 06800 Mérida. Servicio Territorial Consejería Salud y Servicios Sociales de Badajoz (DIR A11036577). C/ Ronda del Pilar, 10 - 06002 Badajoz Servicio Territorial Consejería Salud y Servicios Sociales de Cáceres (DIR A11036277). Pza. Hernán Cortés, 1 - 10001 Cáceres * **¿Dónde puedo dirigirme para solicitar u obtener información sobre el complemento de alquiler a pensionistas no contributivos?** Servicio Territorial Consejería Salud y Servicios Sociales de Cáceres (DIR A11036277). Pza. Hernán Cortés, 1 - 10001 Cáceres * **¿Qué requisitos se necesitan para ser beneficiario del complemento de necesidad de tercera persona en una pensión no contributiva de invalidez?** No tener cumplidos los 65 años en el momento de la solicitud. Tener reconocida una discapacidad igual o superior al 75% y, además, cualquiera de los grados del baremo de dependencia.
## Resumen Este trámite permite la tramitación del instrumento de desarrollo de las determinaciones sobre los asentamientos rústicos que los Planes Territoriales prevean (Plan Especial de Ordenación del Territorio, PEOT). **Quién puede usar este servicio** Se reconoce la iniciativa privada para la promoción y desarrollo de nuevos asentamientos en suelo rústico. Este tipo de Instrumentos deben responder al interés general. ## Lo que necesitas **Documentación** El Plan Especial de Ordenación de Nuevos Asentamientos en Suelo Rústico contendrá la documentación precisa para definir y justificar sus determinaciones, que se formalizará en los siguientes documentos: 1. Memoria informativa, de análisis y diagnóstico de la materia y el territorio a ordenar. 2. Memoria de ordenación, con la definición y justificación de la propuesta, sus objetivos y determinaciones. 3. Documentación exigida por la legislación ambiental. 4. Estudio económico con la valoración de las acciones contempladas en el plan, temporización de su ejecución y orden de prioridad. 5. Normativa reguladora propia del ámbito de suelo ordenado. 6. Documentación gráfica comprensiva del diagnóstico y la propuesta de ordenación. 7. Memoria de participación con identificación de colectivos intervinientes y acciones realizadas, que deberá incorporar en todo caso la perspectiva de género. **Requisitos** Los Planes Especiales de Ordenación de Nuevos Asentamientos en Suelo Rústico deberán contener las siguientes determinaciones: * La delimitación del ámbito de aplicación. * Las determinaciones precisas para la aplicación de las condiciones previstas en el Plan Territorial. * La definición detallada de las infraestructuras que deban ser ejecutadas, que serán las mínimas indispensables. * Las medidas ambientales a adoptar. * El estudio de viabilidad económica. * El plazo previsto para la ejecución de las actuaciones establecidas en el Plan Especial Territorial. * La relación pormenorizada de las calificaciones rústicas comprendidas en su ámbito que hayan de ser otorgadas, con el contenido especificado el artículo 81.9 del RGLOTUS. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso** 1. **Tramitación en línea:** * Acceda al servicio de tramitación en línea a través de este enlace: [Tramitar en línea](https://tramites.juntaex.es/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=PTS2_REGGENERAL_INFO). ## Después de hacerlo **Resolución** * **Resolución del procedimiento**: El titular de el/la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda * **Efecto silencio administrativo**: Desestimatorio * **Fin vía administrativa**: No * **Impugnación vía administrativa**: No * **Recursos que proceden**: Recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativa. ## Ayuda **Más información** Los planes territoriales podrán prever la creación de asentamientos en suelo rústico para el fomento del desarrollo rural y la economía verde y circular. Se reconoce la iniciativa privada para la promoción y desarrollo de nuevos asentamientos en suelo rústico. El proyecto debe llevar ínsito un interés general relevante, ser coherente con el modelo territorial vigente y conforme con las exigencias medioambientales y contribuir al fomento del desarrollo de una economía verde y circular. Esta solicitud iniciará la tramitación de la modificación del plan territorial, por el procedimiento de tramitación abreviada. Una vez aprobada la modificación del plan territorial, las personas físicas o jurídicas que hayan promovido la iniciativa deberán presentar la documentación necesaria para la tramitación del correspondiente plan especial de ordenación del nuevo asentamiento. La modificación o revisión de los instrumentos de ordenación territorial se sujetarán a los mismos trámites prescritos para su aprobación, salvo la tramitación abreviada determinada en los propios instrumentos, que por su alcance no requieran la tramitación ordinaria. * [Protección de Datos Personales. Cláusula Informativa](https://www.juntaex.es/documents/77055/3089521/Proteccion_Datos_Personales_Clausula_Informativa.pdf/ec562ad1-805c-44a1-ef1d-a23326b1d964?t=1704715453072) **Órgano gestor** Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana Servicio de Ordenación del Territorio Avenida de las Comunidades, S/N 06800, Mérida
## Resumen Este trámite permite la tramitación de un Plan Especial de Ordenación del Territorio (PEOT). Los PEOT sirven para ampliar, regular detalladamente, complementar o modificar los Planes Territoriales existentes. ## Lo que necesitas ### Documentación * Memoria informativa, de análisis y diagnóstico de la materia y el territorio a ordenar. * Memoria de ordenación, con la definición y justificación de la propuesta, sus objetivos y determinaciones. * Documentación exigida por la legislación ambiental. * Estudio económico con la valoración de las acciones contempladas en el plan, temporización de su ejecución y orden de prioridad. * Normativa reguladora propia del ámbito de suelo ordenado. * Documentación gráfica comprensiva del diagnóstico y la propuesta de ordenación. * Memoria de participación con identificación de colectivos intervinientes y acciones realizadas, que deberá incorporar en todo caso la perspectiva de género. ### Requisitos Los Planes Especiales de Ordenación del Territorio podrán afectar, justificando los nuevos criterios, a determinaciones establecidas por los Planes Territoriales relativas a: a) La definición de objetivos, y evaluación de localización y sostenibilidad de, al menos, los siguientes sistemas de estructura territorial: 1. Movilidad y transporte público relacionado con la frecuencia y proximidad a las dotaciones y servicios públicos. 2. Infraestructuras vertebradoras del territorio, como las viarias, ferroviarias, hidráulicas y energéticas. 3. Dotaciones y zonas verdes del sistema supramunicipal. 4. Telecomunicaciones. presentes en el ámbito del Plan Territorial. 5. Gestión de residuos. 6. Potencial de explotación de energías renovables. b) Cuantificación, localización y criterios de diseño de los siguientes sistemas de estructura territorial: 1. Movilidad y transporte público. 2. Infraestructuras vertebradoras. 3. Dotaciones y zonas verdes del sistema supramunicipal. 4. Suelo para actividades productivas. c) Normas para protección del paisaje, del cielo, de los recursos naturales y del patrimonio histórico y cultural; criterios y medidas a desarrollar por la administración para tal fin. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. **Preparación de la documentación:** Reúne todos los documentos necesarios según los requisitos. 2. **Tramitación online:** Accede a la plataforma de trámites online de la Junta de Extremadura a través de este enlace: [Tramitar en línea](https://tramites.juntaex.es/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=PTS2_REGGENERAL_INFO). ### Plazo de presentación No está sujeto a un plazo específico. ## Después de hacerlo ### Resolución La resolución del procedimiento corresponde al titular de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda. El silencio administrativo es desestimatorio. La resolución finaliza la vía administrativa y puede recurrirse ante la jurisdicción contencioso-administrativa. ## Ayuda ### Órgano gestor Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana Servicio de Ordenación del Territorio Avenida de las Comunidades, S/N 06800, Mérida ### Normativa * [Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de Ordenación Territorial y Urbanística Sostenible de Extremadura (LOTUS).](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2019-1790) * [Decreto-Ley 10/2020, de 22 de mayo, de Medidas Urgentes para la Reactivación Económica en Materia de Edificación y Ordenación del Territorio destinadas a Dinamizar el Tejido Económico y Social de Extremadura, para Afrontar los Efectos Negativos de la COVID-19.](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2020-7441) * [Ley 3/2022, de 17 de marzo, de Medidas ante el Reto Demográfico y Territorial de Extremadura.](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2022-5853) * [Ley 2/2018, de 14 de febrero, de coordinación intersectorial y de simplificación de los procedimientos urbanísticos y de ordenación del territorio de Extremadura. ](https://www.boe.es/buscar/pdf/2018/BOE-A-2018-3001-consolidado.pdf) * [Decreto 50/2016, de 26 de abril, de atribuciones de los órganos urbanísticos y de ordenación del territorio, y de organización y funcionamiento de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura. ](http://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2016/870o/16040057.pdf) * [Decreto 128/2018, de 1 de agosto, por el que se regula la composición, organización y funcionamiento de la Comisión de Coordinación Intersectorial y el procedimiento de coordinación intersectorial.](http://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2018/1540o/18040148.pdf) * [Reglamento General de la Ley de Ordenación Territorial y Urbanística Sostenible de Extremadura, aprobado por Decreto 143/2021, de 21 de diciembre (RGLOTUS). ](http://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2021/2480o/21040179.pdf) * [Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana. ](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11723)
## Resumen Este trámite permite a los Ayuntamientos y Entidades Locales Menores de Extremadura solicitar el acondicionamiento y mejora de caminos rurales públicos. El plazo de presentación está abierto de forma permanente. ## Lo que necesitas * **Destinatarios:** Ayuntamientos y Entidades Locales Menores. * **Documentación:** Solicitud y anexos. ### Solicitud y Anexos * [Plan de caminos rurales públicos de Extremadura (2023-2027) - plan estratégico de la PAC](/documents/77055/2271410/PLAN_CAMINOS_PEPAC.pdf/c9567d37-77c8-0ce3-4dd4-1cde2f491005?t=1727940991758) * [Solicitud de Acondicionamiento y Mejora de Caminos Rurales Públicos](/documents/77055/2271410/Solicitud+Plan+de+Caminos+Rurales+de+Extremadura.++Editable.pdf/025de5b1-b0d9-3bac-7e06-29726bd1233a?t=1727940992855) ## Cómo hacerlo El trámite se puede realizar de dos maneras: * **En línea:** A través de la plataforma de trámites de la Junta de Extremadura: [Tramitar en línea](https://tramites.juntaex.es/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=PTS2_REGGENERAL_INFO) * **Presencialmente:** Buscando una oficina donde realizar el trámite: [Buscar oficina donde realizar este trámite](/tuatencion/encuentra-tu-oficina) ## Normativa * [INTERVENCION - 6843.2 Ayudas a inversiones en infraestructuras agrarias para fomento de la competitividad. Actuación: CREACIÓN Y/O MEJORA DE CAMINOS RURALES PÚBLICOS del Plan Estratégico de la PAC 2020 - 2027](https://www.boe.es/doue/2021/435/L00001-00186.pdf) * [ANUNCIO de 19 de mayo de 2023 por el que se da publicidad a las actuaciones a realizar en caminos rurales de titularidad municipal y se abre el plazo para la presentación de solicitudes de participación por Ayuntamientos y Entidades Locales Menores](https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2023/990o/23080879.pdf) ## Resolución * **Resolución del procedimiento**: El titular de el/la Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia * **Efecto silencio administrativo**: Desestimatorio * **Fin vía administrativa**: No * **Impugnación vía administrativa**: No ## Más información * [Cláusula Protección de Datos](/documents/77055/2271410/CL%C3%81USULA+PROTECCION+DE+DATOS.pdf/b1ab2aa9-9f5e-39db-81ba-fc5f6370019e?t=1727940951858) * [PLAN DE CAMINOS RURALES 2016-2022](/documents/77055/2271410/PLAN+CAMINOS+RURALES+2016-2022.pdf/1027a525-8df2-3543-53e2-2b5919c21214?t=1727940954036) * [RESOLUCION NOMBRAMIENTO COMISIÓN DE VALORACIÓN](/documents/77055/2271410/COMISION+DE+VALORACION.pdf/7abf160e-c0f1-dbed-ce66-5d07356b9c90?t=1727940972480) * [DOSSIER PLAN DE CAMINOS RURALES DE EXTREMADURA](/documents/77055/2271410/DOSSIER+PLAN+DE+CAMINOS+RURALES+DE+EXTREMADURA.pdf/5e8919ab-1dd0-59b2-90ab-ed5764dbe129?t=1727940975714) * [Nombramiento COMISION VALORACION PEPAC_23_27](/documents/77055/2271410/Nombramiento+COMISION+VALORACION+PEPAC_23_27.pdf/b3a96f18-3499-d717-a547-63bc67d5dce3?t=1727940991472) ## Órgano gestor Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia Servicio de Infraestructuras Rurales Avenida Luis Ramallo, S/N 06800, Mérida
## Resumen Este trámite permite comunicar el cumplimiento de los requisitos y obligaciones de sanidad animal para los espacios cinegéticos de Categoría II. **Quién puede usar este servicio:** Propietarios o gestores de terrenos de caza donde habiten especies que puedan ser reservorio de tuberculosis, como ciervos, gamos y jabalíes. ## Lo que necesitas **Documentación requerida:** * Modelo normalizado emitido por la Dirección General de Agricultura y Ganadería del programa sanitario para espacios de categoría II. **Costes y plazos:** * Este trámite no tiene coste. * El plazo es permanente. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Descargar y completar el modelo normalizado del programa sanitario. 2. Presentar el modelo completado ante la Dirección General de Agricultura y Ganadería. **Información sobre cada etapa:** * El modelo normalizado debe ser el emitido por la Dirección General de Agricultura y Ganadería. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** * El Servicio de Sanidad Animal revisará la documentación presentada. **Plazos de resolución:** * No aplica, es una comunicación. ## Ayuda **Contacto:** * Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible * Dirección General de Agricultura y Ganadería * Servicio de Sanidad Animal * Avenida Luis Ramallo, S/N * 06800, Mérida **Recursos adicionales:** * [Plan sanitario asociado al plan técnico de caza](/documents/77055/895941/PS+y+Plan+especial+Cat+II+V1.docx/0c7fbbaf-8bc9-a580-8214-f816bf2d4181?t=1698317131956) ## Normativa relacionada * [Real Decreto 138/2020, de 28 de enero](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2020-2109) * [RESOLUCIÓN de 22 de junio de 2022](http://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2022/1320o/22062130.pdf)
## Resumen Este trámite permite solicitar la aprobación de un nuevo plan técnico de caza o la modificación de uno vigente. Es un requisito indispensable para el aprovechamiento cinegético en los cotos de caza de Extremadura. **Quién puede usar este servicio:** * Titulares de cotos de caza. * Sociedades locales. * Organizaciones profesionales de caza gestoras de cotos. ## Lo que necesitas **Documentación requerida:** * Modelo oficial de solicitud. * Modelo oficial de plan técnico (Anexo II o Anexo III). * Cartografía del coto con la información requerida. * Resguardo del pago de la tasa (modelo 50). **Requisitos previos:** * El plan técnico debe ser elaborado y firmado por un técnico competente. * El plan debe ajustarse a la realidad física del coto y a la normativa vigente. **Costes y plazos:** * Tasa según modelo 50. Existe una bonificación del 70% para el plan simplificado. * Plazos de presentación variables según el tipo de solicitud (nuevo plan o modificación). ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Preparar la documentación requerida. 2. Presentar la solicitud y la documentación a través de la sede electrónica de la Junta de Extremadura. **Información sobre cada etapa:** * La solicitud debe presentarse en los plazos establecidos. * El plan técnico debe cumplir con los requisitos técnicos y legales. **Tiempos de espera:** * El plazo máximo para resolver es de 6 meses. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** * Se notifica la resolución al interesado. **Plazos de resolución:** * 6 meses. **Siguientes pasos:** * En caso de aprobación, se inscribe el plan técnico en el registro correspondiente. * En caso de denegación, se pueden interponer los recursos correspondientes. ## Ayuda **Contacto:** * Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural * Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca * Servicio de Caza, Pesca y Acuicultura * Avenida Luis Ramallo, S/N * 06800, Mérida **Recursos adicionales:** * Información adicional sobre protección de datos [Tramitar en línea](https://tramites.juntaex.es/sta/reg/auth/es/6269000000798861999500) * Modelo de solicitud aprobación * Modelo de solicitud modificación * Modelo de Plan Técnico de Caza (Anexo II) * Modelo de Plan Técnico Simplificado (Anexo III) * Medidas gestión caza mayor para la redacción de planes técnicos. * Relación de cotos en VC4 de Badajoz * Relación de cotos en VC4 de Cáceres * Modelo de inscripción de representación voluntaria para medios electrónicos. * Modelo de revocación de representación voluntaria para medios electrónicos. * LEY 14/2010, de 9 de diciembre, de caza de Extremadura. * Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de caza de Extremadura (texto consolidado). * DECRETO 34/2016, de 15 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula el ejercicio de la caza, la planificación y ordenación cinegética. * ORDEN de 29 de mayo de 2013 por la que se aprueban los modelos oficiales de planes técnicos de caza. * ORDEN de 22 de julio de 2024 por la que se aprueba la Orden General de Vedas de Caza de la Comunidad Autónoma de Extremadura y por la que se modifica la Orden de 29 de mayo de 2013 por la que se aprueban los modelos oficiales de planes técnicos de caza. * RESOLUCIÓN de 18 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca, por la que se declara emergencia cinegética, por motivos de protección del medio natural y sanidad animal en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
## Resumen Este trámite permite solicitar ayudas para la reestructuración y reconversión de viñedos en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Estas ayudas se enmarcan dentro de la Intervención Sectorial Vitivinícola (ISV) y el Plan Estratégico Nacional de la Política Agrícola Común (PAC). **Quién puede usar este servicio:** Viticultores, tanto personas físicas como jurídicas, que desarrollen actividades de reconversión varietal, replantación, o mejoras en las técnicas de gestión de viñedos. **Antes de empezar:** Es importante revisar los requisitos y la documentación necesaria antes de presentar la solicitud. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * NIF del solicitante. * Escritura de propiedad de la superficie a reestructurar (si se opone a la comprobación de oficio). * Autorización del propietario si no es el solicitante. * NIF y poder del representante (si es persona jurídica). * Certificado de la sociedad cooperativa (si la solicitud es colectiva). * Escrito de designación de la representación (si la solicitud es colectiva). * Acuerdo de presentación colectiva (si la solicitud es colectiva). * Título de Ingeniero Agrónomo o similar del representante (si la solicitud es colectiva). * Copia de la póliza de seguro de daños y responsabilidad civil (si la solicitud es colectiva). **Requisitos previos:** * La superficie total a reestructurar debe ser de al menos 0,5 hectáreas. * Cada parcela debe tener al menos 0,5 hectáreas, salvo que sea colindante con otra del mismo titular. * Si solo se realiza sobreinjertado o cambio de sistema de conducción, se mantiene la superficie inicial. * La superficie máxima aprobada será de 25 hectáreas por solicitante y año. * Las parcelas deben estar inscritas en el Registro Vitícola a nombre del solicitante. * Es obligatorio el uso de portainjertos certificados. **Costes y plazos:** * El porcentaje de ayuda varía entre el 70% y el 75% de los costes elegibles, dependiendo del tipo de operación y de las características del beneficiario. * El plazo de presentación para la campaña 2023/2024 fue de 15 días hábiles desde el 11 de abril de 2023 hasta el 2 de mayo de 2023. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Preparar la documentación requerida. 2. Acceder a la plataforma Arado: https://aradoacceso.juntaex.es/Paginas/Login 3. Completar el formulario de solicitud. 4. Adjuntar la documentación requerida. 5. Presentar la solicitud. **Información sobre cada etapa:** * La solicitud se presenta de forma telemática a través de la plataforma Arado. * Es importante revisar la documentación antes de presentar la solicitud. **Tiempos de espera:** * El plazo máximo para resolver el procedimiento es de 6 meses. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** Una vez presentada la solicitud, se analizará la documentación y se resolverá el procedimiento. **Plazos de resolución:** * El plazo máximo para resolver el procedimiento es de 6 meses. **Siguiente pasos:** * Si la solicitud es aprobada, se procederá al pago de la ayuda. * Si la solicitud es denegada, se podrá interponer recurso de alzada. ## Ayuda **Contacto:** Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible Dirección General de Política Agraria Comunitaria Servicio de Ayudas Sectoriales y Explotación Agraria Avenida Luis Ramallo, S/N 06800, Mérida **Recursos adicionales:** * Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021 * Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, para la aplicación de los tipos de intervención previstos en la Intervención Sectorial Vitivinícola (ISV) * ORDEN de 15 de marzo de 2023 por la que se establecen y regulan las ayudas para la reestructuración y reconversión del viñedo en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común * RESOLUCIÓN de 4 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas para la reestructuración y reconversión del viñedo en Extremadura, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común, para la campaña 2023/2024 **Preguntas frecuentes:** Ver sección de preguntas frecuentes (FAQ).