Plan Especial de Ordenación de Nuevos Asentamientos en Suelo Rústico (PEONASR) - Juntaex.es

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Regular y gestionar nuevos asentamientos en suelo rústico, promoviendo el desarrollo rural y la economía verde según lo previsto en los planes territoriales.

¿Quién puede solicitarlo?

Se reconoce la iniciativa privada para la promoción y desarrollo de nuevos asentamientos en suelo rústico, siempre que respondan al interés general.

Requisitos principales

  • Delimitación del ámbito de aplicación.
  • Determinaciones para aplicar las condiciones del Plan Territorial.
  • Definición detallada de infraestructuras mínimas necesarias.
  • Medidas ambientales a adoptar.
  • Estudio de viabilidad económica.
  • Plazo de ejecución de las actuaciones.
  • Relación de calificaciones rústicas otorgadas.

Plazos

No sujeto a plazo de presentación.

Duración del trámite

No especificado

Información adicional

Los planes territoriales pueden contemplar la creación de asentamientos en suelo rústico para fomentar el desarrollo rural y la economía verde. La iniciativa privada es bienvenida si el proyecto tiene un interés general relevante, es coherente con el modelo territorial vigente, cumple con las exigencias medioambientales y contribuye a una economía verde y circular. La solicitud iniciará la modificación del plan territorial mediante un procedimiento abreviado. Tras la aprobación, los promotores deberán presentar la documentación necesaria para el plan especial de ordenación del nuevo asentamiento.

Resumen

Este trámite permite la tramitación del instrumento de desarrollo de las determinaciones sobre los asentamientos rústicos que los Planes Territoriales prevean (Plan Especial de Ordenación del Territorio, PEOT).

Quién puede usar este servicio

Se reconoce la iniciativa privada para la promoción y desarrollo de nuevos asentamientos en suelo rústico. Este tipo de Instrumentos deben responder al interés general.

Lo que necesitas

Documentación

El Plan Especial de Ordenación de Nuevos Asentamientos en Suelo Rústico contendrá la documentación precisa para definir y justificar sus determinaciones, que se formalizará en los siguientes documentos:

  1. Memoria informativa, de análisis y diagnóstico de la materia y el territorio a ordenar.
  2. Memoria de ordenación, con la definición y justificación de la propuesta, sus objetivos y determinaciones.
  3. Documentación exigida por la legislación ambiental.
  4. Estudio económico con la valoración de las acciones contempladas en el plan, temporización de su ejecución y orden de prioridad.
  5. Normativa reguladora propia del ámbito de suelo ordenado.
  6. Documentación gráfica comprensiva del diagnóstico y la propuesta de ordenación.
  7. Memoria de participación con identificación de colectivos intervinientes y acciones realizadas, que deberá incorporar en todo caso la perspectiva de género.

Requisitos

Los Planes Especiales de Ordenación de Nuevos Asentamientos en Suelo Rústico deberán contener las siguientes determinaciones:

  • La delimitación del ámbito de aplicación.
  • Las determinaciones precisas para la aplicación de las condiciones previstas en el Plan Territorial.
  • La definición detallada de las infraestructuras que deban ser ejecutadas, que serán las mínimas indispensables.
  • Las medidas ambientales a adoptar.
  • El estudio de viabilidad económica.
  • El plazo previsto para la ejecución de las actuaciones establecidas en el Plan Especial Territorial.
  • La relación pormenorizada de las calificaciones rústicas comprendidas en su ámbito que hayan de ser otorgadas, con el contenido especificado el artículo 81.9 del RGLOTUS.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Tramitación en línea:
    • Acceda al servicio de tramitación en línea a través de este enlace: Tramitar en línea.

Después de hacerlo

Resolución

  • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda
  • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
  • Fin vía administrativa: No
  • Impugnación vía administrativa: No
  • Recursos que proceden: Recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

Ayuda

Más información

Los planes territoriales podrán prever la creación de asentamientos en suelo rústico para el fomento del desarrollo rural y la economía verde y circular. Se reconoce la iniciativa privada para la promoción y desarrollo de nuevos asentamientos en suelo rústico. El proyecto debe llevar ínsito un interés general relevante, ser coherente con el modelo territorial vigente y conforme con las exigencias medioambientales y contribuir al fomento del desarrollo de una economía verde y circular. Esta solicitud iniciará la tramitación de la modificación del plan territorial, por el procedimiento de tramitación abreviada. Una vez aprobada la modificación del plan territorial, las personas físicas o jurídicas que hayan promovido la iniciativa deberán presentar la documentación necesaria para la tramitación del correspondiente plan especial de ordenación del nuevo asentamiento.

La modificación o revisión de los instrumentos de ordenación territorial se sujetarán a los mismos trámites prescritos para su aprobación, salvo la tramitación abreviada determinada en los propios instrumentos, que por su alcance no requieran la tramitación ordinaria.

Órgano gestor

Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana Servicio de Ordenación del Territorio Avenida de las Comunidades, S/N 06800, Mérida


Preguntas frecuentes


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