Plan técnico de caza - Juntaex.es
Información Rápida
Objetivo
Permite a los titulares de cotos de caza, sociedades locales y organizaciones profesionales solicitar la aprobación de un nuevo plan técnico de caza o la modificación de uno ya existente.
¿Quién puede solicitarlo?
Titulares de cotos de caza, sociedades locales y organizaciones profesionales de caza gestoras de cotos.
Requisitos principales
- Presentar el plan técnico en el modelo oficial (Anexo II o Anexo III).
- Elaboración y firma del plan por un técnico competente con la titulación y créditos requeridos.
- Ajuste del plan a la realidad física del coto, al Plan General, a los planes comarcales y de especies.
- Adecuación a la planificación de espacios naturales protegidos o conservación de especies amenazadas.
Plazos
Aprobación de nuevo plan: Un mes (constitución nuevo coto, modificaciones de superficie que requieran nuevo plan, cambio de clasificación que requiera nuevo plan). Tres meses (cerramiento cinegético superior a 50 hectáreas). Antes de la caducidad del plan anterior (si se presenta un nuevo plan por caducidad). Modificación plan vigente: Antes del 31 de mayo para que sea efectiva en la temporada vigente.
Duración del trámite
6 meses
Resumen
Este trámite permite solicitar la aprobación de un nuevo plan técnico de caza o la modificación de uno vigente. Es un requisito indispensable para el aprovechamiento cinegético en los cotos de caza de Extremadura.
Quién puede usar este servicio:
- Titulares de cotos de caza.
- Sociedades locales.
- Organizaciones profesionales de caza gestoras de cotos.
Lo que necesitas
Documentación requerida:
- Modelo oficial de solicitud.
- Modelo oficial de plan técnico (Anexo II o Anexo III).
- Cartografía del coto con la información requerida.
- Resguardo del pago de la tasa (modelo 50).
Requisitos previos:
- El plan técnico debe ser elaborado y firmado por un técnico competente.
- El plan debe ajustarse a la realidad física del coto y a la normativa vigente.
Costes y plazos:
- Tasa según modelo 50. Existe una bonificación del 70% para el plan simplificado.
- Plazos de presentación variables según el tipo de solicitud (nuevo plan o modificación).
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Preparar la documentación requerida.
- Presentar la solicitud y la documentación a través de la sede electrónica de la Junta de Extremadura.
Información sobre cada etapa:
- La solicitud debe presentarse en los plazos establecidos.
- El plan técnico debe cumplir con los requisitos técnicos y legales.
Tiempos de espera:
- El plazo máximo para resolver es de 6 meses.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- Se notifica la resolución al interesado.
Plazos de resolución:
- 6 meses.
Siguientes pasos:
- En caso de aprobación, se inscribe el plan técnico en el registro correspondiente.
- En caso de denegación, se pueden interponer los recursos correspondientes.
Ayuda
Contacto:
- Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural
- Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca
- Servicio de Caza, Pesca y Acuicultura
- Avenida Luis Ramallo, S/N
- 06800, Mérida
Recursos adicionales:
- Modelo de solicitud aprobación
- Modelo de solicitud modificación
- Modelo de Plan Técnico de Caza (Anexo II)
- Modelo de Plan Técnico Simplificado (Anexo III)
- Medidas gestión caza mayor para la redacción de planes técnicos.
- Relación de cotos en VC4 de Badajoz
- Relación de cotos en VC4 de Cáceres
- Modelo de inscripción de representación voluntaria para medios electrónicos.
- Modelo de revocación de representación voluntaria para medios electrónicos.
- LEY 14/2010, de 9 de diciembre, de caza de Extremadura.
- Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de caza de Extremadura (texto consolidado).
- DECRETO 34/2016, de 15 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula el ejercicio de la caza, la planificación y ordenación cinegética.
- ORDEN de 29 de mayo de 2013 por la que se aprueban los modelos oficiales de planes técnicos de caza.
- ORDEN de 22 de julio de 2024 por la que se aprueba la Orden General de Vedas de Caza de la Comunidad Autónoma de Extremadura y por la que se modifica la Orden de 29 de mayo de 2013 por la que se aprueban los modelos oficiales de planes técnicos de caza.
- RESOLUCIÓN de 18 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca, por la que se declara emergencia cinegética, por motivos de protección del medio natural y sanidad animal en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.