## Resumen Esta ayuda está destinada a impulsar la investigación sanitaria, con diferentes modalidades de proyectos: * **Fomento de investigador o investigadora emergente:** Proyectos liderados por investigadores jóvenes. * **Proyectos de investigación en servicios sanitarios:** Proyectos enfocados en la evaluación y mejora de los servicios de salud. * **Proyectos biomédicos:** Investigación fundamental en salud y desarrollo tecnológico. * **Proyecto sanitario integrado:** Proyectos colaborativos entre centros de investigación sanitaria. [Anexo I-A (DOCX, 39 KB)](https://www.euskadi.eus/contenidos/ayuda_subvencion/promocion_activ_invest_2023/es_def/adjuntos/Anexo_I-A-areas_tematicas_C.docx) ## Dotación presupuestaria 3.150.000 € ## Prestación económica El pago de la ayuda se realizará de la siguiente manera: * La primera anualidad (2024) se abonará inmediatamente tras la aceptación de la ayuda. * Las anualidades 2025, 2026 y 2027 se abonarán tras la aprobación de la memoria científica de seguimiento del proyecto. * El último pago será el 80% de la subvención concedida, el 20% restante se abonará tras la entrega y aprobación de la justificación documental final. ## A quién va dirigido Agentes integrados en la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación (RVCTI) en la categoría de Centros de Investigación Sanitarios. ## Requisitos * No estar en un proceso de reintegro o sanción por ayudas similares. [Información detallada](https://www.euskadi.eus/ayuda_subvencion/2024/promocion_actividad_investigadora_salud/web01-tramite/es/#electronic_accreditation_X886A924AF120821A7FF021EE921AC7C4252D0A9_X88E02DEBBEC381F49F66442ACE3D0D3033B7C15) * Estar al corriente de las obligaciones tributarias durante la vigencia de la subvención. * No estar sancionado administrativa o penalmente, ni incurrir en prohibiciones legales, incluyendo discriminación por sexo. [Información detallada](https://www.euskadi.eus/ayuda_subvencion/2024/promocion_actividad_investigadora_salud/web01-tramite/es/#electronic_accreditation_X88DD6CACB0CEDBC44AE0840E587B2AFB5A13947_X88E02DEBBEC381F49F66442ACE3D0D3033B7C15) ## Cómo solicitar 1. Preparar la documentación requerida. 2. Presentar la solicitud y documentación a través de la sede electrónica. [Tramitación electrónica](https://www.euskadi.eus/ayuda_subvencion/2024/promocion_actividad_investigadora_salud/web01-tramite/es/#electronic_X8805D52F2B8454D2DC8589C95DEEB63C1B4E94D) **Requisitos técnicos:** * Tener instalado el software IDAZKI DESKTOP. * Deshabilitar el bloqueo de ventanas emergentes para www.euskadi.eus. [Instrucciones](https://www.euskadi.eus/contenidos/ayuda_subvencion/acredit_tutor_formac_sanitaria/es_def/adjuntos/Desactivar%20ventanas%20emergentes.pdf) * Disponer de un medio de identificación electrónica admitido. **Documentación a presentar:** * [Anexo II A - MEMORIA DEL PROYECTO ](https://www.euskadi.eus/contenidos/ayuda_subvencion/promocion_activ_invest_2024/procedures/proc_20245310666525/es_def/adjuntos/Anexo_II_A_1-memoria-Promocion_C.docx) * [Anexo II B - EQUIPO INVESTIGADOR DEL AGENTE SOLICITANTE ](https://www.euskadi.eus/contenidos/ayuda_subvencion/promocion_activ_invest_2024/procedures/proc_20245310666525/es_def/adjuntos/Anexo_II_B-equipo_investigador_agente_C.docx) * [Anexo II C - MEMORIA ECONOMICA AGENTE SOLICITANTE ](https://www.euskadi.eus/contenidos/ayuda_subvencion/promocion_activ_invest_2024/procedures/proc_20245310666525/es_def/adjuntos/Anexo_II_C_1-memoria-economica-agente_wC.docx) * [Anexo II D - CURRICULUM VITAE AGENTE ](https://www.euskadi.eus/contenidos/ayuda_subvencion/promocion_activ_invest_2024/procedures/proc_20245310666525/es_def/adjuntos/Anexo_II_D-curriculum_vitae_C.docx) * [Anexo III - DECLARACION RESPONSABLE AGENTE ](https://www.euskadi.eus/contenidos/ayuda_subvencion/promocion_activ_invest_2024/procedures/proc_20245310666525/es_def/adjuntos/Anexo_III-declaracion_agente_C.docx) [Solicitud](https://www.euskadi.eus/web01-sedeform/es/x43kToolkitWar/form/fdp?procedureId=0104726&tipoPresentacion=1&language=es) ## Resolución y recursos * **Plazo de resolución:** 6 meses desde la publicación de la convocatoria en el BOPV. * **Tipo de concesión:** Concursal (comparativa entre solicitudes). * **Efectos del silencio administrativo:** Desestimatorio. ### Recurso de alzada Se puede interponer un recurso de alzada contra las resoluciones que no pongan fin a la vía administrativa. [Tramitación electrónica](https://www.euskadi.eus/ayuda_subvencion/2024/promocion_actividad_investigadora_salud/web01-tramite/es/#electronic_X88D221602319907FD0389B81221C49B848D6498) [Mi carpeta](https://www.euskadi.eus/micarpeta) ## Seguimiento de las ayudas Se realizará un seguimiento anual del cumplimiento de los proyectos plurianuales, basado en la memoria científica que el agente coordinador del proyecto deberá presentar. [Tramitación electrónica](https://www.euskadi.eus/ayuda_subvencion/2024/promocion_actividad_investigadora_salud/web01-tramite/es/#electronic_X887883ACDAAE58D35AD6EBFDD2B5BBF230A806C) [Anexo IV-S : Memoria de seguimiento ](https://www.euskadi.eus/contenidos/ayuda_subvencion/promocion_activ_invest_2024/procedures/proc_20245310632123/es_def/adjuntos/Anexo_IV_S-memoria-seguimiento_C.docx) ## Justificación final Dentro de los tres meses posteriores a la finalización del proyecto, se debe presentar: * Memoria científica justificativa global. * Memoria económica justificativa de cada agente participante. [Tramitación electrónica](https://www.euskadi.eus/ayuda_subvencion/2024/promocion_actividad_investigadora_salud/web01-tramite/es/#electronic_X887F36E8FB0DB1CC68BA1EC27BD2681682B4889) * [Anexo IV A - MEMORIA CIENTIFICA JUSTIFICATIVA PROYECTO ](https://www.euskadi.eus/contenidos/ayuda_subvencion/promocion_activ_invest_2024/procedures/proc_20245310662296/es_def/adjuntos/Anexo_IV_A-memoria_cientifica_justificativa_proyecto_C.docx) * [Anexo IV B - MEMORIA ECONOMICA JUSTIFICATIVA AGENTE ](https://www.euskadi.eus/contenidos/ayuda_subvencion/promocion_activ_invest_2024/procedures/proc_20245310662296/es_def/adjuntos/Anexo_IV_B_memoria-economica-justificativa-agente_wC.docx) [Mi carpeta](https://www.euskadi.eus/micarpeta) ## Otros trámites * [Subsanación de la documentación](https://www.euskadi.eus/ayuda_subvencion/2024/promocion_actividad_investigadora_salud/web01-tramite/es/#common_X884D7AD2CC5E40B0D6B1CA067177FC8972CAE6E) * [Renuncia](https://www.euskadi.eus/ayuda_subvencion/2024/promocion_actividad_investigadora_salud/web01-tramite/es/#common_X88DAF76AD36A675A995667207AB16351425BAAF) * [Modificación de los datos de notificación y comunicación](https://www.euskadi.eus/ayuda_subvencion/2024/promocion_actividad_investigadora_salud/web01-tramite/es/#common_X888E542F3885B1319DD3FEC7E550FC3BDD941D7) * [Desistimiento](https://www.euskadi.eus/ayuda_subvencion/2024/promocion_actividad_investigadora_salud/web01-tramite/es/#common_X889B1A03DCF35ABBD2C31627FB944CE4E8F2E9B) * [Ampliación de plazo](https://www.euskadi.eus/ayuda_subvencion/2024/promocion_actividad_investigadora_salud/web01-tramite/es/#common_X88CE0D99B971C8350B2212C71966E36488AA363) ## Información de contacto Dirección de Investigación e Innovación Sanitarias del Departamento de Salud * Teléfono: 945 019193 * Email: [investigacion-san@euskadi.eus](mailto:investigacion-san@euskadi.eus) * [Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía](https://www.euskadi.eus/gobierno-vasco/zuzenean-atencion-ciudadana/)
## Resumen Este trámite ofrece ayudas para el alquiler de vivienda a personas jóvenes en la Comunidad Autónoma del País Vasco. El objetivo es facilitar el acceso a una vivienda a los jóvenes, ayudándoles con un porcentaje del pago mensual del alquiler. **Quién puede usar este servicio:** Jóvenes entre 18 y 35 años que cumplan los requisitos establecidos. **Antes de empezar:** Es importante revisar los requisitos y tener la documentación necesaria preparada. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Acreditación de identidad (DNI, NIE o pasaporte). * Contrato de arrendamiento de la vivienda. * Certificado de empadronamiento actualizado. * Justificante de ingresos (renta, nóminas, etc.). * En caso de separación o divorcio, documentación que acredite la no disponibilidad de la vivienda en propiedad. **Requisitos previos:** * Tener entre 18 y 35 años. * Ser titular de un contrato de alquiler de vivienda libre en la Comunidad Autónoma del País Vasco. * La vivienda debe ser el domicilio habitual y permanente. * Cumplir con los límites de ingresos establecidos. * Acreditar un mínimo de 6 meses de residencia en la CAPV. **Costes y plazos:** * El trámite es gratuito. * La duración máxima de la ayuda es hasta que el beneficiario cumpla 36 años. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. **Preparar la documentación:** Reúne todos los documentos necesarios en formato digital. 2. **Acceder a la solicitud:** Puedes realizar la solicitud de forma electrónica o presencial. 3. **Cumplimentar la solicitud:** Rellena todos los campos del formulario de solicitud. 4. **Adjuntar la documentación:** Sube los documentos requeridos en formato digital. 5. **Firmar y enviar la solicitud:** Firma electrónicamente la solicitud y envíala. **Información sobre cada etapa:** * **Solicitud electrónica:** Requiere identificación electrónica ([Medios de identificación electrónica admitidos ](https://www.euskadi.eus/web01-sedeform/es/contenidos/informacion/certificados_admitidos/es_cert_ele/index.shtml)). * **Solicitud presencial:** Imprimir y cumplimentar el formulario y presentarlo en los lugares habilitados. **Tiempos de espera:** El tiempo de resolución puede variar. Se recomienda consultar el estado de la solicitud a través de [Mi carpeta](https://www.euskadi.eus/micarpeta). ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** Una vez presentada la solicitud, la Administración revisará la documentación y, si todo es correcto, emitirá una resolución provisional. **Plazos de resolución:** El plazo máximo para resolver la solicitud es de tres meses. **Siguiente pasos:** Si la resolución es favorable, se procederá al abono mensual de la ayuda en la cuenta bancaria indicada. ## Ayuda **Contacto:** * Teléfono: 945 569 020 * Consultas sobre tramitación electrónica: 012 (CAU Servicios electrónicos) **Recursos adicionales:** * [Ayudas y subvenciones](https://www.euskadi.eus/gobierno-vasco/tramites-servicios/?r01kQry=tT:ayuda_subvencion;cO:r01epd0122e4ed314423e0db04c97a47b5baa317f,r01epd0122e4edf39923e0db0b11fff216b637726,r01etpd1804bc161227299a1977bcedbc0dd7c5b66,r01etpd1804bdc03437299a19720838a388982a1e1,r01etpd1804ae5a73a7299a197769e9d6487fbbd1f,r01etpd180477a10dd7299a1974d126531e0a3e4bf,r01etpd1804ad8b2887299a1973c4e954c58b19a50,r01etpd1804b27a7707299a1977cb0d28f75808939;mA:documentLanguage.EQ.es,procedureCollection.EQ.0,procedureStatus.EQ.16;pp:r01PageSize.20;p:Inter,Inter_portal&r01SearchEngine=meta) **Preguntas frecuentes:** Ver sección de preguntas frecuentes (FAQ) para resolver dudas comunes.
## Resumen Este trámite permite solicitar ayudas económicas para cursar el Diploma de Experto en Intervención en Violencia Sexual de la Universidad de Deusto durante el curso 2024-2025. El diploma, impartido de forma virtual, tiene un valor de 24 créditos ECTS y está diseñado para capacitar a profesionales en la intervención coordinada e interdisciplinaria en el ámbito de la violencia sexual. ### Quién puede usar este servicio Estudiantes matriculados en el Diploma de Experto en Intervención en Violencia Sexual de la Universidad de Deusto durante el curso 2024-2025. ### Antes de empezar Es importante leer la normativa reguladora y asegurarse de cumplir con los requisitos establecidos en la convocatoria. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * Formulario de solicitud. * Documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria. ### Costes y plazos * **Coste:** No especificado. * **Plazo de resolución:** El plazo máximo para resolver y notificar las solicitudes es de tres meses desde la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. **Preparación:** Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido y prepare la documentación en formato digital. 2. **Solicitud electrónica:** Acceda al formulario online a través del botón de solicitud y rellene los datos requeridos. 3. **Firma y envío:** Firme la solicitud y adjunte los documentos preparados. Envíe la solicitud y los documentos. 4. **Acuse de recibo:** Verá una pantalla que le indica que el envío se ha realizado correctamente. 5. **Seguimiento:** Puede realizar el seguimiento de su expediente a través de Mi carpeta. ### Tramitación electrónica 1. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido. 2. Prepare la documentación en formato digital. 3. Acceda al formulario online mediante el siguiente botón y rellene los datos de la solicitud: [Solicitud](https://www.euskadi.eus/web01-sedeform/es/x43kToolkitWar/form/fdp?procedureId=0036411&tipoPresentacion=1&language=es) ### Tramitación presencial 1. Acceda al formulario online mediante el siguiente botón y rellene los datos de la solicitud (no es necesario disponer de un medio de identificación electrónica). 2. Imprima la solicitud que ha cumplimentado y fírmela de forma manuscrita. ¿No tiene impresora? 3. Entregue la solicitud y la documentación requerida en el plazo y en los lugares de presentación establecidos en el procedimiento. [Solicitud](https://www.euskadi.eus/web01-sedeform/es/x43kToolkitWar/form/fdp?procedureId=0036411&tipoPresentacion=19&language=es) ### Lugares de presentación * **Emakunde - Instituto Vasco de la Mujer** Manuel Iradier, 36 01005 Vitoria-Gasteiz (Álava) Tfno. 945.01.67.00 Fax. 945.01.67.01 emakunde@euskadi.eus http://www.emakunde.euskadi.eus * Zuzenean: Servicio de atención presencial a la ciudadanía * Oficinas de Asistencia en Materia de Registro * Otros lugares de presentación: En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. ## Después de hacerlo ### Plazo de resolución El plazo máximo para resolver y notificar las solicitudes es de tres meses desde la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco. ### Efectos del silencio Si no se recibe notificación en el plazo indicado, la solicitud se considera desestimada. ### Recursos Contra la resolución, se puede interponer un recurso potestativo de reposición. ## Ayuda ### Contacto **Emakunde - Instituto Vasco de la Mujer** Manuel Iradier, 36 01005 Vitoria-Gasteiz (Álava) Tfno. 945.01.67.00 Fax. 945.01.67.01 emakunde@euskadi.eus http://www.emakunde.euskadi.eus ### Recursos adicionales * Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía * Medios de identificación electrónica admitidos * Guía para digitalizar documentos ## Otros trámites ### Ampliación de plazo Se puede solicitar la ampliación del plazo para subsanar o aportar la documentación requerida, siempre y cuando no se trate de un procedimiento de concurrencia competitiva. * [Formulario para la ampliación del plazo de subsanación](https://www.euskadi.eus/contenidos/ayuda_subvencion/emak_mas_2024/procedures/proc_202461492841426/es_def/adjuntos/13.-%20Ampliacion%20de%20plazo_es.GUARDABLE.pdf) ### Subsanación de la documentación Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos, se requerirá la subsanación en un plazo de 10 días. De no hacerlo, se considerará que ha desistido de su solicitud. * [Subsanación de la documentación](https://www.euskadi.eus/contenidos/ayuda_subvencion/emak_mas_2024/procedures/proc_202461492810337/es_def/adjuntos/3.-Subsanacion_es.GUARDABLE.pdf) ### Desistimiento Se puede desistir de la solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución. * [Formulario para solicitar el desistimiento](https://www.euskadi.eus/contenidos/ayuda_subvencion/emak_mas_2024/procedures/proc_202461492887770/es_def/adjuntos/1-.Desistimiento_es.GUARDABLE.pdf) ### Renuncia Se puede renunciar al procedimiento en cualquier momento una vez que se haya dictado la resolución. * [Renuncia del procedimiento](https://www.euskadi.eus/contenidos/ayuda_subvencion/emak_mas_2024/procedures/proc_20246149293142/es_def/adjuntos/5.-Renuncia_es.GUARDABLE.pdf) ### Modificación de los datos de notificación y comunicación Se pueden modificar los datos de notificación y comunicación a través de Mi Carpeta o mediante el formulario correspondiente. * [Modificación de los datos de notificación y comunicación](https://www.euskadi.eus/contenidos/ayuda_subvencion/emak_mas_2024/procedures/proc_202461492956250/es_def/adjuntos/4.-Datos_notifi_es.GUARDABLE.pdf)
## Resumen Este trámite tiene como objetivo promocionar las zonas de producción acuícola existentes en la Comunidad Autónoma del País Vasco. ### Quién puede usar este servicio El sector pesquero y acuícola de la Comunidad Autónoma del País Vasco. ## Normativa * ORDEN de 8 de octubre de 2024, de la Consejera de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca, por la que se aprueban, para el año 2024, las bases de la convocatoria de ayudas al sector pesquero y acuícola de la Comunidad Autónoma del País Vasco. * Reglamento (UE) 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de julio de 2021 por el que se establece el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2017/1004 ## Cómo hacerlo ### Solicitud y aportación de documentación La solicitud y la documentación requerida pueden presentarse de dos maneras: * **Tramitación electrónica:** A través de la sede electrónica. * Necesitará un medio de identificación electrónica. * Deberá preparar los documentos necesarios en formato digital (PDF o formatos admitidos). * Pasos a seguir: 1. Rellenar el formulario de la solicitud. 2. Adjuntar los documentos. 3. Firmar la solicitud. 4. Enviar la solicitud y los documentos. * Acceda a la Solicitud * **Tramitación presencial:** En las oficinas de la Dirección de Pesca y Acuicultura. * Puede acceder al formulario de solicitud a través de este enlace: Solicitud * Lugares de presentación: * Dirección de Pesca y Acuicultura - Vitoria-Gasteiz (Donostia-San Sebastián, 1 - 3ª planta (Lakua I)) * Servicio de Estructuras Pesqueras - Bilbao (General Concha, 23) * Servicio de Ordenación Pesquera - Donostia-San Sebastián (Easo, 10) * También puede acudir a Zuzenean: Servicio de atención presencial a la ciudadanía y a las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro. ### Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros" Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, debe estar dado de alta en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco. * **Tramitación electrónica:** * Consulte el Manual de uso de la aplicación Registro Telemático de Terceros (PDF, 944 KB) para más información. * Acceda a la aplicación a través de este enlace: Acceso a la aplicación del Registro Telemático de Terceros * **Tramitación presencial:** * Descargue y rellene el formulario correspondiente: * Modelo normalizado de "Alta de tercero" (para pagos nacionales). * Modelo normalizado de "Alta de tercero" internacional (para pagos internacionales). * Presente el formulario en los lugares indicados anteriormente. ## Después de hacerlo ### Resolución y recursos * **Plazo de resolución:** La resolución se dictará y notificará en un plazo máximo de seis meses desde la presentación completa de la solicitud. Si transcurrido este plazo no se ha notificado la resolución, se entenderá estimada la solicitud. * **Tipo de concesión de la ayuda:** No concursal. * **Efectos del silencio:** Estimatorios. ### Recursos * **Recurso de alzada:** * Puede interponerse electrónicamente a través de Mi carpeta. * También puede presentarse de forma presencial, rellenando el formulario Recurso de Alzada y entregándolo en los lugares de presentación indicados. * **Recurso extraordinario de revisión ante el Tribunal Económico Administrativo de Euskadi:** * Puede interponerse electrónicamente a través de Mi carpeta. * También puede presentarse de forma presencial en los lugares de presentación indicados. ## Otros trámites * **Aportación de documentación:** Puede aportar documentación adicional a través de Mi carpeta o presentando el formulario Formulario para la aportación de documentación de forma presencial. * **Modificación de los datos de notificación y comunicación:** Puede modificar sus datos de contacto a través de Mi carpeta o presentando el formulario Modificación de los datos de notificación y comunicación de forma presencial. * **Subsanación de la documentación:** Si se le requiere subsanar la documentación, puede hacerlo a través de Mi carpeta o presentando el formulario Subsanación de la documentación de forma presencial. * **Ampliación de plazo:** Puede solicitar una ampliación del plazo a través de Mi carpeta o presentando el formulario Formulario para la ampliación del plazo de subsanación de forma presencial. * **Desistimiento:** Puede desistir de su solicitud a través de Mi carpeta o presentando el formulario Formulario para solicitar el desistimiento de forma presencial. * **Renuncia:** Puede renunciar al procedimiento a través de Mi carpeta o presentando el formulario Renuncia del procedimiento de forma presencial. * **Ampliar información:** Puede ampliar la información a través de Mi carpeta o presentando el formulario Ampliación de información de forma presencial. * **Requerimiento:** Puede presentar un requerimiento a través de Mi carpeta o presentando el formulario Requerimiento de forma presencial. ## Ayuda * Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía
## Resumen Este procedimiento tiene como objetivo promocionar las zonas de producción acuícola existentes a través de ayudas y subvenciones. ## Normativa * Reglamento (UE) 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de julio de 2021 por el que se establece el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2017/1004 ## Cómo hacerlo ### Tramitación electrónica 1. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón "Solicitud". 2. Tenga en cuenta que necesita un medio de identificación electrónica. 3. Prepare los documentos necesarios en formato digital (PDF o formatos admitidos). 4. Rellene el formulario de solicitud. 5. Adjunte los documentos. 6. Firme y envíe la solicitud. 7. Recibirá un acuse de recibo. 8. Realice el seguimiento de su expediente en Mi carpeta. ### Tramitación presencial 1. Acceda al formulario de solicitud a través del botón "Solicitud". 2. Rellene el formulario online y adjunte la documentación en formato digital, imprima el formulario, fírmelo a mano y entréguelo en los lugares de presentación indicados. 3. Imprima el formulario online sin rellenar, rellénelo y fírmelo a mano, y entréguelo en los lugares de presentación indicados. #### Lugares de presentación * **Dirección de Pesca y Acuicultura - Vitoria-Gasteiz**: Donostia-San Sebastián, 1 - 3ª planta (Lakua I) * **Servicio de Estructuras Pesqueras - Bilbao**: General Concha, 23 * **Servicio de Ordenación Pesquera - Donostia-San Sebastián**: Easo, 10 * Zuzenean: Servicio de atención presencial a la ciudadanía * Oficinas de Asistencia en Materia de Registro (artículos 101 y 102 del Decreto 91/2023, de 20 de junio) * En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 ## Resolución y recursos ### Plazo de resolución La resolución se dictará y notificará en un plazo máximo de seis meses desde la presentación completa de la solicitud. Si transcurrido este plazo no se ha notificado la resolución, se entenderá que la solicitud ha sido estimada. ### Tipo de concesión No concursal. ### Efectos del silencio Estimatorios. ### Recursos #### Recurso de alzada * Puede interponerse electrónicamente a través de Mi carpeta o presencialmente. * Se interpone contra actos que no ponen fin a la vía administrativa o actos de trámite que deciden directa o indirectamente en el fondo del asunto. * Se interpone ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido o su superior jerárquico. * Plazo para interponerlo: 1 mes si el acto es expreso, 3 meses si es presunto. * Plazo para resolverlo: 3 meses. * Si no se notifica la resolución en ese plazo, el recurso se entenderá estimado si el acto recurrido es presunto y desestimado si es expreso. * Posteriormente, puede interponerse recurso contencioso-administrativo o recurso extraordinario de revisión. * Más información: Título V. Capítulo II. Recursos administrativos, de la Ley 39/2015 #### Recurso extraordinario de revisión ante el Tribunal Económico Administrativo de Euskadi * Puede interponerse electrónicamente a través de Mi carpeta o presencialmente. * Se interpone contra resoluciones de reclamaciones económico-administrativas firmes cuando concurra alguna de las circunstancias indicadas en la información adicional. * Se interpone ante el propio Tribunal Económico Administrativo de Euskadi. * Plazo para interponerlo: 4 años si se trata de error de hecho, 3 meses en los demás casos. * Si no se notifica la resolución en el plazo establecido, se entiende desestimado el recurso. ## Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros" Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, debe constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco. * Manual de uso de la aplicación Registro Telemático de Terceros (PDF, 944 KB) * Acceso a la aplicación del Registro Telemático de Terceros ## Otros trámites ### Aportación de documentación * Puede realizarse electrónicamente a través de Mi carpeta o presencialmente. * Puede aportar los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado. ### Modificación de los datos de notificación y comunicación * Puede realizarse electrónicamente a través de Mi carpeta en el apartado "Mi perfil" o presencialmente. ### Subsanación de la documentación * Puede realizarse electrónicamente a través de Mi carpeta o presencialmente. * Si la solicitud no reúne los requisitos, se le requerirá que la subsane en el plazo de 10 días. De no hacerlo, se entenderá que ha desistido de su solicitud. ### Ampliación de plazo * Puede solicitarse electrónicamente a través de Mi carpeta o presencialmente. * Puede solicitar la ampliación del plazo para subsanar o aportar la documentación requerida, siempre y cuando no se trate de un procedimiento de concurrencia competitiva. ### Desistimiento * Puede realizarse electrónicamente a través de Mi carpeta o presencialmente. * Tiene derecho a desistir de su solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución. ### Renuncia * Puede realizarse electrónicamente a través de Mi carpeta o presencialmente. * Puede renunciar a la continuación de un procedimiento en cualquier momento una vez que se haya dictado la resolución. ### Ampliar información * Puede realizarse electrónicamente a través de Mi carpeta o presencialmente. * Si la solicitud o comunicación necesita ampliar información, el órgano competente le requerirá que aporte nueva documentación en el plazo de 15 días. ### Requerimiento * Puede realizarse electrónicamente a través de Mi carpeta o presencialmente. * Si la solicitud o comunicación necesita ampliar información, el órgano competente le requerirá que aporte nueva documentación en el plazo de 10 días.
## Resumen Este trámite regula las ayudas para los contratos de relevo, según el artículo 12.7 del Estatuto de los Trabajadores. El objetivo es fomentar la contratación en la Comunidad Autónoma del País Vasco. **Quién puede usar este servicio:** Personas físicas o jurídicas que realicen contratos de relevo a jornada completa y por tiempo indefinido, o de duración determinada con compromiso de conversión en indefinidos, iniciados a partir del 19 de octubre de 2024, para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * DNI o NIE de las personas contratadas como relevista, relevada y contratada adicional. * Copia del contrato de relevo y del contrato a tiempo parcial de la persona que accede a la jubilación parcial. * Acreditación de la plantilla fija de la empresa existente en los centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Euskadi en el momento del inicio del contrato de relevo. * En el supuesto de que el contrato de relevo se concierte con un/a trabajador/a de la empresa, habrá de presentarse copia del contrato de duración determinada que tenía suscrito con anterioridad, así como copia del contrato adicional a que hace referencia el artículo 4. * Copia del acuerdo de empresa a que hace referencia el artículo 4.4, en su caso. **Requisitos previos:** * Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social. * Tarjeta de identificación fiscal de la empresa. * Si se es persona física, certificado del órgano competente indicando el epígrafe del IAE. * No encontrarse entre las exclusiones del artículo 3.1 de la convocatoria. * No concurrir las circunstancias a las que se refiere el artículo 5 de la convocatoria. * No hallarse incursa en procedimiento alguno de reintegro o sancionador iniciado como consecuencia de subvención o ayuda de la misma naturaleza otorgada por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi o de sus organismos autónomos. * No haber sido condenada o sancionada, mediante sentencia o resolución administrativa firmes, con la perdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas, o habiéndolo sido, ha transcurrido el periodo de condena o sanción. * Haber comunicado a la RLT la intención de contratar al amparo de la convocatoria de ayudas al contrato de relevo. * No hallarse incursa en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. * Mantener el nivel de empleo de la plantilla fija existente en los centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Euskadi en el momento del inicio de las contrataciones subvencionadas, durante los 20 meses posteriores a la realización del contrato de relevo. * Notificar las extinciones de contratos de trabajo declaradas judicialmente improcedentes o nulas. * Que no ha sido condenada por delitos de prevaricación, cohecho, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, fraudes y exacciones ilegales o delitos urbanísticos. * Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente (tanto público como privado). * Que no ha solicitado la declaración de concurso voluntario, ni ha sido declarada insolvente en cualquier procedimiento, ni ha sido declarada en concurso o, habiéndolo sido, ha adquirido en él eficacia un convenio, ni está sujeta a intervención judicial, ni ha sido inhabilitada conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal o, de haberlo sido, ha concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso. * Que no está incursa la persona física, las administradoras o administradores de las sociedades mercantiles o quienes ostenten la representación legal de otras personas jurídicas en alguno de los supuestos del régimen de incompatibilidades previsto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, y en la Ley 1/2014, de 26 de junio, Reguladora del Código de Conducta y de los Conflictos de Intereses de los Cargos Públicos, ni se trata de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma o en la normativa autonómica que regule estas materias. * Que no tiene la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal. * Que no ha sido sancionada administrativa o penalmente por incurrir en discriminación por razón de sexo, o por incumplimiento de la normativa en materia de igualdad de mujeres y hombres, en concreto del texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres, aprobado por Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, o de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, o bien ha transcurrido el periodo de sanción. * Que no está incursa en causa legalmente establecida que le impida el acceso a ayudas o subvenciones, incluidas las siguientes: * Que no ha sido sancionada por infracción grave o muy grave prevista en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, o en la Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración Ambiental de Euskadi, mediante resolución firme en vía administrativa o, en caso de haber sido sancionada, que ha ejecutado las medidas correctoras pertinentes y ha satisfecho la sanción. * Que cumple con la cuota establecida legalmente de reserva de puestos de trabajo en favor de personas con discapacidad o, en su defecto, ha adoptado las medidas alternativas correspondientes. * Que se compromete a no incurrir en deslocalización empresarial en los términos del artículo 49 de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones. * Comunicar si en los últimos tres ejercicios fiscales se han obtenido ayudas sujetas al régimen de minimis. * Que reúne todos los requisitos exigidos en la convocatoria y que todos los datos consignados en la presente solicitud son veraces. **Costes y plazos:** * El plazo de presentación de las solicitudes de subvención será de tres meses a contar desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en los contratos iniciados con anterioridad a dicha publicación y de tres meses contados desde la fecha de inicio del contrato de relevo para aquellos contratos iniciados el mismo día o con posterioridad a la publicación de la convocatoria en el BOPV. En cualquier caso, la fecha final de presentación de solicitudes será el día 20 de octubre de 2025. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese. 2. Prepare la documentación requerida en formato digital. 3. Acceda a la [Sede Electrónica](https://www.euskadi.eus/web01-sedeform/es/x43kToolkitWar/form/fdp?procedureId=LAN62_REPLE&tipoPresentacion=1&language=es). **Información sobre cada etapa:** * La tramitación es electrónica. * Es necesario disponer de un medio de identificación electrónica. * Se deben escanear los documentos en formato PDF u otros formatos admitidos. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** Las solicitudes serán estudiadas por orden de presentación y se concederán las ayudas en el mismo orden a aquellas que cumplan los requisitos y condiciones previstos en la convocatoria, hasta el agotamiento de la dotación presupuestaria. **Plazos de resolución:** 6 meses a partir de la solicitud. **Siguientes pasos:** La continuación de la tramitación y el seguimiento del estado del expediente se realizará a través de [Mi carpeta](https://www.euskadi.eus/micarpeta). ## Ayuda **Contacto:** * Servicio de Atención a la Ciudadanía: **945 160 600** (Información general) * Servicio de Atención a Entidades y Empresas: **945 160 601** (Información general) * Dirección de Activación Laboral * [ayudas.relevo@lanbide.eus](mailto:ayudas.relevo@lanbide.eus) * Teléfono: 945 18 13 48 **Recursos adicionales:** * [Ayudas y subvenciones](https://www.euskadi.eus/gobierno-vasco/tramites-servicios/?r01kQry=tT:ayuda_subvencion;cO:r01epd0122e4ed314423e0db04c97a47b5baa317f,r01epd0122e4edf39923e0db0b11fff216b637726,r01etpd1804bc161227299a1977bcedbc0dd7c5b66,r01etpd1804bdc03437299a19720838a388982a1e1,r01etpd1804ae5a73a7299a197769e9d6487fbbd1f,r01etpd180477a10dd7299a1974d126531e0a3e4bf,r01etpd1804ad8b2887299a1973c4e954c58b19a50,r01etpd1804b27a7707299a1977cb0d28f75808939;mA:documentLanguage.EQ.es,procedureCollection.EQ.0,procedureStatus.EQ.16;pp:r01PageSize.20;p:Inter,Inter_portal&r01SearchEngine=meta) * [Manual de uso de la aplicación Registro Telemático de Terceros (PDF, 944 KB)](https://www.euskadi.eus/contenidos/informacion/regtelter_infor/es_rtt/adjuntos/manual_uso_RTT.pdf) * [Acceso a la aplicación del Registro Telemático de Terceros](http://www.euskadi.eus/r51-rtta0903/es/rttaTercerosWar/inicio) * [Medios de identificación electrónica admitidos](https://www.euskadi.eus/web01-sedeform/es/contenidos/informacion/certificados_admitidos/es_cert_ele/index.shtml) ## Otros trámites * [Desistimiento](https://www.euskadi.eus/micarpeta) * [Renuncia](http://www.euskadi.eus/micarpeta) * [Subsanación de la documentación](https://www.euskadi.eus/micarpeta)
## Resumen Este trámite permite solicitar ayudas para inversiones que desarrollen y apliquen un sistema de control de la pesca de la Unión Europea. ### Quién puede usar este servicio Pescadores o dueños de barcos de pesca, incluyendo las comunidades de bienes. ### Antes de empezar Es importante revisar los requisitos y la documentación necesaria antes de iniciar la solicitud. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos La documentación específica puede variar según la línea de ayuda. Consulte los requisitos específicos en la normativa aplicable. ### Requisitos previos * Las inversiones deben realizarse en la Comunidad Autónoma del País Vasco o en buques con puerto base en la CAPV. * Las personas físicas deben tener vecindad administrativa en la CAPV durante el año anterior a la solicitud. * Las personas jurídicas deben tener su sede social en la CAPV. * Las inversiones no deben haber comenzado antes de la solicitud. * Estar al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social. * Las inversiones no deben tener efectos negativos significativos sobre el medio ambiente. * Comunicar si se han solicitado o recibido otras subvenciones para el mismo gasto. * No estar incurso en procedimientos de reintegro o sancionadores relacionados con ayudas similares. * No estar sancionado penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones. * No haber solicitado la declaración de concurso, no haber sido declarado insolvente, ni estar sujeto a intervención judicial. * No haber dado lugar a la resolución firme de contratos con la Administración. * No tener la residencia fiscal en un paraíso fiscal. * En el caso de asociaciones, no estar incursa en causas de prohibición previstas en la Ley Orgánica 1/2002. ### Costes y plazos Este trámite no tiene coste asociado. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. **Preparación:** Reúna la documentación necesaria y asegúrese de cumplir con los requisitos. 2. **Solicitud:** Presente la solicitud de forma electrónica o presencial. 3. **Tramitación:** La administración revisará su solicitud y documentación. 4. **Resolución:** Se le notificará la resolución en un plazo máximo de seis meses. ### Información sobre cada etapa * **Solicitud electrónica:** Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón "Solicitud". Puede guardar el formulario y continuar en sesiones sucesivas. La Administración conservará los datos durante un mes. * **Solicitud presencial:** Puede presentar la solicitud en las oficinas de la Dirección de Pesca y Acuicultura en Vitoria-Gasteiz, Bilbao y Donostia-San Sebastián, así como en las oficinas de Zuzenean y otros lugares de presentación indicados en la normativa. ### Tiempos de espera La resolución se dictará y notificará en un plazo máximo de seis meses desde la presentación completa de la solicitud. Si transcurre este plazo sin resolución expresa, se entenderá que la solicitud ha sido estimada. ## Después de hacerlo ### Qué sucede después Una vez resuelta la solicitud, se le notificará la resolución. Si la resolución es favorable, se procederá al pago de la ayuda. ### Plazos de resolución La resolución se dictará y notificará en un plazo máximo de seis meses desde la presentación completa de la solicitud. Si transcurre este plazo sin resolución expresa, se entenderá que la solicitud ha sido estimada. ### Siguiente pasos Si no está de acuerdo con la resolución, puede interponer un recurso de alzada en el plazo de un mes si el acto es expreso, o de tres meses si el acto es presunto. ## Ayuda ### Contacto Dirección de Pesca y Acuicultura Iñaki Zubiete Teléfono: 944 03 14 62 Email: i-zubiete@euskadi.eus Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía ### Recursos adicionales * ORDEN de 8 de octubre de 2024, de la Consejera de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca, por la que se aprueban, para el año 2024, las bases de la convocatoria de ayudas al sector pesquero y acuícola de la Comunidad Autónoma del País Vasco. * Reglamento (UE) 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de julio de 2021 por el que se establece el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2017/1004 * Medios de identificación electrónica admitidos * Formatos admitidos para la documentación * Mi carpeta * Certificados electrónicos * Cómo digitalizar documentos * Título V. Capítulo II. Recursos administrativos, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas * Zuzenean: Servicio de atención presencial a la ciudadanía * Decreto 91/2023, de 20 de junio, de atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos * artículo 16.4 de la Ley 39/2015 * Manual de uso de la aplicación Registro Telemático de Terceros (PDF, 944 KB) * Acceso a la aplicación del Registro Telemático de Terceros * entidad financiera * Artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas * Artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas * Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas ### Preguntas frecuentes (Ver sección FAQ)
## Resumen Este trámite permite solicitar ayudas para inversiones que desarrollen y apliquen un sistema de control de la pesca de la Unión Europea. Está dirigido a pescadores y propietarios de buques pesqueros del sector pesquero y acuícola de la CAPV. ## A quién va dirigido * Pescadores o propietarios de buques pesqueros, incluidas las comunidades de bienes. ### Requisitos: * Las inversiones y gastos subvencionables deben realizarse en la Comunidad Autónoma del País Vasco o en buques pesqueros con puerto base en la Comunidad Autónoma del País Vasco. * En el caso de personas físicas, deben tener vecindad administrativa en la Comunidad Autónoma del País Vasco en el año anterior a la solicitud. * En el caso de personas jurídicas, su sede social debe estar en la Comunidad Autónoma del País Vasco. * Las inversiones y gastos no deben haber comenzado antes de presentar la solicitud. * Estar al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social. * Las inversiones no deben tener efectos negativos significativos en el medio ambiente. * Comunicar si se han solicitado o no otras subvenciones para el mismo gasto. * No estar incurso en procedimientos de reintegro o sancionadores. * No estar sancionado penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones. * No haber solicitado la declaración de concurso, no haber sido declarado insolvente, ni estar sujeto a intervención judicial. * No haber dado lugar a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración. * No tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado como paraíso fiscal. ## Cómo hacerlo 1. **Tramitación electrónica:** Acceder a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón "Solicitud". No es necesario completar el formulario en una sola sesión; se puede guardar y continuar más tarde. La Administración conservará los datos durante un mes. 2. **Tramitación presencial:** Acceder al formulario de solicitud a través del botón "Solicitud" y presentarlo en los lugares indicados. ### Requisitos específicos: * Los mismos que se indican en la sección "A quién va dirigido". ### Más información: * Disponer de un medio de identificación electrónica. * Preparar los documentos necesarios en formato digital (PDF o formatos admitidos). ## Después de hacerlo * La resolución se dictará y notificará en un plazo máximo de seis meses desde la presentación completa de la solicitud. Si transcurre este plazo sin resolución expresa, se entenderá estimada la solicitud. ## Ayuda * **Dirección de Pesca y Acuicultura:** * Pilar Herrero * Teléfono: 944 03 14 62 * E-mail: p-herrero@euskadi.eus * Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía ## Otros trámites * **Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros":** Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas, debe constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco. Más información en el Manual de uso de la aplicación Registro Telemático de Terceros (PDF, 944 KB) y acceso a la aplicación en Registro Telemático de Terceros. * **Aportación de documentación:** Se puede realizar electrónicamente a través de Mi carpeta o presencialmente presentando el Formulario para la aportación de documentación. * **Modificación de los datos de notificación y comunicación:** Se puede realizar electrónicamente a través de Mi carpeta o presencialmente presentando el Formulario para la modificación de los datos de notificación y comunicación. * **Subsanación de la documentación:** Si la solicitud no cumple los requisitos, se requerirá subsanación en 10 días. Se puede realizar electrónicamente a través de Mi carpeta o presencialmente presentando el Formulario para la subsanación de la documentación. * **Ampliación de plazo:** Se puede solicitar electrónicamente a través de Mi carpeta o presencialmente presentando el Formulario para la ampliación del plazo de subsanación. * **Desistimiento:** Se puede realizar electrónicamente a través de Mi carpeta o presencialmente presentando el Formulario para solicitar el desistimiento. * **Renuncia:** Se puede realizar electrónicamente a través de Mi carpeta o presencialmente presentando el Formulario para renunciar al procedimiento. * **Ampliar información:** Se puede realizar electrónicamente a través de Mi carpeta o presencialmente presentando el Formulario de ampliación de información. * **Requerimiento:** Se puede realizar electrónicamente a través de Mi carpeta o presencialmente presentando el Requerimiento. ## Resolución y recursos * **Plazo de resolución:** Máximo de seis meses desde la presentación completa de la solicitud. * **Tipo de concesión de la ayuda:** No concursal. * **Efectos del silencio:** Estimatorios. * **Recursos:** * **Recurso de alzada:** Se puede interponer electrónicamente a través de Mi carpeta o presencialmente presentando el Recurso de Alzada. * **Recurso extraordinario de revisión ante el Tribunal Económico Administrativo de Euskadi:** Se puede interponer electrónicamente a través de Mi carpeta o presencialmente.
## Resumen Este trámite permite solicitar ayudas y subvenciones para el sector pesquero y acuícola de la Comunidad Autónoma del País Vasco (CAPV), con el objetivo de fomentar la competitividad de las organizaciones profesionales y empresas del sector en la comercialización de sus productos. **Quién puede usar este servicio:** Pescadores, propietarios de buques pesqueros y comunidades de bienes que cumplan con los requisitos establecidos. **Antes de empezar:** Es importante revisar los requisitos específicos y la documentación necesaria antes de iniciar la solicitud. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** La documentación específica puede variar según la línea de ayuda. Es fundamental consultar la normativa reguladora para conocer los documentos necesarios en cada caso. **Requisitos previos:** * Las inversiones y gastos deben realizarse en la CAPV o en buques con puerto base en la misma. * Cumplir con los requisitos de vecindad administrativa o sede social en la CAPV. * No haber comenzado las inversiones antes de la solicitud. * Estar al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social. * No tener efectos negativos significativos sobre el medio ambiente. * Cumplir con las obligaciones de comunicación sobre otras ayudas y no estar incurso en procedimientos de reintegro o sancionadores. **Costes y plazos:** * Este trámite no tiene coste. * El plazo de resolución es de seis meses desde la presentación completa de la solicitud. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. **Preparación:** Reúna la documentación necesaria y asegúrese de cumplir con los requisitos. 2. **Solicitud:** Presente la solicitud de forma electrónica o presencial. 3. **Tramitación:** La administración revisará la solicitud y la documentación. 4. **Resolución:** Se dictará y notificará la resolución en el plazo máximo de seis meses. **Información sobre cada etapa:** * **Solicitud electrónica:** Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del enlace proporcionado y siga las instrucciones. * **Solicitud presencial:** Imprima y rellene el formulario de solicitud y preséntelo en los lugares indicados. **Tiempos de espera:** El tiempo de espera para la resolución es de seis meses. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** Una vez resuelta la solicitud, se notificará la resolución a la persona interesada. **Plazos de resolución:** El plazo máximo de resolución es de seis meses. **Siguientes pasos:** Si la resolución es favorable, se procederá al pago de la ayuda. Si no está de acuerdo con la resolución, puede interponer los recursos correspondientes. ## Ayuda **Contacto:** * Dirección de Pesca y Acuicultura: Iñaki Zubiete, Teléfono: 944 03 14 62, Email: i-zubiete@euskadi.eus * Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía **Recursos adicionales:** * ORDEN de 8 de octubre de 2024, de la Consejera de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca, por la que se aprueban, para el año 2024, las bases de la convocatoria de ayudas al sector pesquero y acuícola de la Comunidad Autónoma del País Vasco. * Reglamento (UE) 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de julio de 2021 por el que se establece el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2017/1004 **Preguntas frecuentes:** Consulte la sección de preguntas frecuentes para resolver dudas comunes sobre este trámite.
## Resumen Este trámite ofrece ayudas y subvenciones para fomentar la competitividad de las organizaciones profesionales del sector pesquero y acuícola en la Comunidad Autónoma del País Vasco (CAPV). El objetivo es apoyar la creación de organizaciones de productores, la búsqueda de nuevos mercados, la mejora de la calidad y el valor añadido de los productos, la realización de estudios de mercado y campañas de promoción, la mejora de la trazabilidad y el apoyo a inversiones para la mejora de la transformación. **Quién puede usar este servicio:** * Pescadores o propietarios de buques pesqueros, incluidas las comunidades de bienes, que cumplan con los requisitos establecidos. **Antes de empezar:** * Es importante revisar los requisitos específicos de cada línea de ayuda. * Asegúrese de contar con un medio de identificación electrónica si desea realizar la tramitación online. * Prepare los documentos necesarios en formato digital (PDF o formatos admitidos). ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * La documentación específica puede variar según la línea de ayuda. Consulte los requisitos específicos en la convocatoria. **Requisitos previos:** * Las inversiones y gastos subvencionables deben realizarse en la CAPV o en buques con puerto base en la CAPV. * Las personas físicas deben tener vecindad administrativa en la CAPV en el año anterior a la solicitud. * Las personas jurídicas deben tener su sede social en la CAPV. * Las inversiones y gastos no deben haber comenzado antes de la presentación de la solicitud. * Estar al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social. * Las inversiones no deben tener efectos negativos significativos sobre el medio ambiente. * Comunicar si se han solicitado o recibido otras subvenciones para el mismo gasto. * No estar incurso en procedimientos de reintegro o sancionadores relacionados con ayudas de la misma naturaleza. * No estar sancionado penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones. * No haber solicitado la declaración de concurso, no haber sido declarado insolvente, etc. * No haber dado lugar a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración. * No tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado como paraíso fiscal. * En el caso de asociaciones, no estar incursa en causas de prohibición previstas en la Ley Orgánica 1/2002. **Costes y plazos:** * Este trámite no tiene coste. * Consultar la convocatoria específica para conocer los plazos de presentación de solicitudes. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. **Preparación:** Reúna la documentación necesaria y asegúrese de cumplir con los requisitos. 2. **Solicitud:** Presente la solicitud de forma electrónica o presencial. 3. **Tramitación:** La administración revisará su solicitud y la documentación adjunta. 4. **Resolución:** Se dictará y notificará la resolución en el plazo máximo de seis meses. **Información sobre cada etapa:** * **Solicitud electrónica:** Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón "Solicitud". Puede guardar el formulario y continuar en sesiones sucesivas. La Administración conservará los datos durante un mes. * **Solicitud presencial:** Puede rellenar el formulario online e imprimirlo para presentarlo firmado, o imprimir el formulario vacío y rellenarlo a mano. Preséntelo en los lugares indicados. **Tiempos de espera:** * La resolución se dictará y notificará en un plazo máximo de seis meses desde la presentación completa de la solicitud. Si transcurre este plazo sin resolución expresa, se entenderá que la solicitud ha sido estimada. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** * Recibirá la notificación de la resolución. * Si la resolución es favorable, se procederá al pago de la ayuda o subvención. **Plazos de resolución:** * La resolución se dictará y notificará en un plazo máximo de seis meses desde la presentación completa de la solicitud. Si transcurre este plazo sin resolución expresa, se entenderá que la solicitud ha sido estimada. **Siguientes pasos:** * Si está de acuerdo con la resolución, no es necesario realizar ninguna acción. * Si no está de acuerdo con la resolución, puede interponer un recurso de alzada o un recurso extraordinario de revisión, según corresponda. ## Ayuda **Contacto:** * Dirección de Pesca y Acuicultura. Pilar Herrero. Teléfono: 944 03 14 62. E-mail: p-herrero@euskadi.eus. * Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía **Recursos adicionales:** * Reglamento (UE) 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de julio de 2021 por el que se establece el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2017/1004 * Manual de uso de la aplicación Registro Telemático de Terceros (PDF, 944 KB) ## Otros trámites * **Aportación de documentación:** Puede aportar documentación adicional a través de Mi carpeta o de forma presencial. * **Modificación de los datos de notificación y comunicación:** Puede modificar sus datos de contacto en Mi carpeta o de forma presencial. * **Subsanación de la documentación:** Si su solicitud no cumple con los requisitos, se le requerirá que la subsane en un plazo de 10 días. * **Ampliación de plazo:** Puede solicitar una ampliación del plazo para subsanar o aportar documentación. * **Desistimiento:** Puede desistir de su solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución. * **Renuncia:** Puede renunciar a la continuación del procedimiento una vez que se haya dictado la resolución.