Ayudas al fomento de la comercialización en el marco de la calidad y el valor añadido de los productos, envases y presentaciones de los productos pesqueros y acuícolas 2024 - Gobierno Vasco

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Fomentar la competitividad de las organizaciones profesionales de la ISV y de las empresas pesqueras y acuícolas en la comercialización de productos de la pesca y acuicultura.

¿Quién puede solicitarlo?

Pescadores o propietarios de buques pesqueros, incluidas las comunidades de bienes.

Requisitos principales

  • Las inversiones y gastos subvencionables deben realizarse en la Comunidad Autónoma del País Vasco o en buques pesqueros con puerto base en la misma.
  • En el caso de personas físicas, deben tener vecindad administrativa en la Comunidad Autónoma del País Vasco durante el año anterior a la solicitud.
  • En el caso de personas jurídicas, su sede social debe estar en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
  • Las inversiones y gastos subvencionables no deben haber comenzado antes de la presentación de la solicitud.
  • Estar al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
  • Las inversiones no deben tener efectos negativos significativos sobre el medio ambiente.
  • Comunicar si se han solicitado o recibido otras subvenciones o ayudas para el mismo gasto.
  • Comunicar si se está incurso en algún procedimiento de reintegro o sancionador relacionado con ayudas de la misma naturaleza.
  • Estar al corriente de pago de obligaciones por cantidades determinadas en un procedimiento de reintegro o sancionador.
  • No estar sancionado penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas.
  • No haber solicitado la declaración de concurso, no haber sido declarado insolvente, no hallarse declarado en concurso, no estar sujeto a intervención judicial o no haber sido inhabilitado conforme a la Ley Concursal.
  • No haber dado lugar a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.
  • No estar incursa la persona física, los administradores de las sociedades mercantiles o aquellos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas, en alguno de los supuestos de la Ley Reguladora del Código de Conducta y de los Conflictos de Intereses de los Cargos Públicos.
  • No tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.
  • En el caso de las asociaciones, que éstas no se hallen incursas en las causas de prohibición previstas en la Ley Orgánica reguladora del Derecho de Asociación.

Plazos

Varían según la convocatoria. Consultar la normativa específica.

Duración del trámite

6 meses

Información adicional

La resolución se dictará y notificará en el plazo máximo de seis meses desde la presentación completa de cada una de las solicitudes que se presenten, transcurrido el cual sin resolución expresa, las personas interesadas podrán entender estimadas sus solicitudes.

Resumen

Este trámite permite solicitar ayudas y subvenciones para el sector pesquero y acuícola de la Comunidad Autónoma del País Vasco (CAPV), con el objetivo de fomentar la competitividad de las organizaciones profesionales y empresas del sector en la comercialización de sus productos.

Quién puede usar este servicio:

Pescadores, propietarios de buques pesqueros y comunidades de bienes que cumplan con los requisitos establecidos.

Antes de empezar:

Es importante revisar los requisitos específicos y la documentación necesaria antes de iniciar la solicitud.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

La documentación específica puede variar según la línea de ayuda. Es fundamental consultar la normativa reguladora para conocer los documentos necesarios en cada caso.

Requisitos previos:

  • Las inversiones y gastos deben realizarse en la CAPV o en buques con puerto base en la misma.
  • Cumplir con los requisitos de vecindad administrativa o sede social en la CAPV.
  • No haber comenzado las inversiones antes de la solicitud.
  • Estar al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
  • No tener efectos negativos significativos sobre el medio ambiente.
  • Cumplir con las obligaciones de comunicación sobre otras ayudas y no estar incurso en procedimientos de reintegro o sancionadores.

Costes y plazos:

  • Este trámite no tiene coste.
  • El plazo de resolución es de seis meses desde la presentación completa de la solicitud.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Preparación: Reúna la documentación necesaria y asegúrese de cumplir con los requisitos.
  2. Solicitud: Presente la solicitud de forma electrónica o presencial.
  3. Tramitación: La administración revisará la solicitud y la documentación.
  4. Resolución: Se dictará y notificará la resolución en el plazo máximo de seis meses.

Información sobre cada etapa:

  • Solicitud electrónica: Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del enlace proporcionado y siga las instrucciones.
  • Solicitud presencial: Imprima y rellene el formulario de solicitud y preséntelo en los lugares indicados.

Tiempos de espera:

El tiempo de espera para la resolución es de seis meses.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

Una vez resuelta la solicitud, se notificará la resolución a la persona interesada.

Plazos de resolución:

El plazo máximo de resolución es de seis meses.

Siguientes pasos:

Si la resolución es favorable, se procederá al pago de la ayuda. Si no está de acuerdo con la resolución, puede interponer los recursos correspondientes.

Ayuda

Contacto:

Recursos adicionales:

Preguntas frecuentes:

Consulte la sección de preguntas frecuentes para resolver dudas comunes sobre este trámite.


Preguntas frecuentes


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