Gobierno de Castilla-La Mancha

  • ## Resumen Este trámite permite a las empresas con 50 o más empleados solicitar una autorización para cumplir de forma alternativa con la obligación de reservar un 2% de su plantilla para trabajadores con discapacidad. En lugar de contratar directamente, la empresa puede proponer otras medidas compensatorias. **Quién puede usar este servicio:** Empresas públicas o privadas con 50 o más empleados ubicadas en Castilla-La Mancha, o aquellas con centros de trabajo en otras comunidades pero con al menos el 85% de su plantilla en Castilla-La Mancha. ## Lo que necesitas * **Requisitos previos:** * La empresa debe demostrar que no puede contratar directamente a trabajadores con discapacidad debido a la imposibilidad de cubrir la oferta de empleo o a dificultades productivas, organizativas, técnicas o económicas. * La empresa debe proponer una medida alternativa. * **Costes:** El coste depende de la medida alternativa adoptada. Se calcula en función del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) anual. ## Cómo hacerlo 1. **Presentar la solicitud:** Rellena el formulario (Anexo II de la Orden de 16-12-2008) y adjunta la documentación requerida. 2. **Documentación:** * Poder de representación (si aplica). * Justificación de la imposibilidad de contratar (si aplica). * Estatutos y declaración de utilidad pública de la fundación o asociación beneficiaria (si la medida alternativa es una donación o patrocinio). 3. **Dónde presentar:** Telemáticamente a través de la sede electrónica de la JCCM. ## Después de hacerlo * **Plazo de resolución:** 2 meses. * **Validez de la declaración:** 3 años. * **Comunicación de la medida:** La empresa debe comunicar la aplicación de la medida alternativa en el plazo de un mes desde su inicio. ## Ayuda * **Marco legal:** * [Artículo 38.1 Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de las Personas con Discapacidad (BOE de 30-04-1982). Establece la obligación de reserva del 2 por ciento de la plantilla a favor de trabajadores con discapacidad en empresas de 50 o más trabajadores.](https://www.boe.es/eli/es/l/1982/04/07/13) * [Real Decreto 290/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan los enclaves laborales como medida de fomento del empleo de las personas con discapacidad.](https://www.boe.es/eli/es/rd/2004/02/20/290) * [Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad.](https://www.boe.es/eli/es/rd/2005/04/08/364) * [Decreto 81/2015, de 14/07/2015, por el que se establece la estructura orgánica y se fijan las competencias de los órganos integrados en la Consejería de Economía, Empresas y Empleo.](https://docm.jccm.es/portaldocm/detalleDocumento.do?idDisposicion=1436972821531010254) * [Orden de 16/12/2008, de la Consejería de Trabajo y Empleo, POR LA QUE SE ADAPTA EL PROCEDIMIENTO ESTABLECIDO EN EL REAL DECRETO 364/2005, 8 DE ABRIL, PARA EL CUMPLIMIENTO ALTERNATIVO CON CARACTER EXCEPCIONAL DE LA CUOTA DE RESERVA A FAVOR DE LOS TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD, A LAS NORMAS PROPIAS DE LA ORGANIZACION DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE CASTILLA-LA MANCHA](https://docm.jccm.es/portaldocm/detalleDocumento.do?idDisposicion=123064228767001305)

  • ## Trámite para la Declaración de Fiesta de Interés Turístico Regional Este trámite permite solicitar la declaración de una fiesta como de Interés Turístico Regional en Castilla-La Mancha. ### ¿Qué tener en cuenta antes de empezar? 1. **Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos:** Verifica los plazos y los requisitos administrativos y técnicos en requisitos técnicos. 2. **Prepara la documentación necesaria:** Revisa la documentación adicional y tenla en formato electrónico. Puedes acreditar tu identidad mediante los Sistemas de identificación y firma admitidos. 3. **Pago de tasas:** Cumplimenta el modelo 046 para el pago en entidad de crédito o de forma electrónica. Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática,con firma electrónica en la **sede electrónica de la JCLM** ### Objeto Regular el procedimiento y las condiciones de otorgamiento de la declaración de "Fiesta de Interés Turístico Regional de Castilla-La Mancha". ### Destinatarios Ayuntamientos de Castilla-La Mancha y otras organizaciones o asociaciones que desarrollen actividades turísticas en el ámbito territorial de celebración. ### Requisitos * Importancia como atractivo turístico. * Antigüedad mínima de quince años,acreditada por el Ayuntamiento. * Trascendencia en medios de comunicación (al menos diez publicaciones regionales en los últimos cinco años). ### Criterios Art. 6.2 del Decreto 32/2006: * Originalidad de los actos. * Tradición popular y valor etnográfico. * Garantía de futuro por su trascendencia social,historia y tradición. * Celebración periódica. * Calidad de los actos. ### Plazo de resolución 6 MESES ### Sentido del silencio Estimatorio ### Documentación a aportar Art. 6.2 del Decreto 32/2006: * Originalidad de los actos. * Tradición popular y valor etnográfico. * Garantía de futuro por su trascendencia social,historia y tradición. * Celebración periódica. * Calidad de los actos. ### Marco legal * Ley 8/1999,de 26/05/1999,de las Cortes de Castilla-La Mancha,DE ORDENACION DEL TURISMO DE CASTILLA-LA MANCHA * Ley 7/2009,de 17 de diciembre,de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Directiva 2006/123/CE * Decreto 32/2006,de 21/03/2006,Consejo de Gobierno,POR EL QUE SE REGULA LA DECLARACION DE FIESTA DE INTERES TURISTICO REGIONAL DE CASTILLA-LA MANCHA ### Modelos del trámite * Declaración (DOC,150 KB)

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar la Declaración de Interés Regional para proyectos de singular interés en Castilla-La Mancha. **Quién puede usar este servicio:** * Personas físicas o jurídicas que deseen promover un Proyecto de Singular Interés en la región. ## Lo que necesitas * **Documentación a aportar:** La especificada en el artículo 15, letras a), b), c) y d) del Reglamento de Planeamiento de la LOTAU (vinculado en el Marco Legal). ## Cómo hacerlo 1. **Preparar la documentación:** Reúne toda la documentación necesaria en formato electrónico. 2. **Presentar la solicitud:** Puedes presentar la solicitud de forma online a través de la sede electrónica de la JCCM con certificado digital o Clave de firma, o de forma presencial en los lugares de presentación. ## Después de hacerlo * **Plazo de resolución:** 2 meses. * **Sentido del silencio administrativo:** Desestimatorio. ## Ayuda * **Contacto:** * CONSEJERÍA DE FOMENTO * Dirección General de Planificación Territorial y Urbanismo * Paseo Cristo de la Vega s/n * 45071.- TOLEDO * Tel: 925 266 900 * Correo electrónico: dgptu.fomento@jccm.es * **Marco legal:** * Decreto 248/2004, de 14/09/2004, Consejo de Gobierno, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE PLANEAMIENTO DE LA LEY 2/1998, DE 4 DE JUNIO, DE ORDENACION DEL TERRITORIO Y DE LA ACTIVIDAD URBANISTICA * Decreto Legislativo 1/2023, de 28 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística.

  • ## Declaración de urgente ocupación Obtener declaración de la urgente ocupación por el Consejo de Gobierno. ## Destinatarios Corporaciones Locales. ## Requisitos Los previstos en los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa,de 16 de diciembre de 1954,y 56 de su Reglamento,aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957. ## Plazo de resolución 9 MESES ## Tasas Es gratuito. ## Sentido del silencio Desestimatorio ## Documentación a aportar * Certificación de la aprobación definitiva del Proyecto de Obra por el órgano competente. * Acta de Replanteo del Proyecto certificando la viabilidad del mismo en los terrenos a expropiar. * Certificación del Acuerdo plenario en el que se aprueba iniciar un expediente de expropiación forzosa a los efectos de la declaración de utilidad pública de la obra,así como la necesidad de urgente ocupación de los terrenos afectados,cuya descripción concreta e individualizada se aprueba inicialmente,acordando dar traslado del expediente al Consejo de Gobierno para la declaración de la urgente ocupación. * Memoria justificativa de la urgencia de la ocupación. * Certificación de que la relación de bienes y derechos se ha sometido a información pública por plazo de 15 días mediante anuncio publicado en el BOP,y en el tablón de la Corporación,de que se ha notificado individualmente a todos los interesados,y de las alegaciones presentadas. ## Información adicional Es competencia del Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha declarar la urgente ocupación de bienes y derechos afectados por expropiación forzosa en expedientes instruidos por corporaciones locales. ## Marco legal * [Ley 7/2013,de 21 de noviembre,de adecuación de procedimientos administrativos y reguladora del régimen general de la declaración responsable y comunicación previa.](https://docm.jccm.es/portaldocm/detalleDocumento.do?idDisposicion=1385470189262160079) * [Ley 11/2003,de 25/09/2003,de las Cortes de Castilla-La Mancha,DEL GOBIERNO Y DEL CONSEJO CONSULTIVO DE CASTILLA-LA MANCHA](https://docm.jccm.es/portaldocm/detalleDocumento.do?idDisposicion=123063057147030016)

  • ## Resumen Este trámite permite obtener el reconocimiento de utilidad pública para instalaciones de transporte y distribución de gas natural, lo cual es necesario para la expropiación forzosa y el establecimiento de servidumbres de paso. **Quién puede usar este servicio:** * Titulares de autorizaciones de construcción, ampliación y modificación de instalaciones de transporte secundario y distribución de gas natural por canalización. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Solicitud de Declaración en concreto de la utilidad pública. * Documento técnico y anejo de afecciones del proyecto (memoria, planos, relación de administraciones afectadas, relación de bienes a expropiar). * Justificante del pago de tasas. **Costes y plazos:** * Tasas: Tarifa 7.3 de la Ley 7/2008. * Plazo de resolución: 6 meses. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Asegúrate de cumplir los plazos y requisitos. 2. Prepara la documentación necesaria en formato electrónico. 3. Realiza el pago de las tasas. 4. Presenta la solicitud y la documentación a través de la sede electrónica o presencialmente en los lugares habilitados. ## Después de hacerlo * La solicitud se someterá a información pública durante 20 días. * El silencio administrativo es desestimatorio. ## Ayuda * Servicio de Alertas Informativas * Lugares de presentación * Requisitos técnicos * Sistemas de identificación y firma admitidos

  • ## Resumen Este trámite permite a las empresas de servicios en el ámbito de la seguridad industrial habilitarse para desarrollar sus actividades en Castilla-La Mancha. Incluye la presentación de la declaración responsable para iniciar la actividad, la comunicación de cese o modificación de la misma, y el acceso a la tramitación electrónica para profesionales de empresas habilitadas en otras comunidades autónomas (solo para baja tensión o térmicas). ## Lo que necesitas * **Documentación de la empresa:** Para identificar a la empresa. Si es persona jurídica, debe estar legalmente constituida. * **Medios técnicos y humanos:** Los mínimos exigidos por la normativa. * **Seguro de responsabilidad civil:** Con las características que indique la normativa. ## Cómo hacerlo 1. **Cumplir los requisitos:** Asegúrate de cumplir todos los requisitos y tener la documentación necesaria. 2. **Presentar la declaración responsable:** Una vez cumplidos los requisitos, presenta la declaración responsable indicando la categoría y modalidad en la que vas a desarrollar la actividad. 3. **Comunicar modificaciones o cese:** Cualquier modificación en los datos de la declaración o el cese de la actividad debe comunicarse en el plazo de un mes. 4. **Tramitación electrónica (opcional):** Si eres una empresa habilitada en otra comunidad autónoma y quieres realizar trámites electrónicos (baja tensión o térmicas), debes haber declarado previamente a tus profesionales. ## Después de hacerlo * La Administración inscribirá de oficio a la empresa en el Registro Integrado Industrial. * La declaración responsable habilita por tiempo indefinido en todo el territorio español desde el momento de su presentación. ## Ayuda * El número de identificación del RII se puede consultar en: [https://sedeaplicaciones.minetur.gob.es/rii/consultaspublicas/consultadatos.aspx](https://sedeaplicaciones.minetur.gob.es/rii/consultaspublicas/consultadatos.aspx)

  • ## Declaración responsable del número de inspecciones ITV Presentación de la declaración responsable del número de inspecciones ITV realizadas y liquidación de la tasa correspondiente. ## Destinatarios Las personas titulares de las estaciones de inspección técnica de vehículos (estaciones ITV) que trimestralmente tienen que realizar una declaración responsable del número de inspecciones ITV realizadas,y liquidar la tasa correspondiente. ## Requisitos * Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria Estatal y con la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha. * Estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social. * Cumplir con todas las prescripciones impuestas por Decreto 8/2019 por el que se regula la prescripción del servicio de inspección técnica de vehículos de Castilla-La Mancha. ## Documentación a aportar Fichero electrónico en formato Excel según modelo facilitado por la Dirección General de Transición Energética con los datos de las inspecciones realizadas,así como pago de la tasa que se efectuará en el momento de presentación de la declaración trimestral. ## Información adicional Contacto para aclarar dudas:Servicio de Industria de la Dirección General de Transición Energética:itv@jccm.es Hecho imponible de la tasa:la realización por los órganos administrativos competentes,de las actuaciones que permitan garantizar el correcto funcionamiento del servicio de inspección técnica de vehículos. Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas,así como las entidades a las que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria,que soliciten o a quienes se presten cualquiera de los servicios que integran su hecho imponible. - El pago de la tasa se realiza en el momento de la propia tramitación,cuando se está cumplimentando el formulario electrónico de la declaración responsable online. - El trámite no admite el pago previo de la tasa. ## Marco legal * [Ley 9/2012,de 29 de noviembre,de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias.](https://docm.jccm.es/portaldocm/detalleDocumento.do?idDisposicion=1354262921513460531) * [Decreto 8/2019,de 5 de marzo,por el que se regula la prestación del servicio de inspección técnica de vehículos en Castilla-La Mancha.](https://docm.jccm.es/portaldocm/detalleDocumento.do?idDisposicion=1552305567808660570) * [Resolución de 27/12/2019,de la Dirección General de Tributos y Ordenación del Juego,por la que se da publicidad a la relación de las tasas vigentes en la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha,con las cuantías e importes actualizados para el ejercicio 2020.](https://docm.jccm.es/portaldocm/detalleDocumento.do?idDisposicion=1577436143199260049)

  • ## Derecho segunda opinión médica Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM) Código de procedimiento:1001525 En plazo Si deseas recibir alertas sobre actualización de este trámite (alertas,notificaciones,comunicaciones)… [Accede al Servicio de Alertas Informativas](https://www.jccm.es/servicios/alertas-informativas) Online A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma [Tramitar](https://registrounicociudadanos.jccm.es/registrounicociudadanos/acceso.do?id=IU1) Presencial A través de los siguientes [lugares de presentación](https://www.jccm.es/tramites/lugares-de-presentacion). ### Plazo de presentación: Plazo abierto todo el año ## Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta ### 1. Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos Antes de comenzar la tramitación online,asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación,[requisitos técnicos](https://www.jccm.es/utilidades/verificacion-requisitos-tecnicos) así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo,podrá emplear la solicitud genérica. ### 2. Prepara la documentación necesaria Antes de empezar,revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los [Sistemas de identificación y firma admitidos](https://www.jccm.es/ayuda/certificados-electronicos-admitidos) y,dependiendo del trámite,también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos. ### 3. Pago de tasas,en caso de que el trámite lo requiera La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá,bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora,en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas,o bien su pago de forma electrónica. Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática,con firma electrónica en la **sede electrónica de la JCLM** ## Objeto Reconocer el derecho a la segunda opinión médica en el ámbito del Sistema Sanitario Público de Castilla-La Mancha. Se entiende por segunda opinión médica el informe de un facultativo del órgano,servicio o centro sanitario elegido por el SESCAM,con el fin de contrastar un primer diagnóstico completo o propuesta terapéutica para facilitar al paciente una mayor información sobre la inicialmente recibida. ## Destinatarios Tienen derecho a la segunda opinión médica los residentes en la Comunidad Autónoma que dispongan de tarjeta sanitaria en vigor perteneciente al Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM) en relación con un primer diagnóstico o propuesta terapéutica emitidos por un facultativo del Servicio Público de Salud de Castilla - La Mancha. ## Requisitos - Tener tarjeta sanitaria en vigor perteneciente al SESCAM. - Que el primer diagnóstico o propuesta terapéutica haya sido emitida por un facultativo del SESCAM. - Que se solicite una sola vez en cada proceso asistencial. - Se garantiza la segunda opinión médica para los siguientes procesos: a) Enfermedades neoplásticas malignas excepto cánceres de piel que no sean el melanoma. b) Enfermedades neurológicas inflamatorias y degenerativas invalidantes. c) Enfermedades graves con causa hereditaria claramente definida. d) Configuración de diagnóstico de enfermedad rara. A los efectos del presente Decreto,se entenderá por enfermedad rara aquella patología con peligro de muerte o invalidez crónica y de baja prevalencia,incluidas las de origen genético. e) Procedimientos de cirugía cardiaca. Cirugía valvular y Bypass aortocoronario. f) Tratamiento quirúrgico de la escoliosis severa en edad juvenil (menores de 18 años) g) Necesidad de trasplante. ## Criterios Reunir los requisitos exigidos en la legislación vigente. ## Plazo de resolución 15 DÍAS ## Sentido del silencio Estimatorio ## Documentación a aportar Documentación a aportar: -Solicitud,debidamente cumplimentada y firmada (previamente a la presentación de la solicitud,el paciente deberá dirigirse al Servicio en el que ha sido atendido inicialmente para que prepare un informe clínico actualizado) Además se deberá adjuntar la siguiente documentación,salvo que ya haya sido aportada ante cualquier Administración,en cuyo caso se deberá especificar el documento de que se trate,así como cuándo y ante qué Administración se presentó: Acreditativa de la representación legal o autorización expresa,cuando proceda. Acreditativa del vínculo familiar o de hecho y de la imposibilidad del interesado de presentar solicitud,cuando proceda. Asimismo la solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación,en caso de que no se autorice su comprobación,conforme a lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 39/2015,de 1 de octubre,del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha: Acreditativa de la identidad. Acreditativa del domicilio o residencia. ## Información adicional Si la resolución reconoce el derecho a una segunda opinión médica se indicará el servicio y centro sanitario que debe emitir el informe en el plazo de 15 días a partir de la recepción de la misma. Este plazo no se aplica a los centros concertados o públicos de otras Comunidades Autónomas. El informe de segunda opinión considerará la información aportada por el facultativo especialista del centro de origen. Excepcionalmente y si a criterio facultativo fuese conveniente la ampliación de la historia clínica,la realización de pruebas o exploraciones complementarias el servicio de admisión del centro emisor de la segunda opinión proporcionará al paciente la cita correspondiente. Cuando el paciente se desplace a un servicio o centro sanitario de un área sanitaria distinta a la de su origen se tiene derecho al abono de gastos de traslado,manutención y alojamiento. Si desea alguna aclaración dirigirse a la Dirección General de Asistencia Sanitaria. ## Marco legal * [Ley 16/2003,de 28 de mayo,de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud.](https://www.boe.es/eli/es/l/2003/05/28/16) * [Ley 5/2010,de 24/06/2010,sobre derechos y deberes en materia de salud de Castilla-La Mancha.](https://docm.jccm.es/portaldocm/detalleDocumento.do?idDisposicion=1278401782459940424) * [Decreto 91/2018,de 4 de diciembre,del derecho a la segunda opinión médica.](https://docm.jccm.es/portaldocm/detalleDocumento.do?idDisposicion=1545040810944150571) ## Modelos del trámite Formulario Segunda Opinión Médica [Descargar](https://www.jccm.es/tramites/descarga/1930/SIU1_32029.DOCX) Tú opinión nos interesa [Sólo dos preguntas](https://encuestas-gen.castillalamancha.es/index.php/222211/newtest/Y?222211X641X11680=SIU1)

  • ## Resumen Este trámite permite designar y registrar un organismo autorizado para realizar verificaciones metrológicas. **Quién puede usar este servicio:** Organismos (personas físicas o jurídicas) de verificación metrológica. ## Lo que necesitas * El organismo de verificación metrológica debe estar previamente autorizado. * Tasa aplicable según la Ley 7/2008. **Documentación a aportar:** * Formulario de "INSCRIPCIONES EN EL REGISTRO DE CONTROL METROLÓGICO: ORGANISMO AUTORIZADO DE VERIFICACIÓN METROLÓGICA", debidamente cumplimentado, junto con la documentación especificada en el mismo. ## Cómo hacerlo 1. **Online:** A través de la sede electrónica de la JCCM con certificado digital o Clave de firma: [Tramitar](https://registrounicociudadanos.jccm.es/registrounicociudadanos/acceso.do?id=JD0) 2. **Presencial:** En los lugares de presentación indicados: [lugares de presentación](https://www.jccm.es/tramites/lugares-de-presentacion) **Plazo de presentación:** Todo el año. ## Después de hacerlo * **Plazo de resolución:** 3 meses. * **Sentido del silencio administrativo:** Desestimatorio. ## Ayuda * **Contacto:** Consejería de desarrollo sostenible: 925267800. Servicio de Industria de la Dirección General de Transición Energética. **Marco legal:** * [Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología.](https://www.boe.es/eli/es/l/2014/12/22/32) * [Real Decreto 244/2016, de 3 de junio, por el que se desarrolla la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología.](https://www.boe.es/eli/es/rd/2016/06/03/244) * [Resolución de 2 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Igualdad, de 11 de noviembre de 2021, relativo a la acreditación de las situaciones de violencia de género.](https://www.boe.es/eli/es/res/2021/12/02/(6))

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar la expedición, renovación, modificación de datos o sustitución de la tarjeta de tacógrafo digital para centros de ensayo en Castilla-La Mancha. ### Quién puede usar este servicio * Fabricantes de vehículos que necesiten instalar tacógrafos digitales. * Fabricantes de carrocerías de autobuses y autocares que necesiten instalar tacógrafos digitales. * Fabricantes de tacógrafos digitales y sus talleres concesionarios. * Talleres de reparación de vehículos (mecánica o electricidad). * Estaciones de inspección técnica de vehículos (ITV). ### Antes de empezar 1. Asegúrate de cumplir los plazos y requisitos. 2. Prepara la documentación necesaria en formato electrónico. 3. Realiza el pago de tasas si es necesario. ## Lo que necesitas ### Documentación requerida * CIF y DNI o NIE (y certificado de empadronamiento si no consta residencia en CLM). * Acreditación de domicilio fiscal. * Autorización del órgano competente en materia de industria de la comunidad autónoma. * Certificado en vigor del sistema de gestión o conformidad de producción del centro técnico. * Certificado de formación del responsable técnico o técnico (no necesario si solo instala y activa el tacógrafo digital). * En caso de sustitución: indicar que es por pérdida, robo, deterioro o mal funcionamiento (exenta de tasa), fecha de la pérdida o robo (justificación) y número de la tarjeta a sustituir. * En caso de modificación de datos: indicar que es por modificación de datos, número de la tarjeta a renovar y, si aplica, el número de tarjetas solicitadas. ### Costes y plazos * Pago de la tasa a través de la Oficina Virtual de la Consejería de Fomento: http://indu1.jccm.es/pagoTasas/. Seleccionar 'Autoliquidación de Tasas', pestaña 'Transportes', Tarifa 12. Indicar el nº de referencia de la autoliquidación en la solicitud si se realiza el pago telemático. * Expedición (primera emisión): todo el año. * Renovación: 15 días hábiles antes de la fecha de caducidad. * Modificación de datos: Un mes desde que se produce la causa. * Sustitución: 7 días naturales. * Canje: Cuando fije su residencia en España. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. Accede a la Sede electrónica de la Consejería de Fomento: Tramitar 2. Identifícate con certificado digital o Clave de firma. 3. Completa el formulario de solicitud. 4. Adjunta la documentación requerida. 5. Realiza el pago de la tasa (si aplica). 6. Firma y presenta la solicitud. ### Tiempos de espera El plazo de resolución es de 3 meses. El silencio administrativo es desestimatorio. ## Después de hacerlo ### Qué sucede después Una vez presentada la solicitud, se revisará la documentación y se emitirá la tarjeta de tacógrafo digital si cumple con los requisitos. ## Ayuda ### Marco legal * Reglamento (CEE) Nº 3821/85 del Consejo de 20 de diciembre de 1985. * Orden FOM/1190/2005, de 25 de abril. ### Tu opinión nos interesa Sólo dos preguntas

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