Detalle del trámite | Sede Electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Información Rápida
Objetivo
Obtener la tarjeta de tacógrafo digital para centros de ensayo (primera emisión, renovación, modificación de datos o sustitución).
¿Quién puede solicitarlo?
- Fabricantes de vehículos con instalaciones en España donde sea necesario instalar tacógrafos digitales. - Fabricantes de carrocerías de autobuses y autocares donde sea necesario instalar tacógrafos digitales. - Fabricantes de tacógrafos digitales y sus talleres concesionarios. - Talleres de reparación de vehículos (mecánica o electricidad). - Estaciones de inspección técnica de vehículos (ITV).
Requisitos principales
- Las solicitudes deben realizarse de forma telemática.
- Dirigirse al órgano competente en materia de transporte por carretera según la ubicación del centro.
- Acompañar la documentación indicada en los artículos 15 (primera emisión), 17 (renovación), 18 (modificación de datos) y 19 (sustitución) de la Orden FOM 1190/2005.
Plazos
Expedición (primera emisión): todo el año. Renovación: 15 días hábiles antes de la fecha de caducidad. Modificación de datos: Un mes desde que se produce la causa. Sustitución: 7 días naturales. Canje: Cuando fije su residencia en España.
Duración del trámite
3 meses
Resumen
Este trámite permite solicitar la expedición, renovación, modificación de datos o sustitución de la tarjeta de tacógrafo digital para centros de ensayo en Castilla-La Mancha.
Quién puede usar este servicio
- Fabricantes de vehículos que necesiten instalar tacógrafos digitales.
- Fabricantes de carrocerías de autobuses y autocares que necesiten instalar tacógrafos digitales.
- Fabricantes de tacógrafos digitales y sus talleres concesionarios.
- Talleres de reparación de vehículos (mecánica o electricidad).
- Estaciones de inspección técnica de vehículos (ITV).
Antes de empezar
- Asegúrate de cumplir los plazos y requisitos.
- Prepara la documentación necesaria en formato electrónico.
- Realiza el pago de tasas si es necesario.
Lo que necesitas
Documentación requerida
- CIF y DNI o NIE (y certificado de empadronamiento si no consta residencia en CLM).
- Acreditación de domicilio fiscal.
- Autorización del órgano competente en materia de industria de la comunidad autónoma.
- Certificado en vigor del sistema de gestión o conformidad de producción del centro técnico.
- Certificado de formación del responsable técnico o técnico (no necesario si solo instala y activa el tacógrafo digital).
- En caso de sustitución: indicar que es por pérdida, robo, deterioro o mal funcionamiento (exenta de tasa), fecha de la pérdida o robo (justificación) y número de la tarjeta a sustituir.
- En caso de modificación de datos: indicar que es por modificación de datos, número de la tarjeta a renovar y, si aplica, el número de tarjetas solicitadas.
Costes y plazos
- Pago de la tasa a través de la Oficina Virtual de la Consejería de Fomento: http://indu1.jccm.es/pagoTasas/. Seleccionar 'Autoliquidación de Tasas', pestaña 'Transportes', Tarifa 12. Indicar el nº de referencia de la autoliquidación en la solicitud si se realiza el pago telemático.
- Expedición (primera emisión): todo el año.
- Renovación: 15 días hábiles antes de la fecha de caducidad.
- Modificación de datos: Un mes desde que se produce la causa.
- Sustitución: 7 días naturales.
- Canje: Cuando fije su residencia en España.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso
- Accede a la Sede electrónica de la Consejería de Fomento: Tramitar
- Identifícate con certificado digital o Clave de firma.
- Completa el formulario de solicitud.
- Adjunta la documentación requerida.
- Realiza el pago de la tasa (si aplica).
- Firma y presenta la solicitud.
Tiempos de espera
El plazo de resolución es de 3 meses. El silencio administrativo es desestimatorio.
Después de hacerlo
Qué sucede después
Una vez presentada la solicitud, se revisará la documentación y se emitirá la tarjeta de tacógrafo digital si cumple con los requisitos.
Ayuda
Marco legal
- Reglamento (CEE) Nº 3821/85 del Consejo de 20 de diciembre de 1985.
- Orden FOM/1190/2005, de 25 de abril.