Gobierno de Castilla-La Mancha

  • ## Devolución de fianza o garantía depositada para la ejecución de instalaciones gasistas Si deseas recibir alertas sobre actualización de este trámite,accede al Servicio de Alertas Informativas ### Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta 1. Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos. Antes de comenzar la tramitación online,asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación,requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. 2. Prepara la documentación necesaria. Antes de empezar,revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos. 3. Pago de tasas,en caso de que el trámite lo requiera. La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá,bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora,o bien su pago de forma electrónica. Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática,con firma electrónica en la **sede electrónica de la JCLM** ## Objeto Resolución del órgano competente sobre la procedencia de cancelar las garantías económicas depositadas para garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la autorización administrativa de una nueva instalación gasista,según lo establecido en el artículo 73 y 82 del Real Decreto 1434/2002,de 27 de diciembre. ## Destinatarios Personas jurídicas que hubieran depositado fianzas para garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la autorización administrativa de una nueva instalación gasista. ## Plazo de resolución 3 MES ## Sentido del silencio Desestimatorio ## Documentación a aportar Junto a la solicitud normalizada motivando la procedencia de la devolución,se aportará: - Acta de puesta en servicio. - Justificación del cumplimiento de sus obligaciones derivadas de la autorización administrativa correspondiente. - En su caso,acreditación de la condición de representante. ## Marco legal * Ley 34/1998,de 7 de octubre,del sector de hidrocarburos. * Ley 39/2015,de 1 de octubre,del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. * Real Decreto 1434/2002,de 27 de diciembre,por el que se regulan las actividades de transporte,distribución,comercialización,suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural.

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar la devolución de las fianzas depositadas para asegurar las inversiones en parques eólicos o para garantizar la correcta restauración de los terrenos que ocupan. **Quién puede usar este servicio:** * Titulares de parques eólicos que hayan depositado fianzas. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Solicitud de devolución de la fianza, explicando por qué procede la devolución. * Si aplica, justificación de haber depositado la fianza de remoción (para fianzas del Decreto 58/1999). * Acreditación de la representación, si actúas en nombre de otra persona o empresa. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Prepara la documentación necesaria. 2. Presenta la solicitud online a través de la sede electrónica de la JCCM (con certificado digital o Clave de firma) o presencialmente en los lugares de presentación. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** * La administración revisará tu solicitud y la documentación. * Se emitirá una resolución indicando si procede o no la devolución de la fianza. **Plazos de resolución:** * El plazo máximo para resolver es de 3 meses. * Si no recibes respuesta en este plazo, se considera que la solicitud ha sido denegada (silencio administrativo desestimatorio). ## Ayuda * Servicio de Alertas Informativas para recibir actualizaciones del trámite. ## Marco legal * Decreto 20/2010, de 20 de abril, sobre energía eólica en Castilla-La Mancha. * Decreto 58/1999, de 18 de mayo, que regula el aprovechamiento de la energía eólica. * Decreto 34/2017, de 2 de mayo, que modifica el Decreto 80/2007, sobre autorización de instalaciones de energía eléctrica.

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar la devolución de la garantía económica que depositaste para poder acceder a la red de transporte o distribución de energía eléctrica, ya sea para producirla o para demandarla. **Quién puede usar este servicio:** Personas o empresas que hayan depositado una garantía económica para solicitar acceso a la red eléctrica. ## Lo que necesitas * **Documentos requeridos:** * Acreditación de representación, si actúas en nombre de alguien más. * Resguardo del depósito de la garantía (modelo 802 o 801), si no lo has entregado antes. * Si la garantía se pagó en efectivo, un certificado bancario actualizado con el número de cuenta y el titular. * Contrato de acceso a la red de distribución o transporte (solo para instalaciones de demanda). * Cualquier otro documento que justifique por qué se debe devolver la garantía. ## Cómo hacerlo 1. **Reúne la documentación:** Asegúrate de tener todos los documentos necesarios en formato electrónico. 2. **Presenta la solicitud:** Puedes hacerlo: * **Online:** A través de la sede electrónica de la JCCM con certificado digital o Clave de firma: [Tramitar](http://www.jccm.es/administracion_electronica/formularios/SJ9V.phtml?SER_ID=J9V&PROC=J9V&FIRMA=S) * **Presencialmente:** En los lugares de presentación indicados: [lugares de presentación](https://www.jccm.es/tramites/lugares-de-presentacion) ## Después de hacerlo * **Plazo de resolución:** 3 meses. * **Sentido del silencio administrativo:** Si no recibes respuesta en 3 meses, se considera que la solicitud ha sido denegada. ## Ayuda * **Marco legal:** * [Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.](https://www.boe.es/eli/es/l/2015/10/01/39) * [Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.](https://www.boe.es/eli/es/l/2013/12/26/24) * [Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores.](https://www.boe.es/eli/es/rdl/2018/10/05/15) * [Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.](https://www.boe.es/eli/es/rdl/2020/06/23/23) * [Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.](https://www.boe.es/eli/es/rd/2000/12/01/1955) * [Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica.](https://www.boe.es/eli/es/rd/2020/12/29/1183) * [Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica.](https://www.boe.es/eli/es/rd/2019/04/05/244)

  • ## Resumen Este trámite permite presentar documentación adicional a una solicitud que ya has presentado ante la administración de Castilla-La Mancha. ## Antes de empezar Ten en cuenta lo siguiente antes de iniciar el trámite: * **Plazos y requisitos:** Asegúrate de cumplir con los plazos y requisitos necesarios. Si el trámite que buscas no está en el catálogo, puedes usar la solicitud genérica. * **Documentación:** Prepara la documentación adicional en formato electrónico. * **Pago de tasas:** Si el trámite requiere el pago de tasas, podrás cumplimentar el modelo 046 para pagarlo en una entidad colaboradora o de forma electrónica. Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la **sede electrónica de la JCLM** ## Objeto Presentación de documentación complementaria a solicitudes presentadas

  • ## Resumen Este trámite permite a los operadores del sector vitivinícola comunicar a la autoridad competente el documento de acompañamiento del transporte de productos vitivinícolas que no están sujetos a impuestos especiales. **Quién puede usar este servicio:** Operadores del sector vitivinícola que transporten productos vitivinícolas no sujetos a impuestos especiales. **Antes de empezar:** * Asegúrate de cumplir los plazos y requisitos. * Prepara la documentación necesaria en formato electrónico. * Si el trámite lo requiere, realiza el pago de tasas. ## Lo que necesitas **Requisitos:** * Ser titular de la instalación desde donde se envían los productos. * Estar dado de alta en la aplicación GELIBO 2 (se realiza de oficio). **Documentos requeridos:** * Si la descripción de la mercancía supera el espacio disponible en el formulario, adjunta una hoja adicional con la descripción detallada. ## Cómo hacerlo **Paso a paso:** 1. Accede a la sede electrónica de la JCCM a través de este enlace: [https://apliagri.castillalamancha.es/](https://apliagri.castillalamancha.es/) 2. Identifícate mediante certificado digital o Clave de firma. 3. Completa el formulario con la información requerida. 4. Adjunta la documentación necesaria, si aplica. 5. Envía la solicitud. ## Ayuda **Contacto:** * Albacete: e-mail: movimientovino-ab@jccm.es * Ciudad Real: e-mail: movimientovino-cr@jccm.es * Cuenca: e-mail: movimientovino-cu@jccm.es * Guadalajara: e-mail: movimientovino-gu@jccm.es * Toledo: e-mail: movimientovino-to@jccm.es **Marco legal:** * [Reglamento Delegado (UE) 2018/273](https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A32018R0273) * [Reglamento (UE) nº 1308/2013](https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A32013R1308) * [Ley 24/2003, de 10 de julio, de la Viña y del Vino](https://www.boe.es/eli/es/l/2003/07/10/24) * [Orden 128/2021, de 31 de agosto](https://docm.jccm.es/portaldocm/detalleDocumento.do?idDisposicion=1629453493912770924) * [Orden 151/2021, de 26 de octubre](https://docm.jccm.es/portaldocm/detalleDocumento.do?idDisposicion=1635246179108730282)

  • PROCEDIMIENTO

    150015 CONVENIOS DE COLABORACION PARA LA CREACION DE UNIDADES LOCALES DE GESTION DE EMPLEO

    Plazo de resolución

    SJVI ENVIO DEL DOCUMENTO DE SOLICITUDES DE RENOVACION DE DEMANDA DE EMPLEO DE LAS UNIDADES LOCALES DE GESTION DE EMPLEO A LAS OFICINAS DE EMPLEO

    Plazo de presentación de solicitudes

    El documento que contiene las solicitudes de renovación de la demanda de empleo se enviará diariamente siempre que se haya recibido alguna solicitud de renovación por parte de las personas demandantes de empleo.

    Objeto

    El objeto es el envio de la relacion de solicitudes de renovacion de la demanda recibidas en las Unidades Locales de Gestion de Empleo a las Oficinas de Empleo, cuando no haya sido posible el registro de las mismas en la propia ULGE mediante la aplicacion informatica facilitada por la Consejeria de Economia, Empresas y Empleo.

    Destinatarios

    Personas inscritas en las Oficinas de Empleo y Emprendedores de Castilla-La Mancha, residentes en el termino municipal de la localidad en donde se haya creado la ULGE, con una demanda en situacion de alta, que soliciten la renovacion de la misma en la fecha que figura en su tarjeta de demanda (Darde).

    Requisitos

    Imposibilidad de registrar las solicitudes de renovacion de la demanda en la propia Unidad Local de Gestion de Empleo, utilizando la aplicacion informatica facilitada por la Consejeria de Economia, Empresas y Empleo.

    Importe

    No hay contenido económico

    Lugar de presentación

    Envio mediante correo electronico desde la ULGE a la Oficina de Empleo y Emprendedores de referencia todos los dias que haya solicitudes de renovacion de demandas.

    Información Adicional

    Envío mediante Correo electrónico desde la ULGE a la Oficina de Empleo de referencia todos los días que haya solicitudes de renovación de demanda.
    DOCM: 14/10/13 Resolución de 26/09/2013, , por la que se aprueba el modelo tipo de convenio de colaboración entre la consejería competente en materia de empleo y los ayuntamientos que lo soliciten, para la encomienda de gestión de la realización de las actividades de renovación de la demanda, la gestión de usuarios de la Oficina Virtual y el apoyo en el acceso a los trámites telemáticos relacionados con la demanda, mediante la creación de Unidades Locales de Gestión de Empleo (Ulges).

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • ## Resumen Este trámite permite a las empresas notificar y justificar situaciones de fuerza mayor que obliguen a una regulación de empleo (ERE). Se evalúa si la causa alegada es válida y se informa a las autoridades laborales correspondientes. ## Quién puede usar este servicio * Cualquier empresa, independientemente del número de empleados afectados. * En casos de cierre total de la empresa o extinción de su personalidad jurídica, si hay más de 5 trabajadores afectados. ## Lo que necesitas * **Documentación requerida:** Consulta la sección de 'Documentación a aportar' para conocer los documentos necesarios. * **Plazos:** El trámite está abierto permanentemente. ## Cómo hacerlo 1. **Reúne la documentación:** Prepara todos los documentos necesarios en formato electrónico. 2. **Tramitación online:** Accede a la sede electrónica de la JCCM y realiza la solicitud con certificado digital o Clave de firma: [Tramitar](http://www.jccm.es/administracion_electronica/formularios/KM60.phtml?SER_ID=M60&PROC=M60&FIRMA=S) ## Información adicional * Hay gestores disponibles para resolver dudas sobre la solicitud, la documentación y los requisitos. * Si se suspenden contratos o se reduce la jornada, se debe enviar a la autoridad laboral la relación de trabajadores afectados en el modelo normalizado. ## Marco legal * [Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.](https://www.boe.es/eli/es/rdlg/2015/10/23/2) * [Real Decreto 384/1995, de 10 de marzo, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en materia de trabajo (ejecución de la legislación laboral).](https://www.boe.es/eli/es/rd/1995/03/10/384) * [RD 1483/2012, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada.](https://www.boe.es/eli/es/rd/2012/10/29/1483) * [Decreto 99/2013, de 28/11/2013, por el que se atribuyen competencias en materia de cooperativas, sociedades laborales, trabajo, prevención de riesgos laborales y empleo.](https://docm.jccm.es/portaldocm/detalleDocumento.do?idDisposicion=1385989822721340404)

  • ## ERTE por Mecanismo RED Si deseas recibir alertas sobre actualización de este trámite,Accede al Servicio de Alertas Informativas Tramitar ## Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta ### Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos Antes de comenzar la tramitación online,asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación,requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. ### Prepara la documentación necesaria Antes de empezar,revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y,dependiendo del trámite,también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos. ### Pago de tasas,en caso de que el trámite lo requiera La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá,bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora,en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas,o bien su pago de forma electrónica. Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática,con firma electrónica en la **sede electrónica de la JCLM** ## Objeto Recibir las solicitudes efectuadas por las empresas,requerir el correspondiente informe de la Inspección de Trabajo,y en cualquier caso,dictar la correspondiente resolución por la que se declara que concurre la situación cíclica o sectorial y la aplicación del mecanismo RED,o bien se desestima la misma. ## Destinatarios Todas las personas físicas y jurídicas empresarias de la Región ## Requisitos El expediente tiene que estar justificado en la aprobación por el Consejo de Ministros de un mecanismo RED,según lo establecido en el Real Decreto Legislativo 2/2015,de 23 de octubre,por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores,modificado por el Real Decreto-Ley 32/2021,de 28 de diciembre,de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral,la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo. ## Criterios Si el periodo de consultas concluye con acuerdo,se autoriza la aplicación del mecanismo. Si concluye sin acuerdo,si de la documentación aportada se deduce que concurre la situación cíclica o sectorial,se estimará la solicitud y se autoriza la aplicación del mecanismo. En caso contrario,se desestimará. ## Documentación a aportar Copia electrónica en PDF de los siguientes documentos: -Documentación acreditativa de la representación para presentar esta comunicación,en su caso,por cualquiera de los medios establecidos en el apartado 4 del artículo 5 de la ley 39/2015,de 1 de octubre,del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. -Copia de la comunicación de la intención de la empresa de iniciar la tramitación del mecanismo red a la representación de las personas trabajadoras,o,en caso de no existir,a las personas trabajadoras. -Documentación acreditativa de que concurre en la empresa la situación cíclica o sectorial incluida en el mecanismo red aprobado. -Periodo de aplicación de las medidas de reducción y/o suspensión. -Identificación de las personas trabajadoras afectadas por las medidas,con el tipo de medida,porcentaje de reducción y número de diás de suspensión. ## Información adicional Los usuarios disponen en esta página de una guía de presentación telemática de solicitudes. Los usuarios podrán consultar problemas relacionados con el funcionamiento de esta aplicación en el correo "webmaster@jccm.es" y disponen de un listado de los/as gestores/as de este procedimiento para consultar problemas relacionados con el contenido de la solicitud,documentación a presentar y requisitos. La comunicación del fin del periodo de consultas se efectúa mediante el Anexo II,adjuntándolo al expediente original mediante el trámite "Consulta de expedientes y presentación de documentos adicionales". ## Marco legal * Real Decreto-ley 32/2021,de 28 de diciembre,de medidas urgentes para la reforma laboral,la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo. * Real Decreto Legislativo 2/2015,de 23 de octubre,por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. * RD 1483/2012,de 29 de octubre,por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada. * Real Decreto 384/1995,de 10 de marzo,sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en materia de trabajo (ejecución de la legislación laboral). * Decreto 99/2013,de 28/11/2013,por el que se atribuyen competencias en materia de cooperativas,sociedades laborales,trabajo,prevención de riesgos laborales y empleo.

  • PROCEDIMIENTO

    040152 EVALUACION AMBIENTAL ESTRATEGICA DE PLANES Y PROGRAMAS

    Plazo de resolución

    VER EN REQUISITOS

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SIY3 EVALUACION AMBIENTAL ESTRATEGICA DE PLANES Y PROGRAMAS

    Plazo de presentación de solicitudes

    Plazo abierto todo el año

    Objeto

    Procedimiento administrativo instrumental respecto del de aprobación o de adopción de planes y programas, a través del cual se analizan los posibles efectos significativos sobre el medio ambiente de los mismo.

    Destinatarios

    Personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que pretendan elaborar un plan o programa de los contemplados en el ámbito de aplicación de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, independientemente considerado de la Administración que en su momento sea la competente para su adopción o aprobación. De acuerdo con la Ley 21/2013, los procedimientos de evaluación ambiental estratégica se dividen en dos tipos: la evaluación de ambiental estratégica ordinaria y la evaluación ambiental estratégica simplificada.

    Requisitos

    Todos los trámites deben ser iniciados a través del órgano sustantivo, que es el órgano que tiene las competencias para aprobar o adoptar el plan o programa que se quiere impulsar.
    Emisión de la Declaración Ambiental Estratégica (tramitación Ordinaria): 4 MESES desde la recepción del expediente desde el órgano sustantivo, que pueden ampliarse 2 MESES más por razones justificadas. Emisión del Informe Ambiental Estratégico (tramitación Simplificada): 20 DÍAS desde la finalización de las consultas previas.

    Documentación a aportar

    El promotor de un plan o programa que deba ser objeto de una Evaluación Ambiental Estratégica Ordinaria presentará la siguiente documentación ante el órgano con competencia sustantiva para la aprobación o adopción del plan o programa: - El borrador del plan o programa. - La solicitud de inicio de la Evaluación Ambiental Estratégica Ordinaria. - El Documento Inicial Estratégico, cuyo contenido se establece en el artículo 18 de la Ley 21/2013. - Justificante de ingreso del importe de la tasa correspondiente a evaluación ambiental de planes y programas, en su caso. El promotor de un plan o programa que deba ser objeto de una Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada presentará la siguiente documentación ante el órgano con competencia sustantiva para la aprobación o adopción del plan o progama: - El borrador del plan o programa. - La solicitud de inicio de la Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada. - El Documento Ambiental Estratégico, cuyo contenido se establece en el art. 29 de la Ley 21/2013. En el área ¿Modelos del Trámite¿ se incluyen modelos genéricos para la elaboración del Documento Inicial Estratégico, el Documento Ambiental Estratégico y el Estudio Ambiental Estratégico.

    Lugar de presentación

    a) Telemáticamente con firma electrónica a través del formulario que se incluirá en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es).
    b) En el Registro de los Servicios Centrales, las Direcciones Provinciales y las Oficinas Comarcales Agrarias de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural o en los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Información Adicional

    Este procedimiento conlleva el pago de una tasa. Para más información (http://pagina.jccm.es/agricul/tasas/Tasa_008.pdf)
    En la aplicación informática NEVIA se muestran los proyectos, planes y programas que son objeto de evaluación ambiental en Castilla ¿ La Mancha, incluyendo información sobre su tramitación administrativa. Para consultar (https://neva.jccm.es/nevia/forms/nevif100.php)
    Para darse de alta en la plataforma de notificaciones telemáticas (https://notifica.jccm.es/Notificador/)
    Por último, puede ponerse en contacto en: Viceconsejería Medio Ambiente, C/ Quintanar de la Orden, s/n, Tfno: 925 24 87 49, Fax: 925 24 85 32, correo electrónico: eambiental@jccm.es.
    DOCM: 15/01/03 Decreto 178/2002, de 17/12/2002, , POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO GENERAL DE DESARROLLO DE LA LEY 5/1999, DE 8 DE ABRIL, DE EVALUACION DEL IMPACTO AMBIENTAL DE CASTILLA-LA MANCHA, Y SE ADAPTAN SUS ANEXOS
    DOCM: 20/03/07 Ley 4/2007, de 08-03-2007, de Evaluación Ambiental en Castilla-La Mancha.
    Ley 21/2013, de 09-12-2013, de Evaluación Ambiental.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    040153 EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL DE PROYECTOS

    Plazo de resolución

    VER REQUISITOS.

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    S478 EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL DE PROYECTOS

    Plazo de presentación de solicitudes

    Plazo abierto todo el año

    Objeto

    Identificar, describir y evaluar de forma apropiada, en función de cada caso particular, los efectos directos e indirectos de un proyecto sobre el ser humano, la fauna, la flora, el suelo, el agua, el aire, el clima, el paisaje, los bienes materiales, el patrimonio histórico y la interacción entre los factores mencionados anteriormente.

    Destinatarios

    Personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que pretendan realizar un proyecto de los comprendidos en el ámbito de aplicación de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental y de la Ley 4/2007, de 8 de marzo, de Evaluación Ambiental en Castilla - La Mancha, con independencia de la Administración que sea la competente para su autorización. De acuerdo con la Ley 21/2013, los procedimientos de evaluación de impacto ambiental se dividen en dos tipos: la evaluación de impacto ambiental ordinaria y la evaluación de impacto ambiental simplificada.

    Requisitos

    Todos los trámites deben ser iniciados a través del órgano sustantivo, que es el órgano que tiene las competencias para autorizar el proyecto que se quiere impulsar.
    Emisión de la Declaración de Impacto Ambiental (tramitación Ordinaria):
    1 MES desde la recepción del expediente desde el órgano sustantivo o desde que finalice el período de información pública si la realizase el órgano ambiental.
    2 MESES si el proyecto afecta a Área Protegida.
    Emisión del Informe de Impacto Ambiental (tramitación Simplificada):
    1 MES desde la finalización de las consultas previas.

    Documentación a aportar

    El promotor de un proyecto que deba ser objeto de Evaluación de Impacto Ambiental Ordinaria presentará la siguiente documentación ante el órgano con competencia sustantiva para la autorización del proyecto:
    - El proyecto con la documentación sustantiva requerida.
    - La solicitud de Evaluación Ambiental.
    - El Estudio de Impacto Ambiental, cuyo contenido se establece en el art. 35 y Anexo VI de la Ley 21/2013.
    - Justificante de ingreso del importe de la tasa correspondiente a evaluación ambiental de proyectos del anexo I de la Ley 4/2007 y de la Ley 21/2013.
    El promotor de un proyecto que deba ser objeto de una Evaluación de Impacto Ambiental Ordinaria también podrá solicitar al órgano ambiental, previamente al inicio del procedimiento de evaluación, que elabore el Documento de Alcance del Estudio de Impacto Ambiental, que servirá de ayuda al promotor para elaborar dicho Estudio (Actuaciones previas). Para ello presentará ante el órgano sustantivo la siguiente documentación:
    - La solicitud de determinación del alcance del estudio de impacto ambiental.
    - El Documento Inicial, cuyo contenido se establece en el art. 34.2 de la Ley 21/2013.
    El promotor de un proyecto que deba ser objeto de una Evaluación de Impacto Ambiental Simplificada presentará la siguiente documentación ante el órgano con competencia sustantiva para la autorización del proyecto, junto con la documentación exigida por la legislación sectorial:
    - La solicitud de inicio de la evaluación de impacto ambiental simplificada.
    - El Documento Ambiental, cuyo contenido se establece en el art. 45 de la Ley 21/2013.
    - Justificante de ingreso del importe de la tasa correspondiente a evaluación ambiental de proyectos del anexo II de la Ley 4/2007 y de la Ley 21/2013.
    En el área ¿Modelos del Trámite¿ se incluyen modelos genéricos para elaboración de estos documentos.

    Lugar de presentación

    a) Telemáticamente con firma electrónica a través del formulario que se incluirá en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es).
    b) En el Registro de los Servicios Centrales, las Direcciones Provinciales y las Oficinas Comarcales Agrarias de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural o en los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Información Adicional

    Este procedimiento conlleva el pago de una tasa. Para más información (http://pagina.jccm.es/agricul/tasas/Tasa_008.pdf)
    En la aplicación informática NEVIA se muestran los proyectos, planes y programas que son objeto de evaluación ambiental en Castilla ¿ La Mancha, incluyendo información sobre su tramitación administrativa.
    Para consultar (https://neva.jccm.es/nevia/forms/nevif100.php)
    Para darse de alta en la plataforma de notificaciones telemáticas pinche aquí (https://notifica.jccm.es/Notificador/)
    Por último, puede ponerse en contacto en: Viceconsejería de Medio Ambiente, C/ Quintanar de la Orden, s/n, Tfno: 925 24 87 49, Fax: 925 24 85 32, correo electrónico: eambiental@jccm.es.
    DOCM: 20/03/07 Ley 4/2007, de 08-03-2007, de Evaluación Ambiental en Castilla-La Mancha.
    Ley 21/2013, de 09-12-2013, de Evaluación Ambiental. https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2013-12913
    DOCM: 15/01/03 Decreto 178/2002, de 17/12/2002, , POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO GENERAL DE DESARROLLO DE LA LEY 5/1999, DE 8 DE ABRIL, DE EVALUACION DEL IMPACTO AMBIENTAL DE CASTILLA-LA MANCHA, Y SE ADAPTAN SUS ANEXOS

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Ventanilla Única

    Alertas informativas

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