## Ayudas del Fondo de Cohesión Territorial - Entidades locales - Comarcas - Convocatoria 2021 A través de este trámite,las comarcas aragonesas que aparecen relacionadas en el anexo de la convocatoria podrán presentar una solicitud para optar a las ayudas a las entidades locales para actuaciones relacionadas con el desarrollo de la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la despoblación con cargo al Fondo de cohesión territorial. ## Plazo de presentación Del 21/05/2021 al 21/06/2021 ## Dirigido a Comarcas del territorio aragonés ## Requisitos En cada una de las convocatorias aparecen los requisitos que deben cumplir los beneficiarios para realizar las solicitudes correspondientes. ## Documentación ### Presentar en todos los casos: * Presupuesto-cursos:Presupuesto pormenorizado de la actuación donde se detallen las unidades o partidas que incluya los gastos elegibles especificados en el artículo tercero de la convocatoria. [Descargar modelo](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=5265&key=DOC_PRESUPUESTO_CUR) * Memoria-cursos:Memoria de la actuación donde se describan los apartados establecidos en el texto de la convocatoria. [Descargar modelo](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=5265&key=DOC_MEMORIA_CUR) * Presupuesto-campañas sensibilización:Presupuesto pormenorizado de la actuación donde se detallen las unidades o partidas que incluya los gastos elegibles especificados en el artículo tercero de la convocatoria. [Descargar modelo](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=5265&key=DOC_PRESUPUESTO_AC) * Certificado-cámara cuentas:Certificado del secretario de la entidad local relativo a la condición de estar al día en la obligación de rendir sus cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón de acuerdo con la normativa aplicable [Descargar modelo](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=5265&key=DOC_CAMARA_CUENTAS) * Certificado-no concurrencia causas prohibición:Certificado expedido por el secretario de la entidad local con el visto bueno del presidente comarcal en la que manifieste la no concurrencia de ninguna de las causas de prohibición previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003,de 17 de noviembre,General de Subvenciones. [Descargar modelo](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=5265&key=DOC_CERT_SUB) ### Documentación que consultará la administración Para poder resolver este trámite,la administración consultará algunos datos adicionales. [Ver detalles](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ayudas-del-fondo-de-cohesion-territorial-1#) ## Información adicional Para este ejercicio se establecen los siguientes tipos de actuaciones: - Ayudas vinculadas a la financiación de gasto corriente a solicitar por comarcas: +Tipo 1B. Realización de cursos de formación para fomentar el autoempleo femenino,especialmente en aquellas ramas técnicas que contribuyan a la mejora de la productividad y competitividad empresarial (Eje temático:mujeres). +Tipo 2B. Apoyo a la realización de campañas de sensibilización en torno al objetivo de generar una actitud positiva hacia el valor rural y del patrimonio natural y cultural aragonés (Eje temático:sensibilización). Formas de iniciar el trámite:Mediante solicitud por parte del interesado Qué cubre:Diversas actuaciones que pueden abordar las entidades locales ubicadas en la Comunidad Autónoma de Aragón (comarcas) detalladas en el Anexo II de la convocatoria Cuánto se subvenciona:100% de la actuación con limitación a un importe máximo ### Documentos y enlaces de interés * [Manual de ayuda para la realización de la solicitud](http://observatoriopoblacion.aragon.es/wp-content/uploads/2021/05/Manual_apoyo_entidades-locales_comarcas.pdf) ## Presentación de la solicitud ### Telemática Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,certificado electrónico o cl@ve). Pulsar en "Iniciar trámite",completa la solicitud,sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente. * [Consultar trámite](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/fondo-cohesion-entidades-locales-comarcas) ## Contacto y ayuda * **Teléfono.**[976 714 408](tel:976714408) * **Correo electrónico.**[set@aragon.es](mailto:set@aragon.es) ## Más información ### Órgano responsable DIRECCIÓN GENERAL DE DESPOBLACIÓN ### Normativa * [Decreto 202/2014,de 2 de diciembre,del Gobierno de Aragón,por el que se aprueba la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=826167423232) * [Decreto 165/2017,de 31 de octubre,del Gobierno de Aragón,por el que se aprueba la Directriz Especial de Ordenación Territorial de Política Demográfica y contra la Despoblación](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=987281220505) * [Orden VMV/356/2020,de 2 de abril,por la que se publica la actualización de la Estructura del Sistema de Asentamientos de Aragón definida en la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón (EOTA) en función del Nomenclátor de habitantes de 2019 y otras variables socioeconómicas](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1114189640909&type=pdf) * [Orden VMV/1308/2020,de 27 de noviembre,por la que se establece el Índice Sintético de Desarrollo Territorial (ISDT) de municipios y comarcas incluido en la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón (EOTA) para el año 2020](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1099722584747&type=pdf) * [Orden VMV/241/2021,de 15 de marzo,del Consejero de Vertebración del Territorio,Movilidad y Vivienda,de corrección de errores de la Orden VMV/1308/2020,de 27 de noviembre,por la que se establece el Índice Sintético de Desarrollo Territorial (ISDT) de municipios y comarcas incluido en la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón (EOTA) para el año 2020](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1114243641616&type=pdf) * [Orden VMV/2170/2018,de 29 de noviembre,por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en desarrollo de la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la Despoblación con cargo al Fondo de Cohesión Territorial.](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1057195072626) * [Orden VMV/511/2021,de 13 de mayo,por la que se convocan subvenciones para la realización,durante el año 2021,de actuaciones relacionadas con el desarrollo de la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la Despoblación con cargo al Fondo de Cohesión Territorial por entidades locales.](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1166471844646&type=pdf) ## Proceso de tramitación y acciones disponibles ### Plazo de presentación Del 21/05/2021 al 21/06/2021 Al día siguiente de la publicación en el BOA de la Orden de la convocatoria y hasta el 21 de junio [Consultar trámite](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/fondo-cohesion-entidades-locales-comarcas) [Consultar formas de presentación](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ayudas-del-fondo-de-cohesion-territorial-1/ayudas-a-las-entidades-locales-para-actuaciones-con-cargo-al-fondo-de-cohesion-territorial-comarcas#PresentacionSolicitud) ### Subsanación Si falta información en tu trámite,la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo. [Subsanar trámite](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/subsanaciones/5265) ### Aportación Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite. [Aportar documentación](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/aportaciones/5265) ### Resolución 3 meses Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución,puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso. [Saber más sobre el silencio administrativo](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10565&p=20200923&tn=1#a24)
## Resumen Este trámite permite a las comarcas aragonesas solicitar ayudas para actuaciones relacionadas con el desarrollo de la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la despoblación, con cargo al Fondo de Cohesión Territorial. **Quién puede usar este servicio:** Comarcas del territorio aragonés cuyo ISDT sea inferior a 100 (ver Anexo II de la convocatoria). **Antes de empezar:** Es importante revisar los requisitos y la documentación necesaria especificada en la convocatoria. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Presupuesto pormenorizado de la actuación: Descargar modelo Presupuesto-cursos * Memoria de la actuación: Descargar modelo Memoria-cursos * Presupuesto pormenorizado de campañas de sensibilización: Descargar modelo Presupuesto-campañas sensibilización * Certificado relativo a la rendición de cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón: Descargar modelo Certificado-cámara cuentas * Certificado de no concurrencia de causas de prohibición: Descargar modelo Certificado-no concurrencia causas prohibición * Memoria de campañas de sensibilización: Descargar modelo Memoria-campañas sensibilización * Certificado de no declaración de IVA: Descargar modelo Certificado-no declaración IVA * Certificado de identidad del solicitante: Descargar modelo Certificado-identidad solicitante * Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones **Requisitos previos:** * Las comarcas deben cumplir los requisitos especificados en la convocatoria, incluyendo no estar incursas en causas de prohibición para recibir subvenciones y estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. **Costes y plazos:** * No se especifican costes asociados al trámite. * El plazo de presentación fue del 21/05/2021 al 21/06/2021. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Reúna la documentación requerida. 2. Acceda a la sede electrónica del Gobierno de Aragón. 3. Complete la solicitud. 4. Adjunte la documentación. 5. Firme electrónicamente la solicitud. **Información sobre cada etapa:** * La solicitud se presenta telemáticamente. * Es necesario disponer de un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve). ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** * La administración revisará la solicitud y la documentación. * Si falta información, se le requerirá para que la subsane. **Plazos de resolución:** * El plazo máximo de resolución es de 3 meses. **Siguientes pasos:** * Si la solicitud es aprobada, se procederá al pago de la subvención. ## Ayuda **Contacto:** * Teléfono: 976 714 408 * Correo electrónico: set@aragon.es **Recursos adicionales:** * Manual de ayuda para la realización de la solicitud * Tramitar con ayuda del personal habilitado * Preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica. * Tutoriales en YouTube sobre tramitación electrónica. ## Más información **Órgano responsable:** * DIRECCIÓN GENERAL DE DESPOBLACIÓN **Normativa:** * Decreto 202/2014, de 2 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón * Decreto 165/2017, de 31 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Directriz Especial de Ordenación Territorial de Política Demográfica y contra la Despoblación * Orden VMV/356/2020, de 2 de abril, por la que se publica la actualización de la Estructura del Sistema de Asentamientos de Aragón definida en la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón (EOTA) en función del Nomenclátor de habitantes de 2019 y otras variables socioeconómicas * Orden VMV/1308/2020, de 27 de noviembre, por la que se establece el Índice Sintético de Desarrollo Territorial (ISDT) de municipios y comarcas incluido en la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón (EOTA) para el año 2020 * Orden VMV/241/2021, de 15 de marzo, del Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, de corrección de errores de la Orden VMV/1308/2020, de 27 de noviembre, por la que se establece el Índice Sintético de Desarrollo Territorial (ISDT) de municipios y comarcas incluido en la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón (EOTA) para el año 2020 * Orden VMV/2170/2018, de 29 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en desarrollo de la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la Despoblación con cargo al Fondo de Cohesión Territorial. * Orden VMV/511/2021, de 13 de mayo, por la que se convocan subvenciones para la realización, durante el año 2021, de actuaciones relacionadas con el desarrollo de la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la Despoblación con cargo al Fondo de Cohesión Territorial por entidades locales. * Orden ORDEN DDJ/260/2024, de 13 de marzo, por la que se convocan subvenciones para la realización, durante el año 2024, de actuaciones relacionadas con el desarrollo de la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la Despoblación con cargo al Fondo de Cohesión Territorial por entidades sin ánimo de lucro * Orden VMV/1795/2021, de 30 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en desarrollo de la Directriz especial de Política Demográfica y contra la Despoblación con cargo al Fondo de Cohesión Territorial * Decreto 202/2014, de 2 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón * Decreto 165/2017, de 31 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Directriz Especial de Ordenación Territorial de Política Demográfica y contra la Despoblación * Orden VMV/1076/2023, de 8 de agosto, por la que se publica la actualización de la Estructura del Sistema de Asentamientos de Aragón definida en la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón (EOTA) en función del Nomenclátor de habitantes de 2022 y otras variables socioeconómicas. * Orden VMV/1495/2021, de 2 de noviembre, por la que se publica la actualización de la Estructura del Sistema de Asentamientos de Aragón definida en la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón (EOTA) en función del Nomenclátor de habitantes de 2020 y otras variables socioeconómicas (afecta a las convocatorias de los años 2022 y 2023) * Orden DDJ/466/2024, de 6 de mayo, por la que se modifica la Orden DDJ/314/2024, de 22 de marzo, por la que se establece el Índice Sintético de Desarrollo Territorial de municipios y comarcas regulado en la Ley 3/2022, de 6 de octubre, de información geográfica de Aragón. * Orden DDJ/314/2024, de 22 de marzo, por la que se establece el Índice Sintético de Desarrollo Territorial de municipios y comarcas regulado en la Ley 3/2022, de 6 de octubre, de información geográfica de Aragón. * Orden VMV/1789/2021, de 22 de diciembre, por la que se establece el Índice Sintético de Desarrollo Territorial (ISDT) de municipios y comarcas incluido en la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón (EOTA) para el año 2021 (afecta a las convocatorias de los años 2022 y 2023).
## Ayudas del Fondo de Cohesión Territorial - Entidades locales - Comedores vecinales - Convocatoria 2024 Convocatoria en elaboración. A través de este trámite,se pueden presentar solicitudes para optar a las ayudas convocadas para la ...,a cargo del Fondo de Cohesión Territorial. ## Plazo de presentación Plazo pendiente de definir ## Requisitos * En cada una de las convocatorias aparecen los requisitos que deben cumplir los beneficiarios para realizar las solicitudes correspondientes. ## Documentación ### Presentar en todos los casos: * Documentación a aportar pendiente de definir ### Documentación que consultará la administración Para poder resolver este trámite,la administración consultará algunos datos adicionales. [Ver detalles](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ayudas-del-fondo-de-cohesion-territorial-1#) * Consulta de Datos de Identidad * Consulta de bienes inmuebles * Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social * Corriente de pago para ayudas y subvenciones * Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones ## Presentación de la solicitud ### Telemática 1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,certificado electrónico o cl@ve). [Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.](https://www.youtube.com/playlist?list=PLU6GTGMRIf_e3D_7k2T-5FkZo4t7XigqH) 2. Pulsar en "Iniciar trámite",completa la solicitud,sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente. ## Contacto y ayuda * **Teléfono.**[976 716 807](tel:976716807) * **Teléfono.**[976 715 954](tel:976715954) * **Correo electrónico.**[dgdespoblacion@aragon.es](mailto:dgdespoblacion@aragon.es) ### Ayuda con la tramitación electrónica * [Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.](https://www.aragon.es/tramites/guia-rapida-de-ayuda-al-ciudadano) * [Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.](https://www.youtube.com/watch?v=IbRKnbH11-8&list=PLU6GTGMRIf_c8g0bWIblj1BVqWTH7AwP4) * Si tienes dudas o problemas administrativos,contacta con el Servicio de Información y Registro: * [976 714 000](tel:+976714000). De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 * [infoyregistro@aragon.es](mailto:infoyregistro@aragon.es) * Si tienes problemas técnicos,contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón: * [976 289 414](tel:+976289414). De lunes a viernes de 8:00 a 18:00. * [soportesae@aragon.es](mailto:soportesae@aragon.es) * [Formulario de Solicitud de Soporte Técnico](https://aplicaciones.aragon.es/saco_core/formConsulta.action) * WhatsApp:[+34 973 901 905](https://wa.me/34973901905). Más información sobre el [canal WhatsApp](https://www.aragon.es/tramites/informacion-sobre-el-canal-whatsapp) ## Más información ### Órgano responsable DIRECCIÓN GENERAL DE DESPOBLACIÓN ### Normativa * [Orden ORDEN DDJ/260/2024,de 13 de marzo,por la que se convocan subvenciones para la realización,durante el año 2024,de actuaciones relacionadas con el desarrollo de la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la Despoblación con cargo al Fondo de Cohesión Territorial por entidades sin ánimo de lucro](https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1323358860808) * [Orden VMV/1795/2021,de 30 de noviembre,por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en desarrollo de la Directriz especial de Política Demográfica y contra la Despoblación con cargo al Fondo de Cohesión Territorial](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1200380421111&type=pdf) * [Decreto 202/2014,de 2 de diciembre,del Gobierno de Aragón,por el que se aprueba la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=826167423232) * [Decreto 165/2017,de 31 de octubre,del Gobierno de Aragón,por el que se aprueba la Directriz Especial de Ordenación Territorial de Política Demográfica y contra la Despoblación](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=987281220505) * [Orden VMV/1076/2023,de 8 de agosto,por la que se publica la actualización de la Estructura del Sistema de Asentamientos de Aragón definida en la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón (EOTA) en función del Nomenclátor de habitantes de 2022 y otras variables socioeconómicas.](https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1291293400606) * [Orden VMV/1495/2021,de 2 de noviembre,por la que se publica la actualización de la Estructura del Sistema de Asentamientos de Aragón definida en la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón (EOTA) en función del Nomenclátor de habitantes de 2020 y otras variables socioeconómicas (afecta a las convocatorias de los años 2022 y 2023)](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1193031824444&type=pdf) * [Orden DDJ/466/2024,de 6 de mayo,por la que se modifica la Orden DDJ/314/2024,de 22 de marzo,por la que se establece el Índice Sintético de Desarrollo Territorial de municipios y comarcas regulado en la Ley 3/2022,de 6 de octubre,de información geográfica de Aragón.](https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1332315630505) * [Orden DDJ/314/2024,de 22 de marzo,por la que se establece el Índice Sintético de Desarrollo Territorial de municipios y comarcas regulado en la Ley 3/2022,de 6 de octubre,de información geográfica de Aragón.](https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1325578760707) * [Orden VMV/1789/2021,de 22 de diciembre,por la que se establece el Índice Sintético de Desarrollo Territorial (ISDT) de municipios y comarcas incluido en la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón (EOTA) para el año 2021 (afecta a las convocatorias de los años 2022 y 2023).](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1200052880505&type=pdf) ## Proceso de tramitación y acciones disponibles ### Plazo de presentación Plazo pendiente de definir ### Subsanación Si falta información en tu trámite,la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo. [Subsanar trámite](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/subsanaciones/10395) ### Aportación Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite. [Aportar documentación](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/aportaciones/10395) ### Resolución 3 meses Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución,puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso. [Saber más sobre el silencio administrativo](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10565&p=20200923&tn=1#a24) ## Trámites relacionados ### Convocatorias expiradas [Aves esteparias - Convocatoria 2024](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ayudas-del-fondo-de-cohesion-territorial-1/explotaciones-agrarias-convocatoria-2024) [Entidades locales - Derribos y demoliciones - Convocatoria 2024](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ayudas-del-fondo-de-cohesion-territorial-1/entidades-locales-derribos-y-demoliciones-convocatoria-2024) [Entidades locales - Rehabilitación de viviendas - Convocatoria 2024](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ayudas-del-fondo-de-cohesion-territorial-1/entidades-locales-rehabilitacion-de-viviendas-convocatoria-2024) [Entidades locales - Eficiencia energética - Convocatoria 2024](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ayudas-del-fondo-de-cohesion-territorial-1/entidades-locales-eficiencia-energetica-convocatoria-2024) [Entidades locales - Sistemas de seguridad - Convocatoria 2024](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ayudas-del-fondo-de-cohesion-territorial-1/entidades-locales-sistemas-de-seguridad-convocatoria-2024) [Entidades locales - Establecimientos de Multiservicio Rural - Convocatoria 2024](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ayudas-del-fondo-de-cohesion-territorial-1/establecimientos-de-multiservicio-rural-convocatoria-2024) [Entidades sin ánimo de lucro - Convocatoria 2024](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ayudas-del-fondo-de-cohesion-territorial-1/entidades-sin-animo-de-lucro-convocatoria-2024) [Entidades locales - Convocatoria 2023](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ayudas-del-fondo-de-cohesion-territorial-1/entidades-locales-convocatoria-2023) [Entidades sin ánimo de lucro - Convocatoria 2023](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ayudas-del-fondo-de-cohesion-territorial-1/entidades-sin-animo-de-lucro-convocatoria-2023) [Entidades locales - Convocatoria 2022](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ayudas-del-fondo-de-cohesion-territorial-1/entidades-locales-convocatoria-2022) [Empresas privadas - Convocatoria 2022](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ayudas-del-fondo-de-cohesion-territorial-1/empresas-privadas-convocatoria-2022) [Entidades sin ánimo de lucro - Convocatoria 2022](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ayudas-del-fondo-de-cohesion-territorial-1/entidades-sin-animo-de-lucro-convocatoria-2022) [Entidades locales - Comarcas - Convocatoria 2021](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ayudas-del-fondo-de-cohesion-territorial-1/ayudas-a-las-entidades-locales-para-actuaciones-con-cargo-al-fondo-de-cohesion-territorial-comarcas) [Entidades locales - Municipios - Convocatoria 2021](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ayudas-del-fondo-de-cohesion-territorial-1/ayudas-a-las-entidades-locales-para-actuaciones-con-cargo-al-fondo-de-cohesion-territorial-municipios) [Entidades sin ánimo de lucro - Convocatoria 2021](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ayudas-del-fondo-de-cohesion-territorial-1/ayudas-a-entidades-sin-animo-de-lucro-con-cargo-al-fondo-de-cohesion-territorial) [Empresas privadas - Convocatoria 2020](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ayudas-del-fondo-de-cohesion-territorial-1/ayudas-a-empresas-privadas-con-cargo-al-fondo-de-cohesion-territorial)
## Resumen Este trámite permite presentar solicitudes para optar a las ayudas convocadas para la ..., a cargo del Fondo de Cohesión Territorial. La convocatoria actual está en elaboración. ## Lo que necesitas ### Requisitos * Los requisitos específicos para cada convocatoria se detallan en la misma. ### Documentación #### Documentación a presentar: * Documentación a aportar pendiente de definir. #### Documentación que consultará la administración: * Consulta de Datos de Identidad * Consulta de bienes inmuebles * Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social * Corriente de pago para ayudas y subvenciones * Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones ## Cómo hacerlo ### Presentación de la solicitud La solicitud se realiza telemáticamente: 1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve). Más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica: Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. 2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente. ## Después de hacerlo ### Proceso de tramitación * **Plazo de presentación:** Pendiente de definir. * **Subsanación:** Si falta información, se te comunicará y se te dará un plazo para subsanarlo. Subsanar trámite * **Aportación:** Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite. Aportar documentación * **Resolución:** El plazo de resolución es de 3 meses. Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso. Saber más sobre el silencio administrativo ## Ayuda ### Contacto * Teléfono: 976 716 807 / 976 715 954 * Correo electrónico: dgdespoblacion@aragon.es ### Ayuda con la tramitación electrónica * Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica. * Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica. * Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro: * 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 * infoyregistro@aragon.es * Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón: * 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00. * soportesda@aragon.es * Formulario de Solicitud de Soporte Técnico * WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp ### Más información #### Órgano responsable DIRECCIÓN GENERAL DE DESPOBLACIÓN #### Normativa * Orden ORDEN DDJ/260/2024, de 13 de marzo, por la que se convocan subvenciones para la realización, durante el año 2024, de actuaciones relacionadas con el desarrollo de la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la Despoblación con cargo al Fondo de Cohesión Territorial por entidades sin ánimo de lucro * Orden VMV/1795/2021, de 30 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en desarrollo de la Directriz especial de Política Demográfica y contra la Despoblación con cargo al Fondo de Cohesión Territorial * Decreto 202/2014, de 2 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón * Decreto 165/2017, de 31 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Directriz Especial de Ordenación Territorial de Política Demográfica y contra la Despoblación * Orden VMV/1076/2023, de 8 de agosto, por la que se publica la actualización de la Estructura del Sistema de Asentamientos de Aragón definida en la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón (EOTA) en función del Nomenclátor de habitantes de 2022 y otras variables socioeconómicas. * Orden VMV/1495/2021, de 2 de noviembre, por la que se publica la actualización de la Estructura del Sistema de Asentamientos de Aragón definida en la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón (EOTA) en función del Nomenclátor de habitantes de 2020 y otras variables socioeconómicas (afecta a las convocatorias de los años 2022 y 2023) * Orden DDJ/466/2024, de 6 de mayo, por la que se modifica la Orden DDJ/314/2024, de 22 de marzo, por la que se establece el Índice Sintético de Desarrollo Territorial de municipios y comarcas regulado en la Ley 3/2022, de 6 de octubre, de información geográfica de Aragón. * Orden DDJ/314/2024, de 22 de marzo, por la que se establece el Índice Sintético de Desarrollo Territorial de municipios y comarcas regulado en la Ley 3/2022, de 6 de octubre, de información geográfica de Aragón. * Orden VMV/1789/2021, de 22 de diciembre, por la que se establece el Índice Sintético de Desarrollo Territorial (ISDT) de municipios y comarcas incluido en la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón (EOTA) para el año 2021 (afecta a las convocatorias de los años 2022 y 2023).
## Ayudas del Fondo de Cohesión Territorial - Entidades locales - Convocatoria 2022 A través de este trámite,se pueden presentar solicitudes para optar a las ayudas convocadas para municipios y comarcas aragonesas con cargo al Fondo de Cohesión Territorial,relacionadas con actuaciones para el desarrollo de la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la Despoblación. Las ayudas dirigidas a municipios tienen por objeto la rehabilitación y/o reforma de edificaciones de propiedad municipal,o en su caso,de la entidad local menor,con destino a viviendas de alquiler para fijar la población (Eje temático:alojamiento) y las dirigidas a comarcas la creación de itinerarios y miradores singulares de interés paisajístico (Ejes temáticos:escenario vital y patrimonio territorial). Las ayudas contempladas en la presente convocatoria solo podrán financiar actuaciones consideradas,desde el punto de vista presupuestario,como de proyectos de inversión. Podrán ser subvencionables aquellas actividades descritas en el apartado anterior relativas a obras o inversiones realizados y pagados en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2022 y el 7 de noviembre de 2022. Las inversiones subvencionables se deberán llevar a cabo dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón con arreglo a las siguientes limitaciones. ## Plazo de presentación Del 10/03/2022 al 08/04/2022 Fuera de plazo [Consultar trámite](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/fondo-cohesion-entidades-locales-2022) ## Dirigido a * Entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón * Municipios * Comarcas ## Requisitos * En cada una de las convocatorias aparecen los requisitos que deben cumplir los beneficiarios para realizar las solicitudes correspondientes. * La solicitud de subvención será para realizar actuaciones únicamente en los siguientes municipios y/o asentamientos (Ver relación detallada en el Anexo I de la convocatoria): * Municipios cuya clasificación en la estructura del sistema de asentamientos de Aragón se corresponda con los rangos VIII,IX o X (8,9 o 10),incluyendo todos sus asentamientos habitados de población * Municipios cuyo rango sea inferior a VIII (8) en la clasificación de la estructura del sistema de asentamientos,pertenecientes a las comarcas cuyo valor del ISDT sea inferior a 100,incluyendo todos sus asentamientos habitados de población * Asentamientos de población cuyo rango sea VIII,IX o X (8,9 o 10),pertenecientes a municipios cuyo rango de población sea inferior a VIII (8) y estén ubicados en una comarca cuyo ISDT sea igual o superior a 100. Se excluyen los asentamientos de estas características pertenecientes al municipio de Zaragoza * Asentamientos de población cuyo rango sea inferior a VIII (8),estén ubicados en una comarca cuyo ISDT sea igual o superior a 100 y su ISDT auxiliar sea inferior a 100 * Los solicitantes deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias,tanto con la Hacienda del Estado como con la de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón,así como con la Seguridad Social. * No podrán obtener la condición de beneficiario aquellas entidades recogidas en el artículo 4.1.c) de la Ley 8/2015,de 25 de marzo,de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón que no cumplan con las obligaciones reconocidas en el capítulo II de la Ley. ## Documentación ### Presentar en todos los casos: * Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones ### Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones: Para municipios. (Tipo 1) * Memoria de las inversiones. Municipios. (Tipo 1) Memoria de la actuación donde se describan los apartados establecidos en el texto de la convocatoria. En el modelo adjunto se enumeran los apartados mínimos que deben indicarse de modo que pueda realizarse adecuadamente su valoración (justificación,objetivos,tipo de intervención,número de viviendas a rehabilitar,etc.). [Descargar modelo](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=8480&key=DOC_MEMORIA_VIV) Memoria de las inversiones. Municipios. (Tipo 1) * Presupuesto de las inversiones. Municipios. (Tipo 1) Presupuesto pormenorizado de la actuación donde se detallen las unidades o partidas que incluya los gastos elegibles especificados en el artículo tercero de la convocatoria. [Descargar modelo](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=8480&key=DOC_PRESUPUESTO_VIV) Presupuesto de las inversiones. Municipios. (Tipo 1) * Certificado de titularidad del inmueble. Municipios. (Tipo 1) En el caso de que en el certificado catastral no figure como propietaria la entidad local,deberá aportarse copia de la escritura pública que acredite la propiedad del inmueble. Si no se dispusiera de escritura pública,deberá aportarse certificado del secretario de la entidad local que acredite que dicho inmueble figura en el inventario de bienes. Este documento deben de aportarlo solo las entidades solicitantes del Tipo 1 (Municipios). Para comarcas. (Tipo 2) * Memoria de las inversiones. Comarcas. (Tipo 2) Memoria de la actuación donde se describan los apartados establecidos en el texto de la convocatoria. En el modelo adjunto se enumeran los apartados mínimos que deben indicarse de modo que pueda realizarse adecuadamente su valoración. [Descargar modelo](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=8480&key=DOC_MEMORIA_PAISAJ) Memoria de las inversiones. Comarcas. (Tipo 2) * Presupuesto de las inversiones. Comarcas. (Tipo 2) Presupuesto pormenorizado de la actuación donde se detallen las unidades o partidas que incluya los gastos elegibles especificados en el artículo tercero de la convocatoria. [Descargar modelo](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=8480&key=DOC_PRESUPUESTO_PAISAJ) Presupuesto de las inversiones. Comarcas. (Tipo 2) * Ficheros digitales. Comarcas. (Tipo 2) Ficheros digitales (formatos gpx,kml,shp,geojson) con la posición georreferenciada de las propuestas de mesas interpretativas o senderos,incluyendo la localización de los hitos,señales,paneles informativos,etc. La presentación de dichos archivos se realizará a través de un único archivo con extensión .zip. La limitación del tamaño de este archivo en el tramitador para presentar la solicitud es de 10 MB. Si se superase dicho tamaño se accederá como usuario invitado al servicio de envío de ficheros que tiene habilitado el Gobierno de Aragón en el siguiente enlace [https://envios.aragon.es](https://envios.aragon.es) cuyo destinatario será set@aragon.es. Si realizan el envío por este sistema adjunten una captura de pantalla. Para acceder es necesario que el navegador desde el que se va a realizar la solicitud tenga habilitado Javascript. Para todos los casos * Certificado de la identidad del solicitante. Certificado expedido por el secretario de la entidad local en la que se haga constar que el alcalde de la entidad tomó posesión de su cargo y sigue ejerciendo hasta la fecha. [Descargar modelo](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=8480&key=DOC_PODER_REPRESENTANTE) Certificado de la identidad del solicitante. * Certificado de declaración del IVA Certificado expedido por el secretario de la entidad local con el visto bueno del alcalde o el presidente de la Comarca en la que se haga constar que la entidad local no efectúa declaración de IVA respecto de los conceptos objeto de subvención. [Descargar modelo](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=8480&key=DOC_CERT_IVA) Certificado de declaración del IVA * Certificado de la Cámara de Cuentas Certificado del secretario de la entidad local relativo a la condición de estar al día en la obligación de rendir sus cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón de acuerdo con la normativa aplicable,de haber adoptado medidas de racionalización del gasto y de haber presentado planes económicos-financieros,en el caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deuda con proveedores. [Descargar modelo](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=8480&key=DOC_CAMARA_CUENTAS) Certificado de la Cámara de Cuentas * Certificado de no concurrencia con causas de prohibición Certificado expedido por el secretario de la entidad local con el visto bueno del alcalde en la que manifieste la no concurrencia de ninguna de las causas de prohibición previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003,de 17 de noviembre,General de Subvenciones. [Descargar modelo](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=8480&key=DOC_CERT_SUB) Certificado de no concurrencia con causas de prohibición ### Documentación que consultará la administración Para poder resolver este trámite,la administración consultará algunos datos adicionales. [Ver detalles](https://www.aragon.es) * Consulta de Datos de Identidad * Consulta de bienes inmuebles * Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social * Corriente de pago para ayudas y subvenciones ## Información adicional Para este ejercicio se establecen los siguientes tipos de actuaciones vinculadas a la financiación de proyectos de inversión cuyos gastos subvencionables son los siguientes: Tipo 1. Rehabilitación y/o reforma de edificaciones de propiedad municipal. (Solo municipios). a) Gastos originados por inversiones en derribos,desescombro,encofrados,construcción de pilares y tabiquería,pintura,ventanas,persianas,puertas,suelos,tejados,materiales de construcción,instalaciones eléctricas,instalaciones de fontanería e instalaciones de calefacción incluyendo,en su caso,la caldera de alimentación. b) Electrodomésticos básicos de cocina y baño (quemadores,placas,hornos,microondas,frigoríficos,lavadoras,lavavajillas,termo de agua,extractores),no pudiendo superar en conjunto los 2.000 euros (IVA incluido) por vivienda. c) Gastos originados por la adquisición e instalación de dispositivos para facilitar la accesibilidad. d) Gastos originados por el amueblamiento básico de la cocina (armarios,encimeras y fregaderos). Tipo 2. Creación de itinerarios y miradores singulares de interés paisajístico. (Solo comarcas). a) Gastos de compra de señalizaciones,mesas interpretativas,expositores,paneles informativos,vallas protectoras,pasarelas,pasamanos,peldaños,cadenas,balizas,postes,hitos,incluidos su transporte e instalación en el terreno. b) Gastos de adecuación de los senderos,miradores y paneles informativos situados en su entorno,para el acceso de personas con diversidad funcional. c) Gastos de desbroce,podas,acondicionamientos puntuales en los itinerarios y miradores propuestos de nueva creación hasta un 20 % del presupuesto total. d) Gastos de desbroce,podas,acondicionamientos puntuales en los itinerarios y miradores ya existentes hasta un 15 % del presupuesto total. Formas de iniciar el trámite:Mediante solicitud por parte del interesado Qué cubre:Las actuaciones descritas con anterioridad que pueden abordar las entidades locales ubicadas en la Comunidad Autónoma de Aragón (municipios o comarcas) detalladas en el Anexo I y Anexo II de la convocatoria. Cuánto se subvenciona:100 % de la inversión ### Documentos y enlaces de interés * [Manual de ayuda para la realización de la solicitud](http://observatoriopoblacion.aragon.es/wp-content/uploads/2022/03/manual_ayudas_2022_entidadeslocales.pdf) ## Presentación de la solicitud ### Telemática 1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,certificado electrónico o cl@ve). [Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.](https://www.youtube.com/playlist?list=PLU6GTGMRIf_e3D_7k2T-5FkZo4t7XigqH) 2. Pulsar en "Iniciar trámite",completa la solicitud,sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente. * [Consultar trámite](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/fondo-cohesion-entidades-locales-2022) ## Contacto y ayuda * **Teléfono.**[976 714 408](tel:976714408) * **Correo electrónico.**[set@aragon.es](mailto:set@aragon.es) ### ¿Necesitas ayuda para realizar el trámite? Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes [tramitar con ayuda del personal habilitado](https://www.aragon.es/tramites/personal-habilitado). ### Ayuda con la tramitación electrónica * [Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.](https://www.aragon.es/tramites/guia-rapida-de-ayuda-al-ciudadano) * [Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.](https://www.youtube.com/watch?v=IbRKnbH11-8&list=PLU6GTGMRIf_c8g0bWIblj1BVqWTH7AwP4) * Si tienes dudas o problemas administrativos,contacta con el Servicio de Información y Registro: * [976 714 000](tel:+976714000). De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 * [infoyregistro@aragon.es](mailto:infoyregistro@aragon.es) * Si tienes problemas técnicos,contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón: * [976 289 414](tel:+976289414). De lunes a viernes de 8:00 a 18:00. * [soportesae@aragon.es](mailto:soportesae@aragon.es) * [Formulario de Solicitud de Soporte Técnico](https://aplicaciones.aragon.es/saco_core/formConsulta.action) * WhatsApp:[+34 973 901 905](https://wa.me/34973901905). Más información sobre el [canal WhatsApp](https://www.aragon.es/tramites/informacion-sobre-el-canal-whatsapp) ## Más información ### Órgano responsable DIRECCIÓN GENERAL DE DESPOBLACIÓN ### Normativa * [Orden VMV/219/2022,de 22 de febrero,del Consejero de Vertebración del Territorio,Movilidad y Vivienda,por la que se convocan subvenciones para la realización,durante el año 2022,de actuaciones relacionadas con el desarrollo de la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la Despoblación con cargo al Fondo de Cohesión Territorial por entidades locales.](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1209873803939&type=pdf) * [Orden ORDEN DDJ/260/2024,de 13 de marzo,por la que se convocan subvenciones para la realización,durante el año 2024,de actuaciones relacionadas con el desarrollo de la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la Despoblación con cargo al Fondo de Cohesión Territorial por entidades sin ánimo de lucro](https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1323358860808) * [Orden VMV/1795/2021,de 30 de noviembre,por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en desarrollo de la Directriz especial de Política Demográfica y contra la Despoblación con cargo al Fondo de Cohesión Territorial](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1200380421111&type=pdf) * [Decreto 202/2014,de 2 de diciembre,del Gobierno de Aragón,por el que se aprueba la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=826167423232) * [Decreto 165/2017,de 31 de octubre,del Gobierno de Aragón,por el que se aprueba la Directriz Especial de Ordenación Territorial de Política Demográfica y contra la Despoblación](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=987281220505) * [Orden VMV/1076/2023,de 8 de agosto,por la que se publica la actualización de la Estructura del Sistema de Asentamientos de Aragón definida en la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón (EOTA) en función del Nomenclátor de habitantes de 2022 y otras variables socioeconómicas.](https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1291293400606) * [Orden VMV/1495/2021,de 2 de noviembre,por la que se publica la actualización de la Estructura del Sistema de Asentamientos de Aragón definida en la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón (EOTA) en función del Nomenclátor de habitantes de 2020 y otras variables socioeconómicas (afecta a las convocatorias de los años 2022 y 2023)](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1193031824444&type=pdf) * [Orden DDJ/466/2024,de 6 de mayo,por la que se modifica la Orden DDJ/314/2024,de 22 de marzo,por la que se establece el Índice Sintético de Desarrollo Territorial de municipios y comarcas regulado en la Ley 3/2022,de 6 de octubre,de información geográfica de Aragón.](https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1332315630505) * [Orden DDJ/314/2024,de 22 de marzo,por la que se establece el Índice Sintético de Desarrollo Territorial de municipios y comarcas regulado en la Ley 3/2022,de 6 de octubre,de información geográfica de Aragón.](https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1325578760707) * [Orden VMV/1789/2021,de 22 de diciembre,por la que se establece el Índice Sintético de Desarrollo Territorial (ISDT) de municipios y comarcas incluido en la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón (EOTA) para el año 2021 (afecta a las convocatorias de los años 2022 y 2023).](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1200052880505&type=pdf) ## Proceso de tramitación y acciones disponibles ### Plazo de presentación Del 10/03/2022 al 08/04/2022 Fuera de plazo [Consultar trámite](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/fondo-cohesion-entidades-locales-2022) [Consultar formas de presentación](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ayudas-del-fondo-de-cohesion-territorial-1/entidades-locales-convocatoria-2022#PresentacionSolicitud) ### Subsanación Si falta información en tu trámite,la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo. [Subsanar trámite](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/subsanaciones/8480) ### Aportación Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite. [Aportar documentación](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/aportaciones/8480) ### Resolución 3 meses Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución,puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso. [Saber más sobre el silencio administrativo](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10565&p=20200923&tn=1#a24) ## Trámites relacionados ### Convocatorias expiradas [Aves esteparias - Convocatoria 2024](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ayudas-del-fondo-de-cohesion-territorial-1/explotaciones-agrarias-convocatoria-2024) [Entidades locales - Derribos y demoliciones - Convocatoria 2024](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ayudas-del-fondo-de-cohesion-territorial-1/entidades-locales-derribos-y-demoliciones-convocatoria-2024) [Entidades locales - Rehabilitación de viviendas - Convocatoria 2024](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ayudas-del-fondo-de-cohesion-territorial-1/entidades-locales-rehabilitacion-de-viviendas-convocatoria-2024) [Entidades locales - Comedores vecinales - Convocatoria 2024](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ayudas-del-fondo-de-cohesion-territorial-1/entidades-locales-comedores-vecinales-convocatoria-2024) [Entidades locales - Eficiencia energética - Convocatoria 2024](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ayudas-del-fondo-de-cohesion-territorial-1/entidades-locales-eficiencia-energetica-convocatoria-2024) [Entidades locales - Sistemas de seguridad - Convocatoria 2024](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ayudas-del-fondo-de-cohesion-territorial-1/entidades-locales-sistemas-de-seguridad-convocatoria-2024) [Entidades locales - Establecimientos de Multiservicio Rural - Convocatoria 2024](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ayudas-del-fondo-de-cohesion-territorial-1/establecimientos-de-multiservicio-rural-convocatoria-2024) [Entidades sin ánimo de lucro - Convocatoria 2024](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ayudas-del-fondo-de-cohesion-territorial-1/entidades-sin-animo-de-lucro-convocatoria-2024) [Entidades locales - Convocatoria 2023](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ayudas-del-fondo-de-cohesion-territorial-1/entidades-locales-convocatoria-2023) [Entidades sin ánimo de lucro - Convocatoria 2023](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ayudas-del-fondo-de-cohesion-territorial-1/entidades-sin-animo-de-lucro-convocatoria-2023) [Empresas privadas - Convocatoria 2022](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ayudas-del-fondo-de-cohesion-territorial-1/empresas-privadas-convocatoria-2022) [Entidades sin ánimo de lucro - Convocatoria 2022](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ayudas-del-fondo-de-cohesion-territorial-1/entidades-sin-animo-de-lucro-convocatoria-2022) [Entidades locales - Comarcas - Convocatoria 2021](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ayudas-del-fondo-de-cohesion-territorial-1/ayudas-a-las-entidades-locales-para-actuaciones-con-cargo-al-fondo-de-cohesion-territorial-comarcas) [Entidades locales - Municipios - Convocatoria 2021](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ayudas-del-fondo-de-cohesion-territorial-1/ayudas-a-las-entidades-locales-para-actuaciones-con-cargo-al-fondo-de-cohesion-territorial-municipios) [Entidades sin ánimo de lucro - Convocatoria 2021](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ayudas-del-fondo-de-cohesion-territorial-1/ayudas-a-entidades-sin-animo-de-lucro-con-cargo-al-fondo-de-cohesion-territorial) [Empresas privadas - Convocatoria 2020](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ayudas-del-fondo-de-cohesion-territorial-1/ayudas-a-empresas-privadas-con-cargo-al-fondo-de-cohesion-territorial)
## Resumen Este trámite permite a municipios y comarcas aragonesas solicitar ayudas del Fondo de Cohesión Territorial para proyectos que impulsen el desarrollo de la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la Despoblación. * **Municipios:** Pueden solicitar ayudas para rehabilitar o reformar edificios municipales destinados a viviendas de alquiler, con el fin de fijar población. * **Comarcas:** Pueden solicitar ayudas para crear itinerarios y miradores singulares de interés paisajístico. Estas ayudas solo financian proyectos de inversión. ## Lo que necesitas Para solicitar estas ayudas, necesitarás: * **Documentación:** * Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones * Memoria de las inversiones (según tipo de entidad) * Presupuesto de las inversiones (según tipo de entidad) * Certificado de titularidad del inmueble (solo municipios) * Ficheros digitales georreferenciados (solo comarcas) * Certificado de la identidad del solicitante * Certificado de declaración del IVA * Certificado de la Cámara de Cuentas * Certificado de no concurrencia con causas de prohibición * **Requisitos:** * Cumplir con los requisitos específicos de cada convocatoria. * Realizar actuaciones en municipios o asentamientos definidos en el Anexo I de la convocatoria. * Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. * Cumplir con las obligaciones de transparencia si aplica. * **Costes:** Este trámite no tiene coste. * **Plazos:** El plazo de presentación fue del 10/03/2022 al 08/04/2022. ## Cómo hacerlo 1. **Preparación:** Reúne toda la documentación necesaria y asegúrate de cumplir con los requisitos. 2. **Solicitud telemática:** * Accede a la sede electrónica del Gobierno de Aragón. * Identifícate con DNIe, certificado electrónico o cl@ve. * Completa el formulario de solicitud. * Adjunta la documentación requerida. * Firma electrónicamente la solicitud. ## Después de hacerlo * **Plazo de resolución:** El plazo máximo para resolver es de 3 meses. * **Silencio administrativo:** Si no se ha resuelto en el plazo indicado, puedes esperar a que la administración resuelva o interponer un recurso. Más información sobre el [silencio administrativo](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10565&p=20200923&tn=1#a24). ## Ayuda * **Contacto:** * Teléfono: [976 714 408](tel:976714408) * Correo electrónico: [set@aragon.es](mailto:set@aragon.es) * **Ayuda para la tramitación electrónica:** * [Preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica](https://www.aragon.es/tramites/guia-rapida-de-ayuda-al-ciudadano) * [Tutoriales en YouTube sobre tramitación electrónica](https://www.youtube.com/playlist?list=PLU6GTGMRIf_c8g0bWIblj1BVqWTH7AwP4) * **Soporte técnico:** * Teléfono: [976 289 414](tel:+976289414) (lunes a viernes de 8:00 a 18:00) * Correo electrónico: [soportesda@aragon.es](mailto:soportesda@aragon.es) * [Formulario de Solicitud de Soporte Técnico](https://aplicaciones.aragon.es/saco_core/formConsulta.action) * WhatsApp: [+34 973 901 905](https://wa.me/34973901905). Más información sobre el [canal WhatsApp](https://www.aragon.es/tramites/informacion-sobre-el-canal-whatsapp) * **Personal habilitado:** Si no tienes los medios o la capacidad para realizar el trámite online, puedes [tramitar con ayuda del personal habilitado](https://www.aragon.es/tramites/personal-habilitado). ## Más información * **Órgano responsable:** DIRECCIÓN GENERAL DE DESPOBLACIÓN * **Normativa:** * [Orden VMV/219/2022, de 22 de febrero](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1209873803939&type=pdf) * [Orden ORDEN DDJ/260/2024, de 13 de marzo](https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1323358860808) * [Orden VMV/1795/2021, de 30 de noviembre](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1200380421111&type=pdf) * [Decreto 202/2014, de 2 de diciembre](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=826167423232) * [Decreto 165/2017, de 31 de octubre](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=987281220505) * [Orden VMV/1076/2023, de 8 de agosto](https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1291293400606) * [Orden VMV/1495/2021, de 2 de noviembre](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1193031824444&type=pdf) * [Orden DDJ/466/2024, de 6 de mayo](https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1332315630505) * [Orden DDJ/314/2024, de 22 de marzo](https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1325578760707) * [Orden VMV/1789/2021, de 22 de diciembre](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1200052880505&type=pdf)
## Ayudas del Fondo de Cohesión Territorial A través de este trámite,se pueden presentar solicitudes para optar a las ayudas convocadas para municipios aragoneses con cargo al Fondo de Cohesión Territorial,relacionadas con actuaciones para el desarrollo de la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la Despoblación. Las ayudas dirigidas a municipios tienen por objeto la rehabilitación y/o reforma de edificaciones de propiedad municipal,o en su caso,de la entidad local menor,con destino a viviendas de alquiler para fijar la población (Eje temático:alojamiento). Las ayudas contempladas en la presente convocatoria solo podrán financiar actuaciones consideradas,desde el punto de vista presupuestario,como de proyectos de inversión. Podrán ser subvencionables aquellas actividades descritas en el apartado anterior relativas a obras o inversiones realizados y pagados en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 7 de noviembre de 2023. Las inversiones subvencionables se deberán llevar a cabo dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón con arreglo a las siguientes limitaciones. ## Plazo de presentación Del 18/03/2023 al 17/04/2023 [Consultar trámite](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/fondo-cohesion-entidades-locales-2023) ## Dirigido a Entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón: * Municipios ## Requisitos * En cada una de las convocatorias aparecen los requisitos que deben cumplir los beneficiarios para realizar las solicitudes correspondientes. * La solicitud de subvención será para realizar actuaciones únicamente en los siguientes municipios y/o asentamientos (Ver relación detallada en el Anexo de la convocatoria): * Municipios cuya clasificación en la estructura del sistema de asentamientos de Aragón se corresponda con los rangos VIII,IX o X (8,9 o 10),incluyendo todos sus asentamientos habitados de población * Municipios cuyo rango sea inferior a VIII (8) en la clasificación de la estructura del sistema de asentamientos,pertenecientes a las comarcas cuyo valor del ISDT sea inferior a 100,incluyendo todos sus asentamientos habitados de población * Asentamientos de población cuyo rango sea VIII,IX o X (8,9 o 10),pertenecientes a municipios cuyo rango de población sea inferior a VIII (8) y estén ubicados en una comarca cuyo ISDT sea igual o superior a 100. Se excluyen los asentamientos de estas características pertenecientes al municipio de Zaragoza * Asentamientos de población cuyo rango sea inferior a VIII (8),estén ubicados en una comarca cuyo ISDT sea igual o superior a 100 y su ISDT auxiliar sea inferior a 100 * Los solicitantes deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias,tanto con la Hacienda del Estado como con la de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón,así como con la Seguridad Social. * No podrán obtener la condición de beneficiario aquellas entidades recogidas en el artículo 4.1.c) de la Ley 8/2015,de 25 de marzo,de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón que no cumplan con las obligaciones reconocidas en el capítulo II de la Ley. ## Documentación ### Presentar en todos los casos: * Memoria de las inversiones. Memoria de la actuación donde se describan los apartados establecidos en el texto de la convocatoria. En el modelo adjunto se enumeran los apartados mínimos que deben indicarse de modo que pueda realizarse adecuadamente su valoración (justificación,objetivos,tipo de intervención,número de viviendas a rehabilitar,etc.). [Descargar modelo Memoria de las inversiones.](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=9520&key=DOC_MEMORIA_VIV) * Presupuesto de las inversiones. Presupuesto pormenorizado de la actuación donde se detallen las unidades o partidas que incluya los gastos elegibles especificados en el apartado tercero de la convocatoria. [Descargar modelo Presupuesto de las inversiones.](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=9520&key=DOC_PRESUPUESTO_VIV) * Certificado de titularidad del inmueble. En el caso de que en el certificado catastral no figure como propietaria la entidad local,deberá aportarse copia de la escritura pública que acredite la propiedad del inmueble. Si no se dispusiera de escritura pública,deberá aportarse certificado del secretario de la entidad local que acredite que dicho inmueble figura en el inventario de bienes. Este documento deben de aportarlo solo las entidades solicitantes del Tipo 1 (Municipios). * Certificado de la Cámara de Cuentas Certificado del secretario de la entidad local relativo a la condición de estar al día en la obligación de rendir sus cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón de acuerdo con la normativa aplicable,de haber adoptado medidas de racionalización del gasto y de haber presentado planes económicos-financieros,en el caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deuda con proveedores. [Descargar modelo Certificado de la Cámara de Cuentas](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=9520&key=DOC_CAMARA_CUENTAS) * Certificado de declaración del IVA Certificado expedido por el secretario de la entidad local con el visto bueno del alcalde o el presidente de la Comarca en la que se haga constar que la entidad local no efectúa declaración de IVA respecto de los conceptos objeto de subvención. [Descargar modelo Certificado de declaración del IVA](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=9520&key=DOC_CERT_IVA) * Certificado de la identidad del solicitante. Certificado expedido por el secretario de la entidad local en la que se haga constar que la identidad de la persona que firma la solicitud como alcalde-presidente del municipio (representante legal de la entidad),en el caso de que la solicitud sea firmada con un certificado personal,tomó posesión de su cargo y sigue ejerciendo hasta la fecha. [Descargar modelo Certificado de la identidad del solicitante.](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=9520&key=DOC_PODER_REPRESENTANTE) ### Documentación que consultará la administración Para poder resolver este trámite,la administración consultará algunos datos adicionales. [Ver detalles](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ayudas-del-fondo-de-cohesion-territorial-1/entidades-locales-convocatoria-2023#) * Consulta de Datos de Identidad * Consulta de bienes inmuebles * Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social * Corriente de pago para ayudas y subvenciones * Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones ## Información adicional Para este ejercicio se establece tanto la rehabilitación y/o reforma de edificaciones de propiedad municipal como la financiación de proyectos de inversión cuyos gastos subvencionables son los siguientes: a) Gastos originados por inversiones en derribos,desescombro,encofrados,construcción de pilares y tabiquería,pintura,ventanas,persianas,puertas,suelos,tejados,materiales de construcción,instalaciones eléctricas,instalaciones de fontanería e instalaciones de calefacción incluyendo,en su caso,la caldera de alimentación. b) Electrodomésticos básicos de cocina y baño (quemadores,placas,hornos,microondas,frigoríficos,lavadoras,lavavajillas,termo de agua,extractores),no pudiendo superar en conjunto los 3.000 euros (IVA incluido) por vivienda. A estas partidas no les será de aplicación el gravamen del beneficio industrial (6%) ni de gastos generales (13%). c) Gastos originados por la adquisición e instalación de dispositivos para facilitar la accesibilidad (rampas,ensanchamientos de accesos,platos de ducha,elementos de agarre acordes con las especificaciones del Código Técnico de Edificación para aseos adaptados),no pudiendo superar en conjunto los 3.000 euros (IVA incluido) por vivienda. d) Gastos originados por el amueblamiento básico de la cocina (armarios,encimeras y fregaderos),no pudiendo superar en conjunto los 2.000 euros (IVA incluido) por vivienda. A estas partidas no les será de aplicación el gravamen del beneficio industrial (6%) ni de gastos generales (13%). Formas de iniciar el trámite:Mediante solicitud por parte del interesado Qué cubre:Las actuaciones descritas con anterioridad que pueden abordar las entidades locales ubicadas en la Comunidad Autónoma de Aragón (municipios) detalladas en el Anexo de la convocatoria. Cuánto se subvenciona:100 % de la inversión ### Documentos y enlaces de interés * [Manual de ayuda para la realización de la solicitud](http://observatoriopoblacion.aragon.es/wp-content/uploads/2023/03/manual_ayudas_2023_EELL.pdf) ## Presentación de la solicitud ### Telemática 1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,certificado electrónico o cl@ve). [Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.](https://www.youtube.com/playlist?list=PLU6GTGMRIf_e3D_7k2T-5FkZo4t7XigqH) 2. Pulsar en "Iniciar trámite",completa la solicitud,sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente. * [Consultar trámite](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/fondo-cohesion-entidades-locales-2023) ## Contacto y ayuda * **Teléfono.**[976 714 408](tel:976714408) * **Correo electrónico.**[set@aragon.es](mailto:set@aragon.es) ### ¿Necesitas ayuda para realizar el trámite? Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes [tramitar con ayuda del personal habilitado](https://www.aragon.es/tramites/personal-habilitado). ### Ayuda con la tramitación electrónica * [Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.](https://www.aragon.es/tramites/guia-rapida-de-ayuda-al-ciudadano) * [Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.](https://www.youtube.com/watch?v=IbRKnbH11-8&list=PLU6GTGMRIf_c8g0bWIblj1BVqWTH7AwP4) * Si tienes dudas o problemas administrativos,contacta con el Servicio de Información y Registro: * [976 714 000](tel:+976714000). De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 * [infoyregistro@aragon.es](mailto:infoyregistro@aragon.es) * Si tienes problemas técnicos,contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón: * [976 289 414](tel:+976289414). De lunes a viernes de 8:00 a 18:00. * [soportesae@aragon.es](mailto:soportesae@aragon.es) * [Formulario de Solicitud de Soporte Técnico](https://aplicaciones.aragon.es/saco_core/formConsulta.action) * WhatsApp:[+34 973 901 905](https://wa.me/34973901905). Más información sobre el [canal WhatsApp](https://www.aragon.es/tramites/informacion-sobre-el-canal-whatsapp) ## Más información ### Órgano responsable DIRECCIÓN GENERAL DE DESPOBLACIÓN ### Normativa * [Orden VMV/251/2023,de 9 de marzo,por la que se convocan subvenciones para la realización,durante el año 2023,de actuaciones relacionadas con el desarrollo de la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la Despoblación con cargo al Fondo de Cohesión Territorial por entidades locales.](https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1266748940404) * [Orden ORDEN DDJ/260/2024,de 13 de marzo,por la que se convocan subvenciones para la realización,durante el año 2024,de actuaciones relacionadas con el desarrollo de la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la Despoblación con cargo al Fondo de Cohesión Territorial por entidades sin ánimo de lucro](https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1323358860808) * [Orden VMV/1795/2021,de 30 de noviembre,por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en desarrollo de la Directriz especial de Política Demográfica y contra la Despoblación con cargo al Fondo de Cohesión Territorial](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1200380421111&type=pdf) * [Decreto 202/2014,de 2 de diciembre,del Gobierno de Aragón,por el que se aprueba la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=826167423232) * [Decreto 165/2017,de 31 de octubre,del Gobierno de Aragón,por el que se aprueba la Directriz Especial de Ordenación Territorial de Política Demográfica y contra la Despoblación](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=987281220505) ## Proceso de tramitación y acciones disponibles ### Plazo de presentación Del 18/03/2023 al 17/04/2023 [Consultar trámite](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/fondo-cohesion-entidades-locales-2023) [Consultar formas de presentación](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ayudas-del-fondo-de-cohesion-territorial-1/entidades-locales-convocatoria-2023#PresentacionSolicitud) ### Subsanación Si falta información en tu trámite,la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo. [Subsanar trámite](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/subsanaciones/9520) ### Aportación Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite. [Aportar documentación](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/aportaciones/9520) ### Resolución 3 meses Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución,puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso. [Saber más sobre el silencio administrativo](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10565&p=20200923&tn=1#a24) ## Trámites relacionados ### Convocatorias expiradas [Aves esteparias - Convocatoria 2024](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ayudas-del-fondo-de-cohesion-territorial-1/explotaciones-agrarias-convocatoria-2024) [Entidades locales - Derribos y demoliciones - Convocatoria 2024](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ayudas-del-fondo-de-cohesion-territorial-1/entidades-locales-derribos-y-demoliciones-convocatoria-2024) [Entidades locales - Rehabilitación de viviendas - Convocatoria 2024](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ayudas-del-fondo-de-cohesion-territorial-1/entidades-locales-rehabilitacion-de-viviendas-convocatoria-2024) [Entidades locales - Comedores vecinales - Convocatoria 2024](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ayudas-del-fondo-de-cohesion-territorial-1/entidades-locales-comedores-vecinales-convocatoria-2024) [Entidades locales - Eficiencia energética - Convocatoria 2024](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ayudas-del-fondo-de-cohesion-territorial-1/entidades-locales-eficiencia-energetica-convocatoria-2024)
## Resumen Este trámite permite a las entidades locales de Aragón solicitar ayudas del Fondo de Cohesión Territorial para rehabilitar o reformar edificios municipales y destinarlos a viviendas de alquiler, fomentando así la fijación de población. Quién puede usar este servicio: * Entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón (municipios). Antes de empezar: * Verificar que el municipio cumple con los requisitos de la convocatoria. * Reunir la documentación necesaria. ## Lo que necesitas Documentos requeridos: * Memoria de las inversiones: Descargar modelo * Presupuesto de las inversiones: Descargar modelo * Certificado de titularidad del inmueble. * Certificado de la Cámara de Cuentas: Descargar modelo * Certificado de declaración del IVA: Descargar modelo * Certificado de la identidad del solicitante: Descargar modelo Requisitos previos: * El municipio debe estar incluido en los rangos VIII, IX o X de la estructura del sistema de asentamientos de Aragón, o cumplir con los criterios de ISDT especificados en la convocatoria. * Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Costes y plazos: * El trámite es gratuito. * El plazo de resolución es de 3 meses. ## Cómo hacerlo Paso a paso del proceso: 1. Preparar la documentación requerida. 2. Acceder a la sede electrónica del Gobierno de Aragón. 3. Completar la solicitud telemática. 4. Adjuntar la documentación. 5. Firmar electrónicamente la solicitud. Información sobre cada etapa: * La solicitud se presenta de forma telemática. * Es necesario disponer de un sistema de identificación electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve). Tiempos de espera: * El plazo de resolución es de 3 meses. ## Después de hacerlo Qué sucede después: * La administración revisará la solicitud y la documentación. * Si falta información, se requerirá la subsanación. * Se emitirá una resolución aprobando o denegando la ayuda. Plazos de resolución: * 3 meses. Siguiente pasos: * En caso de aprobación, se procederá al pago de la ayuda. * En caso de denegación, se podrán interponer los recursos correspondientes. ## Ayuda Contacto: * Teléfono: 976 714 408 * Correo electrónico: set@aragon.es Recursos adicionales: * Manual de ayuda para la realización de la solicitud * Tramitar con ayuda del personal habilitado * Preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica * Tutoriales en YouTube sobre tramitación electrónica Preguntas frecuentes: * ¿Qué municipios pueden solicitar estas ayudas? (Ver sección de Requisitos). * ¿Qué gastos se subvencionan? (Ver sección de Información Adicional). * ¿Cómo se presenta la solicitud? (Ver sección de Presentación de la Solicitud).
## Ayudas del Fondo de Cohesión Territorial - Entidades locales - Derribos y demoliciones - Convocatoria 2024 A través de este trámite,se pueden presentar solicitudes para optar a las ayudas convocadas para entidades locales para la realización,durante los años 2024 y 2025,de derribos y demoliciones en inmuebles,en el marco de la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la Despoblación,a cargo del Fondo de Cohesión Territorial. ### Plazo de presentación Del 16/09/2024 al 25/10/2024 Fuera de plazo [Consultar trámite](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/fondo-cohesion-entidades-locales-derribos-demoliciones-2024) ### Dirigido a * Municipios elegibles conforme al Anexo de la convocatoria ### Requisitos * En cada una de las convocatorias aparecen los requisitos que deben cumplir los beneficiarios para realizar las solicitudes correspondientes. * Los inmuebles objeto de la actuación para la que se solicite ayuda deberán cumplir los siguientes requisitos:a) Presentar deficiencias estructurales,o que se encuentren en estado de abandono,deficiente mantenimiento o ruina,siempre dentro de los supuestos en los que la normativa aplicable permita su derribo * b) No estar catalogados o sujetos a alguno de los regímenes de protección previstos en la legislación aplicable en materia de patrimonio. En tal caso,para optar a las subvenciones será preceptiva la presentación de proyecto técnico que justifique la actuación,y la entidad quedará obligada al cumplimiento de todas las medidas necesarias para evitar cualquier tipo de deterioro,pérdida o destrucción del patrimonio * c) Estar situados en suelo que tenga la condición de urbano o urbanizable según el instrumento de ordenación que proceda,o bien en suelo considerado como urbano según la normativa urbanística de aplicación,y ubicados en el término de los municipios previstos en el apartado tercero de la convocatoria ### Documentación #### Presentar en todos los casos: * Memoria descriptiva Memoria descriptiva de las actuaciones para las que se solicita subvención,firmada por el representante legal de la entidad solicitante,y que deberá incluir,al menos,la siguiente información: 1. Descripción pormenorizada y diferenciada de la actuación o,en su caso,de cada una de las actuaciones para las que se solicita ayuda,indicando su coste desglosado. 2. Indicación de la localidad donde se realizará la actuación o actuaciones subvencionables y de su número de habitantes. 3. Indicación de los datos necesarios para la valoración de la solicitud según el punto 1 del apartado noveno de esta convocatoria. 4. Calendario de ejecución y la financiación prevista. * Proyecto técnico o memoria valorada 1. Memoria justificativa de las actuaciones para las que se solicita subvención,en las que se describan con claridad el objetivo a conseguir con la inversión y la necesidad de realizarla para el interés o el servicio público,en relación con la finalidad de la subvención solicitada. La memoria o proyecto deberá contener,al menos,la descripción de las características del inmueble,detallando las actuaciones que serán ejecutadas,la antigüedad del edificio,su relación con patrimonio cultural y el destino del solar rehabilitado. 2. Presupuesto desglosado por capítulos. En el caso de solicitar la ayuda para más de un inmueble,se presentarán presupuestos diferenciados para cada una de ellos. 3. Planos del estado actual del inmueble. 4. Fotografías del estado del inmueble antes de la intervención. * Certificado acreditativo de la plena titularidad del inmueble Certificado expedido por el Secretario o Secretaria de la entidad local,en el que se acredite la plena titularidad municipal del inmueble objeto de la actuación o,en su caso,la existencia del título jurídico que la habilita para llevar a cabo la actuación subvencionable. En el supuesto previsto en el punto 4.ii.a) del apartado segundo de la convocatoria,el certificado deberá acreditar el inicio del procedimiento de referencia. #### Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones: En caso de que la solicitud no se presente con certificado de representante * Certificado de la identidad del solicitante Certificado expedido por el secretario de la entidad local en la que se haga constar que la identidad de la persona que firma la solicitud como alcalde-presidente del municipio (representante legal de la entidad),en el caso de que la solicitud sea firmada con un certificado personal,tomó posesión de su cargo y sigue ejerciendo hasta la fecha. En caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deuda con proveedores * Certificado de medidas de racionalización del gasto Certificado del secretario de la entidad local relativo a la condición de haber adoptado medidas de racionalización del gasto y de haber presentado planes económicos-financieros,en el caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deuda con proveedores. [Descargar modelo Certificado de medidas de racionalización del gasto](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=10396&key=Certificadodemedidasderacionalizacindelga) En caso de que la ejecución del derribo esté supeditada a procedimientos de tramitación prolongada y compleja como los de ejecución subsidiaria de demolición o de expropiación por razón urbanística o por otras causas * Certificado de Secretaría acreditativo de la existencia y estado del expediente En los casos de que la ejecución del derribo esté supeditada a procedimientos de tramitación prolongada y compleja como los de ejecución subsidiaria de demolición o de expropiación por razón urbanística o por otras causas,la solicitud deberá acompañarse del certificado de la Secretaría de la entidad que acredite la existencia y el estado de tramitación del referido procedimiento En caso de que la entidad tenga abierto un procedimiento dirigido a la obtención de un título válido de propiedad o de otra naturaleza,relativo al bien objeto de la actuación * Certificado de Secretaría acreditativo de la existencia y estado del expediente Si la entidad tiene abierto un procedimiento dirigido a la obtención de un título jurídico válido de propiedad o de otra naturaleza,relativo al bien objeto de actuación,podrá igualmente presentar la solicitud,haciendo constar tal extremo mediante la correspondiente certificación acreditativa expedida por la secretaría de la entidad #### Documentación que consultará la administración Para poder resolver este trámite,la administración consultará algunos datos adicionales. [Ver detalles](https://www.aragon.es) * Consulta de Datos de Identidad * Consulta de bienes inmuebles * Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social * Corriente de pago para ayudas y subvenciones * Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones ### Información adicional Son gastos subvencionables: a) Los costes de redacción de proyectos,memorias e informes técnicos y elaboración y obtención de los certificados necesarios. b) Los costes de honorarios de los profesionales intervinientes en la ejecución de las actuaciones. c) Los costes de ejecución de las siguientes obras,actividades y/o instalaciones: * Obras de derribo y/o demolición de las edificaciones y construcciones descritas en el apartado segundo. * Obras y/o instalaciones que sean previamente necesarias para proceder al derribo y/o demolición como,por ejemplo,operaciones de consolidación,sostenimiento mediante armazones o estructuras,o apuntalamiento de elementos constructivos,tales como fachadas,que deban ser conservadas en aplicación de la normativa aplicable. * Desescombro y limpieza de los solares,así como el traslado de los residuos generados por el derribo y/o demolición a puntos autorizados. Qué cubre:Las actuaciones descritas con anterioridad que pueden abordar las entidades locales ubicadas en la Comunidad Autónoma de Aragón (municipios) detalladas en el Anexo de la convocatoria. Cuánto se subvenciona:100 % del gasto subvencionable debidamente justificado. ### Presentación de la solicitud #### Telemática 1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,certificado electrónico o cl@ve). [Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.](https://www.youtube.com/playlist?list=PLU6GTGMRIf_e3D_7k2T-5FkZo4t7XigqH) 2. Pulsar en "Iniciar trámite",completa la solicitud,sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente. * [Consultar trámite](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/fondo-cohesion-entidades-locales-derribos-demoliciones-2024) ### Contacto y ayuda * **Teléfono.**[976 715 068](tel:976715068) * **Correo electrónico.**[dgdespoblacion@aragon.es](mailto:dgdespoblacion@aragon.es) #### Ayuda con la tramitación electrónica * [Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.](https://www.aragon.es/tramites/guia-rapida-de-ayuda-al-ciudadano) * [Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.](https://www.youtube.com/watch?v=IbRKnbH11-8&list=PLU6GTGMRIf_c8g0bWIblj1BVqWTH7AwP4) * Si tienes dudas o problemas administrativos,contacta con el Servicio de Información y Registro: * [976 714 000](tel:+976714000). De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 * [infoyregistro@aragon.es](mailto:infoyregistro@aragon.es) * Si tienes problemas técnicos,contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón: * [976 289 414](tel:+976289414). De lunes a viernes de 8:00 a 18:00. * [soportesae@aragon.es](mailto:soportesae@aragon.es) * [Formulario de Solicitud de Soporte Técnico](https://aplicaciones.aragon.es/saco_core/formConsulta.action) * WhatsApp:[+34 973 901 905](https://wa.me/34973901905). Más información sobre el [canal WhatsApp](https://www.aragon.es/tramites/informacion-sobre-el-canal-whatsapp) ### Más información #### Órgano responsable DIRECCIÓN GENERAL DE DESPOBLACIÓN #### Normativa * [Orden FOM/2024,de 3 de septiembre,por la que se convocan subvenciones a entidades locales para la realización,durante los años 2024 y 2025,de derribos y demoliciones en inmuebles,en el marco de la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la Despoblación,con cargo al Fondo de Cohesión Territorial](https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1350768040707) * [Orden ORDEN DDJ/260/2024,de 13 de marzo,por la que se convocan subvenciones para la realización,durante el año 2024,de actuaciones relacionadas con el desarrollo de la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la Despoblación con cargo al Fondo de Cohesión Territorial por entidades sin ánimo de lucro](https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1323358860808) * [Orden VMV/1795/2021,de 30 de noviembre,por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en desarrollo de la Directriz especial de Política Demográfica y contra la Despoblación con cargo al Fondo de Cohesión Territorial](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1200380421111&type=pdf) * [Decreto 202/2014,de 2 de diciembre,del Gobierno de Aragón,por el que se aprueba la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=826167423232) * [Decreto 165/2017,de 31 de octubre,del Gobierno de Aragón,por el que se aprueba la Directriz Especial de Ordenación Territorial de Política Demográfica y contra la Despoblación](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=987281220505) ### Proceso de tramitación y acciones disponibles #### Plazo de presentación Del 16/09/2024 al 25/10/2024 Fuera de plazo [Consultar trámite](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/fondo-cohesion-entidades-locales-derribos-demoliciones-2024) [Consultar formas de presentación](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ayudas-del-fondo-de-cohesion-territorial-1/entidades-locales-derribos-y-demoliciones-convocatoria-2024#PresentacionSolicitud) #### Subsanación Si falta información en tu trámite,la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo. [Subsanar trámite](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/subsanaciones/10396) #### Aportación Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite. [Aportar documentación](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/aportaciones/10396) #### Resolución 3 meses Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución,puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso. [Saber más sobre el silencio administrativo](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10565&p=20200923&tn=1#a24) ### Trámites relacionados #### Convocatorias expiradas [Aves esteparias - Convocatoria 2024](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ayudas-del-fondo-de-cohesion-territorial-1/explotaciones-agrarias-convocatoria-2024) [Entidades locales - Rehabilitación de viviendas - Convocatoria 2024](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ayudas-del-fondo-de-cohesion-territorial-1/entidades-locales-rehabilitacion-de-viviendas-convocatoria-2024) [Entidades locales - Comedores vecinales - Convocatoria 2024](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ayudas-del-fondo-de-cohesion-territorial-1/entidades-locales-comedores-vecinales-convocatoria-2024) [Entidades locales - Eficiencia energética - Convocatoria 2024](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ayudas-del-fondo-de-cohesion-territorial-1/entidades-locales-eficiencia-energetica-convocatoria-2024) [Entidades locales - Sistemas de seguridad - Convocatoria 2024](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ayudas-del-fondo-de-cohesion-territorial-1/entidades-locales-sistemas-de-seguridad-convocatoria-2024)
## Resumen Este trámite permite a las entidades locales solicitar ayudas para derribos y demoliciones de inmuebles durante 2024 y 2025, en el marco de la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la Despoblación, financiado por el Fondo de Cohesión Territorial. Quién puede usar este servicio: * Municipios elegibles conforme al Anexo de la convocatoria ## Lo que necesitas Documentos requeridos: * Memoria descriptiva de las actuaciones para las que se solicita la subvención, firmada por el representante legal de la entidad solicitante, que incluya: * Descripción detallada de cada actuación, indicando su coste. * Localidad donde se realizará la actuación y número de habitantes. * Datos necesarios para la valoración de la solicitud. * Calendario de ejecución y financiación prevista. * Proyecto técnico o memoria valorada: * Memoria justificativa de las actuaciones, describiendo el objetivo y la necesidad de la inversión para el interés o servicio público. * Descripción de las características del inmueble, actuaciones a ejecutar, antigüedad, relación con patrimonio cultural y destino del solar. * Presupuesto desglosado por capítulos (diferenciado por inmueble si se solicita ayuda para varios). * Planos del estado actual del inmueble. * Fotografías del estado del inmueble antes de la intervención. * Certificado acreditativo de la plena titularidad municipal del inmueble. Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones: * Si la solicitud no se presenta con certificado de representante: Certificado de la identidad del solicitante. * Si las cuentas presentan desequilibrios o acumulan deuda con proveedores: Certificado de medidas de racionalización del gasto. Descargar modelo: [Certificado de medidas de racionalización del gasto](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=10396&key=Certificadodemedidasderacionalizacindelga) * Si la ejecución del derribo está supeditada a procedimientos de tramitación prolongada y compleja: Certificado de Secretaría acreditativo de la existencia y estado del expediente. * Si la entidad tiene abierto un procedimiento para obtener un título válido de propiedad: Certificado de Secretaría acreditativo de la existencia y estado del expediente. ## Cómo hacerlo Presentación de la solicitud: 1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve). Más información: [métodos de identificación y firma electrónica](https://www.youtube.com/playlist?list=PLU6GTGMRIf_e3D_7k2T-5FkZo4t7XigqH) 2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente. * [Consultar trámite](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/fondo-cohesion-entidades-locales-derribos-demoliciones-2024) ## Después de hacerlo * Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo. [Subsanar trámite](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/subsanaciones/10396) * Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite. [Aportar documentación](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/aportaciones/10396) * Plazo de resolución: 3 meses * Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso. [Saber más sobre el silencio administrativo](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10565&p=20200923&tn=1#a24) ## Ayuda * Teléfono: [976 715 068](tel:976715068) * Correo electrónico: [dgdespoblacion@aragon.es](mailto:dgdespoblacion@aragon.es) Ayuda con la tramitación electrónica: * [Preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica](https://www.aragon.es/tramites/guia-rapida-de-ayuda-al-ciudadano) * [Tutoriales en YouTube sobre tramitación electrónica](https://www.youtube.com/watch?v=IbRKnbH11-8&list=PLU6GTGMRIf_c8g0bWIblj1BVqWTH7AwP4) * Dudas o problemas administrativos: Servicio de Información y Registro: * [976 714 000](tel:+976714000). De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 * [infoyregistro@aragon.es](mailto:infoyregistro@aragon.es) * Problemas técnicos: Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón: * [976 289 414](tel:+976289414). De lunes a viernes de 8:00 a 18:00. * [soportesda@aragon.es](mailto:soportesda@aragon.es) * [Formulario de Solicitud de Soporte Técnico](https://aplicaciones.aragon.es/saco_core/formConsulta.action) * WhatsApp: [+34 973 901 905](https://wa.me/34973901905). Más información sobre el [canal WhatsApp](https://www.aragon.es/tramites/informacion-sobre-el-canal-whatsapp) ## Más información Órgano responsable: * DIRECCIÓN GENERAL DE DESPOBLACIÓN Normativa: * [Orden FOM/2024, de 3 de septiembre](https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1350768040707) * [Orden ORDEN DDJ/260/2024, de 13 de marzo](https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1323358860808) * [Orden VMV/1795/2021, de 30 de noviembre](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1200380421111&type=pdf) * [Decreto 202/2014, de 2 de diciembre](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=826167423232) * [Decreto 165/2017, de 31 de octubre](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=987281220505) * [Orden VMV/1076/2023, de 8 de agosto](https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1291293400606) * [Orden VMV/1495/2021, de 2 de noviembre](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1193031824444&type=pdf) * [Orden DDJ/466/2024, de 6 de mayo](https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1332315630505) * [Orden DDJ/314/2024, de 22 de marzo](https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1325578760707) * [Orden VMV/1789/2021, de 22 de diciembre](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1200052880505&type=pdf)