Ayudas del Fondo de Cohesión Territorial - Entidades locales - Derribos y demoliciones - Convocatoria 2024

Actualizado el 20 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Presentar solicitudes para optar a las ayudas convocadas para entidades locales para la realización de derribos y demoliciones en inmuebles.

¿Quién puede solicitarlo?

Municipios elegibles conforme al Anexo de la convocatoria.

Requisitos principales

  • Cumplir los requisitos que aparecen en cada convocatoria.
  • Inmuebles con deficiencias estructurales o en estado de abandono.
  • Inmuebles no catalogados ni sujetos a protección patrimonial.
  • Inmuebles situados en suelo urbano o urbanizable.

Plazos

Del 16/09/2024 al 25/10/2024

Duración del trámite

3 meses

Información adicional

Se subvenciona el 100% del gasto justificado en redacción de proyectos,honorarios profesionales y ejecución de obras de derribo.

Ayudas del Fondo de Cohesión Territorial - Entidades locales - Derribos y demoliciones - Convocatoria 2024

A través de este trámite,se pueden presentar solicitudes para optar a las ayudas convocadas para entidades locales para la realización,durante los años 2024 y 2025,de derribos y demoliciones en inmuebles,en el marco de la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la Despoblación,a cargo del Fondo de Cohesión Territorial.

Plazo de presentación

Del 16/09/2024 al 25/10/2024

Fuera de plazo

Consultar trámite

Dirigido a

  • Municipios elegibles conforme al Anexo de la convocatoria

Requisitos

  • En cada una de las convocatorias aparecen los requisitos que deben cumplir los beneficiarios para realizar las solicitudes correspondientes.
  • Los inmuebles objeto de la actuación para la que se solicite ayuda deberán cumplir los siguientes requisitos:a) Presentar deficiencias estructurales,o que se encuentren en estado de abandono,deficiente mantenimiento o ruina,siempre dentro de los supuestos en los que la normativa aplicable permita su derribo
  • b) No estar catalogados o sujetos a alguno de los regímenes de protección previstos en la legislación aplicable en materia de patrimonio. En tal caso,para optar a las subvenciones será preceptiva la presentación de proyecto técnico que justifique la actuación,y la entidad quedará obligada al cumplimiento de todas las medidas necesarias para evitar cualquier tipo de deterioro,pérdida o destrucción del patrimonio
  • c) Estar situados en suelo que tenga la condición de urbano o urbanizable según el instrumento de ordenación que proceda,o bien en suelo considerado como urbano según la normativa urbanística de aplicación,y ubicados en el término de los municipios previstos en el apartado tercero de la convocatoria

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Memoria descriptiva

Memoria descriptiva de las actuaciones para las que se solicita subvención,firmada por el representante legal de la entidad solicitante,y que deberá incluir,al menos,la siguiente información:

  1. Descripción pormenorizada y diferenciada de la actuación o,en su caso,de cada una de las actuaciones para las que se solicita ayuda,indicando su coste desglosado.
  2. Indicación de la localidad donde se realizará la actuación o actuaciones subvencionables y de su número de habitantes.
  3. Indicación de los datos necesarios para la valoración de la solicitud según el punto 1 del apartado noveno de esta convocatoria.
  4. Calendario de ejecución y la financiación prevista.
  • Proyecto técnico o memoria valorada
  1. Memoria justificativa de las actuaciones para las que se solicita subvención,en las que se describan con claridad el objetivo a conseguir con la inversión y la necesidad de realizarla para el interés o el servicio público,en relación con la finalidad de la subvención solicitada. La memoria o proyecto deberá contener,al menos,la descripción de las características del inmueble,detallando las actuaciones que serán ejecutadas,la antigüedad del edificio,su relación con patrimonio cultural y el destino del solar rehabilitado.
  2. Presupuesto desglosado por capítulos. En el caso de solicitar la ayuda para más de un inmueble,se presentarán presupuestos diferenciados para cada una de ellos.
  3. Planos del estado actual del inmueble.
  4. Fotografías del estado del inmueble antes de la intervención.
  • Certificado acreditativo de la plena titularidad del inmueble

Certificado expedido por el Secretario o Secretaria de la entidad local,en el que se acredite la plena titularidad municipal del inmueble objeto de la actuación o,en su caso,la existencia del título jurídico que la habilita para llevar a cabo la actuación subvencionable. En el supuesto previsto en el punto 4.ii.a) del apartado segundo de la convocatoria,el certificado deberá acreditar el inicio del procedimiento de referencia.

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

En caso de que la solicitud no se presente con certificado de representante

  • Certificado de la identidad del solicitante

Certificado expedido por el secretario de la entidad local en la que se haga constar que la identidad de la persona que firma la solicitud como alcalde-presidente del municipio (representante legal de la entidad),en el caso de que la solicitud sea firmada con un certificado personal,tomó posesión de su cargo y sigue ejerciendo hasta la fecha.

En caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deuda con proveedores

  • Certificado de medidas de racionalización del gasto

Certificado del secretario de la entidad local relativo a la condición de haber adoptado medidas de racionalización del gasto y de haber presentado planes económicos-financieros,en el caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deuda con proveedores. Descargar modelo Certificado de medidas de racionalización del gasto

En caso de que la ejecución del derribo esté supeditada a procedimientos de tramitación prolongada y compleja como los de ejecución subsidiaria de demolición o de expropiación por razón urbanística o por otras causas

  • Certificado de Secretaría acreditativo de la existencia y estado del expediente

En los casos de que la ejecución del derribo esté supeditada a procedimientos de tramitación prolongada y compleja como los de ejecución subsidiaria de demolición o de expropiación por razón urbanística o por otras causas,la solicitud deberá acompañarse del certificado de la Secretaría de la entidad que acredite la existencia y el estado de tramitación del referido procedimiento

En caso de que la entidad tenga abierto un procedimiento dirigido a la obtención de un título válido de propiedad o de otra naturaleza,relativo al bien objeto de la actuación

  • Certificado de Secretaría acreditativo de la existencia y estado del expediente

Si la entidad tiene abierto un procedimiento dirigido a la obtención de un título jurídico válido de propiedad o de otra naturaleza,relativo al bien objeto de actuación,podrá igualmente presentar la solicitud,haciendo constar tal extremo mediante la correspondiente certificación acreditativa expedida por la secretaría de la entidad

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite,la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles

  • Consulta de Datos de Identidad
  • Consulta de bienes inmuebles
  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones
  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

Información adicional

Son gastos subvencionables:

a) Los costes de redacción de proyectos,memorias e informes técnicos y elaboración y obtención de los certificados necesarios.

b) Los costes de honorarios de los profesionales intervinientes en la ejecución de las actuaciones.

c) Los costes de ejecución de las siguientes obras,actividades y/o instalaciones:

  • Obras de derribo y/o demolición de las edificaciones y construcciones descritas en el apartado segundo.
  • Obras y/o instalaciones que sean previamente necesarias para proceder al derribo y/o demolición como,por ejemplo,operaciones de consolidación,sostenimiento mediante armazones o estructuras,o apuntalamiento de elementos constructivos,tales como fachadas,que deban ser conservadas en aplicación de la normativa aplicable.
  • Desescombro y limpieza de los solares,así como el traslado de los residuos generados por el derribo y/o demolición a puntos autorizados.

Qué cubre:Las actuaciones descritas con anterioridad que pueden abordar las entidades locales ubicadas en la Comunidad Autónoma de Aragón (municipios) detalladas en el Anexo de la convocatoria.

Cuánto se subvenciona:100 % del gasto subvencionable debidamente justificado.

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,certificado electrónico o cl@ve). Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite",completa la solicitud,sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Más información

Órgano responsable

DIRECCIÓN GENERAL DE DESPOBLACIÓN

Normativa

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 16/09/2024 al 25/10/2024

Fuera de plazo

Consultar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite,la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

3 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución,puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

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