## Resumen Este trámite permite a los gestores de abastecimientos de agua solicitar una autorización temporal para incumplir los valores de calidad del agua potable establecidos por la normativa. Esto solo se permite si no hay otra forma razonable de mantener el suministro y la excepción no pone en riesgo la salud de la población. **Quién puede usar este servicio:** * Gestores de abastecimientos de agua. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Solicitud de autorización (formulario específico). * Copia del escrito del gestor al municipio (si aplica). * Informe documental con: * Resultados del parámetro de los últimos seis meses. * Justificación de la solicitud. * Justificación de la imposibilidad de mantener el suministro de otra forma. * Comunicación a la población afectada. * Programa de muestreo específico. * Plan de medidas correctoras, evaluación, cronograma y estimación de costes. **Requisitos previos:** * Ser gestor del abastecimiento. * Haber incumplido un parámetro de calidad durante más de 30 días en el último año. * No poder mantener el suministro de otra forma razonable. * Que la excepción no ponga en peligro la salud de la población. **Costes y plazos:** * Tasa 13, Tarifa 28. * Plazo permanente. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. **Reúne la documentación:** Descarga y completa el formulario de solicitud y prepara el informe documental. 2. **Presenta la solicitud:** * **Telemáticamente:** A través del Registro Electrónico General de Aragón (REGA). Necesitarás identificación electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve). * Iniciar trámite * **Presencialmente:** En una oficina de información y registro con cita previa. * Localiza tu oficina más cercana * Pedir cita previa **Formulario del trámite:** * Descargar formulario ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** * La administración revisará tu solicitud y la documentación. * Si falta información, te darán un plazo para subsanarla. * La resolución del trámite tarda 3 meses desde la entrada en registro. **Plazos de resolución:** * 3 meses desde la entrada en registro. ## Ayuda **Contacto:** * Correo electrónico: sanambientalcentrales@aragon.es **Ayuda con la tramitación electrónica:** * Preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica. * Tutoriales en YouTube sobre tramitación electrónica. * Servicio de Información y Registro: * Teléfono: 976 714 000 (lunes a viernes de 9:00 a 14:00). * Correo electrónico: infoyregistro@aragon.es * Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón: * Teléfono: 976 289 414 (lunes a viernes de 8:00 a 18:00). * Correo electrónico: soportesda@aragon.es * Formulario de Solicitud de Soporte Técnico * WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp **Más información:** * Órgano responsable: DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PUBLICA **Normativa:** * Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano
## Autorización de fotografía y filmación del quebrantahuesos A través de este trámite se podrá solicitar la autorización necesaria para la realización de actividades de observación,fotografía y filmación del quebrantahuesos en el hide de “El Cebollar”,Torla (Huesca). [Subtipología 24D del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA)](https://www.aragon.es/-/autorizacion-observacion-y-fotografia-quebrantahuesos) ## Información general **Plazo de presentación:** Del 18/12/2024 al 17/01/2025 (Fuera de plazo) [Consultar trámite](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/autorizacion-fotografia-y-filmacion-quebrantahuesos) **Dirigido a:** Los promotores que deseen obtener la autorización. **Requisitos:** Ser interesado en la actividad y cumplir con la legislación. **Pago de tasas:** Tasa 29 por servicios en materia de conservación de la biodiversidad. Tarifa 01. Por la autorización de observación y fotografía de especies. [Accede aquí para proceder al pago de la tasa](http://www.aragon.es/inaga/tasas) **Información adicional:** Las autorizaciones disponibles para el año 2025 se distribuirán en semanas específicas. Cada autorización permite la actividad durante tres días a elegir. Los datos personales se incorporarán a las actividades de tratamiento del INAGA. ### Documentos y enlaces de interés * [RESOLUCIÓN del Director del INAGA](https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1366867730909) * [Tipología INAGA 24](https://www.aragon.es/-/tipologia-inaga-24-autorizacion-de-actividades-molestas-relacionadas-con-especies-de-fauna-silvestre) * [INAGA:Protección de datos personales](https://www.aragon.es/-/proteccion-de-datos-personales-y-seguridad-de-la-informacion) ## Presentación de la solicitud ### Telemática 1. Necesitas identificación y firma electrónica. 2. Pulsar en "Iniciar trámite",completar la solicitud,subir la documentación y firmar. [Consultar trámite](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/autorizacion-fotografia-y-filmacion-quebrantahuesos) ## Contacto y ayuda * **Teléfono:** [976716633](tel:976716633) * **Correo electrónico:** [inaga@aragon.es](mailto:inaga@aragon.es) * **Página web:** [Contacte con INAGA por correo electrónico ](https://www.aragon.es/-/contacte-con-inaga#anchor2) ### Ayuda con la tramitación electrónica * [Preguntas frecuentes generales](https://www.aragon.es/tramites/guia-rapida-de-ayuda-al-ciudadano) * [Tutoriales en YouTube](https://www.youtube.com/watch?v=IbRKnbH11-8&list=PLU6GTGMRIf_c8g0bWIblj1BVqWTH7AwP4) * **Servicio de Información y Registro:** [976 714 000](tel:+976714000),[infoyregistro@aragon.es](mailto:infoyregistro@aragon.es) * **Soporte Técnico:** [976 289 414](tel:+976289414),[soportesae@aragon.es](mailto:soportesae@aragon.es) ## Más información **Órgano responsable:** INSTITUTO ARAGONES DE GESTION AMBIENTAL ### Normativa * [Ley 42/2007](http://www.boe.es/eli/es/l/2007/12/13/42/con) * [Ley 33/2015](http://www.boe.es/eli/es/l/2015/09/21/33/con) * [Ley 7/2018](https://www.boe.es/eli/es/l/2018/07/20/7) * [Decreto 129/2022](http://www.boa.aragon.es/eli/es-ar/d/2022/09/05/129/dof/spa/html) * [Decreto 45/2003](http://www.boa.aragon.es/eli/es-ar/d/2003/02/25/45/dof/spa/html) ## Proceso de tramitación y acciones disponibles **Plazo de presentación:** Del 18/12/2024 al 17/01/2025 (Fuera de plazo) [Consultar trámite](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/autorizacion-fotografia-y-filmacion-quebrantahuesos) [Consultar formas de presentación](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/autorizacion-de-fotografia-y-filmacion-del-quebrantahuesos#PresentacionSolicitud) [Subsanar trámite](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/subsanaciones/10675) [Aportar documentación](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/aportaciones/10675) **Resolución:** 2 meses. [Saber más sobre el silencio administrativo](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10565&p=20200923&tn=1#a24)
## Resumen
Este trámite permite solicitar la autorización para realizar actividades de observación, fotografía y filmación del quebrantahuesos en el hide de “El Cebollar”, ubicado en Torla (Huesca).
## Dirigido a
Promotores que deseen obtener la autorización.
## Requisitos
* Ser interesado en la actividad.
* Cumplir con las condiciones establecidas en la legislación aplicable.
## Pago de tasas
Se debe abonar la Tasa 29 por servicios en materia de conservación de la biodiversidad, específicamente la Tarifa 01 por la autorización de observación y fotografía de especies. Puedes realizar el pago a través de este enlace: Accede aquí para proceder al pago de la tasa
## Información Adicional
Las autorizaciones para el año 2025 se distribuirán en las siguientes semanas:
* Semana 1: 7 al 11 de abril
* Semana 2: 12 al 15 de mayo
* Semana 3: 26 al 30 de mayo
* Semana 4: 9 al 13 de junio
* Semana 5: 23 al 27 de junio
* Semana 6: 22 al 26 de septiembre
* Semana 7: 6 al 10 de octubre
* Semana 8: 20 al 24 de octubre
* Semana 9: 3 al 7 de noviembre
* Semana 10: 17 al 21 de noviembre
Cada autorización permite realizar la actividad durante tres días a elegir dentro de la semana asignada. La elección de los días debe comunicarse con al menos 10 días de antelación a los Agentes de Protección de la Naturaleza.
### Documentos y enlaces de interés
* RESOLUCIÓN del Director del INAGA con Instrucción del procedimiento de concurrencia de asignación de autorizaciones de fotografía del quebrantahuesos en el hide El Cebollar (Torla), Huesca, para 2025
* Tipología INAGA 24: Autorización de actividades molestas relacionadas con especies de fauna silvestre
* INAGA: Protección de datos personales y Seguridad de la información
## Presentación de la solicitud
### Telemática
1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve). Más información: Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
2. Pulsa en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
* Consultar trámite
## Contacto y ayuda
* Teléfono: 976 716 633
* Correo electrónico: inaga@aragon.es
* Página web: Contacte con INAGA por correo electrónico
* Página web: Contacte con INAGA por teléfono
* Página web: Atención presencial en INAGA
* Página web: Instituto Aragonés de Gestión Ambiental
### ¿Necesitas ayuda para realizar el trámite?
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
### Ayuda con la tramitación electrónica
* Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
* Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
* Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
* 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
* infoyregistro@aragon.es
* Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
* 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
* soportesda@aragon.es
* Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
* WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
## Más información
### Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONES DE GESTION AMBIENTAL
### Normativa
* Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad Ley 33/2015, de 21 de septiembre, por la que se modifica la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad Ley 7/2018, de 20 de julio, de modificación de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad Decreto 129/2022, de 5 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se crea el Listado Aragonés de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y se regula el Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón Decreto 45/2003, de 25 de febrero, por el que se establece un régimen de protección para el Quebrantahuesos y se aprueba el plan de Recuperación
## Resumen Este trámite permite solicitar una inspección para verificar que una infraestructura aeronáutica de uso restringido cumple con la normativa y es apta para su apertura al tráfico aéreo. ## Dirigido a Gestor/a de la infraestructura. ## Requisitos * La infraestructura debe ser un aeródromo de uso restringido (aeronaves ultraligeras, hidroaeródromos y helipuertos). * La infraestructura debe estar construida y lista para entrar en servicio. * Debe contar con un/a gestor/a legalmente designado/a. * El/la solicitante debe ser el/la gestor/a de la infraestructura. * Debe contar con autorización de establecimiento o modificación en vigor. * Parte de la documentación debe estar firmada por facultativo/a competente (ingeniero/a aeroespacial, ingeniero/a aeronáutico/a o ingeniero/a técnico/a aeronáutico/a). ## Documentación ### Presentar en todos los casos: * Poderes de representación (si procede): Documento jurídico que acredite la representación. * Relación entre gestor/a y titular de la infraestructura: Si son personas diferentes, aportar el documento que acredite el nombramiento del gestor/a. * Estudio Técnico Aeronáutico (última versión): Memoria técnica que refleje la realidad de la infraestructura construida y acredite el cumplimiento de las normas de seguridad. Debe estar firmado por facultativo/a competente. * Formulario de solicitud de certificado o informe previo de compatibilidad: Descargable desde la página web del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana: https://www.mitma.gob.es/areas-de-actividad/aviacion-civil/politicas-aeroportuarias/infraestructuras-de-competencia-autonomica/formularios-de-solicitud/formularios. El formulario debe presentarse sin firmar. * Datos de las aeronaves y usuarios de la instalación y medios de comunicación: 1. Tipo y matrícula de las aeronaves a utilizar. 2. Relación de los/las pilotos que utilizarán la infraestructura. 3. Medio de comunicación que se empleará para dar cuenta de las entradas y salidas. ### Documentación que consultará la administración * Verificación de Datos de Identidad: DNI de la persona física interesada y, en su caso, de su representante. * Validación de NIF de un contribuyente: NIF de la persona jurídica interesada y, en su caso, de su representante. ## Información adicional El plazo de emisión del informe de AESA es de 5 días. El plazo de emisión del informe o certificado de compatibilidad de la AGE es de 6 meses. El resultado positivo de este proceso supone la autorización definitiva para la puesta en servicio y operación de la infraestructura. La autorización es nominativa a favor del gestor/a y no transferible. Al final del proceso, se solicitará un código OACI a la infraestructura y se publicará la información en la Publicación de Información Aeronáutica (AIP). ## Presentación de la solicitud ### Telemática 1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve). Más información: https://www.youtube.com/playlist?list=PLU6GTGMRIf_e3D_7k2T-5FkZo4t7XigqH 2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación y firma electrónicamente. En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial. * Iniciar trámite ### Presencial 1. Reúne la documentación que tienes que aportar. 2. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana. Pedir cita previa 3. Presenta la documentación correspondiente en esa oficina. ## Contacto y ayuda * **Teléfono:** Horario de atención de 09:00 a 14:00 horas. 976 716 906 * **Correo electrónico:** dgtransportes@aragon.es ### ¿Necesitas ayuda para realizar el trámite? Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado. ### Ayuda con la tramitación electrónica * Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica. * Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica. * Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro: * 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 * infoyregistro@aragon.es * Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón: * 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00. * soportesda@aragon.es * Formulario de Solicitud de Soporte Técnico * WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp ## Más información ### Órgano responsable DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTES ### Normativa * Real Decreto 1070/2015, de 27 de noviembre * Ley 39/2015, de 1 de octubre * Real Decreto 217/2014, de 28 de marzo * Real Decreto 1189/2011, de 19 de agosto * Real Decreto 171/2011, de 11 de febrero * Ley 21/2003, de 7 de julio * Orden Ministerial 1957/1966, de 26 de octubre * Ley 48/1960, de 21 de julio
## Resumen Este trámite permite solicitar la autorización para establecer una nueva infraestructura aeronáutica de uso restringido, o para regularizar o modificar una ya existente. Se verificará la compatibilidad con el espacio aéreo, la viabilidad medioambiental y el cumplimiento de la normativa. **Quién puede usar este servicio:** * El titular o propietario de la infraestructura. ## Lo que necesitas **Requisitos:** * La infraestructura debe ser un aeródromo de uso restringido (aeronaves ultraligeras, hidroaeródromos y helipuertos). * Si se modifica una infraestructura, la modificación debe ser estructural o funcional. * Compatibilidad de espacio aéreo positiva y en vigor. * Resolución ambiental positiva y en vigor. * Acreditar la disponibilidad de los terrenos. * Acreditar la compatibilidad urbanística. * Legalización de instalaciones de combustible (si existen). * Documentación firmada por facultativo competente (ingeniero aeroespacial, aeronáutico o técnico aeronáutico). **Documentos requeridos:** * Poderes de representación (si aplica). * Estudio de compatibilidad de espacio aéreo (firmado por facultativo competente). * Formulario de solicitud de certificado o informe previo de compatibilidad (descargable del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, a firmar por el Gobierno de Aragón): Formularios de solicitud * Comunicación de la disponibilidad de la resolución ambiental. * Estudio técnico aeronáutico (firmado por facultativo competente). * Acreditación de la libre disponibilidad para el uso de los terrenos (copia simple del Registro de la Propiedad o documento contractual). * Acreditación de la compatibilidad urbanística de la infraestructura (certificado del Ayuntamiento). * Acreditación de la legalización de instalaciones de combustible (si existen). ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. **Reúne la documentación necesaria.** 2. **Presenta la solicitud:** * **Telemáticamente:** Necesitas identificación electrónica (DNIe, certificado o cl@ve). Inicia el trámite, completa la solicitud, sube los documentos y firma electrónicamente. Si no tienes firma electrónica, puedes completar el proceso, descargar la solicitud, firmarla y entregarla presencialmente. * Iniciar trámite * **Presencialmente:** Reúne los documentos, pide cita en una oficina de registro y presenta la documentación. * Localiza tu oficina más cercana * Pedir cita previa ## Después de hacerlo * La administración puede requerir subsanaciones o mejoras a tu solicitud. * Subsanar trámite * Puedes aportar documentación adicional tras presentar tu trámite. * Aportar documentación **Plazos de resolución:** * El plazo máximo para resolver este trámite es de 6 meses, aunque este plazo puede suspenderse mientras se solicitan y reciben los informes preceptivos. * Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso. * Saber más sobre el silencio administrativo ## Ayuda **Contacto:** * Teléfono: 976 716 906 (de 09:00 a 14:00). * Correo electrónico: dgtransportes@aragon.es **Ayuda para realizar el trámite:** * Si no tienes los medios o la capacidad para hacer este trámite online, puedes tramitar con ayuda del personal habilitado: tramitar con ayuda del personal habilitado. **Ayuda con la tramitación electrónica:** * Preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica. * Tutoriales en YouTube sobre aspectos clave de la tramitación electrónica. * Dudas o problemas administrativos: 976 714 000 (lunes a viernes de 9:00 a 14:00) o infoyregistro@aragon.es. * Problemas técnicos: 976 289 414 (lunes a viernes de 8:00 a 18:00), soportesda@aragon.es, Formulario de Solicitud de Soporte Técnico o WhatsApp: +34 973 901 905 (canal WhatsApp). ## Más información **Órgano responsable:** * DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTES **Normativa:** * Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón * Real Decreto 1070/2015, de 27 de noviembre, por el que se aprueban las normas técnicas de seguridad operacional de aeródromos de uso restringido y se modifican el Real Decreto 1189/2011, de 19 de agosto, por el que se regula el procedimiento de emisión de los informes previos al planeamiento de infraestructuras aeronáuticas, establecimiento, modificación y apertura al tráfico de aeródromos autonómicos, y la Orden de 24 de abril de 1986, por la que se regula el vuelo en ultraligero * Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas * Real Decreto 217/2014, de 28 de marzo, por el que se modifican el Real Decreto 862/2009, de 14 de mayo, por el que se aprueban las normas técnicas de diseño y operación de aeródromos de uso público y el Reglamento de certificación y verificación de aeropuertos y otros aeródromos de uso público, y el Real Decreto 1133/2010, de 10 de septiembre, por el que se regula la provisión del servicio de información de vuelo de aeródromos (AFIS) * Real Decreto 1189/2011, de 19 de agosto, por el que se regula el procedimiento de emisión de los informes previos al planeamiento de infraestructuras aeronáuticas, establecimiento, modificación y apertura al tráfico de aeródromos autonómicos, y se modifica el Real Decreto 862/2009, de 14 de mayo, (...), el Decreto 584/1972, de 24 de febrero, de servidumbres aeronáuticas y el Real Decreto 2591/1998, de 4 de diciembre, sobre la ordenación de los aeropuertos de interés general y su zona de servicio, en ejecución de lo dispuesto por el artículo 166 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social * Real Decreto 171/2011, de 11 de febrero, de traspaso de funciones y servicios de la Administración General del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de aeropuertos, aeródromos y helipuertos que no tengan la calificación de interés general, aeropuertos y aeródromos deportivos * Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea * Orden Ministerial 1957/1966, de 26 de octubre, sobre condiciones y normas para aeródromos privados (Boletín Oficial del Ministerio del Aire, 130, de 29 de octubre de 1966) * Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea
## Resumen Este trámite permite solicitar la autorización para la construcción, regularización o modificación de infraestructuras aeronáuticas de uso restringido en la Comunidad Autónoma de Aragón. Estas infraestructuras pueden ser utilizadas para aviación privada y deportiva, escuelas de vuelo, vuelos turísticos, mantenimiento, lucha contra incendios, servicios sanitarios, salvamento marítimo, emergencias y trabajos aéreos. ## Dirigido a * Personas físicas o jurídicas interesadas en establecer, construir y poner en servicio una nueva infraestructura aeronáutica. * Gestores y/o titulares de infraestructuras preexistentes que deseen regularizar o modificar. * **Titular:** Persona física o jurídica propietaria de la infraestructura. * **Gestor:** Persona física o jurídica responsable de la gestión de las operaciones en la infraestructura y del cumplimiento de la normativa. ## Requisitos * La infraestructura debe ser un aeródromo de uso restringido (aeronaves ultraligeras, hidroaeródromos y helipuertos), excluyendo aeródromos de uso público y eventuales. ## Trámites relacionados ### Autorización de establecimiento/modificación Solicitud para establecer una nueva infraestructura o regularizar/modificar una existente. Se verifica la compatibilidad con el espacio aéreo, viabilidad medioambiental y urbanística, y cumplimiento de la normativa. * Plazo: Permanente ### Autorización de apertura al tráfico Solicitud para la inspección in situ de la infraestructura y comprobación del cumplimiento de la normativa para su apertura al tráfico aéreo. * Plazo: Permanente ## Contacto y ayuda * **Teléfono:** 976 716 906 (Horario: 09:00 a 14:00) * **Correo electrónico:** dgtransportes@aragon.es ### Ayuda con la tramitación electrónica * Preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica. * Tutoriales en YouTube sobre tramitación electrónica. * Dudas administrativas: Servicio de Información y Registro: * 976 714 000 (Lunes a viernes de 9:00 a 14:00) * infoyregistro@aragon.es ## Más información ### Órgano responsable DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTES ### Normativa * Real Decreto 1070/2015, de 27 de noviembre * Ley 39/2015, de 1 de octubre * Real Decreto 217/2014, de 28 de marzo * Real Decreto 1189/2011, de 19 de agosto * Real Decreto 171/2011, de 11 de febrero * Ley 21/2003, de 7 de julio * Orden Ministerial 1957/1966, de 26 de octubre * Ley 48/1960, de 21 de julio
## Resumen Este trámite permite a los particulares solicitar la autorización necesaria para construir instalaciones fuera de las áreas de servicio en carreteras. **Quién puede usar este servicio** Particulares. ## Lo que necesitas **Documentación** * Proyecto de obras: Debe incluir el trazado de los accesos, la señalización, el firme, el drenaje, la iluminación y la ornamentación. * Solicitud de devolución de fianza de instalaciones situadas fuera de áreas de servicio: [Descargar modelo](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=642&key=Solicituddedevol) * Formulario del trámite: [Descargar formulario](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getRequestModel?childServiceId=642) **Requisitos** * Elementos funcionales de la carretera que sean diferentes de las áreas de servicio, cuando su uso sea distinto del común general y sea realizado por particulares, salvo en el supuesto de instalaciones de pesaje y de control de aforos. * Demás instalaciones complementarias al servicio de las carreteras ubicadas fuera de áreas de servicio, tales como estaciones de carburantes, talleres de reparación de vehículos, instalaciones de lavado, o establecimientos de venta de repuestos y accesorios del automóvil. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso** 1. **Preparación de la documentación:** * Descarga y completa el formulario. * [Descargar formulario](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getRequestModel?childServiceId=642) * Prepara el proyecto de obras y la documentación adicional requerida. 2. **Presentación de la solicitud:** * **Telemáticamente:** 1. Accede al Registro Electrónico General de Aragón (REGA): [Iniciar trámite](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/registro-electronico-general-aragon/642) 2. Completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente. 3. Firma electrónicamente. * **Presencialmente:** 1. Solicita cita previa en una oficina de información y registro: [Localiza tu oficina más cercana](https://www.aragon.es/tramites/oficinas-de-informacion) y [Pedir cita previa](https://citaprevia.aragon.es) 2. Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente en la oficina. ## Después de hacerlo **Qué sucede después** * La Administración revisará la solicitud y la documentación presentada. * Si falta información, se te comunicará para que la subsanes. * La resolución del trámite se notificará en un plazo máximo de 3 meses. **Plazos de resolución** * 3 meses. * [Saber más sobre el silencio administrativo](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10565&p=20200923&tn=1#a24) ## Ayuda **Contacto** * Correo electrónico: [unidaddeexplotacion@aragon.es](mailto:unidaddeexplotacion@aragon.es) **Ayuda con la tramitación electrónica** * [Preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica](https://www.aragon.es/tramites/guia-rapida-de-ayuda-al-ciudadano) * [Tutoriales en YouTube sobre tramitación electrónica](https://www.youtube.com/watch?v=IbRKnbH11-8&list=PLU6GTGMRIf_c8g0bWIblj1BVqWTH7AwP4) * Servicio de Información y Registro: * Teléfono: [976 714 000](tel:+976714000) (lunes a viernes de 9:00 a 14:00) * Correo electrónico: [infoyregistro@aragon.es](mailto:infoyregistro@aragon.es) * Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón: * Teléfono: [976 289 414](tel:+976289414) (lunes a viernes de 8:00 a 18:00) * Correo electrónico: [soportesda@aragon.es](mailto:soportesda@aragon.es) * [Formulario de Solicitud de Soporte Técnico](https://aplicaciones.aragon.es/saco_core/formConsulta.action) * WhatsApp: [+34 973 901 905](https://wa.me/34973901905) ([Información sobre el canal WhatsApp](https://www.aragon.es/tramites/informacion-sobre-el-canal-whatsapp)) **Más información** * Órgano responsable: DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS E INFRAESTRUCTURAS **Normativa** * [Ley 8/1998, de 17 de diciembre, de Carreteras de Aragón](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=181779812947) * [Decreto 206/2003, de 22 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 8/1998, de 17 de diciembre de Carreteras de Aragón](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=378904821615)
## Resumen Este trámite permite solicitar la autorización para la emisión de gases de efecto invernadero (GEI) y la aprobación del Plan de Seguimiento de Emisiones para las instalaciones afectadas por la Ley 1/2005. **Quién puede usar este servicio:** * Titulares de instalaciones que realicen actividades incluidas en el Anexo I de la Ley 1/2005. ## Lo que necesitas **Documentación:** * Formulario de solicitud: Descargar modelo Formulario de solicitud * Anexo I.1: Descripción básica de la empresa y de la instalación: Descargar modelo 68H. Anexo I.1. Descripción básica de la empresa y de la instalación * Anexo I.2: Datos específicos de la actividad: Descargar modelo 68H. Anexo I.2. Datos específicos de la actividad * Plan de seguimiento: Conforme a la plantilla excel prevista en el art. 13 del Reglamento UE nº 2018/2066. Dicha plantilla está disponible en la página web de la Subtipología INAGA 68H: Autorización emisiones de gases de efecto invernadero. * Comprobantes: Relativos a los umbrales de incertidumbre previstos en el art. 12.a del Reglamento UE nº 2018/2066. * Resultados de la evaluación de riesgo: Prevista en el art. 12.b del Reglamento UE nº 2018/2066. * Identificación y acreditación de ser titular de la instalación: A los efectos de lo previsto en la Ley 1/2005. * Breve memoria descriptiva: De la instalación y de sus actividades, incluyendo las tecnologías utilizadas. **Costes:** * En la página web de la Subtipología INAGA 68H se indica el importe de la tasa. Pago con tarjeta, cargo en cuenta o en ventanilla. Accede aquí para proceder al pago de la tasa ## Cómo hacerlo **Paso a paso:** 1. Reúne la documentación necesaria. 2. Presenta la solicitud y la documentación requerida a través de la sede electrónica. **Formulario del trámite:** * Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite: Descargar formulario ## Después de hacerlo * La administración tiene 3 meses para resolver. Si no hay respuesta en ese tiempo, puedes considerar que tu solicitud ha sido rechazada (silencio administrativo). ## Ayuda **Contacto:** * Teléfono: 976 716 633 * Correo electrónico: inaga@aragon.es * Página web: Contacte con INAGA por correo electrónico * Página web: Contacte con INAGA por teléfono * Página web: Atención presencial en INAGA * Página web: Instituto Aragonés de Gestión Ambiental **Ayuda con la tramitación electrónica:** * Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica. * Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica. * Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro: * 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 * infoyregistro@aragon.es **Más información:** * Tipología INAGA 68: Autorización de emisión de gases de efecto invernadero * INAGA: Protección de datos personales y seguridad de la información * INAGA: Presentación telemática de solicitudes **Normativa:** * Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero * Ley 13/2010, de 5 de julio, por la que se modifica la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, para perfeccionar y ampliar el régimen general de comercio de derechos de emisión e incluir la aviación en el mismo * Real Decreto 1089/2020, de 9 de diciembre, por el que se desarrollan aspectos relativos al ajuste de la asignación gratuita de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en el periodo 2021-2030 * Orden 11/2010, de 22 de noviembre, de 2010, del Consejero de Medio Ambiente, por la que se establece un nuevo modelo de solicitud de autorización de emisión de gases de efecto invernadero para aquellas instalaciones de la Comunidad Autónoma de Aragón que llevan a cabo actividades enumeradas en el anexo I, de la Ley 13/2010, de 5 de julio, por la que se modifica la Ley 1/2005, de 9 de marzo, y que sólo se ven afectadas por este régimen a partir de 2013 * Orden AGM/759/2020, de 10 de agosto, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, de 2020, por la que se regula la solicitud de autorización de emisión de gases de efecto invernadero para el periodo 2021-2030 * Reglamento 2066/2018, de 19 de diciembre, sobre el seguimiento y la notificación de las emisiones de gases de efecto invernadero en aplicación de la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.° 601/2012 de la Comisión
## Resumen Este trámite permite solicitar la autorización para introducir especies autóctonas que no son objeto de caza y pesca en Aragón. ### Quién puede usar este servicio Los promotores que deseen realizar la introducción de especies autóctonas. ### Antes de empezar Es importante conocer la Tipología 23 del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA). ## Lo que necesitas ### Documentación requerida * Formulario de solicitud: Descargar modelo Formulario de solicitud * Anexo I: Datos de la actividad a realizar: Descargar modelo 23. Anexo I: Datos de la actividad a realizar También puedes descargar el formulario del trámite para consultarlo. ### Requisitos * Ser interesado en la actividad y cumplir con las condiciones establecidas en la legislación. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. **Preparación de la documentación:** Reúne todos los documentos necesarios. 2. **Presentación de la solicitud:** Puedes presentar la solicitud telemáticamente a través de este enlace. Si eres persona física, puedes recibir asistencia presencial para presentar la documentación en el registro telemático. ### Tiempos de espera El plazo de resolución es de 2 meses. ## Después de hacerlo ### Qué sucede después Una vez presentada la solicitud, la administración la revisará. Si falta información, te lo comunicarán para que la subsanes. Una vez completa, se evaluará la solicitud y se emitirá una resolución. ### Plazos de resolución El plazo máximo para resolver es de 2 meses. Si no se resuelve en este plazo, puedes considerar que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo. ### Siguientes pasos Si la resolución es favorable, podrás realizar la introducción de las especies autóctonas según lo autorizado. Si es desfavorable, podrás interponer un recurso. ## Ayuda ### Contacto * Teléfono: 976 716 633 * Correo electrónico: inaga@aragon.es * Página web: Contacte con INAGA por correo electrónico * Página web: Contacte con INAGA por teléfono * Página web: Atención presencial en INAGA * Página web: Instituto Aragonés de Gestión Ambiental ### Recursos adicionales * Tipología INAGA 23: Autorización de introducción de especies autóctonas distintas de las que son objeto de caza y pesca * INAGA: Protección de datos personales y Seguridad de la información * INAGA: Presentación telemática de solicitudes * Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica. * Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica. ### Normativa * Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad * Ley 7/2018, de 20 de julio, de modificación de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad * Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras
## Resumen Este trámite permite a los laboratorios obtener la autorización necesaria para realizar ensayos de máquinas de juego en Aragón. Estos laboratorios verifican si los prototipos cumplen con las normas técnicas. Quién puede usar este servicio: * Laboratorios que deseen realizar ensayos de máquinas de juego en Aragón. ## Lo que necesitas Documentos requeridos: * Relación nominal del personal del laboratorio. * Declaración responsable de no tener conflictos de interés. * Contrato de seguro de responsabilidad civil. * Documentación que acredite la capacidad y solvencia técnica. * Acreditación según la norma UNE EN-ISO/IEC 17025A. * Justificante del pago de la tasa administrativa. Costes: * Tasa 519 (Tasa por prestación de Servicios Administrativos y Técnicos en materia de Juego). Tarifa 2.14 (Otras autorizaciones). ## Cómo hacerlo Paso a paso del proceso: 1. Reúne la documentación necesaria. 2. Accede al Registro Electrónico General de Aragón (REGA) a través de este enlace: [Iniciar trámite](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/registro-electronico-general-aragon/631). 3. Completa el formulario con los datos solicitados. 4. Adjunta la documentación requerida. 5. Firma electrónicamente la solicitud. ## Después de hacerlo * La Administración revisará la solicitud y la documentación. * Si falta información, se te requerirá que la subsanes. * El plazo máximo para resolver es de 3 meses. ## Ayuda * Teléfono: [976 712 423](tel:976712423) * Correo electrónico: [gestionjuego@aragon.es](mailto:gestionjuego@aragon.es) * Preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica: [Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.](https://www.aragon.es/tramites/guia-rapida-de-ayuda-al-ciudadano) * Tutoriales en YouTube sobre tramitación electrónica: [Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.](https://www.youtube.com/watch?v=IbRKnbH11-8&list=PLU6GTGMRIf_c8g0bWIblj1BVqWTH7AwP4) * Servicio de Información y Registro: * Teléfono: [976 714 000](tel:+976714000) (lunes a viernes de 9:00 a 14:00) * Correo electrónico: [infoyregistro@aragon.es](mailto:infoyregistro@aragon.es) * Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón: * Teléfono: [976 289 414](tel:+976289414) (lunes a viernes de 8:00 a 18:00) * Correo electrónico: [soportesda@aragon.es](mailto:soportesda@aragon.es) * Formulario de Solicitud de Soporte Técnico: [Formulario de Solicitud de Soporte Técnico](https://aplicaciones.aragon.es/saco_core/formConsulta.action) * WhatsApp: [+34 973 901 905](https://wa.me/34973901905). Más información sobre el [canal WhatsApp](https://www.aragon.es/tramites/informacion-sobre-el-canal-whatsapp) ### Normativa * [Ley 2/2000, de 28 de junio, del Juego de la Comunidad Autónoma de Aragón](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=180004862505) * [Decreto 22/2015, de 24 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas de Juego](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=844730444242)