Autorización de introducción de especies autóctonas distintas de las que son objeto de caza y pesca. 923. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Solicitar autorización para introducir especies autóctonas que no son objeto de caza o pesca en Aragón.

¿Quién puede solicitarlo?

Promotores que deseen introducir especies autóctonas distintas de las que son objeto de caza y pesca.

Requisitos principales

  • Ser interesado en la actividad y cumplir con la legislación aplicable.

Plazos

El plazo de presentación está permanentemente abierto.

Duración del trámite

2 meses

Información adicional

Los datos personales recogidos en las solicitudes dirigidas al INAGA se incorporarán a sus actividades de tratamiento. Más información sobre la política de protección de datos y seguridad de la información está disponible en su página web.

Resumen

Este trámite permite solicitar la autorización para introducir especies autóctonas que no son objeto de caza y pesca en Aragón.

Quién puede usar este servicio

Los promotores que deseen realizar la introducción de especies autóctonas.

Antes de empezar

Es importante conocer la Tipología 23 del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA).

Lo que necesitas

Documentación requerida

También puedes descargar el formulario del trámite para consultarlo.

Requisitos

  • Ser interesado en la actividad y cumplir con las condiciones establecidas en la legislación.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Preparación de la documentación: Reúne todos los documentos necesarios.
  2. Presentación de la solicitud: Puedes presentar la solicitud telemáticamente a través de este enlace. Si eres persona física, puedes recibir asistencia presencial para presentar la documentación en el registro telemático.

Tiempos de espera

El plazo de resolución es de 2 meses.

Después de hacerlo

Qué sucede después

Una vez presentada la solicitud, la administración la revisará. Si falta información, te lo comunicarán para que la subsanes. Una vez completa, se evaluará la solicitud y se emitirá una resolución.

Plazos de resolución

El plazo máximo para resolver es de 2 meses. Si no se resuelve en este plazo, puedes considerar que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo.

Siguientes pasos

Si la resolución es favorable, podrás realizar la introducción de las especies autóctonas según lo autorizado. Si es desfavorable, podrás interponer un recurso.

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