Autorización de infraestructuras aeronáuticas de uso restringido - Autorización de apertura al tráfico. 6801. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Solicitar una inspección para verificar que una infraestructura aeronáutica de uso restringido cumple la normativa y es apta para su apertura al tráfico aéreo.

¿Quién puede solicitarlo?

Gestor/a de la infraestructura.

Requisitos principales

  • La infraestructura debe ser un aeródromo de uso restringido (aeronaves ultraligeras, hidroaeródromos y helipuertos).
  • La infraestructura debe estar construida y lista para entrar en servicio.
  • Debe contar con un/a gestor/a legalmente designado/a.
  • El/la solicitante debe ser el/la gestor/a de la infraestructura.
  • Debe contar con autorización de establecimiento o modificación en vigor.
  • Parte de la documentación debe estar firmada por facultativo/a competente (ingeniero/a aeroespacial, ingeniero/a aeronáutico/a o ingeniero/a técnico/a aeronáutico/a).

Plazos

En plazo permanente.

Duración del trámite

6 meses (puede suspenderse por el tiempo que tarden en llegar los informes preceptivos). Si no se resuelve en este plazo, se considera aceptado.

Información adicional

La autorización es nominativa a favor del gestor/a y no transferible. Al final del proceso, se solicitará un código OACI a la infraestructura y se publicará la información en la Publicación de Información Aeronáutica (AIP).

Resumen

Este trámite permite solicitar una inspección para verificar que una infraestructura aeronáutica de uso restringido cumple con la normativa y es apta para su apertura al tráfico aéreo.

Dirigido a

Gestor/a de la infraestructura.

Requisitos

  • La infraestructura debe ser un aeródromo de uso restringido (aeronaves ultraligeras, hidroaeródromos y helipuertos).
  • La infraestructura debe estar construida y lista para entrar en servicio.
  • Debe contar con un/a gestor/a legalmente designado/a.
  • El/la solicitante debe ser el/la gestor/a de la infraestructura.
  • Debe contar con autorización de establecimiento o modificación en vigor.
  • Parte de la documentación debe estar firmada por facultativo/a competente (ingeniero/a aeroespacial, ingeniero/a aeronáutico/a o ingeniero/a técnico/a aeronáutico/a).

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Poderes de representación (si procede): Documento jurídico que acredite la representación.
  • Relación entre gestor/a y titular de la infraestructura: Si son personas diferentes, aportar el documento que acredite el nombramiento del gestor/a.
  • Estudio Técnico Aeronáutico (última versión): Memoria técnica que refleje la realidad de la infraestructura construida y acredite el cumplimiento de las normas de seguridad. Debe estar firmado por facultativo/a competente.
  • Formulario de solicitud de certificado o informe previo de compatibilidad: Descargable desde la página web del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana: https://www.mitma.gob.es/areas-de-actividad/aviacion-civil/politicas-aeroportuarias/infraestructuras-de-competencia-autonomica/formularios-de-solicitud/formularios. El formulario debe presentarse sin firmar.
  • Datos de las aeronaves y usuarios de la instalación y medios de comunicación:
    1. Tipo y matrícula de las aeronaves a utilizar.
    2. Relación de los/las pilotos que utilizarán la infraestructura.
    3. Medio de comunicación que se empleará para dar cuenta de las entradas y salidas.

Documentación que consultará la administración

  • Verificación de Datos de Identidad: DNI de la persona física interesada y, en su caso, de su representante.
  • Validación de NIF de un contribuyente: NIF de la persona jurídica interesada y, en su caso, de su representante.

Información adicional

El plazo de emisión del informe de AESA es de 5 días. El plazo de emisión del informe o certificado de compatibilidad de la AGE es de 6 meses.

El resultado positivo de este proceso supone la autorización definitiva para la puesta en servicio y operación de la infraestructura. La autorización es nominativa a favor del gestor/a y no transferible.

Al final del proceso, se solicitará un código OACI a la infraestructura y se publicará la información en la Publicación de Información Aeronáutica (AIP).

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve). Más información: https://www.youtube.com/playlist?list=PLU6GTGMRIf_e3D_7k2T-5FkZo4t7XigqH
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación y firma electrónicamente.

En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.

Presencial

  1. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  2. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana. Pedir cita previa
  3. Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.

Contacto y ayuda

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